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== Uso, vocación y potencialidades de los suelos ==
 
== Uso, vocación y potencialidades de los suelos ==
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Suelos
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Características de los suelos
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En la zona se encuentran suelos originados de tobas de ceniza y lapilli con ceniza volcánica sectorizada. Son muy profundos, bien drenados y de grupo textural franco-grueso y arenoso. Presentan reacción moderada y fuertemente  ácida, alta capacidad catiónica de cambio, mediana  saturación de bases,  altos contenidos de carbono orgánico, medianos contenidos de calcio y magnesio, altos contenidos de potasio en superficie y bajos en profundidad, bajos contenidos de fósforo en superficie y medianos en profundidad; fertilidad moderada1.
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IGAC. (2004). Estudio General de Suelos y Zonificación de Tierras. Departamento de Nariño. Recuperado de la base de datos SIGOT.
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Condiciones actuales
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Intervención:
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La vegetación natural ha sido reemplazada por cultivos de trigo, cebada, maíz, papa y arveja, y en algunos sectores por pastos. La escasa vegetación natural que aún queda está representada por algunas especies de chilco, mora, hierba, gallinazo, espino, encino y altamisa1.
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Fenómenos de degradación en los suelos del resguardo:
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Procesos erosivos ligeros2.
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IGAC. (2004). Estudio General de Suelos y Zonificación de Tierras. Departamento de Nariño. Recuperado de la base de datos SIGOT.
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Ídem.
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Vocación y recursos alternos
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Utilidad
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Son suelos recomendados para cultivos de trigo, cebada, papa,  arveja,  maíz,  hortalizas,  frutales (perales, manzanos, ciruelos), mora, fresas y cultivos de clima frío. Igualmente se pueden utilizar en ganadería extensiva y semi-intensiva con pastos de kikuyo, rye-grass y pasto azul1.
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IGAC. (2004). Estudio General de Suelos y Zonificación de Tierras. Departamento de Nariño. Recuperado de la base de datos SIGOT.
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Recursos minerales
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En el municipio de Ipiales hay yacimientos o explotaciones mineras de oro (producción media de 770 g)1.
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IGAC. UPME. (2009). Producción Minera de Oro [Mapa de Producción]. Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/PDF/SIGOT_EcoProduccionOroMpio_Nal.pdf?
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Importancia, uso y aprovechamiento actual
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Prácticas productivas-UAF
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Autóctonas:
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Los hombres del resguardo se encargan de trabajar el campo: desyerbar para la siembra y la cosecha. Recogen leña, pescan y cazan, así como recolectan frutos, elaboran canoas, balsas y accesorios artesanales.
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Las mujeres realizan labores domésticas, guían la crianza de los hijos, ayudan en la cosecha y elaboran algunos productos artesanales. Algunas mujeres Awá del resguardo trabajan fuera del  hogar1.
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Los indígenas Talan, cultivan y abandonan la parcela para que se regenere la cubierta vegetal, logrando el manejo sostenido del ecosistema que fácilmente en otras circunstancias se degrada2. Gracias a su profundo conocimiento del medio ambiente, nunca sobreexplotan un recurso que, en este ecosistema, es siempre escaso3.
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Los indígenas no perciben la conservación de un recurso por separado; su preocupación es lograr el beneficio sin lesionar otros componentes complementarios. Así, ellos interpretan la selva como una sucesión de eco-zonas y cada una tiene aptitudes diferentes: suelos, vegetación y animales conforman un sistema integrado de recursos4.
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Agrícolas y pecuarias:
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Los indígenas perciben 3 espacios con aptitudes y usos distintos según la altitud de las colinas donde habitan. El primero está asociado a los asentamientos humanos. Para este efecto prefieren las terrazas y vegas de deposición junto a los ríos en donde pueden establecer cultivos y al mismo tiempo disponer de recursos pesqueros.
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El segundo es el área de la vivienda, generalmente despejada y en la que suelen sembrar pastos introducidos como gramalote y micay (Anoxopus sp), muy difundidos entre los campesinos que se asientan en la región. Esta zona corresponde al 5% y 10% aproximado del total del área de cada familia indígena. Después del espacio abierto, a unos 50 metros, empieza la montaña; se trata de un mosaico de bosques con diferentes edades de sucesión, barbecho y campos cultivados de maíz, plátano, con esporádica presencia de yuca, fríjol y caña.
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El tercer espacio corresponde a las partes altas de las colinas, las cuales son muy inclinadas y permanecen cubiertas de neblina en las tardes y son áreas exclusivas para cacería. Allí se encuentra la selva primaria, generalmente compuesta por árboles delgados en donde proliferan musgos y todo tipo de epífitas. Debido a la inclinación del terreno, las áreas susceptibles de cultivo son escasas, por lo que los indígenas disponen de extensos bosques. Con alguna regularidad aparecen asociaciones de árboles útiles, cuya existencia es gracias al manejo forestal5.
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Unidad Agraria Familiar (UAF):
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Los indígenas Awá buscan un máximo de territorialidad y un mínimo de densidad poblacional, por lo que una familia cuenta en promedio con 100 hectáreas6.
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Instituto Colombiano de Cultura Hispánica. (2004). Geografía humana de Colombia. Región del Pacífico. Tomo IX. El Grupo Indígena Awa-Cuaiquer  Recuperado de http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/geografia/geograf/awa2.htm
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Ídem.
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Ídem.
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Ídem.
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Ídem.
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Ídem.
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Plan de desarrollo
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Impactos en los territorios indígenas
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En el Plan Básico se contempla realizar inversiones estratégicas, tanto del sector privado como público que conlleven al  uso racional de la diversidad biológica y el aprovechamiento del paisaje natural, retomando aspectos ancestrales de las comunidades indígenas presentes en el municipio1.
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Alcaldía Municipal de Ipiales. (2008). Plan Básico de Ordenamiento Territorial. Nariño.
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Estrategias de conservación
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Como estrategia de conservación de los suelos se recomienda:
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* La aplicación de fertilizantes de fórmula completa y altos en fósforo.
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* Realizar labores de preparación y siembra en sentido transversal a la pendiente.
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* Efectuar rotación de cultivos e incorporación de residuos orgánicos.
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* Teniendo en cuenta la aparición de heladas y que algunos de estos suelos tienen baja retención de humedad y pueden permanecer secos por varios días en el año, se aconseja la aplicación de riego para evitar que los cultivos sufran estrés y quema por falta de agua y la producción disminuya o se pierda1.
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IGAC. (2004). Estudio General de Suelos y Zonificación de Tierras. Departamento de Nariño. Recuperado de la base de datos SIGOT.
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Planes de vida
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El Plan de Vida del pueblo Awá contiene los objetivos, proyectos y “plataforma de lucha”, y sus mecanismos de participación en los que se propone la defensa del territorio y la conservación de la naturaleza; el cumplimiento del Plan de Ordenamiento Ambiental y Cultural del Territorio Awá y la actualización permanente del mismo; la recuperación y el fortalecimiento de la producción y economía propia1.
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Ministerio de Cultura. (2010). Cartografía de la diversidad. El Pueblo Awá. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41740
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== Demografía ==
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=== Estructura, densidad y distribución poblacional ===
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==== Censos y proyecciones ====
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La población del resguardo Ishu Awa pertenece al pueblo Awá (también conocidos como Kwaiker, Cuaiker, Cuaquier, Coiquer). El censo DANE del 2005 reportó 25.813 personas que se reconocen como pertenecientes al pueblo Awa Kuaiker, que representan el 1,9% de la población indígena de Colombia. Este pueblo se concentra mayormente en el departamento de Nariño donde habita el 86,6% de la población.
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{| class="wikitable"
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| Pueblo || Indígenas autoreconocidos en el censo del 2005 || Porcentaje población indígena nacional
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|-
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! Awá !! 25.813 !! 1,9 %
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|}
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El Instituto Colombiano de Desarrollo Rural por medio de la Resolución de Constitución 273 de 2012 constituyó el resguardo Ishu Awa y adjudicó a la comunidad 6.017 hectáreas. La población del resguardo correspondía a 205 personas agrupadas en 60 familias.
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La densidad de la población correspondía a 29,35 hectáreas por habitante.
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Poblamiento  y distribución espacial de la población
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Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
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Sistemas de parentesco
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Parentesco
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Su sistema de filiación es patrilineal; las parejas próximas a casarse tienen un período de amaño que puede durar varios meses, seguido por la asignación, por parte del padre de la novia, de un terreno para que la nueva pareja construya su vivienda y empiece a cultivar. En promedio sobre los quince años, los jóvenes de la comunidad empiezan a buscar pareja
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Movimientos migratorios y desplazamientos
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Migración y desplazamiento
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El desplazamiento forzado para nosotros los pueblos indígenas incrementa el riesgo de exterminio físico, étnico y cultural; el delito del desplazamiento forzado ha lesionado nuestra integridad como pueblo Awá y en general, la de los pueblos indígenas del país no solamente en las últimas décadas y desde que existe legislación y jurisprudencia en la materia, sino que se  constituye en una injusticia histórica persistente desde la llamada “conquista“ de América, hasta el actual período republicano.
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En relación con el desplazamiento forzado la Honorable Corte Constitucional  emitió la Sentencia T-O25 de 2004 en la cual hace la declaratoria formal de un estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento forzado. Esta es una decisión que toma la Corte cuando hay una violación reiterativa de múltiples derechos sobre un grupo poblacional amplio y cuya solución involucra la intervención de distintas entidades para atender problemas de orden estructural, que es justamente lo que está pasando con el desplazamiento forzado y es también la solución que se requiere para el mismo. Esta es la séptima vez que la Corte Constitucional emite una orden de esta magnitud, tal como lo reseña ella misma en la citada sentencia, número de veces que resulta preocupante siendo la Constitución Política de Colombia relativamente joven.
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Es claro para nosotros que el conflicto armado que estamos padeciendo dentro de nuestro territorio es ajeno a la dinámica ancestral de vida Awá y ha generado el desplazamiento y la muerte de los hermanos y hermanas que habitan la selva, vulnerando los derechos que tenemos como pueblo indígena y como colombianos.
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Esta situación nos ha llevado a movilizarnos a nivel nacional e internacional para la defensa de nuestros principios de vida como pueblo y de la pervivencia en el territorio ancestral. La búsqueda de soluciones y salvaguarda de nuestro pueblo no es algo nuevo para nosotros, desde hace aproximadamente cinco siglos, en que iniciaron los atropellos y las violaciones a nuestros derechos, nos hemos mantenido firmes en la reivindicación de lo propio y en las exigencias presentadas a los gobiernos nacionales, siendo propositivos respecto de las medidas de prevención y protección que necesitamos se garanticen y se reconozcan1.
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Plan de Salvaguarda Ética del Pueblo Indígena Awá. Recuperado de: http://orewa.org/adjuntos/article/80/plansawa.pdf
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Vulnerabilidad poblacional
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El pueblo Awá también conocido como Kwaiker, Cuaiker, Cuaquier, Coiquer, fue incluido entre los pueblos indígenas en mayor riesgo de desaparición física y cultural debido a la grave afectación de los derechos individuales y colectivos del pueblo (Auto 004 DE 2009). La Corte Constitucional refirió la problemática del pueblo Awá en éstos términos:
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“Los derechos fundamentales individuales y colectivos del pueblo Awá están sujetos a violaciones de naturaleza permanente, sistemática y generalizada, derivadas de infracciones constantes del Derecho Internacional Humanitario por todos los actores enfrentados en el conflicto armado colombiano. Es de tal gravedad esta afectación, que la Defensoría del Pueblo en Nariño emitió en 2007 un informe defensorial como mecanismo para visibilizar su crítica situación. Para la Corte Constitucional no cabe duda de que el pueblo Awá atraviesa por una crisis humanitaria de proporciones desmesuradas y sin antecedentes en la historia de los pueblos indígenas colombianos, que les pone en claro riesgo de exterminio por el conflicto armado“.
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* Según el diagnóstico realizado por parte del Observatorio del programa presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario en la región habitada por los Awá se evidencia dos problemáticas principalmente; en primer lugar, la tenencia de la tierra y en segundo lugar la presencia de la coca y de los actores armados irregulares. Respecto a esta última problemática, cabe resaltar que el principal impacto de los cultivos de coca fue provocado por la llegada de foráneos desde los años ochenta, que les compraron tierra y les ofrecieron trabajo, razón por la cual su sistema de agricultura itinerante desapareció y quedaron atados a sus nuevos patronos, pues la caza y la pesca disminuyeron.
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Seguridad y soberanía alimentaria
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Seguridad alimentaria
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Producción y consumo:
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El medio de vida y sustento tradicional de la comunidad Awá se basa en la caza de animales de monte, complementado por el cultivo de pocos productos.  Actualmente, se basa fundamentalmente en la agricultura, principalmente en el cultivo de plátano (chiro) y de menor forma la caza de animales de monte y ocasionalmente la cría de pequeñas especies.
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Soberanía alimentaria
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Las fumigaciones aéreas a los cultivos de uso ilícito han generado graves impactos sobre nuestro territorio, entre los que están: la afectación sobre nuestra practica de medicina tradicional, como dijo uno de nuestros médicos tradicionales en uno de los diagnósticos realizados: “yo he curado mas de cien vidas por picadura de serpiente, ahora ya no me comprometo, pues con la fumiga, las plantas que utilizo para curar ya se han dañado y buscar una planta de esas que antes estaban cerca, ahora toca ir días selva adentro“. Nuestros cultivos de pancoger también se han visto afectados y el daño es profundo pues la tierra fumigada se vuelve estéril, nuestros frutos de la selva que recogemos en diferentes épocas del año de igual forma se han dañado por las fumigaciones, además éstas han causado la muerte de animales domésticos y silvestres afectando nuestro derecho a la alimentación y la biodiversidad de nuestro territorio. Mas grave resulta aún la muerte de nuestros niños y niñas como ha ocurrido en los resguardos de Gran Rosario, Gran Sábalo e Inda Sabaleta, donde se presentaron más de doce casos, afectaciones sobre nuestra salud, particularmente enfermedades gastrointestinales, de la piel y respiratorias; entre otras asociadas también a la contaminación de nuestras fuentes de agua.
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Por esta razón planteamos la detención inmediata de las fumigaciones y las erradicaciones manuales puesto que este último procedimiento ha servido para incrementar más la violencia contra nuestro pueblo. Frente a esto creemos que la única salida coherente con el respeto a la vida y a nuestra integridad como pueblos indígenas es el apoyo a nuestras iniciativas productivas orientadas a garantizar nuestra seguridad alimentaria y la generación de ingresos para nuestras familias; esto no es solo apoyar unos proyecticos productivos, implica un verdadero acompañamiento y asesoría para que estas iniciativas verdaderamente se puedan realizar facilitando nuestra integración al desarrollo económico y social de la región, respetando nuestra perspectiva cultural y concepción propia de desarrollo1.
