Diferencia entre revisiones de «Resguardo La Maria»
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Fundación Proyectar. (s.f.). El Reglamento Interno De La Comunidad Indígena Emberá del Resguardo Bernardo Panchi del Municipio de Pueblo Rico, Antioquia. Fundación Proyectar. Recuperado de http://www.siidecolombia.gov.co/CMS/media/36410/ri_bernardo_panchi_-_pueblo_rico.pdf | Fundación Proyectar. (s.f.). El Reglamento Interno De La Comunidad Indígena Emberá del Resguardo Bernardo Panchi del Municipio de Pueblo Rico, Antioquia. Fundación Proyectar. Recuperado de http://www.siidecolombia.gov.co/CMS/media/36410/ri_bernardo_panchi_-_pueblo_rico.pdf | ||
+ | == Sistemas de organización y formas de gobierno == | ||
+ | === Gobierno propio y ley de origen === | ||
+ | ==== Ejercicio de soberanía sobre el territorio ==== | ||
+ | El pueblo Emberá del resguardo considera sostener unas relaciones equilibradas entre los seres humanos y los recursos naturales con los que cuenta el territorio. Para conservar dicha armonía y ejercer soberanía, las autoridades tradicionales Emberá, o Jaibanás, protegen a la comunidad y regulan su territorio a través del tratamiento de enfermedades partiendo de sus conocimientos tradicionales1. | ||
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+ | Ministerio de Cultura. (2010). Caracterización del pueblo Emberá Katío. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41800 | ||
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+ | ==== Autoridades tradicionales: transmisión de autoridad y conocimiento sobre el territorio ==== | ||
+ | El resguardo cuenta con una serie de autoridades tradicionales, quienes en su rol de médicos son parte fundamental en la conservación del equilibrio del territorio. La principal autoridad tradicional entre los Emberá es el Jaibaná: “El especialista entre los Emberá, quien controla las esencias y entabla relación con los diversos mundos. Su condición de Jaibaná le permite penetrar en la esencialidad de las cosas, entabla comunicación con ellas, volviéndolas sus aliados para curar o agredir”1. | ||
+ | El conocimiento del Jaibaná se aprende mediante un estudio dedicado de las plantas y de sus funciones medicinales. El hombre o mujer que decida seguir el jaibanismo debe acercarse a un sabio Jaibaná para recibir la enseñanza. No existe ninguna norma que establezca quién puede ser Jaibaná o no, excepto que debe superar los doce años de edad2. | ||
+ | Además del Jaibaná, el botánico desempeña un papel importante, pues tras años de estudio y experimentación, posee también amplios conocimientos sobre el manejo de las plantas. Aunque no trasciende a las relaciones espirituales como los jaibanás, el botánico es consultado por los pacientes ante cualquier enfermedad cotidiana3. | ||
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+ | Ulloa, E. A. (1992). Grupo indígena Los Emberá. En Instituto Colombiano de Cultura Hispánica. (Ed.) Geografía Humana de Colombia. Región del Pacífico. (Tomo IX pp.93-131). Bogotá: Instituto Colombiano de Cultura Hispánica. | ||
+ | Ídem. | ||
+ | Díaz, R. (2006). La medicina tradicional Emberá: entrevista con el dirigente Emberá Gusman Caisamo. Recuperado de http://www.visionchamanica.com/Medicinas_alternativas/medicina_embera.htm | ||
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+ | === Instituciones políticas y sociales indígenas === | ||
+ | ==== Autoridades y representantes indígenas: elección o designación ==== | ||
+ | La familia y la parentela son la base principal de la organización indígena del resguardo, pues a partir de éstas se realizan las actividades cotidianas. Sin embargo, la organización general está presente bajo la figura del Cabildo, de acuerdo con la Ley 89 de 1990, que se constituye como forma fundamental de la representación de la comunidad y es elegido por votación entre los miembros del resguardo1. El cabildo es la máxima expresión de la jurisdicción indígena, tiene dentro de sus funciones la representación política del resguardo, el mantenimiento de las relaciones comunitarias, el fortalecimiento del gobierno propio y de las prácticas culturales, el ejercicio de la justicia indígena y la regulación de los territorios y los recursos naturales2. | ||
