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* Plan Patriota: El resguardo ha tenido que enfrentar las nocivas consecuencias que las fumigaciones aéreas con glifosato, realizadas por el Ejército Nacional, implican para la salud y seguridad alimentaria de sus habitantes, este tipo de acciones se lleva a cabo sin una previa concertación o aviso a las autoridades indígenas, en el marco del Plan Patriota adelantado por el Gobierno colombiano. Estas operaciones han causado diversas enfermedades en los niños del resguardo y han contaminado los cultivos de pan coger, así como las principales fuentes de agua, por lo que UNIPA, junto con las autoridades del resguardo, rechaza categóricamente este tipo de hechos, al considerar que atentan contra su estilo de vida y desconocen su autoridad<ref name="ming">Mingorance, F. (2008). Tierra profanada: Impacto de los mega-proyectos en territorios indígenas de Colombia, Cultivos Ilícitos. ONIC-HREV. Recuperado de http://www.mamacoca.org/docs_de_base/Cifras_cuadro_mamacoca/HREV_Tierra_profanada_2_cultivosilicitos.pdf</ref>. De hecho, se denuncia que, intentando responder a las consecuencias de los cultivos ilícitos en la región, el pueblo Awá solicitó desde hace varios años al Gobierno Nacional la implantación del Programa de Desarrollo Alternativo para la Sustitución de Cultivos Ilícitos PLANTE, petición que fue declinada en aquel momento bajo el argumento de que no existían cultivos de esta naturaleza en el Departamento<ref name="oo">Observatorio OPIC. (2012). S.O.S. a la ONU y la Corte Penal Internacional sobre el exterminio del Pueblo Awá de Colombia. OPIC. Recuperado de http://observatorioadpi.org/content/presentaci%C3%B3n-del-informe-sobre-el-exterminio-del-pueblo-aw%C3%A1</ref>.
 
* Plan Patriota: El resguardo ha tenido que enfrentar las nocivas consecuencias que las fumigaciones aéreas con glifosato, realizadas por el Ejército Nacional, implican para la salud y seguridad alimentaria de sus habitantes, este tipo de acciones se lleva a cabo sin una previa concertación o aviso a las autoridades indígenas, en el marco del Plan Patriota adelantado por el Gobierno colombiano. Estas operaciones han causado diversas enfermedades en los niños del resguardo y han contaminado los cultivos de pan coger, así como las principales fuentes de agua, por lo que UNIPA, junto con las autoridades del resguardo, rechaza categóricamente este tipo de hechos, al considerar que atentan contra su estilo de vida y desconocen su autoridad<ref name="ming">Mingorance, F. (2008). Tierra profanada: Impacto de los mega-proyectos en territorios indígenas de Colombia, Cultivos Ilícitos. ONIC-HREV. Recuperado de http://www.mamacoca.org/docs_de_base/Cifras_cuadro_mamacoca/HREV_Tierra_profanada_2_cultivosilicitos.pdf</ref>. De hecho, se denuncia que, intentando responder a las consecuencias de los cultivos ilícitos en la región, el pueblo Awá solicitó desde hace varios años al Gobierno Nacional la implantación del Programa de Desarrollo Alternativo para la Sustitución de Cultivos Ilícitos PLANTE, petición que fue declinada en aquel momento bajo el argumento de que no existían cultivos de esta naturaleza en el Departamento<ref name="oo">Observatorio OPIC. (2012). S.O.S. a la ONU y la Corte Penal Internacional sobre el exterminio del Pueblo Awá de Colombia. OPIC. Recuperado de http://observatorioadpi.org/content/presentaci%C3%B3n-del-informe-sobre-el-exterminio-del-pueblo-aw%C3%A1</ref>.
 
* En apoyo al proceso de consolidación de la Guardia Indígena, el resguardo ha recibido el acompañamiento de la ONG Oxford Commite of Famine Relief, OXFAM, y de la Unión Europea, por medio de los programas “Protección, Poder y Territorio”  y el proyecto “Bosques y territorio”, respectivamente, en los que se busca aumentar la capacidad de interlocución de los guardias indígenas, así como visibilizar el papel de las mujeres en el conflicto<ref name="k" />.
 