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Plan de Salvaguarda Ética del Pueblo Indígena Awá. Recuperado de: http://orewa.org/adjuntos/article/80/plansawa.pdf
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Salud y educación
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Salud:
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En materia de salud la situación de nuestras comunidades indígenas ha sido de desatención permanente por las siguientes razones:
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a. La mayoría de nuestras comunidades conservamos la cosmovisión propia, la salud ha sido trabajada por los médicos tradicionales de espanto, de mal viento, de chutún, de duende, de picadura de culebra, pulseadores, sobanderos y parteros en nuestro idioma awapit = iznakuttamkika; por medio de sus prácticas tradicionales rituales, las cuales nos han permitido sobrevivir con una mínima atención estatal. 
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Como pueblo indígena conservamos nuestra lengua materna y, a pesar de contar con normas especiales de la Legislación Indígena Nacional, que nos amparan en cuanto a la atención gratuita en salud, no ha sido posible hacerlas cumplir en muchas oportunidades, porque los funcionarios de los hospitales y centros de salud, quienes deberían atender a cualquier ciudadano sin tener en cuenta las diferencias culturales, en muchas ocasiones no lo hacen.
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b. Dificultad para trasladarnos a los hospitales y centros de salud que existen en esta región (ubicados en las cabeceras municipales y en algunos poblados), ya que nuestras familias viven dispersas en extensos globos de terreno, distantes entre una hora, y hasta dos días, de camino de la carretera; tenemos tan solo caminos peatonales de trocha, cruzando quebradas y ríos mediante puentes de cable y en canoas.
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En los años de 1994 y 1995, la enfermera Gloria Narváez como asesora del Instituto Departamental de Salud de Nariño, formó un grupo de voluntarios indígenas a quienes dio una dotación inicial; más adelante, la UNIPA concertó con el Plan Nacional de Rehabilitación de la Presidencia de la República, la formación de 24 Promotores en atención primaria en salud; la capacitación fue realizada por la Escuela Superior de Enfermería de Nariño, en el año 1994. En 1997, la UNIPA logró concertar con el Programa BID Plan Pacífico, la actualización de algunos promotores de salud y la formación de nuevos promotores indígenas en salud.
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La situación en materia de salud de nuestras comunidades se ha complicado por la aparición de enfermedades típicas del clima húmedo tropical de la región pacífica, y enfermedades traídas por los no indígenas, las cuales no pueden ser tratadas por los médicos tradicionales. A partir de la expedición de la Ley 100 de 1993, nuestras familias indígenas por vez primera se vieron obligadas a conseguir y portar los carnets, por cuanto en los hospitales y centros de salud en muchas oportunidades no quieren atender a pacientes indígenas con las constancias expedidas por los gobernadores de los Cabildos.
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Hemos tenido que asumir la tarea de explicar a la población indígena, vinculada y afiliada al régimen subsidiado en salud, los derechos que tienen en materia de salud; el uso de carnets y certificaciones; los lugares y horarios de atención y demás aspectos relacionados con la prestación de servicios de salud, actualmente en la región. Por otra parte, es costumbre de las comunidades que cuando una persona se enferma, sus familiares salen a acompañarla; muchas veces los enfermos quedan hospitalizados y los acompañantes no tienen donde albergarse, ni los recursos para la alimentación y transporte; esta situación es similar para la consecución de citas y turnos. Lo anterior se complica aún más por cuanto los sistemas de atención propios y horarios de cada centro de salud y hospitales son distintos y desconocidos para nosotros; igualmente, la falta de recursos económicos para cubrir gastos de transporte y alimentación en casos de remisiones, es una sentida realidad. Falta sensibilidad y buenas relaciones humanas en el tratamiento especial que se debe dar a las personas indígenas que acuden a centros de salud y hospitales de las poblaciones y de la ciudad por parte de los encargados de prestar los servicios1.
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Educación:
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La Ley 715, en su Capítulo 2, dispone: “De las entidades territoriales: ARTICULO 151.
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Funciones de las Secretarías Departamentales y Distritales de Educación, en relación con la información (…) m) Consolidar y analizar la información de los municipios y remitirla al Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con los estándares fijados por éste, y, n) Establecer un sistema departamental y distrital de información en concordancia con lo dispuesto en los artículos 148 y 75 de esta Ley. c) Mantener actualizado el sistema de información de personal docente y administrativo y el sistema contable que estará a disposición del Ministerio de Educación Nacional, del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y de las Secretarías de Educación, o de los organismos que hagan sus veces“2.
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Recuperado de http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/files/Qu%C3%A9%20es%20para%20el%20pueblo%20Aw%C3%A1%20y%20para%20la%20Unipael%20plan%20de%20vida.pdf
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Congreso de la República.  (2002).  Ley 715. Artículo 151. Bogotá.
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== Oferta institucional ==
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Oferta institucional
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Estatal
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La gobernación de Nariño a través de su Plan de Desarrollo Departamental “Nariño Adelante” 2012 – 2015, fundamenta su accionar en el proceso de la construcción colectiva del Plan de Desarrollo, en donde el Gobierno Departamental se compromete en acompañar a los pueblos indígenas y a las comunidades afros en la gestión para formular e implementar sus planes de vida, encaminados al fortalecimiento cultural, social, económico, ambiental y político. Será una prioridad en la agenda del Gobierno Departamental la interlocución nacional e internacional para lograr el respeto a los pueblos y sus territorios,  enfrentados a la  crisis humanitaria, la presencia de cultivos de uso ilícito y el conflicto armado, en especial para los pueblos Awá, Kofán y Eperara-Siapidara.  Se adoptarán e implementar los planes de salvaguardia de los pueblos Awá, Inga, Cofan y Eperara Siapidara. Se Consolidará los mecanismos de coordinación entre la justicia indígena y el sistema judicial estatal.  Se Promoverá la creación de una universidad intercultural a partir del fortalecimiento de la Escuela de Derecho propio del Pueblo de los Pastos.
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Ofrece fortalecer la medicina tradicional indígena, mediante  el fortalecimiento de la Salud Ancestral, Cultura y Educación Intercultural, la  Autoridad, Autonomía y Justicia y los procesos propios para los proyectos productivos- Minga y Pervivencia. De igual manera se concertarán agendas para el desarrollo de los acuerdos priorizados en las tres subregiones de la costa pacífica, en temas de fortalecimiento de educación, salud, desarrollo productivo, entre otros.
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1. Gobernación de Nariño. Plan de Desarrollo Departamental “Nariño Adelante” 2012 – 2015. Recuperado de http://educon.javeriana.edu.co/ofi/documentos/regionalizacion/Planes%20Desarrollo%20H-Z/Departamentos%20-%20Planes%20de%20desarrollo/NARI%C3%91O%20-%20Nari%C3%B1o%20mejor,%20Plan%20Desarrollo,%20Ordenanza%20-%202012-2015.pdf
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Organizaciones indígenas
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Las organizaciones presentes en territorio nariñense son la Asociación de Cabildos Indígenas Eperara Siapidaara – ACIESNA, La Unidad Indígena del Pueblo Awa – UNIPA, el Cabildo Mayor Awa de Ricaurte – La Asociación de Cabildos y/o Autoridades Tradicionales Indígenas del Nudo de los Pastos – SHAQUIÑAN y el Resguardo Inga de Aponte. Estas fundamentan sus actividades en la lucha por los derechos de los pueblos indígenas de Nariño y Colombia.1
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1. Idem
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ONG y organizaciones privadas
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Las organizaciones privadas y las ONGs apoyan a las comunidades indígenas en procesos de visibilizacion de la situación del conflicto de sus territorios, además ayudan a generar espacios para la puesta en marcha de iniciativas que ayuden a mitigar estas multiples problematicas. La organización Human Rights Watch ONG internacional defensora de los Derechos Humanos Human Rights Watch brinda acompañamiento al pueblo Awa en casos infortunados como masacres y desplazamientos. 1
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Organizaciones locales como FUNDEPAZ acompañan a las comunidades en espacios propios, debido a la confianza y agradecimiento que estas les tiene, recientemente esta organización formó parte del Encuentro de Intercambio de Experiencias de Organizaciones Etnicoterritoriales del Proyecto Bosques y Territorio con ACIN, realizado en el Predio el Verde Diviso, jurisdicción del Municipio de Barbacoas, departamento de Nariño, un evento apoyado por la organización Oxfam GB que es una organización internacional, británica, de carácter independiente, de cooperación y acción humanitaria. El principal objetivo de este evento fue Propiciar un espacio de aprendizaje y reflexión sobre mecanismos de protección y control del territorio, a partir de las experiencias de las guardias Indígenas de ACIN, UNIPA y los cabildos de Chigorodó y Mutatá con las organizaciones afrodescendientes e indígenas que no tienen Guardia, que permita el conocimiento y fortalecimiento de mecanismos de abordaje y problemáticas concretas, especialmente de las mujeres participantes en estos procesos. Participaron las siguientes organizaciones: la Asociación de cabildos Indígenas del Norte del cauca- ACIN, la Unidad Indígena del Pueblo Awá-UNIPA, el Cabildo Mayor de Mutatá, el cabildo Mayor de Chigorodo, el Consejo Comunitario Mayor de la Asociación Campesina Integral del Medio Atrato- COCOMACIA, EL Consejo Mayor del Alto Guapi, la Federación de la Comunidad Awá del Ecuador-FCAE y el Cabildo Mayor Awá de Ricaurte- CAMAWARI
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1. Revista Semana. ACNUR y Human Rights rechazan masacre indígena en Nariño. Recuperado de http://www.semana.com/nacion/conflicto-armado/articulo/acnur-human-rights-watch-rechazan-masacre-indigenas-narino/100023-3
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2. Fundación Paz y Desarrollo. Noticias. Recuperado de http://www.fundepaz.org/index.php/noticias/1-noticia1
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Agencias de cooperación internacional
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Nariño es uno de los departamentos en los que la cooperación internacional hace mayor presencia debido a la situación actual de conflicto que padece. Se encuentran la mayoria las agencias del SNU como los ACNUR, PNUD, FAO, OIM, ONUMUJERES, UNODC y OCHA, que interactúan con cooperantes como el NRC, la AECID, OXFAM, Solidaridad Internacional, entre otros.
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Estos desarrollan procesos de fortalecimiento de gobernabilidad, autonomía, derecho propio, seguridad alimentaria, mujer y genero, derechos humanos, entre otros.  Un ejemplo claro de intervención en los territorios es el “Programa Conjunto Ventana de Paz” que busca consolidar las capacidades, activos locales y regionales para la construcción de la paz y el desarrollo, mediante el fortalecimiento de la institucionalidad democrática, la participación ciudadana, la convivencia y el desarrollo socio-económico sostenible, e incorporando las perspectivas étnico-cultural y de género como condición necesaria para avanzar en el logro de los ODM. Se realiza en municipios de la costa pacífica y de la frontera andina del Departamento de Nariño, región que registra índices de violencia, pobreza, y una concentración de cultivos ilícitos superiores al promedio nacional. Se propone implementar un modelo innovador de construcción de paz con enfoque territorial y de género replicable en otras regiones del país a través de iniciativas estratégicas para la prevención y gestión de crisis y conflictos, para el fortalecimiento del Estado de derecho y para la recuperación de los medios de vida y la promoción del desarrollo socio-económico.1
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Así mismo en años anteriores la cooperación Vasca a través de la Organización MUNDUBAT apoyo a ACIESNA en  proyectos como  Restablecimiento de condiciones de seguridad alimentaria indígena del pueblo Eperara – Siapidaara en el Departamento de Nariño y Fortalecimiento Del Sistema Tradicional de Producción como Estrategia para el Ejercicio Del Control Territorial del Pueblo Eperara Siapidaara y Empoderamiento de las Mujeres Indígenas en la Organización.2
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La Red Latinoamericana de Juventudes Rurales, El Banco interamericano de Desarrollo y BID Juventud Programa de Desarrollo y Alcance Juvenil, ofrecen el Concurso Latinoamericano de Proyectos Juveniles Rurales que para el caso del Pueblo de los Pastos se propueso por parte de los y las jóvenes “Capacitar de forma estratégica a 600 jóvenes del resguardo de Cumbal con el desarrollo de actividades organizativas y conocimientos propios indígenas que posibiliten el fomento de las habilidades y valores de la cultura, a la vez, permitan recrear las prácticas tradicionales existentes en el resguardo. Y en el termino de 20 meses tener mínimo una organización constituida por cada vereda y cada una con su iniciativa presentada al centro de la juventud.” 3
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Lo anterior evidencia el apoyo de la cooperación internacional en diversos temas buscando la participación eficaz y eficiente de las comunidades en los procesos realizados.
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1. Programa Conjunto Ventana de Paz. Inicio. Recuperado de  http://www.ventanadepaz.org/
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2. Plan de Vida del Pueblo Indígena Eperara – Siapidaara de Nariño, 2005. Tachi Ode T´tadama ~ RETOMEMOS NUESTRO CAMINO.
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3. Banco Interamericano de Desarrollo. Concurso Latinoamericano de Proyectos Juveniles Rurales. Recuperado de 
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http://www.relajur.org/concurso/proyecto_completo.php?id=315 
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== Aspectos jurídicos y legales ==
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Trámites y necesidades en materia territorial
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En 1558 la Corona Española realizó el primer censo de la población indígena andina, contabilizando 19.000 familias en lo que en la actualidad es el Departamento de Nariño.
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Algunos pueblos desaparecieron totalmente, mientras que en los restantes se ha dado un fenómeno gradual de disminución de la población. Todo como consecuencia de la resistencia a la invasión española, la desigualdad y la discriminación hacia el mestizaje social que, sumados al despojo injusto de las tierras, han llevado a los pueblos indígenas a someterse a cambios en su pensamiento, cultura usos y costumbres, hasta su transformación y adaptación hacia formas culturales de la sociedad no indígenas. 
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Lo anterior se une a una situación de opresión que ocasionó la renuncia a la propiedad social y comunal de la tierra, hecho que llevó a la adopción obligatoria del concepto de propiedad privada e introdujo a las comunidades en una economía de mercado en condiciones de marginación.
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Hoy en día el Departamento al que pertenece el resguardo presenta una distribución inequitativa de la tierra, ya que la mayor parte, especialmente aquella que es apta para actividades agrícolas, se encuentra en muy pocas manos1.
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La etnia que posee el resguardo, manifiesta que la UNIPA,  y posteriormente CAMAWARI, han incorporado una política de consolidación de sus territorios mediante la legalización de los resguardos ante el Gobierno Nacional, por lo que destinan parte de sus recursos para conseguir este objetivo legal2. 
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El resguardo obtiene su titulación mediante la Resolución 273 del 31 de Enero de 2012, del INCODER3.
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Necesidades:
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Es preciso promover acciones en favor de la protección de la diversidad y la conservación biológica del territorio, atendiendo especialmente los derechos de las comunidades en cuanto al acceso a la propiedad de los recursos genéticos y a la participación en el proceso de reconocimiento de los territorios indígenas como entidades territoriales del país; además, se requiere de una atención especial y un apoyo constante a la cultura y necesidades particulares de estos sectores.
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Es de vital importancia desarrollar proyectos que busquen el fortalecimiento de la cultura y la calidad de vida de la población4.
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Houghton, J. (2008). Legalización de los territorios indígenas de Colombia. En La tierra contra la muerte. Conflictos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Centro de Cooperación al Indígena CECOIN. Organización Indígena de Antioquia OIA.
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Guerrero, J. (2011). Pueblos Indígenas de Nariño. Pasto: Gobernación de Nariño.
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INCODER. (2012). Resolución No. 273. Bogotá.
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Gobernación de Nariño. (2011). Plan de Desarrollo Tumaco. Plan de Desarrollo Municipal 2008–2011. Recuperado de http://www.narino.gov.co/index.php?option=com_remository&Itemid=232&func=startdown&id=1075
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Instrumentos internacionales, jurisprudenciales, legales y generales