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+ | Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA). (1998). Resolución N° 026 de 1998. Bogotá: INCORA. | ||
+ | Resguardo Indígena Marcelino Tascón-Comunidad Indígena Emberá Chamí La María. (s.f.). Reglamento interno de la comunidad indígena Chamí del Municipio de Valparaiso. Recuperado de http://www.google.com.co/url? | ||
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+ | ==== Espacios y acciones de reclamación y reconocimiento de derechos ==== | ||
+ | El resguardo, representado por su Cabildo hace parte de reconocidos procesos de reivindicación de derechos territoriales, de diversidad cultural y de autodeterminación que han sido reclamados mediante concertación, participación política y marchas, utilizados como mecanismos de presión ante los actores presentes en el territorio o con jurisdicción en el mismo1. La Organización Indígena de Antioquia ha sido la abanderada del resguardo en dichos procesos de reivindicación social, política y cultural. A su vez, hace parte de espacios de diálogo, participación, representación y concertación nacionales como la Organización Nacional Indígena de Colombia, ONIC, entidad que tiene dentro de sus funciones y objetivos: “fortalecer y apoyar el gobierno propio de los pueblos indígenas y su ejercicio de autoridad para que asuman con unidad, autonomía y dignidad, el control de sus territorios y la realización y defensa de sus derechos humanos y colectivos”2. | ||
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+ | Organización Indígena de Antioquia. (s.f.). Información Institucional. Recuperado de http://www.google.com.co/url? | ||
+ | ONIC. (s.f.). Sobre nosotros. Recuperado de http://cms.onic.org.co/sobre-nosotros/mision-vision-estructura/ | ||
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+ | === Jurisdicción especial indígena === | ||
+ | A partir de los relatos de origen del pueblo Emberá se desarrolla todo un sistema de pensamiento que organiza y da sentido a las relaciones entre los hombres y a su interacción con su entorno, éste es conocido como Derecho Mayor. Así lo explica uno de los representantes de OREWA: “Nuestra Ley de Origen, Derecho Mayor o Derecho Propio (…) nos asiste y otorga identidad, son nuestras leyes, formas de gobierno y justicia propia”1. Un ejemplo de esta reglamentación en el resguardo es la prohibición del incesto2. | ||
+ | Dentro del proceso de consolidación organizacional, y teniendo como base los principios culturales dictados por la Ley de Origen, el resguardo ha construido un reglamento interno que tiene como objetivo regular las actividades cotidianas, procurar la sana convivencia en su territorio y construir en conjunto formas de resolver los conflictos dentro y fuera de la comunidad, de acuerdo con las dinámicas propias. Dicho compendio de normas se encuentra dividido en varias secciones; reglamentando la solución de problemas familiares, sociales, económicos, territoriales, políticos, educativos y de salud, entre otros. Además de especificar cuáles comportamientos deben ser controlados socialmente y cuáles son tratados por el Cabildo, se establecen una serie de sanciones correspondientes a las infracciones; esencialmente se trata de la asignación de trabajo comunitario y, en los casos que así lo requieran, aislamiento de la comunidad3. Este reglamento no sólo es una herramienta para el control de las actividades y la regulación territorial, se convierte en un instrumento fundamental para el fortalecimiento del gobierno propio, la autonomía y la soberanía alimentaria y educativa en el resguardo. | ||
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+ | Andrade, citado en Gerstenberg, B. (Ed.). (s.f). Colombia: HCHR. Recuperado de http://www.google.com.co/url? | ||
+ | Losonczy, Anne M. (2006). La trama interétnica: Ritual, sociedad y figuras de intercambio entre los grupos negros y Emberá del Chocó. Bogotá. ICANH. | ||
+ | Resguardo Indígena Marcelino Tascón-Comunidad Inígena Emberá Chamí. La María. (s.f.). Reglamento interno de la comunidad indígena Chamí del municipio de Valparaiso. Recuperado de http://www.google.com.co/url? | ||
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+ | === Relación con actores e instituciones no indígenas === | ||
+ | ==== Autoridades e instituciones estatales y privadas ==== | ||