* En apoyo al proceso de consolidación de la Guardia Indígena, el resguardo ha recibido el acompañamiento de la ONG Oxford Commite of Famine Relief, OXFAM, y de la Unión Europea, por medio de los programas “Protección, Poder y Territorio”  y el proyecto “Bosques y territorio”, respectivamente, en los que se busca aumentar la capacidad de interlocución de los guardias indígenas, así como visibilizar el papel de las mujeres en el conflicto<ref name="k" />.
* Dentro del proyecto Vía Pasto-Mocoa, se planea la construcción de la vía perimetral Túquerres-Tumaco, la cual se constituiría como una importante vía de acceso al mar que facilitará la conexión de las petroleras del Putumayo y el Ecuador, y la zona palmera de Mataje con el puerto al Pacífico de Tumaco<ref name="hj">Houghton, J. y Martínez, G. (2008). La IIRSA o el mega-ordenamiento de los territorios indígenas. En La tierra contra la muerte, conflictos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Bogotá: CECOIN.</ref>, esta construcción afectará gravemente al resguardo. De hecho, en la actualidad ya es causa de la llegada de narcotraficantes, colonos y comerciantes que amenazan el estilo de vida de la comunidad indígena Awá y su integridad física<ref name="g" />.
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* Dentro del proyecto Vía Pasto-Mocoa, se planea la construcción de la vía perimetral Túquerres-Tumaco, la cual se constituiría como una importante vía de acceso al mar que facilitará la conexión de las petroleras del Putumayo y el Ecuador, y la zona palmera de Mataje con el puerto al Pacífico de Tumaco<ref name="hj2">Houghton, J. y Martínez, G. (2008). La IIRSA o el mega-ordenamiento de los territorios indígenas. En La tierra contra la muerte, conflictos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Bogotá: CECOIN.</ref>, esta construcción afectará gravemente al resguardo. De hecho, en la actualidad ya es causa de la llegada de narcotraficantes, colonos y comerciantes que amenazan el estilo de vida de la comunidad indígena Awá y su integridad física<ref name="g" />.
 
* Debido a la difícil situación de conflicto armado y la violación de los Derechos Humanos que enfrenta la comunidad del resguardo, se ha contado con el acompañamiento de la Agencia de la ONU para los Refugiados, ACNUR; de la Oficina para la Coordinación de Ayuda Humanitaria, OCHA; del Congreso Noruego y de la Pastoral Social de Tumaco y Pasto, entre otros<ref name="dp">Defensoría del Pueblo. (2008). Resolución Defensorial N° 53. Situación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Pueblo Awá de Nariño. Recuperado de http://www.defensoria.org.co/red/anexos/pdf/02/res/defensorial/defensorial53.pdf </ref>. Por solicitud de la UNIPA se creó la Misión Humanitaria Permanente en el Territorio del Pueblo Indígena Awá MHPTPIA, como una acción que busca mejorar la coordinación entre las organizaciones humanitarias de Nariño y brindar de este modo una mayor cobertura y mejores procesos de acompañamiento<ref name="mhp">Misión Humanitaria Permanente en el Territorio del Pueblo Indígena Awá. (2010). Recuperado de http://es.calameo.com/read/0001845768bd8b05d102d</ref>.
 
* Debido a la difícil situación de conflicto armado y la violación de los Derechos Humanos que enfrenta la comunidad del resguardo, se ha contado con el acompañamiento de la Agencia de la ONU para los Refugiados, ACNUR; de la Oficina para la Coordinación de Ayuda Humanitaria, OCHA; del Congreso Noruego y de la Pastoral Social de Tumaco y Pasto, entre otros<ref name="dp">Defensoría del Pueblo. (2008). Resolución Defensorial N° 53. Situación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Pueblo Awá de Nariño. Recuperado de http://www.defensoria.org.co/red/anexos/pdf/02/res/defensorial/defensorial53.pdf </ref>. Por solicitud de la UNIPA se creó la Misión Humanitaria Permanente en el Territorio del Pueblo Indígena Awá MHPTPIA, como una acción que busca mejorar la coordinación entre las organizaciones humanitarias de Nariño y brindar de este modo una mayor cobertura y mejores procesos de acompañamiento<ref name="mhp">Misión Humanitaria Permanente en el Territorio del Pueblo Indígena Awá. (2010). Recuperado de http://es.calameo.com/read/0001845768bd8b05d102d</ref>.
 
* El resguardo se encuentra bajo la jurisdicción del municipio de Barbacoas, en el Plan de Ordenamiento Territorial del municipio se proyecta el saneamiento y ampliación de los resguardos, así como la concertación de una estrategia de prevención y atención a desplazados. Además, la Alcaldía del Municipio capacitará líderes comunitarios de cada uno de los resguardos indígenas, para formarlos en temas como desarrollo humano, manejo sostenible de recursos y calidad de hábitat, entre otros<ref name="mb">Municipio de Barbacoas. (2012). Plan de Ordenamiento Territorial municipio de Barbacoas. Nariño.</ref>. Pese a esto, en el Informe Defensorial 53, de la Defensoría del Pueblo, se denuncia que aunque se registran proyectos que buscan mejorar la calidad de vida de los indígenas en los planes de desarrollo municipales, estos proyectos son adelantados con recursos del pueblo Awá, sin comprometer los presupuestos municipales ni departamentales<ref name="dp8">Defensoría del Pueblo. (2008). Resolución Defensorial N° 53. Situación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Pueblo Awá de Nariño. Recuperado de http://www.defensoria.org.co/red/anexos/pdf/02/res/defensorial/defensorial53.pdf </ref>.
 