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Cuando se trata de la consideración por la autonomía territorial, es necesario hacerlo a partir de términos de respeto por una jurisdicción indígena propia, para lo cual es posible retomar lo que la Corte Constitucional argumenta en la sentencia T-552 de 2003 cuando afirma que: “Hasta aquí se tendría que para que proceda la jurisdicción indígena sería necesario acreditar que 1) Nos encontramos frente a una comunidad indígena, que 2) Cuenta con autoridades tradicionales, que 3) Ejercen su autoridad en un ámbito territorial determinado. Lo anterior, sin embargo, no sería suficiente por cuanto se requiere, además, establecer la capacidad de esas autoridades de los pueblos indígenas para ejercer jurisdicción conforme a usos tradicionales. Esto es, puede existir un reconocimiento formal de resguardo y cabildo, pero no darse materialmente los supuestos de la jurisdicción, por carencia de normas y prácticas específicas de control social, por ausencia de procedimientos de juzgamiento, o porque las autoridades tradicionales han dejado de ejercer ese tipo de funciones”1.
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La Corte Constitucional, con el aval de la Constitución Política, ha afirmado en la Sentencia T-769 de 2009, que  es necesario reconocer la diversidad étnica y cultural de la Nación. Lo anterior, dado como principio fundamental desde el punto de vista democrático, participativo y pluralista del país.
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Así, estas comunidades indígenas comparten costumbres ancestrales, hecho que implica un esquema de valores propios que identifican su cultura y su tradición; por esta razón gozan de un trato constitucional especial que define a los resguardos como propiedades colectivas, de naturaleza inajenable, inalienable, imprescriptible e inembargable.
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Tales características especifican el derecho de las comunidades sobre su propiedad colectiva como factor de suma importancia, ya que permite el respeto de su cultura, valores propios y de sus características como comunidad indígena, que son reconocidas por convenios internacionales, igualmente ratificados por el Congreso2.
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Mediante Sentencia SU-039 de 1997, la Corte Constitucional afirma que la comunidad indígena ha pasado de la realidad fáctica y legal a su constitución objetiva como sujeto de derechos fundamentales. Así, deja en claro que la explotación de recursos en las zonas correspondientes al territorio indígena, debe hacerse de manera proporcional, de tal forma que el Estado propenda por la integridad social, cultural y económica de dichas comunidades. Lo anterior, en aras del respeto a los derechos fundamentales del colectivo, que es efectivamente una entidad cohesionada como grupo humano y como cultura3.
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La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia, sugiere al Estado que, en coordinación con los representantes y voceros de las comunidades afectadas, adopte y aplique las medidas necesarias para que la población cuente con la presencia de las instituciones estatales, y de esta forma evitar la violación de los Derechos Humanos. Lo anterior compromete al Gobierno para brindar el apoyo político y económico que sea necesario, así como a contribuir en la gestión de una presencia permanente de la Defensoría del Pueblo en la región4.
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Corte Constitucional. (2003). Sentencia T-552. Bogotá.
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Corte Constitucional. (2009). Sentencia T-769. Bogotá.
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Corte Constitucional. (1997). Sentencia SU-039. Bogotá.
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Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2002). Informe de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, sobre su Misión de Observación en el Medio Atrato. Documento interno.
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== Conflicto armado interno, DDHH y DIH ==
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Violaciones DDHH
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Este resguardo está ubicado en el Municipio de Ipiales y pertenece a la etnia Awá. Entre los derechos más fuertemente ignorados de los pueblos indígenas, se encuentran:
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* Derecho a la vida.
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* Derecho a la libertad.
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* Derecho a la salud.
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* Derecho a vivir en paz.
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* Derecho a la seguridad.
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* Derecho a no ser discriminado.
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* Derecho a la integridad física y mental.
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* Derecho a la libre determinación.
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* Derecho a la autonomía y el autogobierno.
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* Derecho al consentimiento libre, previo e informado.
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* Derecho a no ser desplazado por la fuerza de sus tierras o territorios.
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* Derecho a no ser sometido a genocidio ni a ningún otro acto de violencia.
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* Derecho a que no se desarrollen actividades militares en tierras o territorios indígenas.
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* Derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras y recursos.
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* Derecho a las tierras, territorios y recursos que se han poseído tradicionalmente, ocupado, utilizado o adquirido.
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* Derecho a mantener y desarrollar sistemas o instituciones políticas, económicas y sociales.
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Infracciones al DIH
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Entre las múltiples infracciones al Derecho Internacional Humanitario se encuentran:
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* Incursiones.
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* Amenazas.
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* Detenciones arbitrarias.
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* Ataques a la infraestructura.
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* Tratos crueles, inhumanos o degradantes.
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* Reclutamiento forzado: los responsables de este tipo de actividad son los grupos al margen de la ley, que se valen de los niños, niñas y jóvenes indígenas para utilizarlos en sus acciones.
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* Persecuciones.
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* Ocupación y destrucción de bienes protegidos como lugares comunitarios, viviendas y escuelas.
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* Desaparición forzada.
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* Detenciones arbitrarias.
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* Presencia de actores armados en el territorio: existe actividad armada de fuentes legales e ilegales, que realizan operaciones por el control territorial; dictan sus propias normas y reglas de comportamiento y ejercen el control del territorio y de la jurisdicción indígena, utilizan a civiles como informantes, convirtiéndolos de esta manera en objetivos militares que son atacados por los otros bandos.
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* Señalamientos y estigmatización: grupos armados legales e ilegales acusan a los indígenas de la etnia Awá de ser colaboradores o parte de los bandos que participan del conflicto, esto convierte a la comunidad en objetivo militar y la hace vulnerable frente a los ataques de cualquiera de los grupos armados.
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* Restricciones: los grupos armados presentes en el territorio aplican medidas que impiden la movilidad, hecho que imposibilita la libre circulación de las personas, el transporte de alimentos y de artículos de primera necesidad. Las restricciones a la movilidad descritas generan a la vez el confinamiento de las comunidades, puesto que no pueden  desarrollar normalmente sus actividades cotidianas y tradicionales, y ponen en riesgo  la salud y la seguridad alimentaria de los habitantes del resguardo.
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* Cultivos ilícitos: la presencia de este tipo de cultivos está ligada directamente a la política antinarcóticos que se implementa en los Departamentos de Putumayo, Cauca y Caquetá, que ha llevado a que la población dedicada a esta actividad se trasladara a Nariño, hecho que ha tenido un alto impacto en las dinámicas socioeconómicas locales.
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* Además, la política de erradicación de cultivos ilícitos tiene como uno de sus ejes principales la realización de fumigaciones y éstas se efectúan, sin realizar consulta previa con el pueblo indígena, en sectores aledaños a los resguardos. Con ello se ha puesto en riesgo el medio ambiente, debido a la contaminación de fuentes hídricas, la salud de los habitantes, quienes denuncian serias afectaciones dermatológicas, digestivas, respiratorias y visuales, especialmente en niños y adultos mayores, y la seguridad alimentaria del pueblo indígena, porque los animales de cría y los cultivos de pancoger se ven afectados y deteriorados irremediablemente.
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* Por otro lado, la presencia de monocultivos legales e ilegales, ha generado cambios en la estructura de la propiedad de la tierra, puesto que en la actualidad se han desarrollado enormemente los latifundios para la explotación industrial de diferentes productos.
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* La existencia de cultivos ilícitos y monocultivos ha provocado problemas territoriales, debido a que encarece la tierra e imposibilita a los pueblos indígenas su adquisición para ampliar sus resguardos, además, permite la venta indebida de parcelas dentro de los resguardos y la presencia de población no indígena que trata de apropiarse de las tierras mediante el engaño o la violencia, generando situaciones de desplazamiento.
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* Amenazas de muerte: se han presentado diversos actos de este tipo en contra de indígenas, familias, comunidades, líderes y directivos de organizaciones Awá.
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* Asesinatos: los grupos armados ilegales han hecho de la comunidad Awá una víctima constante de homicidios. Esto se debe en gran parte a señalamientos equivocados en contra de los miembros de la comunidad de pertenecer o colaborar con los bandos que intervienen en el conflicto; también se han cometido asesinatos debido a que los indígenas se rehúsan a colaborar con los grupos armados y por tratar de escapar de la región para salvar su vida, luego de que han sido amenazados. Sin embargo, es necesario aclarar que no existe información exacta al respecto, ya que la población tiene miedo de denunciar.
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* Los grupos armados legales, como el Ejercito, también han cometido excesos en contra de la población del resguardo; se han conocido casos en los que habitantes indígenas han sido detenidos arbitrariamente, torturados, asesinados y posteriormente reportados como guerrilleros muertos en combate; además de esta situación, se presenta maltrato físico, verbal y psicológico que causa miedo y desplazamiento, y el robo de comida de restaurantes escolares, cultivos de pancoger, animales de corral y de cría en territorios indígenas.
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* Desplazamiento forzado: la etnia Awá, a la cual pertenece este resguardo, es una de las más afectadas por el fenómeno de desplazamiento forzado, y se han presentado actos que involucran esta problemática en distintos sentidos, como: individuales y masivos definitivos, temporales, interveredales y de reincidencia.
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* Presencia y accidentes con Minas antipersonales (MAP) y Municiones sin estallar (MUSE): utilizadas por los grupos armados ilegales como estrategia para frenar el avance de los adversarios; son ubicadas en territorios indígenas que son paso obligatorio, en lugares sagrados, sitios de caza y pesca, sometiendo así a las comunidades a afectaciones físicas y psicológicas, cuyos principales afectados son los niños1.
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Corte Constitucional. (2009). Auto 004. Bogotá.
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Actores armados
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Grupos armados ilegales:
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* FARC: Frente 29.
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* ELN: Mártires de Barbacoas1.
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* Grupos paramilitares post desmovilización de las autodefensas: Rastrojos y Águilas Negras2.
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Fuerza Pública:
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* Brigada XXIX del Ejército: creada en el año de 2005 para ejercer control sobre la zona de expansión de cultivos ilícitos y para que realice labores de erradicación, fumigaciones e incautaciones de insumos.
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* Brigada Móvil XIX del Ejército: creada en 2007 para contribuir con el desarrollo de las tareas de erradicación de  la Brigada XXIX3.
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Caracterización Resguardos. (sf). Nariño, Índice General. Documento interno.
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Defensoría del Pueblo. (2007). Sistema de Alertas Tempranas. (Nota de Seguimiento N°007-11. Tercera Nota al Informe de Riesgo N° 029-07). Bogotá. Documento interno.
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Presidencia de la República. (sf). Derechos Humanos y DIH, República de Colombia, diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx
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Respuestas al conflicto
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La Corte Constitucional, mediante Auto 174 de 2011, solicita al Ministro del Interior y de Justicia que, de manera coordinada con los Ministros de Hacienda y Crédito Público, de Educación Nacional, de la Protección Social, de Defensa Nacional, los Directores del Departamento de Planeación Nacional, del Programa Presidencial para la Acción Integral contra las Minas Antipersona, y de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional-Acción Social, así como al Gobernador del Departamento de Nariño, que:
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* “Adopten como medida cautelar un Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, que atienda de manera inmediata e integral las necesidades más apremiantes de seguridad física – incluida la relativa al desminado humanitario , de atención humanitaria en salud, educación, refugio o alojamiento temporal y cualquier otra medida urgente requerida para asegurar la pervivencia del Pueblo Awá, de tal manera que ofrezca una respuesta de atención continua, temporal y congruente con la crisis humanitaria que padece esta etnia, tendiente a garantizar su vida física y cultural, su integridad, seguridad y dignidad, mientras se avanza de manera acelerada en el cumplimiento de las órdenes impartidas en el auto 004 de 2009.
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* Las medidas adoptadas para garantizar la seguridad del pueblo Awá en el marco del Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, deberán dar plena aplicación a los principios del DIH, de tal manera que las autoridades responsables, al evaluar las distintas alternativas operativas y estratégicas posibles, opten por aquella que implique mejores resultados en términos de seguridad y de protección efectiva de los derechos del Pueblo Awá, así como medidas concretas para reducir los riesgos que puedan surgir como reacción a la presencia de la Fuerza Pública. Las medidas de protección a la vida y a la integridad personal, que deban adoptarse de manera urgente e inaplazable, no requerirán ser consultadas previamente.
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* Sin embargo, las medidas relativas a los demás componentes del Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, deberán ser consultadas con la comunidad en el espacio creado al instalarse la consulta para efectos de cumplimiento del auto 004 de 2009, según lo ordenado en este Auto.
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* Esta medida cautelar además deberá ser formulada e implementada de manera coordinada entre las distintas entidades involucradas, del orden nacional, departamental y municipal, dando aplicación adecuada a los principios de concurrencia y subsidiariedad, de tal manera que se garantice la atención integral y el uso adecuado de los recursos y que cumplirá con las siguientes características: (1) Deberá mantenerse hasta tanto entren en operación efectiva el Plan de Salvaguarda Étnica del Pueblo Awá y el Programa de Garantía de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y persistan las actuales condiciones de inseguridad, necesidad y vulnerabilidad; (2) adopción, como medida cautelar, no sustituirá ni aplazará el cumplimiento de lo ordenado en el auto 004 de 2009, en relación con el Pueblo Awá, ni con los demás pueblos indígenas protegidos por el mismo”1.
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La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ACNUR, destaca la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento, a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes, para la comunidad, de las operaciones militares2.
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Por su parte, la ONU en la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, ratifica el derecho de estos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo con sus necesidades e intereses. Además, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos3.
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El convenio 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas y Tribales, ratificado por el Estado colombiano y aprobado por el Congreso, mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales4.
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Según el Auto 004 de 2009, el Estado colombiano tiene la obligación de prevenir las causas de desplazamiento forzado y atender con enfoque diferencial a la población indígena que lo padece; para ello, ordena que se diseñen e implementen planes de salvaguarda étnicos y  programas de garantías de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y el conflicto armado5.
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Corte Constitucional. (2011). Auto No. 174.
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ACNUR (2006). Colombia, desplazamiento indígena y política pública: paradoja del reconocimiento. San José de Costa Rica.
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ONU (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los pueblos indígenas. (61/295).
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OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países. Independiente, 2003. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf
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Corte Constitucional. (2009). Auto 004, Bogotá.
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Revisión del 01:29 18 may 2022