+ | En busca del fortalecimiento organizativo, el resguardo entabla permanentemente relaciones con diferentes instituciones estatales y privadas; a través de convenios, cofinanciación y concertaciones se adelantan procesos con los diferentes actores institucionales que hacen presencia en su territorio. La Alcaldía Municipal de Valparaíso es la encargada de la administración de los recursos del Sistema General de Participaciones para el resguardo. La alcaldía municipal, en su Plan de Desarrollo, realiza un diagnóstico del resguardo y establece la necesidad de realizar mesas de participación para plantear soluciones a las problemáticas que le afectan1. | ||
+ | Así mismo, en la jurisdicción del resguardo operan autoridades ambientales que regulan el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. Esto implica una relación permanente de la autoridad indígena con dichas entidades de regulación ambiental. La Corporación Autónoma de Antioquia, realizó un diagnóstico del vínculo con el resguardo, resaltando el potencial minero de la zona y la importancia de las relaciones con el mismo para el manejo ambiental de los Cerros y Farallones del Cauca2. A propósito del potencial minero del territorio, el Ministerio de Minas y Energía, mediante Resolución 181295 de 2008, declaró al resguardo como zona minera indígena3. | ||
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+ | Alcaldía Municipal Valparaíso. (2012). Plan de desarrollo 2012-2015. Recuperado de http://www.valparaiso-antioquia.gov.co/planeacion.shtml?apc=plPlan%20de%20Desarrollo%20Municipal-1-&x=1806143 | ||
+ | CORANTIOAQUIA. (2007). Plan de Acción 2007-2012. Recuperado de http://www.corantioquia.gov.co/index.php?option=com_content&view=article&id=42&Itemid=104 | ||
+ | Ministerio de Minas y Energía. (2008). Resolución 1812295 de 2008. Recuperado de http://www.google.com.co/url? | ||
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+ | ==== Relaciones interétnicas ==== | ||
+ | De acuerdo con el estudio socio-económico realizado para la constitución del resguardo, al interior del territorio se encontraban las mejoras de personas ajenas al pueblo indígena; sin embargo, estos predios fueron adquiridos para ser asignados dentro de los linderos del resguardo La María, por lo que no se registraron colonos en la jurisdicción indígena1. | ||
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+ | Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA). (1998). Resolución N° 02 de 1998. Bogotá: INCORA. | ||
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+ | ==== Actores armados ==== | ||
+ | El resguardo se encuentra ubicado en un corredor de producción y tráfico de narcóticos, tráfico de armas y contrabando. Por lo anterior, la zona es intervenida de forma permanente por grupos armados ilegales: paramilitares y guerrilla1, que mediante sus acciones bélicas y enfrentamientos constantes han provocado desplazamientos, bloqueos económicos y de alimentos. La intromisión de los actores armados en la toma decisiones, soberanía alimentaria y el ejercicio de la autoridad, afecta notablemente los procesos de consolidación organizativa del resguardo, así como su soberanía territorial y la autonomía de gobierno. | ||
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+ | Comisión de verificación de Derechos Humanos en el nordeste antioqueño. (s.f.). Reportaje especial. Recuperado de http://plano-sur.org/index.php?option=com_content&task=view&id=2244&Itemid=59 | ||
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+ | === Resguardos fronterizos === | ||
+ | No aplica. | ||
Revisión del 17:54 16 abr 2022
Descripción geofísica
Localización geográfica
Está ubicado en la parte central del municipio de Valparaiso<ref name="sigot">SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/</ref>
Geología estructural
En el área se encuentran formaciones sedimentarias epicontinentales tabulares del Terciario dentro de la depresión tectónica<ref name="sigot" />
Geomorfología
Relieve
En la zona se encuentran sistemas morfogénicos asociados a:
- Modelados de sedimentos epicontinentales.
- Cerros y mesas en vía de degradación<ref name="sigot" />
Dentro de las formaciones superficiales que ocurren en la zona, se encuentran:
- Alteritas heterométricas rojizas.