* El resguardo se encuentra bajo la jurisdicción del municipio de Barbacoas, en el Plan de Ordenamiento Territorial del municipio se proyecta el saneamiento y ampliación de los resguardos, así como la concertación de una estrategia de prevención y atención a desplazados. Además, la Alcaldía del Municipio capacitará líderes comunitarios de cada uno de los resguardos indígenas, para formarlos en temas como desarrollo humano, manejo sostenible de recursos y calidad de hábitat, entre otros<ref name="mb">Municipio de Barbacoas. (2012). Plan de Ordenamiento Territorial municipio de Barbacoas. Nariño.</ref>. Pese a esto, en el Informe Defensorial 53, de la Defensoría del Pueblo, se denuncia que aunque se registran proyectos que buscan mejorar la calidad de vida de los indígenas en los planes de desarrollo municipales, estos proyectos son adelantados con recursos del pueblo Awá, sin comprometer los presupuestos municipales ni departamentales<ref name="dp8">Defensoría del Pueblo. (2008). Resolución Defensorial N° 53. Situación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Pueblo Awá de Nariño. Recuperado de http://www.defensoria.org.co/red/anexos/pdf/02/res/defensorial/defensorial53.pdf </ref>.
 
  
 
==== Relaciones interétnicas ====
 
==== Relaciones interétnicas ====
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=== Plan de desarrollo ===
 
=== Plan de desarrollo ===
 
==== Impactos en los territorios indígenas ====
 
==== Impactos en los territorios indígenas ====
El Plan de Desarrollo Municipal contempla entre sus acciones el fortalecimiento de los resguardos indígenas buscando su desarrollo comunitario<ref name="amb" />. Además se menciona que las comunidades indígenas han perdido sus territorios por el avance de la agricultura mediante la deforestación, así como la presencia de cultivos ilícitos que no solo afectan el entorno sino a las mismas comunidades2.
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El Plan de Desarrollo Municipal contempla entre sus acciones el fortalecimiento de los resguardos indígenas buscando su desarrollo comunitario<ref name="amb" />. Además se menciona que las comunidades indígenas han perdido sus territorios por el avance de la agricultura mediante la deforestación, así como la presencia de cultivos ilícitos que no solo afectan el entorno sino a las mismas comunidades<ref name="amb" />.
 
 
Alcaldía Municipal de Barbacoas. (2008). Plan de Desarrollo Municipal 2008-2011. Nariño.
 
Alcaldía Municipal de Barbacoas. (2006). Plan Básico de Ordenamiento Territorial 2006-2015. Nariño.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Estrategias de conservación
 
Como estrategia de conservación de los suelos se recomienda  preservar las tierras con programas y actividades intensivas de manejo y conservación de los recursos naturales con plantación de bosques o reforestaciones que garanticen la regulación de los caudales, protegiendo las cuencas hidrográficas y como control de la erosión1.
 
 
 
IGAC. (2004). Estudio General de Suelos y Zonificación de Tierras. Departamento de Nariño. Recuperado de la base de datos SIGOT.
 
 
 
 
 
  
  
Planes de vida
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==== Estrategias de conservación ====
El Plan de Vida del pueblo Awá contiene los objetivos, proyectos y “plataforma de lucha”, y sus mecanismos de participación en los que se propone la defensa del territorio y la conservación de la naturaleza; el cumplimiento del Plan de Ordenamiento Ambiental y Cultural del Territorio Awá y la actualización permanente del mismo; la recuperación y el fortalecimiento de la producción y economía propia1.
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Como estrategia de conservación de los suelos se recomienda  preservar las tierras con programas y actividades intensivas de manejo y conservación de los recursos naturales con plantación de bosques o reforestaciones que garanticen la regulación de los caudales, protegiendo las cuencas hidrográficas y como control de la erosión<ref name="ig" />.
  