Descripción geofísica

Localización geográfica

Está al oriente del municipio de Ipiales, en el departamento de Nariño. Limita al oriente con el departamento del Putumayo1.

SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/ Geología estructural

En el resguardo se encuentran:

  1. Contacto cordillera-depresión.
  2. Líneas de falla y fracturas que controlan la red de drenaje.
  3. Pliegues y fallas menores.
  4. Macizos aplanados en el Terciario Inferior.
  5. Plataforma.
  6. Plataforma sedimentaria con control tectónico parcial1.

SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/ Geomorfología Relieve En el área se presentan:

  1. Exteriores bajos.
  2. Plataforma del Terciario Superior, modelado de diseccion incipiente.
  3. Llanura aluvial de desborde de los ríos andinos.
  4. Escarpes de retroceso con pendiente cóncava, escarpes exteriores,
  5. Red de drenaje, valles controlados por plegamiento y fallas menores.
  6. Vertientes medias, relictos de superficies de aplanamiento con cobertura de cenizas volcánicas1.

Las formaciones superficiales son:

  1. Depósitos aluvio-torrenciales con influencia fluvioglaciar.
  2. En Nariño hay influencia fluvio-volcánica y cobertura de cenizas.
  3. Depósitos arcillosos de origen aluvial en los valles.
  4. Depósitos de sedimentos aluviales heterogéneos.
  5. Los materiales más gruesos se encuentran cerca a la cordillera.
  6. Depósitos coluvio-aluviales discontinuos.
  7. Alteritas delgadas areno-arcillosas.
  8. Afloramientos rocosos graníticos, metamórficos y metasedimentarios y sedimentarios.
  9. Depósitos coluvio-aluviales heterométricos de espesor variable.
  10. Arenas de desagregación con espesores superiores a 5 metros y cenizas volcánicas con espesores de 1 metro aproximadamente2.

SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/ Ídem.


Modelado En la zona se encuentran:

  1. Colinas y lomeríos.
  2. Conos de deyección con pendiente media ligeramente plana.
  3. Lomeríos bajos con pendientes medias ligeramente planas a inclinadas y bordes de interfluvios planos.
  4. Planicies aluviales de pendiente media plana, con bancos, meandros, cauces abandonados, diques y cubetas de desborde.
  5. Valles con pendientes medias planas, con dirección general del plegamiento Nororiente.
  6. Vertiente cóncava de pendiente media escarpada, localmente con desarrollo de modelado en facetas trapezoidales asociado a rocas metamórficas1.

Los procesos de modelado son por:

  1. Escurrimiento superficial difuso y concentrado.
  2. Escurrimiento superficial difuso con disección incipiente.
  3. Disección moderada por escurrimiento superficial difuso en los flancos de los valles de la red primaria.
  4. Inundaciones periódicas.
  5. Aluvionamiento.
  6. Aluvionamiento y coluvionamiento.
  7. Movimientos en masa tipo derrumbe y procesos de solifluxión2.

Los procesos secundarios son:

  1. Procesos de remoción en masa tipo derrumbe.
  2. Solifluxión.
  3. Desplomes y derrubios al pie de las cornizas.
  4. Desplomes en bermas de cuaces.
  5. Disección mayor con socavamiento lateral ligada a los ríos.
  6. Desbordamiento y flujos torrenciales.
  7. Encharcamiento.
  8. Deslizamientos lentos y algunos derrumbes en las inmediaciones de los ejes de drenaje.
  9. socavamiento leve.
  10. Disección leve.
  11. Escurrimiento superficial difuso y concentrado de grado leve3.

Se encuentran paisajes de:

  1. Lomerío estructural erosional con inclinación menor a 25% y drenaje imperfecto a excesivo.
  2. Montaña fluvio gravitacional con inclinación mayor a 50% y drenaje imperfecto a excesivo.
  3. Piedemonte coluvio aluvial con inclinación menor a 12% y drenaje imperfecto a excesivo4.

SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/ Ídem. Ídem. Ídem. Hidrografía Cuencas El resguardo está en la cuenca del Río Putumayo1.

La escorrentía es de 2500 a 3000mm anuales2.

Se presentan ambientes sedimentarios y vulcano clástico con buenas posibilidades hidrogeológicas3.

SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/ Ídem. Ídem.


Sistemas lóticos En el resguardo se encuentran los ríos Rumiyaco, Guamayaco, Churuyaco y La Lora o Gavilán y las quebradas Sinceleja, La Playa, La Charca, La Culebre, La Tigra, Pedregosa, Angostura, La Duenda y La Churuca1.

Resolución 0273 de 2012. (31 de enero de 2012). Incoder. Bogotá.


Sistemas lénticos No hay presencia de sistemas lénticos representativos en el resguardo. Climatología Clima El resguardo está entre los 0 y los 1800 metros sobre el nivel del mar1 y se caracteriza por los siguientes elementos:

  1. La temperatura está entre 18 y más de 24°C.2.
  2. La precipitación anual es de 2500 a 3500mm anuales3.
  3. El periodo lluvioso es en los meses de abril a mayo y de octubre a noviembre4.

SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/ Ídem. Ídem. Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. (2006). Plan Frutícola Nacional. Desarrollo de la fruticultura en Nariño, 2006. Recuperado de http://www.asohofrucol.com.co/archivos/biblioteca/biblioteca_110_Pan%20Frut%20NARI%C3%91O.pdf


Zonificación climática El clima en la zona es cálido muy húmedo y templado muy húmedo1.

SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/ Amenazas naturales

El resguardo tiene baja y alta amenaza por remoción en masa y amenaza sísmica alta. Hay inundaciones frecuentes1.

SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/


Descripción biótica y ambiental

Características biofísicas Zonas de vida y biomas Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.


Áreas para la conservación y traslape con áreas protegidas Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo. Biodiversidad Introducción Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.


Fauna Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.


Flora Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo. Uso de los recursos naturales renovables

La vivienda típica Awá está construida con material de la región; pisos y paredes de tabla o chonta, techos con hoja de saque, paja o bijao; los pilares son de chonta o gualte, la madera que utilizan es de chanul o guayacán1. La caza constituye una buena fuente de alimentación. Los indígenas la hacen en la noche, y en el día si se presenta la oportunidad. Los animales más comunes para la caza son: el venado, guatín, guagua, conejo, cusumbe, armadillo, perico, armadillo, ratón de monte, zorra, micos y perdices. La carne y las pieles de estos animales son utilizadas para la alimentación y la fabricación de bolsos2.

Guerrero, D. (2011). Pueblos Indígenas de Nariño. Pasto. MADOS PRINT. Ídem.


Impacto ambiental Proyectos Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.


Contaminación Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.


Cultivos de uso ilícito Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo. Planes de manejo y ordenamiento ambiental territorial

Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.

Sistemas de organización y formas de gobierno

Gobierno propio y ley de origen Ejercicio de soberanía sobre el territorio El pueblo indígena Awá es gente de montaña o de selva, su hogar, su protección y su alimento se encuentran allí. La naturaleza ha sido un espacio culturalmente apropiado por la comunidad, cada lugar está sujeto a un profundo conocimiento que lo hace comprensible y útil, facilitando la mutua convivencia1. El derecho a la tenencia del territorio estructura entonces a toda la sociedad Awá2, pues es a partir de allí que se ha desarrollado toda una tradición oral, mitos, leyendas, señales y costumbres que orientan al pueblo; de hecho, estas reglas implícitas ordenan la naturaleza y se aplican a las relaciones entre los seres humanos, en su forma de ordenarse, en sus patrones de conducta y asentamiento3, manteniendo así un equilibrio general para el pueblo Awá y su territorio4: “La posesión, manejo y control de nuestro territorio es anterior a la organización de los Estados y está basada en principios ancestrales que rigen nuestra vida como Awá. El territorio es de carácter colectivo, nos pertenece a todas las familias que conformamos la nación Awá y su ocupación ancestral obedece a una tenencia tradicional ligada a una continuidad histórica; es la base para el desarrollo de nuestros usos y costumbres.”5

Pueblo Awá, UNIPA. (2008). Plan de Ordenamiento Cultural y Ambiental del Territorio Indígena Awá: Municipios de Barbacoas y Tumaco. Nariño, Colombia: Caracterización Sociocultural y Ambiental, producto dos. Nariño. UNIPA. Comunidades indígenas Awá. (s.f.). Plan de vida de las comunidades del pueblo Awá: Vivir en nuestro territorio y conservar la vida. CAMAWÁRI. Recuperado de http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/index.php?option=com_content&view=article&id=164:plan-de-vida-del-pueblo-Awá&catid=57:planes-de-vida&Itemid=119 Ídem. UNIPA, CAMAWÁRI y ACIPAP. (2011). Plan de Salvaguarda Étnica del Pueblo Awá. Katsakual +nkat Awá: Gran Familia Awá. (s.f.). Marco Jurídico. Recuperado de http://www.territorioindigenaygobernanza.com/web/images/stories/pdf/GFA_EL%20MARCO%20JURIDICO.pdf



Autoridades tradicionales: transmisión de autoridad y conocimiento sobre el territorio En el pasado los Chamanes y/o Mayores jugaban un papel importante al orientar la toma de decisiones de la comunidad y aconsejar a sus individuos durante las reuniones y festividades, se trataba de: “(…) instancias de tipo político sustentadas en la cosmogonía”1, que solían reunirse en Consejos de Ancianos para dialogar sobre los problemas de la comunidad. Los médicos tradicionales mantienen viva la relación con la naturaleza y con los espíritus que la habitan: “Son ellos quienes establecen la comunicación con los espíritus, nos dan a conocer sus quejas y se encargan de curar las enfermedades, que son los castigos que la naturaleza nos impone cuando atentamos contra ella”2. Las transgresiones de las normas para relacionarse con la naturaleza, acarrean la aparición de enfermedades de montaña, que sólo pueden ser curadas por la medicina tradicional3, a través de ceremonias como la cura del Chutún, con las que no sólo se trata a los enfermos, sino que permiten la aparición de espacios en los que la comunidad entera puede ventilar sus conflictos personales y purificar así, no sólo al enfermo, sino a la comunidad en general4. En el Plan Salvaguarda Étnica del pueblo Awá, se expone la importancia de fortalecer la práctica de la medicina tradicional mediante la formación de nuevos médicos y el apoyo a las actividades y espacios propios de estas autoridades tradicionales5.

ACIPAP. (2004). Plan Integral de vida del pueblo Awá del Putumayo. UNIPA, CAMAWÁRI y ACIPAP. (2011). Plan de Salvaguarda Étnica del Pueblo Awá. Recuperado de http://www.google.com.co/url? Pueblo Awá, UNIPA. (s.f.). Vivir en nuestro territorio y mejorar la vida. Plan de Vida de las comunidades Indígenas del Pueblo Awá. Recuperado de http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/index.php?option=com_content&view=article&id=164:plan-de-vida-del-pueblo-Awá&catid=57:planes-de-vida&Itemid=119 Cerón, Coneado. (2010). Grupo Indígena Awá-Cuaiquer. En Geografía humana de Colombia. Región del Pacífico. T. IX. Instituto Colombiano de Cultura Hispánica. UNIPA, CAMAWÁRI y ACIPAP. (2011). Plan de Salvaguarda Étnica del Pueblo Awá. Recuperado de http://www.google.com.co/url?