- Depositación de materiales detríticos heterométricos de poco espesor con dominancia de bloques y gravillas<ref name="idem">Ìdem</ref>
Modelado
En la zona se encuentran cerros y mesas con pendiente media ligeramente plana hasta muy quebrada en las serranías<ref name="sigot" /> Ocurren procesos de modelado por escurrimiento superficial difuso y concentrado<ref name="idem" /> Los procesos secundarios se encuentran asociados a la degradación irreversible de suelos<ref name="idem" /> Hay paisaje de montaña estructural erosional con inclinación mayor al 50% y drenaje imperfecto a excesivo<ref name="idem" />
Hidrografía
Cuencas
El resguardo se ubica en la cuenca del Medio Cauca<ref name="sigot" /> La escorrentía del resguardo es de 3000 a 4000 mm<ref name="idem" /> Se encu
Texto de título
entran ambientes sedimentarios y vulcano clásticos con buenas posibilidades hidrogeológicas<ref name="idem" />
Sistemas lóticos
En el resguardo se encuentra la quebrada Colorada<ref name="sigot" />
Sistemas lénticos
No hay presencia de sistemas lénticos representativos.
Climatología
Clima El resguardo está ubicado entre 0 y los 1800 metros sobre el nivel del mar<ref name="sigot" /> y presenta las siguientes características:
- La temperatura está entre los 18º y más de 24°C.<ref name="idem" />
- La precipitación es de 2000 a 2500 mm anuales<ref name="idem" />
- Los meses de mayo a octubre son lluviosos y de junio a septiembre son secos<ref name="martinez">
- Martínez, A. G. (s.f.). Departamento de Antioquia. Toda Colombia. Recuperado de http://www.todacolombia.com/departamentos/antioquia.html#4</ref>
Zonificación climática
El clima en la zona es Templado Húmedo y Cálido Húmedo<ref name="sigot" />
Amenazas naturales
En la zona hay amenaza muy alta por remoción en masa y amenaza sísmica intermedia<ref name="sigot" /> Se presenta desertificación<ref name="idem" />
Descripción biótica y ambiental
Características biofísicas
Zonas de vida y biomas
Según el sistema de clasificación de zonas de vida de Holdridge, el área del resguardo corresponde a la zona de vida de bosque húmedo Tropical (bh-T)1. Respecto a los biomas, de acuerdo con el Módulo de Información Geográfica del Observatorio de Territorios Étnicos2 y el Mapa de Ecosistemas Continentales, Marinos y Costeros de Colombia3, el área pertenece a los Orobiomas Bajos de los Andes. Es importante destacar que con base al Mapa General de Ecosistemas de Colombia, en la zona se encuentran ecosistemas naturales de bosques secos y matorrales secundarios xerofíticos sub-andinos, y ecosistemas que han sido trasformados en áreas rurales intervenidas no diferenciadas con menos del 20% de ecosistemas originales remanentes y zonas con bosques naturales4.
SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/ Observatorio de Territorios Étnicos (s. f.). Sistema de Información Geográfico -SIG. Recuperado de http://etnoterritorios.org/mig/map.phtml IDEAM. IGAC. IAvH. Invemar. SINCHI. IIAP. (2007). Ecosistemas continentales, marinos y costeros de Colombia. Recuperado de http://bacata.ideam.gov.co/pmapper/pmapper-3.2.0/ IAvH. (1998). Mapa General de Ecosistemas de Colombia (Elaborado por Andrés Etter). Recuperado de http://hermes.humboldt.org.co//ecosistemas/colombia/ecosistemas.php#
Áreas para la conservación y traslape con áreas protegidas
El lugar denominado La Cuchilla Potrerillo ubicado en el resguardo, conecta, a través de Las Cuchillas La Raya y Paramillo, con los Farallones de Citará, reserva natural e importante estrella fluvial que surte numerosos acueductos de la región y constituye el refugio de diversas especies de fauna y flora. En este sentido, el cerro Potrerillo cumple una función ecológica muy importante como corredor biológico1.
En medio de una zona que sufrió el impacto de la colonización cafetera, el resguardo La María se ha convertido en una oportunidad de conservación, recuperación y manejo sostenible2.
En este contexto, importante resaltar que los resguardos tienen una función ecológica y social3, por lo que las comunidades indígenas que los habitan juegan un papel muy importante en la conservación de los ecosistemas que les proveen recursos y que son el hábitat de numerosas especies de fauna y flora indispensables para el mantenimiento de las tradiciones culturales, de las dinámicas ecológicas de los ecosistemas y la preservación de las fuentes de agua y la calidad del aire.
Resolución Número 0752. (25 de Junio de 2004). Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Colombia.
Ídem.
Decreto 2164. (7 de diciembre de 1995). Ministerio De Agricultura.
