Resguardo Potrerito

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Conflicto armado interno, DDHH y DIH

Violaciones DDHH

El Departamento de Huila es una región geográficamente estratégica por puesto que limita al norte con Tolima (constituyéndose en una vía directa hacia Bogotá), por el oriente con Meta y Caquetá, por el sur con Cauca y por el occidente con Cauca y Tolima; así, el Departamento se instituye como el cruce de cuatro corredores estratégicos: el del Sumapaz, el de la Amazonía norte, el de la Amazonía sur y el corredor del Pacífico <ref name="Pna">http://www.derechoshumanos.gov.co/Pna/documents/2010/huila/huila.pdf /> ACNUR. (s.f.). Diagnóstico Departamental Huila. Recuperado de ; razón por la cual es un territorio de especial interés para los grupos armados ilegales que dejan en medio de la confrontación y del fuego cruzado a los civiles, violando Derechos Humanos como:

  • Derecho a la vida.
  • Derecho a vivir en paz.
  • Derecho a la libertad.
  • Derecho a la integridad física y mental.
  • Derecho a la seguridad personal.
  • Derecho a no ser desplazado por la fuerza de sus tierras o territorios.
  • Derecho a no ser sometido a ningún acto de genocidio o ninguno otro acto de violencia.
  • Derecho a las tierras, territorios y recursos que se han poseído tradicionalmente, ocupado, utilizado o adquirido.
  • Derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado, utilizado o adquirido <ref name="idem">ONU. (2007). Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas />


Infracciones al DIH

El pueblo que habita el resguardo ha estado expuesto a confrontaciones armadas entre grupos legales e ilegales, y ha sufrido múltiples infracciones al Derecho Internacional Humanitario entre las que se encuentran:

Confrontaciones armadas entre grupos armados legales e ilegales. Homicidios selectivos, entre el año 2000 y 2004, en el Departamento al que pertenece el resguardo se llevaron a cabo tres asesinatos uno por las FARC y los otros por autores desconocidos <ref name="www.acnur.org">http://www.acnur.org/t3/uploads/media/COI_1255.pdf?view=1 /> ACNUR. (2005). Algunos Indicadores sobre la Situación de Derechos Humanos en Huila. Recuperado de

Según el Plan de Desarrollo Departamental del Huila: “En el Departamento del Huila según las cifras del Observatorio del Programa Presidencial de Derechos Humanos, estos derechos vienen siendo afectados por fenómenos como el homicidio, que para el año 2011 reportó un total de 331 casos, presentándose una disminución del 5 % frente al 2010, donde se presentaron 347 casos; a septiembre de 2011, se reportaron O casos de fenómenos como masacres, asesinatos de alcaldes o ex alcaldes, concejales docentes, sindicalistas y periodistas, situación que se mantuvo igual a la del 2010; a septiembre de 2011, se presentó en el Departamento una sola violación a los Derechos Humanos contra la vida, de un integrante de comunidad indígena, situación que presentó un aumento del 100%” <ref name="www.huila.gov.co">http://www.huila.gov.co/index.php?option=com_phocadownload&view=category&id=2&Itemid=2339 /> Gobernación del Huila. (2012). Plan de Desarrollo Departamental 2012-2015. Recuperado de

Amenazas de muerte: presentadas a los largo del Departamento al que pertenece el resguardo, por pertenecer a uno u otro grupo armado. Amenazas a líderes indígenas: como el caso ocurrido el pasado 08 de septiembre de 2004, cuando en el Municipio de la Plata, miembros de un grupo paramilitar amenazaron al presidente del Consejo Regional Indígena del Huila y a otros dos indígenas más <ref name="www.nocheyniebla.org">http://www.nocheyniebla.org/ /> CINEP. (2011). Banco de Datos Derechos Humanos y Violencia Política. Recuperado de

Presencia de cultivos ilícitos a lo largo del Departamento al que pertenece el resguardo. Accidentes por minas antipersonales, a lo largo del territorio al que pertenece el resguardo <ref name="www.acnur.org">http://www.acnur.org/t3/uploads/media/COI_1255.pdf?view=1 /> ACNUR. (2005). Algunos Indicadores sobre la Situación de Derechos Humanos en Huila. Recuperado de


Actores armados

Grupos armados ilegales:

ACNUR. (2005). Algunos Indicadores sobre la Situación de Derechos Humanos en Huila. Recuperado de

Fuerza Pública:

Ejército Nacional. (2012). Novena Brigada-Neiva. Recuperado de


Respuestas al conflicto

El Departamento del Huila en su Plan de Desarrollo, se propone como objetivo principal: “...Brindar a todos los habitantes del Departamento del Huila las mismas condiciones de acceso a la inversión pública, focalizando la toma de decisiones hacia los sectores menos favorecidos, y a los grupos vulnerables que históricamente han sido víctimas del abandono por parte del Estado. Es fortalecer un Huila incluyente, solidario y comprometido con los procesos de legalidad urbana y rural, que reconoce y toma partido por sus ciudadanos en condiciones de extrema pobreza y marginalidad...” <ref name="www.huila.gov.co">http://www.huila.gov.co/index.php?option=com_phocadownload&view=category&id=2&Itemid=2339 /> Gobernación del Huila. (2012). Plan de Desarrollo Departamental 2012-2015. Recuperado de

La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos –ACNUR-, sugiere la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes de las operaciones militares en la comunidad protegida por el Derecho Internacional Humanitario <ref name="idem">ACNUR. (2006). Desplazamiento indígena y política pública: paradoja del reconocimiento. San José de Costa Rica />

Por su parte la ONU, en su Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas, ratifica el derecho de éstos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo a sus necesidades e intereses. Por otro lado, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos <ref name="idem">ONU. (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. (61/295) />

Igualmente el convenio 169 de la OIT sobre pueblos Indígenas y tribales, ratificado por el Estado Colombiano y aprobado por el Congreso mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales <ref name="transparencia">http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf /> OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. México. Recuperado de