Instituciones políticas y sociales indígenas Autoridades y representantes indígenas: elección o designación Como resultado del proceso organizativo de la Unión Indígena del Pueblo Awá, UNIPA, el resguardo ha reforzado la figura del Cabildo como su principal ente de organización política; este organismo funciona como un interlocutor entre diferentes entidades estatales y la comunidad del resguardo, gestiona los recursos con el Estado para llevar a cabo distintos proyectos y representa a la comunidad frente a empresas privadas1. El “Gobernador, los Alcaldes Mayores, alguaciles y fiscales, trabajan en el fortalecimiento de su identidad, basados en la Ley de Origen y los 4 pilares fundamentales: Unidad, Territorio, Cultura y Autonomía”2. Desde el 2007, y como resultado de un proceso organizativo binacional, ha surgido la Guardia Indígena como un importante agente de control y autoprotección dentro y fuera del resguardo. Con el lema de “Ante las armas, la palabra”, varios jóvenes, mujeres y hombres del resguardo se convierten en un cuerpo organizado, cuya misión es la de contribuir a solucionar conflictos internos, sostener ejercicios de interlocución con los actores armados y proteger tanto a la comunidad como a los individuos que colaboran con ella3.

Pueblo Awá, UNIPA. (s.f.). Vivir en nuestro territorio y mejorar la vida. Plan de Vida de las comunidades Indígenas del Pueblo Awá. Recuperado de http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/index.php?option=com_content&view=article&id=164:plan-de-vida-del-pueblo-Awá&catid=57:planes-de-vida&Itemid=119 Instituto Colombiano de Reforma Agraria. (2012). Resolución 31 del 10 de Enero de 2012. INCORA. Katsakual +nkat Awá: La Gran Familia indígena Awá-Binacional, sus estrategias de integración y la defensa de sus territorios en Colombia y Ecuador (s.f.). Territorio Indígena y Gobernanza. Recuperado de http://www.territorioindigenaygobernanza.com/web/index.php?option=com_content&view=article&id=364&Itemid=412



Espacios y acciones de reclamación y reconocimiento de derechos El resguardo hace parte de la Unión Indígena del Pueblo Awá UNIPA, que surgió en 19901 como respuesta a la crisis territorial y de Derechos Humanos que enfrentaba el pueblo Awá del Departamento de Nariño, por lo que inició sus actividades alrededor de la promoción del reconocimiento de los cabildos como una autoridad propia, así como con la titulación de varios resguardos2. Actualmente esta organización reúne a 19700 indígenas habitantes de los municipios de Barbacoas, Tumaco, Samaniego y Puerto Payán. En su proceso organizativo ha desarrollado proyectos en alianza con distintas agencias de cooperación internacional, así como diversas entidades estatales3, rigiéndose siempre bajo los siguientes principios de lucha: fortalecimiento de la autoridad y autonomía; defensa y conservación del territorio; recuperación y fortalecimiento de formas productivas propias; educación bilingüe; impulso a la medicina tradicional; fortalecimiento de la tradición oral y solidaridad con diversos sectores populares del país4. Por otro lado, es importante mencionar que durante la última década se ha dado inicio a un proceso de integración entre los pueblos Awá de Ecuador (Federación de Centros Awá del Ecuador FCAE) y Colombia, para hacer frente a las amenazas del conflicto armado y los intereses de empresas multinacionales; de este modo, bajo el concepto de la Gran Familia Awá, han surgido diversas estrategias de integración y fortalecimiento, como la consolidación de las Guardias Indígenas, Asambleas Binacionales, diplomados universitarios en gestión del territorio y formulación de un Plan de Vida unificado, entre otras5.

Guerrero, Jairo. (2003). Pueblos indígenas de Nariño. Pasto: Gobernación de Nariño & Asociación de Autoridades Indígenas Pastos. Pueblo Awá, UNIPA. (s.f.). Vivir en nuestro territorio y mejorar la vida. Plan de Vida de las comunidades Indígenas del Pueblo Awá. Recuperado de http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/index.php?option=com_content&view=article&id=164:plan-de-vida-del-pueblo-Awá&catid=57:planes-de-vida&Itemid=119 Guerrero, Jairo. (2003). Pueblos indígenas de Nariño. Pasto: Gobernación de Nariño & Asociación de Autoridades Indígenas Pastos. Pueblo Awá, UNIPA. (2008). Plan de Ordenamiento Cultural y Ambiental del Territorio Indígena Awá: Municipios de Barbacoas y Tumaco Nariño-Colombia: Caracterización Sociocultural y Ambiental, producto dos. Nariño: UNIPA. Katsakual +nkat Awá: La Gran Familia indígena Awá-Binacional, sus estrategias de integración y la defensa de sus territorios en Colombia y Ecuador (s.f.). Territorio Indígena y Gobernana. Recuperado de http://www.territorioindigenaygobernanza.com/web/index.php?option=com_content&view=article&id=364&Itemid=412


Jurisdicción especial indígena

Según la Ley de Origen del pueblo Awá, la raíz y abundancia de sus territorios proviene de un gran árbol sagrado que luego de ser derrumbado esparció sus frutos por todo el territorio Awá. De esta manera: “La raíz de todos los Awá está en la selva”, que tiene sus propias normas o reglas que requieren de su cumplimiento y definen al pueblo1. Esta Ley de origen es el fundamento del vivir bien en la montaña/selva y debe reinterpretarse a la luz de los acontecimientos actuales como la globalización, los mega-proyectos, el conflicto armado, etc2. A partir de ella se derivan diversos “consejos” que rigen la vida de la comunidad Awá, algunos de ellos son: -No tener relaciones sexuales con los familiares. -No cazar cangrejos en las cabeceras de los ríos. -No tumbar árboles. -Compartir con la comunidad. -Tomar sólo lo necesario de la selva o la montaña. -No dejar invadir el territorio por mestizos. -No robar. -No abandonar la tierra3. En cuanto a su interacción con el Estado, el pueblo Awá está comprendido dentro del Auto Constitucional 004 para pueblos indígenas en riesgo de extinción por causa del conflicto armado. De esta manera, durante el 2010 y 2011 se adelantó el proceso para construir el Plan de Salvaguarda Étnico del pueblo Awá, en el que se trabajaron los ejes de protección de derechos tradicionales; protección del impacto del conflicto armado y desplazamiento de manera diferencial, y el de restablecimiento de derechos y protección de líderes y autoridades tradicionales. Para este último eje se plantearon tres programas: Apoyo de la Guardia Indígena como agente de paz, apoyo y fortalecimiento de la medicina tradicional y concertación del programa de protección a líderes del Ministerio del interior4.

Comunidades indígenas Awá. (s.f.). Plan de vida de las comunidades del pueblo Awá: Vivir en nuestro territorio y conservar la vida. CAMAWÁRI. Recuperado de http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/index.php?option=com_content&view=article&id=164:plan-de-vida-del-pueblo-Awá&catid=57:planes-de-vida&Itemid=119 Pueblo Awá, UNIPA. (2008). Plan de Ordenamiento Cultural y Ambiental del Territorio Indígena Awá: Municipios de Barbacoas y Tumaco, Nariño. Colombia: Caracterización Sociocultural y Ambiental, producto dos. Nariño. UNIPA. Comunidades indígenas Awá (s.f.). Plan de vida de las comunidades del pueblo Awá: Vivir en nuestro territorio y conservar la vida. CAMAWÁRI. Recuperado de http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/index.php?option=com_content&view=article&id=164:plan-de-vida-del-pueblo-Awá&catid=57:planes-de-vida&Itemid=119 UNIPA, CAMAWÁRI y ACIPAP. (2011). Plan de Salvaguarda Étnica del Pueblo Awá.


Relación con actores e instituciones no indígenas Autoridades e instituciones estatales y privadas El resguardo se ve afectado o mantiene una relación con las siguientes instituciones y/o proyectos:

  • Alcaldía Municipal de Ipiales: El resguardo se encuentra ubicado en la jurisdicción del Municipio de Ipiales, la gobernación municipal es la encargada de la administración de los fondos del Sistema General de Participación, SGP. Así mismo, el gobierno municipal, mediante su Plan de Desarrollo 2008 a 2011, ha expuesto diferentes iniciativas con el objetivo de fortalecer la medicina tradicional y los procesos organizativos de la comunidad1.
  • CORPONARIÑO: La Corporación Autónoma Regional de Nariño ha contemplado dentro de su Plan de Gestión Ambiental Regional 2002-2012, diferentes acciones para el fortalecimiento de la población indígena Awá del resguardo; la corporación promueve procesos participativos, reconociendo que la imposición de modelos de manejo ambiental ha generado obstáculos en la relación con la población indígena, por lo que se pretende promover un modelo de desarrollo concertado de acuerdo con la tradición cultural, garantizando el pleno ejercicio de las autoridades indígenas con autonomía y criterios propios. CORPONARIÑO expone además la necesidad de implementar programas para la consolidación de gobierno propio y la aplicación de justicia indígena2.
  • Ministerio del Interior-Ecopetrol: La empresa Ecopetrol solicitó en el año 2012, concepto de viabilidad al Ministerio del Interior para la ejecución del proyecto “Plan de Manejo Ambiental para el Desarrollo del Campo Gavilán”, el Ministerio se pronunció certificando la presencia del resguardo, por lo que instó a la empresa a iniciar el proceso de consulta previa con las autoridades indígenas del resguardo3.
  • Ministerio del Interior-Ecopetrol: La empresa Ecopetrol solicitó en el año 2012 concepto de viabilidad al Ministerio del Interior para la ejecución del proyecto “Pozos Sucumbíos 4 ST y Sucumbíos 8, Jardines de Sucumbíos, Municipio de Ipiales-Nariño”, el Ministerio se pronunció certificando la presencia del resguardo, por lo que instó a la empresa a iniciar el proceso de consulta previa con las autoridades indígenas del resguardo4.

Alcaldía Municipal de Ipiales. (2012). Plan de desarrollo 2012-2015. Recuperado de http://www.ipiales-narino.gov.co/planeacion.shtml?apc=plPlan%20de%20Desarrollo%20Municipal-1-&x=1367640 CORPONARIÑO. (s.f.). Plan de Gestión Ambiental Regional 2002-2012. Recuperado de http://www.google.com.co/url? Ministerio del Interior. (2012). Certificación N° 1010 del 10 de Junio de 2012. Ministerio del Interior. (2012). Certificación N° 1007 del 6 de Junio de 2012.



Relaciones interétnicas De acuerdo con el estudio socio-económico realizado en el año 2012 para la constitución del resguardo, en los territorios de influencia y/o predios de interés para el trámite de legalización, no se encontraron registros de posesiones de personas ajenas a la comunidad indígena1. Sin embargo en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial la Alcaldía municipal, destaca la existencia de conflictos p entre la comunidad indígena y la población campesina debidos a las diferentes interpretaciones de la jurisdicción indígena2.

Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (INCODER). (2012). Acuerdo N° 274 de 2012. Bogotá: INCODER. Alcaldía Municipal de Ipiales. (s.f.). Plan Básico de Ordenamiento Territorial. Recuperado de http://www.google.com.co/url?



Actores armados Según información proporcionada por el Observatorio Nacional de Paz, en el Municipio de Ipiales, en que se encuentra ubicado el resguardo, se ha desarrollado la presencia de múltiples actores armados: Águilas Negras, Autodefensas Campesinas de Nariño, Los Rastrojos, Los Urabeños, y el grupo Nueva Generación1, lo que implica la permanente interacción y cruces de jurisdicción y autoridad entre el sistema de gobierno propio y las formas de autoridad impuestas por los actores armados.

Observatorio Nacional de Paz. (2011). Escenarios, actores y dinámicas de la conflictividad socioterritorial en Colombia, narrativas, mirada y posiciones desde la subalternidad. Recuperado de http://www.google.com.co/url?


Resguardos fronterizos

No aplica.

Uso, vocación y potencialidades de los suelos

Suelos Características de los suelos En la zona se encuentran suelos originados de tobas de ceniza y lapilli con ceniza volcánica sectorizada. Son muy profundos, bien drenados y de grupo textural franco-grueso y arenoso. Presentan reacción moderada y fuertemente ácida, alta capacidad catiónica de cambio, mediana saturación de bases, altos contenidos de carbono orgánico, medianos contenidos de calcio y magnesio, altos contenidos de potasio en superficie y bajos en profundidad, bajos contenidos de fósforo en superficie y medianos en profundidad; fertilidad moderada1.

IGAC. (2004). Estudio General de Suelos y Zonificación de Tierras. Departamento de Nariño. Recuperado de la base de datos SIGOT.



Condiciones actuales Intervención: La vegetación natural ha sido reemplazada por cultivos de trigo, cebada, maíz, papa y arveja, y en algunos sectores por pastos. La escasa vegetación natural que aún queda está representada por algunas especies de chilco, mora, hierba, gallinazo, espino, encino y altamisa1. Fenómenos de degradación en los suelos del resguardo: Procesos erosivos ligeros2.

IGAC. (2004). Estudio General de Suelos y Zonificación de Tierras. Departamento de Nariño. Recuperado de la base de datos SIGOT. Ídem.


Vocación y recursos alternos Utilidad Son suelos recomendados para cultivos de trigo, cebada, papa, arveja, maíz, hortalizas, frutales (perales, manzanos, ciruelos), mora, fresas y cultivos de clima frío. Igualmente se pueden utilizar en ganadería extensiva y semi-intensiva con pastos de kikuyo, rye-grass y pasto azul1.

IGAC. (2004). Estudio General de Suelos y Zonificación de Tierras. Departamento de Nariño. Recuperado de la base de datos SIGOT.



Recursos minerales En el municipio de Ipiales hay yacimientos o explotaciones mineras de oro (producción media de 770 g)1.

IGAC. UPME. (2009). Producción Minera de Oro [Mapa de Producción]. Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/PDF/SIGOT_EcoProduccionOroMpio_Nal.pdf?