Biodiversidad
Introducción
Antes de que a la comunidad indígena le adjudicaran el territorio del resguardo (años 80), las condiciones ambientales del mismo no representaban mayor importancia para la conservación, pues nadie había reparado en ello. Sin embargo, a partir de su llegada la comunidad logró la recuperación del cerro Potrerillo, donde se encuentra un sitio sagrado para ellos, lo cual ha permitido conservar funciones ecológicas vitales como el mantenimiento de nacimientos y fuentes de agua que surten varios acueductos del municipio, y constituyen el refugio de diversas especies1.
Resolución Número 0752. (25 de Junio de 2004). Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Colombia.
Fauna
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Flora
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Uso de los recursos naturales renovables
No se encuentra registrada información específica sobre el uso que los indígenas del resguardo le dan a los recursos naturales renovables. Sin embargo, hay información relacionada con el uso que le dan a los recursos los indígenas Emberá en el departamento de Antioquía: En las comunidades indígenas de Antioquía se elaboran artesanías como canastas en Iraca (Carludovica palmata), Chagualo (Clusia sp), Chipalos (Marcgraviastrum mixtum) y Guerre (Astrocaryum standleyanum)1. Respecto al uso alimentario de algunas especies, la mayoría de los frutos y partes carnosas son consumidas directamente y raras veces se preparan en jugos. Algunas plantas cultivadas como la caña de azúcar (Saccharum officinarum) y el chontaduro (Bactris gasipaes) se transforman para la preparación de líquidos fermentados como chicha y guarapo; plantas como el achiote (Bixa orellana ), azafrán (Curcuma longa) y cilantro (Eryngium foetidium) se usan como condimentos; las Musaceae (plátanos, bananos y variedades afines) se consumen cocinadas y verdes, ya que la apetencia de los indígenas es no consumirlas maduras y cuando no se puede, las comen como dulces semiacuosos que denominan Chucula. La palma milpesos (Oenocarpus bataua) tiene varios usos alimenticios para los Emberá como fuente de aceite, consumo de cogollos y de frutos cocinados. La recolección y el aprovechamiento de las especies vegetales silvestres son compartidos por ambos sexos y las labores de manejo de las especies cultivadas recaen en el núcleo familiar, pero la preparación de alimentos es por parte de la mujer2. Es importante resaltar el trabajo de la mujer indígena en el manejo y conservación de los bosques. Es así como la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO) ha llegado a concluir que las mujeres son, en muchas ocasiones, las principales custodias y guardianas de los bosques; tienen conocimientos amplios sobre los recursos del bosque y han demostrado que no solo son las usuarias principales de los bosques sino también sus protectoras más eficaces3.
Linares, E.L. G. Galeano, N. García Y. Figueroa. (2008). Fibras Vegetales Utilizadas en Artesanías en Colombia. Artesanías de Colombia S.A., Instituto de Ciencias Naturales-Universidad Nacional de Colombia. Bogotá. Gómez, L. Arango, J. U. Siniguí, B. Domicó, M. y Bailarínv O. (2006). Estudio etnobotánico y nutricional de las principales especies vegetales de uso alimentario en territorios de las comunidades Embera de selva de Pavarandó y Chuscal- Tuguridó (Dabeiba Occidente de Antioquia). Gestión y Ambiente. vol 9. Recuperado de http://redalyc.org/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=169421183004 Ídem.
Impacto ambiental
Proyectos
El resguardo se declara como zona minera, según el Código de Minas. La declaración de estas zonas no constituye u otorga derecho alguno a la comunidad para explorar o explotar minerales dentro de la misma. Las comunidades beneficiarias tendrán derecho a explorar y explotar los recursos minerales presentes en la zona minera, a través del contrato de concesión minero otorgado por INGEOMINAS, debidamente inscrito en el Registro Minero Nacional1. El ministerio de Interior encontró la influencia de los contratos de concesión minera 6306, 4533 y JIT-083012. El Ministerio de Minas y Energía señaló y delimitó como Zona Minera Indígena La María. El área comprendida tiene una extensión de 103 hectáreas y 2638 metros cuadrados. Localizada en jurisdicción del municipio de Valparaíso3. También se encontró en el 2008 la existencia de dos minas de oro en el resguardo de La María, en Valparaíso4.