Ministerio de Cultura. (2010). Cartografía de la diversidad. El Pueblo Awá. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41740
 
  
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==== Planes de vida ====
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El Plan de Vida del pueblo Awá contiene los objetivos, proyectos y “plataforma de lucha”, y sus mecanismos de participación en los que se propone la defensa del territorio y la conservación de la naturaleza; el cumplimiento del Plan de Ordenamiento Ambiental y Cultural del Territorio Awá y la actualización permanente del mismo; la recuperación y el fortalecimiento de la producción y economía propia<ref name="mc6">Ministerio de Cultura. (2010). Cartografía de la diversidad. El Pueblo Awá. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41740 </ref>.
  
  
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==== Poblamiento  y distribución espacial de la población ====
 
 
Poblamiento  y distribución espacial de la población
 
 
El pueblo Awá Kuaiker se ubica en la parte occidental del macizo andino, desde la cuenca del río Telembí hasta la parte norte de Ecuador. Su población reside en varios resguardos sobre la región  Nariñense, y en inmediaciones del Putumayo, de forma predominante en los municipios de Cumbal, Mallama, Ricaurte y Barbacoas, y en Villa Garzón1.
 
El pueblo Awá Kuaiker se ubica en la parte occidental del macizo andino, desde la cuenca del río Telembí hasta la parte norte de Ecuador. Su población reside en varios resguardos sobre la región  Nariñense, y en inmediaciones del Putumayo, de forma predominante en los municipios de Cumbal, Mallama, Ricaurte y Barbacoas, y en Villa Garzón1.
 
La comunidad indígena Awá de Saunde Guiguay está asentada en jurisdicción de los municipios de Tumaco y Barbacoas.
 
La comunidad indígena Awá de Saunde Guiguay está asentada en jurisdicción de los municipios de Tumaco y Barbacoas.
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Sistemas de parentesco  
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=== Sistemas de parentesco ===
Parentesco
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==== Parentesco ====
 
La comunidad indígena Awá de Tortugaña-Telembi-Punde-Pitadero-Bravo-Tronquería-Zabaleta basa su organización social en la familia nuclear –padre, madre e hijos-, con sentido de pertenencia a una familia extensa co tendencia neo-local,  regida por la tendencia a mantener la autonomía y la homogeneidad de cada unidad residencial, de donde depende la producción y su participación en la toma de decisiones.
 
La comunidad indígena Awá de Tortugaña-Telembi-Punde-Pitadero-Bravo-Tronquería-Zabaleta basa su organización social en la familia nuclear –padre, madre e hijos-, con sentido de pertenencia a una familia extensa co tendencia neo-local,  regida por la tendencia a mantener la autonomía y la homogeneidad de cada unidad residencial, de donde depende la producción y su participación en la toma de decisiones.
 
Al interior de la comunidad es frecuente la monogamia, la relación se da con los mismos miembros de la comunidad, predomina la unión libre que se constituye a temprana edad
 
Al interior de la comunidad es frecuente la monogamia, la relación se da con los mismos miembros de la comunidad, predomina la unión libre que se constituye a temprana edad
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En relación con el desplazamiento forzado la Honorable Corte Constitucional  emitió la Sentencia T-O25 de 2004 en la cual hace la declaratoria formal de un estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento forzado. Esta es una decisión que toma la Corte cuando hay una violación reiterativa de múltiples derechos sobre un grupo poblacional amplio y cuya solución involucra la intervención de distintas entidades para atender problemas de orden estructural, que es justamente lo que está pasando con el desplazamiento forzado y es también la solución que se requiere para el mismo. Esta es la séptima vez que la Corte Constitucional emite una orden de esta magnitud, tal como lo reseña ella misma en la citada sentencia, número de veces que resulta preocupante siendo la Constitución Política de Colombia relativamente joven.
 
En relación con el desplazamiento forzado la Honorable Corte Constitucional  emitió la Sentencia T-O25 de 2004 en la cual hace la declaratoria formal de un estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento forzado. Esta es una decisión que toma la Corte cuando hay una violación reiterativa de múltiples derechos sobre un grupo poblacional amplio y cuya solución involucra la intervención de distintas entidades para atender problemas de orden estructural, que es justamente lo que está pasando con el desplazamiento forzado y es también la solución que se requiere para el mismo. Esta es la séptima vez que la Corte Constitucional emite una orden de esta magnitud, tal como lo reseña ella misma en la citada sentencia, número de veces que resulta preocupante siendo la Constitución Política de Colombia relativamente joven.
 
Es claro para nosotros que el conflicto armado que estamos padeciendo dentro de nuestro territorio es ajeno a la dinámica ancestral de vida Awá y ha generado el desplazamiento y la muerte de los hermanos y hermanas que habitan la selva, vulnerando los derechos que tenemos como pueblo indígena y como colombianos.
 