Importancia, uso y aprovechamiento actual Prácticas productivas-UAF Autóctonas: Los hombres del resguardo se encargan de trabajar el campo: desyerbar para la siembra y la cosecha. Recogen leña, pescan y cazan, así como recolectan frutos, elaboran canoas, balsas y accesorios artesanales. Las mujeres realizan labores domésticas, guían la crianza de los hijos, ayudan en la cosecha y elaboran algunos productos artesanales. Algunas mujeres Awá del resguardo trabajan fuera del hogar1. Los indígenas Talan, cultivan y abandonan la parcela para que se regenere la cubierta vegetal, logrando el manejo sostenido del ecosistema que fácilmente en otras circunstancias se degrada2. Gracias a su profundo conocimiento del medio ambiente, nunca sobreexplotan un recurso que, en este ecosistema, es siempre escaso3. Los indígenas no perciben la conservación de un recurso por separado; su preocupación es lograr el beneficio sin lesionar otros componentes complementarios. Así, ellos interpretan la selva como una sucesión de eco-zonas y cada una tiene aptitudes diferentes: suelos, vegetación y animales conforman un sistema integrado de recursos4. Agrícolas y pecuarias: Los indígenas perciben 3 espacios con aptitudes y usos distintos según la altitud de las colinas donde habitan. El primero está asociado a los asentamientos humanos. Para este efecto prefieren las terrazas y vegas de deposición junto a los ríos en donde pueden establecer cultivos y al mismo tiempo disponer de recursos pesqueros. El segundo es el área de la vivienda, generalmente despejada y en la que suelen sembrar pastos introducidos como gramalote y micay (Anoxopus sp), muy difundidos entre los campesinos que se asientan en la región. Esta zona corresponde al 5% y 10% aproximado del total del área de cada familia indígena. Después del espacio abierto, a unos 50 metros, empieza la montaña; se trata de un mosaico de bosques con diferentes edades de sucesión, barbecho y campos cultivados de maíz, plátano, con esporádica presencia de yuca, fríjol y caña. El tercer espacio corresponde a las partes altas de las colinas, las cuales son muy inclinadas y permanecen cubiertas de neblina en las tardes y son áreas exclusivas para cacería. Allí se encuentra la selva primaria, generalmente compuesta por árboles delgados en donde proliferan musgos y todo tipo de epífitas. Debido a la inclinación del terreno, las áreas susceptibles de cultivo son escasas, por lo que los indígenas disponen de extensos bosques. Con alguna regularidad aparecen asociaciones de árboles útiles, cuya existencia es gracias al manejo forestal5. Unidad Agraria Familiar (UAF): Los indígenas Awá buscan un máximo de territorialidad y un mínimo de densidad poblacional, por lo que una familia cuenta en promedio con 100 hectáreas6.

Instituto Colombiano de Cultura Hispánica. (2004). Geografía humana de Colombia. Región del Pacífico. Tomo IX. El Grupo Indígena Awa-Cuaiquer Recuperado de http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/geografia/geograf/awa2.htm Ídem. Ídem. Ídem. Ídem. Ídem.


Plan de desarrollo Impactos en los territorios indígenas En el Plan Básico se contempla realizar inversiones estratégicas, tanto del sector privado como público que conlleven al uso racional de la diversidad biológica y el aprovechamiento del paisaje natural, retomando aspectos ancestrales de las comunidades indígenas presentes en el municipio1.

Alcaldía Municipal de Ipiales. (2008). Plan Básico de Ordenamiento Territorial. Nariño.



Estrategias de conservación Como estrategia de conservación de los suelos se recomienda:

  • La aplicación de fertilizantes de fórmula completa y altos en fósforo.
  • Realizar labores de preparación y siembra en sentido transversal a la pendiente.
  • Efectuar rotación de cultivos e incorporación de residuos orgánicos.
  • Teniendo en cuenta la aparición de heladas y que algunos de estos suelos tienen baja retención de humedad y pueden permanecer secos por varios días en el año, se aconseja la aplicación de riego para evitar que los cultivos sufran estrés y quema por falta de agua y la producción disminuya o se pierda1.

IGAC. (2004). Estudio General de Suelos y Zonificación de Tierras. Departamento de Nariño. Recuperado de la base de datos SIGOT.



Planes de vida El Plan de Vida del pueblo Awá contiene los objetivos, proyectos y “plataforma de lucha”, y sus mecanismos de participación en los que se propone la defensa del territorio y la conservación de la naturaleza; el cumplimiento del Plan de Ordenamiento Ambiental y Cultural del Territorio Awá y la actualización permanente del mismo; la recuperación y el fortalecimiento de la producción y economía propia1.

Ministerio de Cultura. (2010). Cartografía de la diversidad. El Pueblo Awá. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41740


Demografía

Estructura, densidad y distribución poblacional

Censos y proyecciones

La población del resguardo Ishu Awa pertenece al pueblo Awá (también conocidos como Kwaiker, Cuaiker, Cuaquier, Coiquer). El censo DANE del 2005 reportó 25.813 personas que se reconocen como pertenecientes al pueblo Awa Kuaiker, que representan el 1,9% de la población indígena de Colombia. Este pueblo se concentra mayormente en el departamento de Nariño donde habita el 86,6% de la población.

Pueblo Indígenas autoreconocidos en el censo del 2005 Porcentaje población indígena nacional
Awá 25.813 1,9 %

El Instituto Colombiano de Desarrollo Rural por medio de la Resolución de Constitución 273 de 2012 constituyó el resguardo Ishu Awa y adjudicó a la comunidad 6.017 hectáreas. La población del resguardo correspondía a 205 personas agrupadas en 60 familias. La densidad de la población correspondía a 29,35 hectáreas por habitante.


Poblamiento y distribución espacial de la población Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo. Sistemas de parentesco Parentesco Su sistema de filiación es patrilineal; las parejas próximas a casarse tienen un período de amaño que puede durar varios meses, seguido por la asignación, por parte del padre de la novia, de un terreno para que la nueva pareja construya su vivienda y empiece a cultivar. En promedio sobre los quince años, los jóvenes de la comunidad empiezan a buscar pareja


Movimientos migratorios y desplazamientos Migración y desplazamiento El desplazamiento forzado para nosotros los pueblos indígenas incrementa el riesgo de exterminio físico, étnico y cultural; el delito del desplazamiento forzado ha lesionado nuestra integridad como pueblo Awá y en general, la de los pueblos indígenas del país no solamente en las últimas décadas y desde que existe legislación y jurisprudencia en la materia, sino que se constituye en una injusticia histórica persistente desde la llamada “conquista“ de América, hasta el actual período republicano. En relación con el desplazamiento forzado la Honorable Corte Constitucional emitió la Sentencia T-O25 de 2004 en la cual hace la declaratoria formal de un estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento forzado. Esta es una decisión que toma la Corte cuando hay una violación reiterativa de múltiples derechos sobre un grupo poblacional amplio y cuya solución involucra la intervención de distintas entidades para atender problemas de orden estructural, que es justamente lo que está pasando con el desplazamiento forzado y es también la solución que se requiere para el mismo. Esta es la séptima vez que la Corte Constitucional emite una orden de esta magnitud, tal como lo reseña ella misma en la citada sentencia, número de veces que resulta preocupante siendo la Constitución Política de Colombia relativamente joven. Es claro para nosotros que el conflicto armado que estamos padeciendo dentro de nuestro territorio es ajeno a la dinámica ancestral de vida Awá y ha generado el desplazamiento y la muerte de los hermanos y hermanas que habitan la selva, vulnerando los derechos que tenemos como pueblo indígena y como colombianos. Esta situación nos ha llevado a movilizarnos a nivel nacional e internacional para la defensa de nuestros principios de vida como pueblo y de la pervivencia en el territorio ancestral. La búsqueda de soluciones y salvaguarda de nuestro pueblo no es algo nuevo para nosotros, desde hace aproximadamente cinco siglos, en que iniciaron los atropellos y las violaciones a nuestros derechos, nos hemos mantenido firmes en la reivindicación de lo propio y en las exigencias presentadas a los gobiernos nacionales, siendo propositivos respecto de las medidas de prevención y protección que necesitamos se garanticen y se reconozcan1.

Plan de Salvaguarda Ética del Pueblo Indígena Awá. Recuperado de: http://orewa.org/adjuntos/article/80/plansawa.pdf



Vulnerabilidad poblacional El pueblo Awá también conocido como Kwaiker, Cuaiker, Cuaquier, Coiquer, fue incluido entre los pueblos indígenas en mayor riesgo de desaparición física y cultural debido a la grave afectación de los derechos individuales y colectivos del pueblo (Auto 004 DE 2009). La Corte Constitucional refirió la problemática del pueblo Awá en éstos términos: “Los derechos fundamentales individuales y colectivos del pueblo Awá están sujetos a violaciones de naturaleza permanente, sistemática y generalizada, derivadas de infracciones constantes del Derecho Internacional Humanitario por todos los actores enfrentados en el conflicto armado colombiano. Es de tal gravedad esta afectación, que la Defensoría del Pueblo en Nariño emitió en 2007 un informe defensorial como mecanismo para visibilizar su crítica situación. Para la Corte Constitucional no cabe duda de que el pueblo Awá atraviesa por una crisis humanitaria de proporciones desmesuradas y sin antecedentes en la historia de los pueblos indígenas colombianos, que les pone en claro riesgo de exterminio por el conflicto armado“.

  • Según el diagnóstico realizado por parte del Observatorio del programa presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario en la región habitada por los Awá se evidencia dos problemáticas principalmente; en primer lugar, la tenencia de la tierra y en segundo lugar la presencia de la coca y de los actores armados irregulares. Respecto a esta última problemática, cabe resaltar que el principal impacto de los cultivos de coca fue provocado por la llegada de foráneos desde los años ochenta, que les compraron tierra y les ofrecieron trabajo, razón por la cual su sistema de agricultura itinerante desapareció y quedaron atados a sus nuevos patronos, pues la caza y la pesca disminuyeron.


Seguridad y soberanía alimentaria Seguridad alimentaria Producción y consumo: El medio de vida y sustento tradicional de la comunidad Awá se basa en la caza de animales de monte, complementado por el cultivo de pocos productos. Actualmente, se basa fundamentalmente en la agricultura, principalmente en el cultivo de plátano (chiro) y de menor forma la caza de animales de monte y ocasionalmente la cría de pequeñas especies.



Soberanía alimentaria Las fumigaciones aéreas a los cultivos de uso ilícito han generado graves impactos sobre nuestro territorio, entre los que están: la afectación sobre nuestra practica de medicina tradicional, como dijo uno de nuestros médicos tradicionales en uno de los diagnósticos realizados: “yo he curado mas de cien vidas por picadura de serpiente, ahora ya no me comprometo, pues con la fumiga, las plantas que utilizo para curar ya se han dañado y buscar una planta de esas que antes estaban cerca, ahora toca ir días selva adentro“. Nuestros cultivos de pancoger también se han visto afectados y el daño es profundo pues la tierra fumigada se vuelve estéril, nuestros frutos de la selva que recogemos en diferentes épocas del año de igual forma se han dañado por las fumigaciones, además éstas han causado la muerte de animales domésticos y silvestres afectando nuestro derecho a la alimentación y la biodiversidad de nuestro territorio. Mas grave resulta aún la muerte de nuestros niños y niñas como ha ocurrido en los resguardos de Gran Rosario, Gran Sábalo e Inda Sabaleta, donde se presentaron más de doce casos, afectaciones sobre nuestra salud, particularmente enfermedades gastrointestinales, de la piel y respiratorias; entre otras asociadas también a la contaminación de nuestras fuentes de agua. Por esta razón planteamos la detención inmediata de las fumigaciones y las erradicaciones manuales puesto que este último procedimiento ha servido para incrementar más la violencia contra nuestro pueblo. Frente a esto creemos que la única salida coherente con el respeto a la vida y a nuestra integridad como pueblos indígenas es el apoyo a nuestras iniciativas productivas orientadas a garantizar nuestra seguridad alimentaria y la generación de ingresos para nuestras familias; esto no es solo apoyar unos proyecticos productivos, implica un verdadero acompañamiento y asesoría para que estas iniciativas verdaderamente se puedan realizar facilitando nuestra integración al desarrollo económico y social de la región, respetando nuestra perspectiva cultural y concepción propia de desarrollo1.