Defensoría del pueblo Colombia. (2010). Minería de Hecho en Colombia. Certificación Número 1003. (6 de Junio de 2012). Ministerio de Interior. Colombia. Resolución Número 18 1295. (23 de Agosto de 2007). Ministerio de Minas y Energía. Colombia. El Derecho. (2008). El derecho a tener derechos para los pueblos indígenas. Etnias & Política. Recuperado de http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/descarga/etnias6.pdf
Contaminación
En el reglamento interno de la comunidad indígena, en el Artículo 36 se señala que en lo relacionado con la contaminación de las fuentes de agua, como nacimientos con basuras y químicos, el cabildo deberá gestionar con Corantioquia las capacitaciones a la comunidad para el manejo, separación y tratamiento de las basuras y adecuar lugares para el depósito y tratamiento de las mismas. De igual forma, se señala que el comunero o comunera que contamine las fuentes de agua, como los nacimientos arrojando basuras y químicos, perjudicando la salud de la población, será sancionado(a) con una multa equivalente a un día de jornal; además debe recoger la basura y dar el tratamiento acordado. Así mismo suscribirá un acuerdo donde se comprometa a no repetir la falta1.
Fundación Proyectar. (s.f.). El Reglamento Interno De La Comunidad Indígena Emberá del Resguardo Bernardo Panchi del Municipio de Pueblo Rico, Antioquia. Fundación Proyectar. Recuperado de http://www.siidecolombia.gov.co/CMS/media/36410/ri_bernardo_panchi_-_pueblo_rico.pdf
Cultivos de uso ilícito
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Planes de manejo y ordenamiento ambiental territorial
Dentro del reglamento de la comunidad se establece como responsabilidad del cabildo conocer el territorio, vigilar, proteger y conservar los recursos naturales. Además, se consideran como faltas contra el territorio y el medio ambiente la venta y alquiler de tierras comunitarias, venta de recursos naturales (madera, flora, fauna), venta de recursos minerales de la comunidad a través de contratos de alquiler o permita la entrada de mineros al territorio indígena, será sancionado con el pago de una multa en dinero, equivalente al doble de lo recibido al Cabildo. El Cabildo estará en la obligación de recuperar el territorio mediante el desalojo de los mineros (para esto pedirá apoyo a Corantioquia y de otras autoridades ordinarias si el caso lo requiere)1.
Fundación Proyectar. (s.f.). El Reglamento Interno De La Comunidad Indígena Emberá del Resguardo Bernardo Panchi del Municipio de Pueblo Rico, Antioquia. Fundación Proyectar. Recuperado de http://www.siidecolombia.gov.co/CMS/media/36410/ri_bernardo_panchi_-_pueblo_rico.pdf
Sistemas de organización y formas de gobierno
Gobierno propio y ley de origen
Ejercicio de soberanía sobre el territorio
El pueblo Emberá del resguardo considera sostener unas relaciones equilibradas entre los seres humanos y los recursos naturales con los que cuenta el territorio. Para conservar dicha armonía y ejercer soberanía, las autoridades tradicionales Emberá, o Jaibanás, protegen a la comunidad y regulan su territorio a través del tratamiento de enfermedades partiendo de sus conocimientos tradicionales1.
Ministerio de Cultura. (2010). Caracterización del pueblo Emberá Katío. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41800
Autoridades tradicionales: transmisión de autoridad y conocimiento sobre el territorio
El resguardo cuenta con una serie de autoridades tradicionales, quienes en su rol de médicos son parte fundamental en la conservación del equilibrio del territorio. La principal autoridad tradicional entre los Emberá es el Jaibaná: “El especialista entre los Emberá, quien controla las esencias y entabla relación con los diversos mundos. Su condición de Jaibaná le permite penetrar en la esencialidad de las cosas, entabla comunicación con ellas, volviéndolas sus aliados para curar o agredir”1. El conocimiento del Jaibaná se aprende mediante un estudio dedicado de las plantas y de sus funciones medicinales. El hombre o mujer que decida seguir el jaibanismo debe acercarse a un sabio Jaibaná para recibir la enseñanza. No existe ninguna norma que establezca quién puede ser Jaibaná o no, excepto que debe superar los doce años de edad2. Además del Jaibaná, el botánico desempeña un papel importante, pues tras años de estudio y experimentación, posee también amplios conocimientos sobre el manejo de las plantas. Aunque no trasciende a las relaciones espirituales como los jaibanás, el botánico es consultado por los pacientes ante cualquier enfermedad cotidiana3.