Es claro para nosotros que el conflicto armado que estamos padeciendo dentro de nuestro territorio es ajeno a la dinámica ancestral de vida Awá y ha generado el desplazamiento y la muerte de los hermanos y hermanas que habitan la selva, vulnerando los derechos que tenemos como pueblo indígena y como colombianos.
Esta situación nos ha llevado a movilizarnos a nivel nacional e internacional para la defensa de nuestros principios de vida como pueblo y de la pervivencia en el territorio ancestral. La búsqueda de soluciones y salvaguarda de nuestro pueblo no es algo nuevo para nosotros, desde hace aproximadamente cinco siglos, en que iniciaron los atropellos y las violaciones a nuestros derechos, nos hemos mantenido firmes en la reivindicación de lo propio y en las exigencias presentadas a los gobiernos nacionales, siendo propositivos respecto de las medidas de prevención y protección que necesitamos se garanticen y se reconozcan1.
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Esta situación nos ha llevado a movilizarnos a nivel nacional e internacional para la defensa de nuestros principios de vida como pueblo y de la pervivencia en el territorio ancestral. La búsqueda de soluciones y salvaguarda de nuestro pueblo no es algo nuevo para nosotros, desde hace aproximadamente cinco siglos, en que iniciaron los atropellos y las violaciones a nuestros derechos, nos hemos mantenido firmes en la reivindicación de lo propio y en las exigencias presentadas a los gobiernos nacionales, siendo propositivos respecto de las medidas de prevención y protección que necesitamos se garanticen y se reconozcan<ref name="pse" />.
 
 
Plan de Salvaguarda Ética del Pueblo Indígena Awá. Recuperado de: http://orewa.org/adjuntos/article/80/plansawa.pdf
 
 
 
 
 
  
  
Vulnerabilidad poblacional
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==== Vulnerabilidad poblacional ====
 
El pueblo Awá también conocido como Kwaiker, Cuaiker, Cuaquier, Coiquer, fue incluido entre los pueblos indígenas en mayor riesgo de desaparición física y cultural debido a la grave afectación de los derechos individuales y colectivos del pueblo (Auto 004 DE 2009). La Corte Constitucional refirió la problemática del pueblo Awá en éstos términos:
 
El pueblo Awá también conocido como Kwaiker, Cuaiker, Cuaquier, Coiquer, fue incluido entre los pueblos indígenas en mayor riesgo de desaparición física y cultural debido a la grave afectación de los derechos individuales y colectivos del pueblo (Auto 004 DE 2009). La Corte Constitucional refirió la problemática del pueblo Awá en éstos términos:
 
“Los derechos fundamentales individuales y colectivos del pueblo Awá están sujetos a violaciones de naturaleza permanente, sistemática y generalizada, derivadas de infracciones constantes del Derecho Internacional Humanitario por todos los actores enfrentados en el conflicto armado colombiano. Es de tal gravedad esta afectación, que la Defensoría del Pueblo en Nariño emitió en 2007 un informe defensorial como mecanismo para visibilizar su crítica situación. Para la Corte Constitucional no cabe duda de que el pueblo Awá atraviesa por una crisis humanitaria de proporciones desmesuradas y sin antecedentes en la historia de los pueblos indígenas colombianos, que les pone en claro riesgo de exterminio por el conflicto armado“.
 
“Los derechos fundamentales individuales y colectivos del pueblo Awá están sujetos a violaciones de naturaleza permanente, sistemática y generalizada, derivadas de infracciones constantes del Derecho Internacional Humanitario por todos los actores enfrentados en el conflicto armado colombiano. Es de tal gravedad esta afectación, que la Defensoría del Pueblo en Nariño emitió en 2007 un informe defensorial como mecanismo para visibilizar su crítica situación. Para la Corte Constitucional no cabe duda de que el pueblo Awá atraviesa por una crisis humanitaria de proporciones desmesuradas y sin antecedentes en la historia de los pueblos indígenas colombianos, que les pone en claro riesgo de exterminio por el conflicto armado“.
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Seguridad y soberanía alimentaria
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=== Seguridad y soberanía alimentaria ===
Seguridad alimentaria
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==== Seguridad alimentaria ====
Producción y consumo:
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===== Producción y consumo: =====
 
El medio de vida y sustento tradicional de la comunidad Awá se basa en la caza de animales de monte, complementado por el cultivo de pocos productos. Actualmente, se basa fundamentalmente en la agricultura, principalmente en el cultivo de plátano (chiro) y de menor forma la caza de animales de monte y ocasionalmente la cría de pequeñas especies.  
 