Plan de Salvaguarda Ética del Pueblo Indígena Awá. Recuperado de: http://orewa.org/adjuntos/article/80/plansawa.pdf



Salud y educación

Salud:

En materia de salud la situación de nuestras comunidades indígenas ha sido de desatención permanente por las siguientes razones: a. La mayoría de nuestras comunidades conservamos la cosmovisión propia, la salud ha sido trabajada por los médicos tradicionales de espanto, de mal viento, de chutún, de duende, de picadura de culebra, pulseadores, sobanderos y parteros en nuestro idioma awapit = iznakuttamkika; por medio de sus prácticas tradicionales rituales, las cuales nos han permitido sobrevivir con una mínima atención estatal. Como pueblo indígena conservamos nuestra lengua materna y, a pesar de contar con normas especiales de la Legislación Indígena Nacional, que nos amparan en cuanto a la atención gratuita en salud, no ha sido posible hacerlas cumplir en muchas oportunidades, porque los funcionarios de los hospitales y centros de salud, quienes deberían atender a cualquier ciudadano sin tener en cuenta las diferencias culturales, en muchas ocasiones no lo hacen. b. Dificultad para trasladarnos a los hospitales y centros de salud que existen en esta región (ubicados en las cabeceras municipales y en algunos poblados), ya que nuestras familias viven dispersas en extensos globos de terreno, distantes entre una hora, y hasta dos días, de camino de la carretera; tenemos tan solo caminos peatonales de trocha, cruzando quebradas y ríos mediante puentes de cable y en canoas. En los años de 1994 y 1995, la enfermera Gloria Narváez como asesora del Instituto Departamental de Salud de Nariño, formó un grupo de voluntarios indígenas a quienes dio una dotación inicial; más adelante, la UNIPA concertó con el Plan Nacional de Rehabilitación de la Presidencia de la República, la formación de 24 Promotores en atención primaria en salud; la capacitación fue realizada por la Escuela Superior de Enfermería de Nariño, en el año 1994. En 1997, la UNIPA logró concertar con el Programa BID Plan Pacífico, la actualización de algunos promotores de salud y la formación de nuevos promotores indígenas en salud. La situación en materia de salud de nuestras comunidades se ha complicado por la aparición de enfermedades típicas del clima húmedo tropical de la región pacífica, y enfermedades traídas por los no indígenas, las cuales no pueden ser tratadas por los médicos tradicionales. A partir de la expedición de la Ley 100 de 1993, nuestras familias indígenas por vez primera se vieron obligadas a conseguir y portar los carnets, por cuanto en los hospitales y centros de salud en muchas oportunidades no quieren atender a pacientes indígenas con las constancias expedidas por los gobernadores de los Cabildos. Hemos tenido que asumir la tarea de explicar a la población indígena, vinculada y afiliada al régimen subsidiado en salud, los derechos que tienen en materia de salud; el uso de carnets y certificaciones; los lugares y horarios de atención y demás aspectos relacionados con la prestación de servicios de salud, actualmente en la región. Por otra parte, es costumbre de las comunidades que cuando una persona se enferma, sus familiares salen a acompañarla; muchas veces los enfermos quedan hospitalizados y los acompañantes no tienen donde albergarse, ni los recursos para la alimentación y transporte; esta situación es similar para la consecución de citas y turnos. Lo anterior se complica aún más por cuanto los sistemas de atención propios y horarios de cada centro de salud y hospitales son distintos y desconocidos para nosotros; igualmente, la falta de recursos económicos para cubrir gastos de transporte y alimentación en casos de remisiones, es una sentida realidad. Falta sensibilidad y buenas relaciones humanas en el tratamiento especial que se debe dar a las personas indígenas que acuden a centros de salud y hospitales de las poblaciones y de la ciudad por parte de los encargados de prestar los servicios1. Educación: La Ley 715, en su Capítulo 2, dispone: “De las entidades territoriales: ARTICULO 151. Funciones de las Secretarías Departamentales y Distritales de Educación, en relación con la información (…) m) Consolidar y analizar la información de los municipios y remitirla al Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con los estándares fijados por éste, y, n) Establecer un sistema departamental y distrital de información en concordancia con lo dispuesto en los artículos 148 y 75 de esta Ley. c) Mantener actualizado el sistema de información de personal docente y administrativo y el sistema contable que estará a disposición del Ministerio de Educación Nacional, del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y de las Secretarías de Educación, o de los organismos que hagan sus veces“2.

Recuperado de http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/files/Qu%C3%A9%20es%20para%20el%20pueblo%20Aw%C3%A1%20y%20para%20la%20Unipael%20plan%20de%20vida.pdf Congreso de la República. (2002). Ley 715. Artículo 151. Bogotá.


Oferta institucional

Oferta institucional Estatal La gobernación de Nariño a través de su Plan de Desarrollo Departamental “Nariño Adelante” 2012 – 2015, fundamenta su accionar en el proceso de la construcción colectiva del Plan de Desarrollo, en donde el Gobierno Departamental se compromete en acompañar a los pueblos indígenas y a las comunidades afros en la gestión para formular e implementar sus planes de vida, encaminados al fortalecimiento cultural, social, económico, ambiental y político. Será una prioridad en la agenda del Gobierno Departamental la interlocución nacional e internacional para lograr el respeto a los pueblos y sus territorios, enfrentados a la crisis humanitaria, la presencia de cultivos de uso ilícito y el conflicto armado, en especial para los pueblos Awá, Kofán y Eperara-Siapidara. Se adoptarán e implementar los planes de salvaguardia de los pueblos Awá, Inga, Cofan y Eperara Siapidara. Se Consolidará los mecanismos de coordinación entre la justicia indígena y el sistema judicial estatal. Se Promoverá la creación de una universidad intercultural a partir del fortalecimiento de la Escuela de Derecho propio del Pueblo de los Pastos. Ofrece fortalecer la medicina tradicional indígena, mediante el fortalecimiento de la Salud Ancestral, Cultura y Educación Intercultural, la Autoridad, Autonomía y Justicia y los procesos propios para los proyectos productivos- Minga y Pervivencia. De igual manera se concertarán agendas para el desarrollo de los acuerdos priorizados en las tres subregiones de la costa pacífica, en temas de fortalecimiento de educación, salud, desarrollo productivo, entre otros.

1. Gobernación de Nariño. Plan de Desarrollo Departamental “Nariño Adelante” 2012 – 2015. Recuperado de http://educon.javeriana.edu.co/ofi/documentos/regionalizacion/Planes%20Desarrollo%20H-Z/Departamentos%20-%20Planes%20de%20desarrollo/NARI%C3%91O%20-%20Nari%C3%B1o%20mejor,%20Plan%20Desarrollo,%20Ordenanza%20-%202012-2015.pdf


Organizaciones indígenas Las organizaciones presentes en territorio nariñense son la Asociación de Cabildos Indígenas Eperara Siapidaara – ACIESNA, La Unidad Indígena del Pueblo Awa – UNIPA, el Cabildo Mayor Awa de Ricaurte – La Asociación de Cabildos y/o Autoridades Tradicionales Indígenas del Nudo de los Pastos – SHAQUIÑAN y el Resguardo Inga de Aponte. Estas fundamentan sus actividades en la lucha por los derechos de los pueblos indígenas de Nariño y Colombia.1

1. Idem


ONG y organizaciones privadas Las organizaciones privadas y las ONGs apoyan a las comunidades indígenas en procesos de visibilizacion de la situación del conflicto de sus territorios, además ayudan a generar espacios para la puesta en marcha de iniciativas que ayuden a mitigar estas multiples problematicas. La organización Human Rights Watch ONG internacional defensora de los Derechos Humanos Human Rights Watch brinda acompañamiento al pueblo Awa en casos infortunados como masacres y desplazamientos. 1

Organizaciones locales como FUNDEPAZ acompañan a las comunidades en espacios propios, debido a la confianza y agradecimiento que estas les tiene, recientemente esta organización formó parte del Encuentro de Intercambio de Experiencias de Organizaciones Etnicoterritoriales del Proyecto Bosques y Territorio con ACIN, realizado en el Predio el Verde Diviso, jurisdicción del Municipio de Barbacoas, departamento de Nariño, un evento apoyado por la organización Oxfam GB que es una organización internacional, británica, de carácter independiente, de cooperación y acción humanitaria. El principal objetivo de este evento fue Propiciar un espacio de aprendizaje y reflexión sobre mecanismos de protección y control del territorio, a partir de las experiencias de las guardias Indígenas de ACIN, UNIPA y los cabildos de Chigorodó y Mutatá con las organizaciones afrodescendientes e indígenas que no tienen Guardia, que permita el conocimiento y fortalecimiento de mecanismos de abordaje y problemáticas concretas, especialmente de las mujeres participantes en estos procesos. Participaron las siguientes organizaciones: la Asociación de cabildos Indígenas del Norte del cauca- ACIN, la Unidad Indígena del Pueblo Awá-UNIPA, el Cabildo Mayor de Mutatá, el cabildo Mayor de Chigorodo, el Consejo Comunitario Mayor de la Asociación Campesina Integral del Medio Atrato- COCOMACIA, EL Consejo Mayor del Alto Guapi, la Federación de la Comunidad Awá del Ecuador-FCAE y el Cabildo Mayor Awá de Ricaurte- CAMAWARI


1. Revista Semana. ACNUR y Human Rights rechazan masacre indígena en Nariño. Recuperado de http://www.semana.com/nacion/conflicto-armado/articulo/acnur-human-rights-watch-rechazan-masacre-indigenas-narino/100023-3

2. Fundación Paz y Desarrollo. Noticias. Recuperado de http://www.fundepaz.org/index.php/noticias/1-noticia1



Agencias de cooperación internacional Nariño es uno de los departamentos en los que la cooperación internacional hace mayor presencia debido a la situación actual de conflicto que padece. Se encuentran la mayoria las agencias del SNU como los ACNUR, PNUD, FAO, OIM, ONUMUJERES, UNODC y OCHA, que interactúan con cooperantes como el NRC, la AECID, OXFAM, Solidaridad Internacional, entre otros.

Estos desarrollan procesos de fortalecimiento de gobernabilidad, autonomía, derecho propio, seguridad alimentaria, mujer y genero, derechos humanos, entre otros. Un ejemplo claro de intervención en los territorios es el “Programa Conjunto Ventana de Paz” que busca consolidar las capacidades, activos locales y regionales para la construcción de la paz y el desarrollo, mediante el fortalecimiento de la institucionalidad democrática, la participación ciudadana, la convivencia y el desarrollo socio-económico sostenible, e incorporando las perspectivas étnico-cultural y de género como condición necesaria para avanzar en el logro de los ODM. Se realiza en municipios de la costa pacífica y de la frontera andina del Departamento de Nariño, región que registra índices de violencia, pobreza, y una concentración de cultivos ilícitos superiores al promedio nacional. Se propone implementar un modelo innovador de construcción de paz con enfoque territorial y de género replicable en otras regiones del país a través de iniciativas estratégicas para la prevención y gestión de crisis y conflictos, para el fortalecimiento del Estado de derecho y para la recuperación de los medios de vida y la promoción del desarrollo socio-económico.1

Así mismo en años anteriores la cooperación Vasca a través de la Organización MUNDUBAT apoyo a ACIESNA en proyectos como Restablecimiento de condiciones de seguridad alimentaria indígena del pueblo Eperara – Siapidaara en el Departamento de Nariño y Fortalecimiento Del Sistema Tradicional de Producción como Estrategia para el Ejercicio Del Control Territorial del Pueblo Eperara Siapidaara y Empoderamiento de las Mujeres Indígenas en la Organización.2

La Red Latinoamericana de Juventudes Rurales, El Banco interamericano de Desarrollo y BID Juventud Programa de Desarrollo y Alcance Juvenil, ofrecen el Concurso Latinoamericano de Proyectos Juveniles Rurales que para el caso del Pueblo de los Pastos se propueso por parte de los y las jóvenes “Capacitar de forma estratégica a 600 jóvenes del resguardo de Cumbal con el desarrollo de actividades organizativas y conocimientos propios indígenas que posibiliten el fomento de las habilidades y valores de la cultura, a la vez, permitan recrear las prácticas tradicionales existentes en el resguardo. Y en el termino de 20 meses tener mínimo una organización constituida por cada vereda y cada una con su iniciativa presentada al centro de la juventud.” 3

Lo anterior evidencia el apoyo de la cooperación internacional en diversos temas buscando la participación eficaz y eficiente de las comunidades en los procesos realizados.

1. Programa Conjunto Ventana de Paz. Inicio. Recuperado de http://www.ventanadepaz.org/

2. Plan de Vida del Pueblo Indígena Eperara – Siapidaara de Nariño, 2005. Tachi Ode T´tadama ~ RETOMEMOS NUESTRO CAMINO.

3. Banco Interamericano de Desarrollo. Concurso Latinoamericano de Proyectos Juveniles Rurales. Recuperado de http://www.relajur.org/concurso/proyecto_completo.php?id=315


Aspectos jurídicos y legales

Trámites y necesidades en materia territorial En 1558 la Corona Española realizó el primer censo de la población indígena andina, contabilizando 19.000 familias en lo que en la actualidad es el Departamento de Nariño. Algunos pueblos desaparecieron totalmente, mientras que en los restantes se ha dado un fenómeno gradual de disminución de la población. Todo como consecuencia de la resistencia a la invasión española, la desigualdad y la discriminación hacia el mestizaje social que, sumados al despojo injusto de las tierras, han llevado a los pueblos indígenas a someterse a cambios en su pensamiento, cultura usos y costumbres, hasta su transformación y adaptación hacia formas culturales de la sociedad no indígenas. Lo anterior se une a una situación de opresión que ocasionó la renuncia a la propiedad social y comunal de la tierra, hecho que llevó a la adopción obligatoria del concepto de propiedad privada e introdujo a las comunidades en una economía de mercado en condiciones de marginación. Hoy en día el Departamento al que pertenece el resguardo presenta una distribución inequitativa de la tierra, ya que la mayor parte, especialmente aquella que es apta para actividades agrícolas, se encuentra en muy pocas manos1. La etnia que posee el resguardo, manifiesta que la UNIPA, y posteriormente CAMAWARI, han incorporado una política de consolidación de sus territorios mediante la legalización de los resguardos ante el Gobierno Nacional, por lo que destinan parte de sus recursos para conseguir este objetivo legal2. El resguardo obtiene su titulación mediante la Resolución 273 del 31 de Enero de 2012, del INCODER3. Necesidades: Es preciso promover acciones en favor de la protección de la diversidad y la conservación biológica del territorio, atendiendo especialmente los derechos de las comunidades en cuanto al acceso a la propiedad de los recursos genéticos y a la participación en el proceso de reconocimiento de los territorios indígenas como entidades territoriales del país; además, se requiere de una atención especial y un apoyo constante a la cultura y necesidades particulares de estos sectores. Es de vital importancia desarrollar proyectos que busquen el fortalecimiento de la cultura y la calidad de vida de la población4.