Ulloa, E. A. (1992). Grupo indígena Los Emberá. En Instituto Colombiano de Cultura Hispánica. (Ed.) Geografía Humana de Colombia. Región del Pacífico. (Tomo IX pp.93-131). Bogotá: Instituto Colombiano de Cultura Hispánica. Ídem. Díaz, R. (2006). La medicina tradicional Emberá: entrevista con el dirigente Emberá Gusman Caisamo. Recuperado de http://www.visionchamanica.com/Medicinas_alternativas/medicina_embera.htm
Instituciones políticas y sociales indígenas
Autoridades y representantes indígenas: elección o designación
La familia y la parentela son la base principal de la organización indígena del resguardo, pues a partir de éstas se realizan las actividades cotidianas. Sin embargo, la organización general está presente bajo la figura del Cabildo, de acuerdo con la Ley 89 de 1990, que se constituye como forma fundamental de la representación de la comunidad y es elegido por votación entre los miembros del resguardo1. El cabildo es la máxima expresión de la jurisdicción indígena, tiene dentro de sus funciones la representación política del resguardo, el mantenimiento de las relaciones comunitarias, el fortalecimiento del gobierno propio y de las prácticas culturales, el ejercicio de la justicia indígena y la regulación de los territorios y los recursos naturales2.
Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA). (1998). Resolución N° 026 de 1998. Bogotá: INCORA. Resguardo Indígena Marcelino Tascón-Comunidad Indígena Emberá Chamí La María. (s.f.). Reglamento interno de la comunidad indígena Chamí del Municipio de Valparaiso. Recuperado de http://www.google.com.co/url?
Espacios y acciones de reclamación y reconocimiento de derechos
El resguardo, representado por su Cabildo hace parte de reconocidos procesos de reivindicación de derechos territoriales, de diversidad cultural y de autodeterminación que han sido reclamados mediante concertación, participación política y marchas, utilizados como mecanismos de presión ante los actores presentes en el territorio o con jurisdicción en el mismo1. La Organización Indígena de Antioquia ha sido la abanderada del resguardo en dichos procesos de reivindicación social, política y cultural. A su vez, hace parte de espacios de diálogo, participación, representación y concertación nacionales como la Organización Nacional Indígena de Colombia, ONIC, entidad que tiene dentro de sus funciones y objetivos: “fortalecer y apoyar el gobierno propio de los pueblos indígenas y su ejercicio de autoridad para que asuman con unidad, autonomía y dignidad, el control de sus territorios y la realización y defensa de sus derechos humanos y colectivos”2.
Organización Indígena de Antioquia. (s.f.). Información Institucional. Recuperado de http://www.google.com.co/url? ONIC. (s.f.). Sobre nosotros. Recuperado de http://cms.onic.org.co/sobre-nosotros/mision-vision-estructura/
Jurisdicción especial indígena
A partir de los relatos de origen del pueblo Emberá se desarrolla todo un sistema de pensamiento que organiza y da sentido a las relaciones entre los hombres y a su interacción con su entorno, éste es conocido como Derecho Mayor. Así lo explica uno de los representantes de OREWA: “Nuestra Ley de Origen, Derecho Mayor o Derecho Propio (…) nos asiste y otorga identidad, son nuestras leyes, formas de gobierno y justicia propia”1. Un ejemplo de esta reglamentación en el resguardo es la prohibición del incesto2. Dentro del proceso de consolidación organizacional, y teniendo como base los principios culturales dictados por la Ley de Origen, el resguardo ha construido un reglamento interno que tiene como objetivo regular las actividades cotidianas, procurar la sana convivencia en su territorio y construir en conjunto formas de resolver los conflictos dentro y fuera de la comunidad, de acuerdo con las dinámicas propias. Dicho compendio de normas se encuentra dividido en varias secciones; reglamentando la solución de problemas familiares, sociales, económicos, territoriales, políticos, educativos y de salud, entre otros. Además de especificar cuáles comportamientos deben ser controlados socialmente y cuáles son tratados por el Cabildo, se establecen una serie de sanciones correspondientes a las infracciones; esencialmente se trata de la asignación de trabajo comunitario y, en los casos que así lo requieran, aislamiento de la comunidad3. Este reglamento no sólo es una herramienta para el control de las actividades y la regulación territorial, se convierte en un instrumento fundamental para el fortalecimiento del gobierno propio, la autonomía y la soberanía alimentaria y educativa en el resguardo.