El medio de vida y sustento tradicional de la comunidad Awá se basa en la caza de animales de monte, complementado por el cultivo de pocos productos. Actualmente, se basa fundamentalmente en la agricultura, principalmente en el cultivo de plátano (chiro) y de menor forma la caza de animales de monte y ocasionalmente la cría de pequeñas especies.  
“El pueblo Awá se perciben a sí mismos como una comunidad pacifica que habita en terrenos montañosos, en los Municipios de Tumaco, Barbacoas, Roberto Payan, Samaniego, Santa cruz Guachavez y Ricaurte del Departamento de Nariño, la vegetación es espesa que sirve de hábitat para muchos animales de caza que les proporciona la carne para su alimentación; existen muchos ríos y quebradas con agua aptas y no aptas para el consumo humano, el terreno no presta las condiciones propicias para el cultivo de muchos alimentos, de los cuales tienen privaciones y reemplazarlos por otros que les brinda la madre tierra1“.
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“El pueblo Awá se perciben a sí mismos como una comunidad pacifica que habita en terrenos montañosos, en los Municipios de Tumaco, Barbacoas, Roberto Payan, Samaniego, Santa cruz Guachavez y Ricaurte del Departamento de Nariño, la vegetación es espesa que sirve de hábitat para muchos animales de caza que les proporciona la carne para su alimentación; existen muchos ríos y quebradas con agua aptas y no aptas para el consumo humano, el terreno no presta las condiciones propicias para el cultivo de muchos alimentos, de los cuales tienen privaciones y reemplazarlos por otros que les brinda la madre tierra<ref name="pva">Plan de vida Awá. Recuperado de http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/index.php?option=com_content&view=article&id=164:plan-de-vida-del-pueblo-awa&catid=57:planes-de-vida&Itemid=119</ref>“.
 
 
Plan de vida Awá. Recuperado de http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/index.php?option=com_content&view=article&id=164:plan-de-vida-del-pueblo-awa&catid=57:planes-de-vida&Itemid=119
 
 
 
 
 
  
  
Soberanía alimentaria
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==== Soberanía alimentaria ====
 
Las fumigaciones aéreas a los cultivos de uso ilícito han generado graves impactos sobre nuestro territorio, entre los que están: la afectación sobre nuestra practica de medicina tradicional, como dijo uno de nuestros médicos tradicionales en uno de los diagnósticos realizados: “yo he curado mas de cien vidas por picadura de serpiente, ahora ya no me comprometo, pues con la fumiga, las plantas que utilizo para curar ya se han dañado y buscar una planta de esas que antes estaban cerca, ahora toca ir días selva adentro“. Nuestros cultivos de pancoger también se han visto afectados y el daño es profundo pues la tierra fumigada se vuelve estéril, nuestros frutos de la selva que recogemos en diferentes épocas del año de igual forma se han dañado por las fumigaciones, además éstas han causado la muerte de animales domésticos y silvestres afectando nuestro derecho a la alimentación y la biodiversidad de nuestro territorio. Mas grave resulta aún la muerte de nuestros niños y niñas como ha ocurrido en los resguardos de Gran Rosario, Gran Sábalo e Inda Sabaleta, donde se presentaron más de doce casos, afectaciones sobre nuestra salud, particularmente enfermedades gastrointestinales, de la piel y respiratorias; entre otras asociadas también a la contaminación de nuestras fuentes de agua.
 
Las fumigaciones aéreas a los cultivos de uso ilícito han generado graves impactos sobre nuestro territorio, entre los que están: la afectación sobre nuestra practica de medicina tradicional, como dijo uno de nuestros médicos tradicionales en uno de los diagnósticos realizados: “yo he curado mas de cien vidas por picadura de serpiente, ahora ya no me comprometo, pues con la fumiga, las plantas que utilizo para curar ya se han dañado y buscar una planta de esas que antes estaban cerca, ahora toca ir días selva adentro“. Nuestros cultivos de pancoger también se han visto afectados y el daño es profundo pues la tierra fumigada se vuelve estéril, nuestros frutos de la selva que recogemos en diferentes épocas del año de igual forma se han dañado por las fumigaciones, además éstas han causado la muerte de animales domésticos y silvestres afectando nuestro derecho a la alimentación y la biodiversidad de nuestro territorio. Mas grave resulta aún la muerte de nuestros niños y niñas como ha ocurrido en los resguardos de Gran Rosario, Gran Sábalo e Inda Sabaleta, donde se presentaron más de doce casos, afectaciones sobre nuestra salud, particularmente enfermedades gastrointestinales, de la piel y respiratorias; entre otras asociadas también a la contaminación de nuestras fuentes de agua.
Por esta razón planteamos la detención inmediata de las fumigaciones y las erradicaciones manuales puesto que este último procedimiento ha servido para incrementar más la violencia contra nuestro pueblo. Frente a esto creemos que la única salida coherente con el respeto a la vida y a nuestra integridad como pueblos indígenas es el apoyo a nuestras iniciativas productivas orientadas a garantizar nuestra seguridad alimentaria y la generación de ingresos para nuestras familias; esto no es solo apoyar unos proyecticos productivos, implica un verdadero acompañamiento y asesoría para que estas iniciativas verdaderamente se puedan realizar facilitando nuestra integración al desarrollo económico y social de la región, respetando nuestra perspectiva cultural y concepción propia de desarrollo1.
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Por esta razón planteamos la detención inmediata de las fumigaciones y las erradicaciones manuales puesto que este último procedimiento ha servido para incrementar más la violencia contra nuestro pueblo. Frente a esto creemos que la única salida coherente con el respeto a la vida y a nuestra integridad como pueblos indígenas es el apoyo a nuestras iniciativas productivas orientadas a garantizar nuestra seguridad alimentaria y la generación de ingresos para nuestras familias; esto no es solo apoyar unos proyecticos productivos, implica un verdadero acompañamiento y asesoría para que estas iniciativas verdaderamente se puedan realizar facilitando nuestra integración al desarrollo económico y social de la región, respetando nuestra perspectiva cultural y concepción propia de desarrollo<ref name="pse" />.
  