Houghton, J. (2008). Legalización de los territorios indígenas de Colombia. En La tierra contra la muerte. Conflictos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Centro de Cooperación al Indígena CECOIN. Organización Indígena de Antioquia OIA. Guerrero, J. (2011). Pueblos Indígenas de Nariño. Pasto: Gobernación de Nariño. INCODER. (2012). Resolución No. 273. Bogotá. Gobernación de Nariño. (2011). Plan de Desarrollo Tumaco. Plan de Desarrollo Municipal 2008–2011. Recuperado de http://www.narino.gov.co/index.php?option=com_remository&Itemid=232&func=startdown&id=1075


Instrumentos internacionales, jurisprudenciales, legales y generales Cuando se trata de la consideración por la autonomía territorial, es necesario hacerlo a partir de términos de respeto por una jurisdicción indígena propia, para lo cual es posible retomar lo que la Corte Constitucional argumenta en la sentencia T-552 de 2003 cuando afirma que: “Hasta aquí se tendría que para que proceda la jurisdicción indígena sería necesario acreditar que 1) Nos encontramos frente a una comunidad indígena, que 2) Cuenta con autoridades tradicionales, que 3) Ejercen su autoridad en un ámbito territorial determinado. Lo anterior, sin embargo, no sería suficiente por cuanto se requiere, además, establecer la capacidad de esas autoridades de los pueblos indígenas para ejercer jurisdicción conforme a usos tradicionales. Esto es, puede existir un reconocimiento formal de resguardo y cabildo, pero no darse materialmente los supuestos de la jurisdicción, por carencia de normas y prácticas específicas de control social, por ausencia de procedimientos de juzgamiento, o porque las autoridades tradicionales han dejado de ejercer ese tipo de funciones”1. La Corte Constitucional, con el aval de la Constitución Política, ha afirmado en la Sentencia T-769 de 2009, que es necesario reconocer la diversidad étnica y cultural de la Nación. Lo anterior, dado como principio fundamental desde el punto de vista democrático, participativo y pluralista del país. Así, estas comunidades indígenas comparten costumbres ancestrales, hecho que implica un esquema de valores propios que identifican su cultura y su tradición; por esta razón gozan de un trato constitucional especial que define a los resguardos como propiedades colectivas, de naturaleza inajenable, inalienable, imprescriptible e inembargable. Tales características especifican el derecho de las comunidades sobre su propiedad colectiva como factor de suma importancia, ya que permite el respeto de su cultura, valores propios y de sus características como comunidad indígena, que son reconocidas por convenios internacionales, igualmente ratificados por el Congreso2. Mediante Sentencia SU-039 de 1997, la Corte Constitucional afirma que la comunidad indígena ha pasado de la realidad fáctica y legal a su constitución objetiva como sujeto de derechos fundamentales. Así, deja en claro que la explotación de recursos en las zonas correspondientes al territorio indígena, debe hacerse de manera proporcional, de tal forma que el Estado propenda por la integridad social, cultural y económica de dichas comunidades. Lo anterior, en aras del respeto a los derechos fundamentales del colectivo, que es efectivamente una entidad cohesionada como grupo humano y como cultura3. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia, sugiere al Estado que, en coordinación con los representantes y voceros de las comunidades afectadas, adopte y aplique las medidas necesarias para que la población cuente con la presencia de las instituciones estatales, y de esta forma evitar la violación de los Derechos Humanos. Lo anterior compromete al Gobierno para brindar el apoyo político y económico que sea necesario, así como a contribuir en la gestión de una presencia permanente de la Defensoría del Pueblo en la región4.

Corte Constitucional. (2003). Sentencia T-552. Bogotá. Corte Constitucional. (2009). Sentencia T-769. Bogotá. Corte Constitucional. (1997). Sentencia SU-039. Bogotá. Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2002). Informe de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, sobre su Misión de Observación en el Medio Atrato. Documento interno.


Conflicto armado interno, DDHH y DIH

Violaciones DDHH Este resguardo está ubicado en el Municipio de Ipiales y pertenece a la etnia Awá. Entre los derechos más fuertemente ignorados de los pueblos indígenas, se encuentran:

  • Derecho a la vida.
  • Derecho a la libertad.
  • Derecho a la salud.
  • Derecho a vivir en paz.
  • Derecho a la seguridad.
  • Derecho a no ser discriminado.
  • Derecho a la integridad física y mental.
  • Derecho a la libre determinación.
  • Derecho a la autonomía y el autogobierno.
  • Derecho al consentimiento libre, previo e informado.
  • Derecho a no ser desplazado por la fuerza de sus tierras o territorios.
  • Derecho a no ser sometido a genocidio ni a ningún otro acto de violencia.
  • Derecho a que no se desarrollen actividades militares en tierras o territorios indígenas.
  • Derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras y recursos.
  • Derecho a las tierras, territorios y recursos que se han poseído tradicionalmente, ocupado, utilizado o adquirido.
  • Derecho a mantener y desarrollar sistemas o instituciones políticas, económicas y sociales.


Infracciones al DIH Entre las múltiples infracciones al Derecho Internacional Humanitario se encuentran:

  • Incursiones.
  • Amenazas.
  • Detenciones arbitrarias.
  • Ataques a la infraestructura.
  • Tratos crueles, inhumanos o degradantes.
  • Reclutamiento forzado: los responsables de este tipo de actividad son los grupos al margen de la ley, que se valen de los niños, niñas y jóvenes indígenas para utilizarlos en sus acciones.
  • Persecuciones.
  • Ocupación y destrucción de bienes protegidos como lugares comunitarios, viviendas y escuelas.
  • Desaparición forzada.
  • Detenciones arbitrarias.
  • Presencia de actores armados en el territorio: existe actividad armada de fuentes legales e ilegales, que realizan operaciones por el control territorial; dictan sus propias normas y reglas de comportamiento y ejercen el control del territorio y de la jurisdicción indígena, utilizan a civiles como informantes, convirtiéndolos de esta manera en objetivos militares que son atacados por los otros bandos.
  • Señalamientos y estigmatización: grupos armados legales e ilegales acusan a los indígenas de la etnia Awá de ser colaboradores o parte de los bandos que participan del conflicto, esto convierte a la comunidad en objetivo militar y la hace vulnerable frente a los ataques de cualquiera de los grupos armados.
  • Restricciones: los grupos armados presentes en el territorio aplican medidas que impiden la movilidad, hecho que imposibilita la libre circulación de las personas, el transporte de alimentos y de artículos de primera necesidad. Las restricciones a la movilidad descritas generan a la vez el confinamiento de las comunidades, puesto que no pueden desarrollar normalmente sus actividades cotidianas y tradicionales, y ponen en riesgo la salud y la seguridad alimentaria de los habitantes del resguardo.
  • Cultivos ilícitos: la presencia de este tipo de cultivos está ligada directamente a la política antinarcóticos que se implementa en los Departamentos de Putumayo, Cauca y Caquetá, que ha llevado a que la población dedicada a esta actividad se trasladara a Nariño, hecho que ha tenido un alto impacto en las dinámicas socioeconómicas locales.
  • Además, la política de erradicación de cultivos ilícitos tiene como uno de sus ejes principales la realización de fumigaciones y éstas se efectúan, sin realizar consulta previa con el pueblo indígena, en sectores aledaños a los resguardos. Con ello se ha puesto en riesgo el medio ambiente, debido a la contaminación de fuentes hídricas, la salud de los habitantes, quienes denuncian serias afectaciones dermatológicas, digestivas, respiratorias y visuales, especialmente en niños y adultos mayores, y la seguridad alimentaria del pueblo indígena, porque los animales de cría y los cultivos de pancoger se ven afectados y deteriorados irremediablemente.
  • Por otro lado, la presencia de monocultivos legales e ilegales, ha generado cambios en la estructura de la propiedad de la tierra, puesto que en la actualidad se han desarrollado enormemente los latifundios para la explotación industrial de diferentes productos.
  • La existencia de cultivos ilícitos y monocultivos ha provocado problemas territoriales, debido a que encarece la tierra e imposibilita a los pueblos indígenas su adquisición para ampliar sus resguardos, además, permite la venta indebida de parcelas dentro de los resguardos y la presencia de población no indígena que trata de apropiarse de las tierras mediante el engaño o la violencia, generando situaciones de desplazamiento.
  • Amenazas de muerte: se han presentado diversos actos de este tipo en contra de indígenas, familias, comunidades, líderes y directivos de organizaciones Awá.
  • Asesinatos: los grupos armados ilegales han hecho de la comunidad Awá una víctima constante de homicidios. Esto se debe en gran parte a señalamientos equivocados en contra de los miembros de la comunidad de pertenecer o colaborar con los bandos que intervienen en el conflicto; también se han cometido asesinatos debido a que los indígenas se rehúsan a colaborar con los grupos armados y por tratar de escapar de la región para salvar su vida, luego de que han sido amenazados. Sin embargo, es necesario aclarar que no existe información exacta al respecto, ya que la población tiene miedo de denunciar.
  • Los grupos armados legales, como el Ejercito, también han cometido excesos en contra de la población del resguardo; se han conocido casos en los que habitantes indígenas han sido detenidos arbitrariamente, torturados, asesinados y posteriormente reportados como guerrilleros muertos en combate; además de esta situación, se presenta maltrato físico, verbal y psicológico que causa miedo y desplazamiento, y el robo de comida de restaurantes escolares, cultivos de pancoger, animales de corral y de cría en territorios indígenas.
  • Desplazamiento forzado: la etnia Awá, a la cual pertenece este resguardo, es una de las más afectadas por el fenómeno de desplazamiento forzado, y se han presentado actos que involucran esta problemática en distintos sentidos, como: individuales y masivos definitivos, temporales, interveredales y de reincidencia.
  • Presencia y accidentes con Minas antipersonales (MAP) y Municiones sin estallar (MUSE): utilizadas por los grupos armados ilegales como estrategia para frenar el avance de los adversarios; son ubicadas en territorios indígenas que son paso obligatorio, en lugares sagrados, sitios de caza y pesca, sometiendo así a las comunidades a afectaciones físicas y psicológicas, cuyos principales afectados son los niños1.

Corte Constitucional. (2009). Auto 004. Bogotá.


Actores armados Grupos armados ilegales:

  • FARC: Frente 29.
  • ELN: Mártires de Barbacoas1.
  • Grupos paramilitares post desmovilización de las autodefensas: Rastrojos y Águilas Negras2.

Fuerza Pública:

  • Brigada XXIX del Ejército: creada en el año de 2005 para ejercer control sobre la zona de expansión de cultivos ilícitos y para que realice labores de erradicación, fumigaciones e incautaciones de insumos.
  • Brigada Móvil XIX del Ejército: creada en 2007 para contribuir con el desarrollo de las tareas de erradicación de la Brigada XXIX3.

Caracterización Resguardos. (sf). Nariño, Índice General. Documento interno. Defensoría del Pueblo. (2007). Sistema de Alertas Tempranas. (Nota de Seguimiento N°007-11. Tercera Nota al Informe de Riesgo N° 029-07). Bogotá. Documento interno. Presidencia de la República. (sf). Derechos Humanos y DIH, República de Colombia, diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx


Respuestas al conflicto La Corte Constitucional, mediante Auto 174 de 2011, solicita al Ministro del Interior y de Justicia que, de manera coordinada con los Ministros de Hacienda y Crédito Público, de Educación Nacional, de la Protección Social, de Defensa Nacional, los Directores del Departamento de Planeación Nacional, del Programa Presidencial para la Acción Integral contra las Minas Antipersona, y de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional-Acción Social, así como al Gobernador del Departamento de Nariño, que:

  • “Adopten como medida cautelar un Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, que atienda de manera inmediata e integral las necesidades más apremiantes de seguridad física – incluida la relativa al desminado humanitario , de atención humanitaria en salud, educación, refugio o alojamiento temporal y cualquier otra medida urgente requerida para asegurar la pervivencia del Pueblo Awá, de tal manera que ofrezca una respuesta de atención continua, temporal y congruente con la crisis humanitaria que padece esta etnia, tendiente a garantizar su vida física y cultural, su integridad, seguridad y dignidad, mientras se avanza de manera acelerada en el cumplimiento de las órdenes impartidas en el auto 004 de 2009.
  • Las medidas adoptadas para garantizar la seguridad del pueblo Awá en el marco del Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, deberán dar plena aplicación a los principios del DIH, de tal manera que las autoridades responsables, al evaluar las distintas alternativas operativas y estratégicas posibles, opten por aquella que implique mejores resultados en términos de seguridad y de protección efectiva de los derechos del Pueblo Awá, así como medidas concretas para reducir los riesgos que puedan surgir como reacción a la presencia de la Fuerza Pública. Las medidas de protección a la vida y a la integridad personal, que deban adoptarse de manera urgente e inaplazable, no requerirán ser consultadas previamente.
  • Sin embargo, las medidas relativas a los demás componentes del Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, deberán ser consultadas con la comunidad en el espacio creado al instalarse la consulta para efectos de cumplimiento del auto 004 de 2009, según lo ordenado en este Auto.
  • Esta medida cautelar además deberá ser formulada e implementada de manera coordinada entre las distintas entidades involucradas, del orden nacional, departamental y municipal, dando aplicación adecuada a los principios de concurrencia y subsidiariedad, de tal manera que se garantice la atención integral y el uso adecuado de los recursos y que cumplirá con las siguientes características: (1) Deberá mantenerse hasta tanto entren en operación efectiva el Plan de Salvaguarda Étnica del Pueblo Awá y el Programa de Garantía de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y persistan las actuales condiciones de inseguridad, necesidad y vulnerabilidad; (2) adopción, como medida cautelar, no sustituirá ni aplazará el cumplimiento de lo ordenado en el auto 004 de 2009, en relación con el Pueblo Awá, ni con los demás pueblos indígenas protegidos por el mismo”1.

La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ACNUR, destaca la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento, a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes, para la comunidad, de las operaciones militares2. Por su parte, la ONU en la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, ratifica el derecho de estos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo con sus necesidades e intereses. Además, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos3. El convenio 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas y Tribales, ratificado por el Estado colombiano y aprobado por el Congreso, mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales4. Según el Auto 004 de 2009, el Estado colombiano tiene la obligación de prevenir las causas de desplazamiento forzado y atender con enfoque diferencial a la población indígena que lo padece; para ello, ordena que se diseñen e implementen planes de salvaguarda étnicos y programas de garantías de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y el conflicto armado5.

Corte Constitucional. (2011). Auto No. 174. ACNUR (2006). Colombia, desplazamiento indígena y política pública: paradoja del reconocimiento. San José de Costa Rica. ONU (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los pueblos indígenas. (61/295). OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países. Independiente, 2003. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf Corte Constitucional. (2009). Auto 004, Bogotá.













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