Andrade, citado en Gerstenberg, B. (Ed.). (s.f). Colombia: HCHR. Recuperado de http://www.google.com.co/url? Losonczy, Anne M. (2006). La trama interétnica: Ritual, sociedad y figuras de intercambio entre los grupos negros y Emberá del Chocó. Bogotá. ICANH. Resguardo Indígena Marcelino Tascón-Comunidad Inígena Emberá Chamí. La María. (s.f.). Reglamento interno de la comunidad indígena Chamí del municipio de Valparaiso. Recuperado de http://www.google.com.co/url?
Relación con actores e instituciones no indígenas
Autoridades e instituciones estatales y privadas
En busca del fortalecimiento organizativo, el resguardo entabla permanentemente relaciones con diferentes instituciones estatales y privadas; a través de convenios, cofinanciación y concertaciones se adelantan procesos con los diferentes actores institucionales que hacen presencia en su territorio. La Alcaldía Municipal de Valparaíso es la encargada de la administración de los recursos del Sistema General de Participaciones para el resguardo. La alcaldía municipal, en su Plan de Desarrollo, realiza un diagnóstico del resguardo y establece la necesidad de realizar mesas de participación para plantear soluciones a las problemáticas que le afectan1. Así mismo, en la jurisdicción del resguardo operan autoridades ambientales que regulan el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. Esto implica una relación permanente de la autoridad indígena con dichas entidades de regulación ambiental. La Corporación Autónoma de Antioquia, realizó un diagnóstico del vínculo con el resguardo, resaltando el potencial minero de la zona y la importancia de las relaciones con el mismo para el manejo ambiental de los Cerros y Farallones del Cauca2. A propósito del potencial minero del territorio, el Ministerio de Minas y Energía, mediante Resolución 181295 de 2008, declaró al resguardo como zona minera indígena3.
Alcaldía Municipal Valparaíso. (2012). Plan de desarrollo 2012-2015. Recuperado de http://www.valparaiso-antioquia.gov.co/planeacion.shtml?apc=plPlan%20de%20Desarrollo%20Municipal-1-&x=1806143 CORANTIOAQUIA. (2007). Plan de Acción 2007-2012. Recuperado de http://www.corantioquia.gov.co/index.php?option=com_content&view=article&id=42&Itemid=104 Ministerio de Minas y Energía. (2008). Resolución 1812295 de 2008. Recuperado de http://www.google.com.co/url?
Relaciones interétnicas
De acuerdo con el estudio socio-económico realizado para la constitución del resguardo, al interior del territorio se encontraban las mejoras de personas ajenas al pueblo indígena; sin embargo, estos predios fueron adquiridos para ser asignados dentro de los linderos del resguardo La María, por lo que no se registraron colonos en la jurisdicción indígena1.
Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA). (1998). Resolución N° 02 de 1998. Bogotá: INCORA.
Actores armados
El resguardo se encuentra ubicado en un corredor de producción y tráfico de narcóticos, tráfico de armas y contrabando. Por lo anterior, la zona es intervenida de forma permanente por grupos armados ilegales: paramilitares y guerrilla1, que mediante sus acciones bélicas y enfrentamientos constantes han provocado desplazamientos, bloqueos económicos y de alimentos. La intromisión de los actores armados en la toma decisiones, soberanía alimentaria y el ejercicio de la autoridad, afecta notablemente los procesos de consolidación organizativa del resguardo, así como su soberanía territorial y la autonomía de gobierno.
Comisión de verificación de Derechos Humanos en el nordeste antioqueño. (s.f.). Reportaje especial. Recuperado de http://plano-sur.org/index.php?option=com_content&task=view&id=2244&Itemid=59
Resguardos fronterizos
No aplica.
- == Referencias ==
- Plantilla:Listaref