Plan de Salvaguarda Ética del Pueblo Indígena Awá. Recuperado de: http://orewa.org/adjuntos/article/80/plansawa.pdf
 
  
 
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==== Salud y educación ====
 
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===== Salud: =====
 
 
Salud y educación
 
Salud:
 
 
En materia de salud la situación de nuestras comunidades indígenas ha sido de desatención permanente por las siguientes razones:  
 
En materia de salud la situación de nuestras comunidades indígenas ha sido de desatención permanente por las siguientes razones:  
 
a. La mayoría de nuestras comunidades conservamos la cosmovisión propia, la salud ha sido trabajada por los médicos tradicionales de espanto, de mal viento, de chutún, de duende, de picadura de culebra, pulseadores, sobanderos y parteros en nuestro idioma awapit = iznakuttamkika; por medio de sus prácticas tradicionales rituales, las cuales nos han permitido sobrevivir con una mínima atención estatal.   
 
a. La mayoría de nuestras comunidades conservamos la cosmovisión propia, la salud ha sido trabajada por los médicos tradicionales de espanto, de mal viento, de chutún, de duende, de picadura de culebra, pulseadores, sobanderos y parteros en nuestro idioma awapit = iznakuttamkika; por medio de sus prácticas tradicionales rituales, las cuales nos han permitido sobrevivir con una mínima atención estatal.   
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En los años de 1994 y 1995, la enfermera Gloria Narváez como asesora del Instituto Departamental de Salud de Nariño, formó un grupo de voluntarios indígenas a quienes dio una dotación inicial; más adelante, la UNIPA concertó con el Plan Nacional de Rehabilitación de la Presidencia de la República, la formación de 24 Promotores en atención primaria en salud; la capacitación fue realizada por la Escuela Superior de Enfermería de Nariño, en el año 1994. En 1997, la UNIPA logró concertar con el Programa BID Plan Pacífico, la actualización de algunos promotores de salud y la formación de nuevos promotores indígenas en salud.  
 
En los años de 1994 y 1995, la enfermera Gloria Narváez como asesora del Instituto Departamental de Salud de Nariño, formó un grupo de voluntarios indígenas a quienes dio una dotación inicial; más adelante, la UNIPA concertó con el Plan Nacional de Rehabilitación de la Presidencia de la República, la formación de 24 Promotores en atención primaria en salud; la capacitación fue realizada por la Escuela Superior de Enfermería de Nariño, en el año 1994. En 1997, la UNIPA logró concertar con el Programa BID Plan Pacífico, la actualización de algunos promotores de salud y la formación de nuevos promotores indígenas en salud.  
 
La situación en materia de salud de nuestras comunidades se ha complicado por la aparición de enfermedades típicas del clima húmedo tropical de la región pacífica, y enfermedades traídas por los no indígenas, las cuales no pueden ser tratadas por los médicos tradicionales. A partir de la expedición de la Ley 100 de 1993, nuestras familias indígenas por vez primera se vieron obligadas a conseguir y portar los carnets, por cuanto en los hospitales y centros de salud en muchas oportunidades no quieren atender a pacientes indígenas con las constancias expedidas por los gobernadores de los Cabildos.  
 
La situación en materia de salud de nuestras comunidades se ha complicado por la aparición de enfermedades típicas del clima húmedo tropical de la región pacífica, y enfermedades traídas por los no indígenas, las cuales no pueden ser tratadas por los médicos tradicionales. A partir de la expedición de la Ley 100 de 1993, nuestras familias indígenas por vez primera se vieron obligadas a conseguir y portar los carnets, por cuanto en los hospitales y centros de salud en muchas oportunidades no quieren atender a pacientes indígenas con las constancias expedidas por los gobernadores de los Cabildos.  
Hemos tenido que asumir la tarea de explicar a la población indígena, vinculada y afiliada al régimen subsidiado en salud, los derechos que tienen en materia de salud; el uso de carnets y certificaciones; los lugares y horarios de atención y demás aspectos relacionados con la prestación de servicios de salud, actualmente en la región. Por otra parte, es costumbre de las comunidades que cuando una persona se enferma, sus familiares salen a acompañarla; muchas veces los enfermos quedan hospitalizados y los acompañantes no tienen donde albergarse, ni los recursos para la alimentación y transporte; esta situación es similar para la consecución de citas y turnos. Lo anterior se complica aún más por cuanto los sistemas de atención propios y horarios de cada centro de salud y hospitales son distintos y desconocidos para nosotros; igualmente, la falta de recursos económicos para cubrir gastos de transporte y alimentación en casos de remisiones, es una sentida realidad. Falta sensibilidad y buenas relaciones humanas en el tratamiento especial que se debe dar a las personas indígenas que acuden a centros de salud y hospitales de las poblaciones y de la ciudad por parte de los encargados de prestar los servicios1.
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Hemos tenido que asumir la tarea de explicar a la población indígena, vinculada y afiliada al régimen subsidiado en salud, los derechos que tienen en materia de salud; el uso de carnets y certificaciones; los lugares y horarios de atención y demás aspectos relacionados con la prestación de servicios de salud, actualmente en la región. Por otra parte, es costumbre de las comunidades que cuando una persona se enferma, sus familiares salen a acompañarla; muchas veces los enfermos quedan hospitalizados y los acompañantes no tienen donde albergarse, ni los recursos para la alimentación y transporte; esta situación es similar para la consecución de citas y turnos. Lo anterior se complica aún más por cuanto los sistemas de atención propios y horarios de cada centro de salud y hospitales son distintos y desconocidos para nosotros; igualmente, la falta de recursos económicos para cubrir gastos de transporte y alimentación en casos de remisiones, es una sentida realidad. Falta sensibilidad y buenas relaciones humanas en el tratamiento especial que se debe dar a las personas indígenas que acuden a centros de salud y hospitales de las poblaciones y de la ciudad por parte de los encargados de prestar los servicios<ref name="re">Recuperado de: http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/files/Qu%C3%A9%20es%20para%20el%20pueblo%20Aw%C3%A1%20y%20para%20la%20Unipael%20plan%20de%20vida.pdf</ref>.
 
Educación:
 
Educación:
 
La Ley 715, en su Capítulo 2, dispone: “De las entidades territoriales: ARTICULO 151.  
 
La Ley 715, en su Capítulo 2, dispone: “De las entidades territoriales: ARTICULO 151.  
Funciones de las Secretarías Departamentales y Distritales de Educación, en relación con la información (…) m) Consolidar y analizar la información de los municipios y remitirla al Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con los estándares fijados por éste, y, n) Establecer un sistema departamental y distrital de información en concordancia con lo dispuesto en los artículos 148 y 75 de esta Ley. c) Mantener actualizado el sistema de información de personal docente y administrativo y el sistema contable que estará a disposición del Ministerio de Educación Nacional, del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y de las Secretarías de Educación, o de los organismos que hagan sus veces“2.
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Funciones de las Secretarías Departamentales y Distritales de Educación, en relación con la información (…) m) Consolidar y analizar la información de los municipios y remitirla al Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con los estándares fijados por éste, y, n) Establecer un sistema departamental y distrital de información en concordancia con lo dispuesto en los artículos 148 y 75 de esta Ley. c) Mantener actualizado el sistema de información de personal docente y administrativo y el sistema contable que estará a disposición del Ministerio de Educación Nacional, del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y de las Secretarías de Educación, o de los organismos que hagan sus veces“<ref name="cr">Congreso de la República.  (2002).  Ley 715. Artículo 151. Bogotá.</ref>
 
 
Recuperado de: http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/files/Qu%C3%A9%20es%20para%20el%20pueblo%20Aw%C3%A1%20y%20para%20la%20Unipael%20plan%20de%20vida.pdf
 
Congreso de la República.  (2002).  Ley 715. Artículo 151. Bogotá.
 
  
  
 
== Oferta institucional ==
 
== Oferta institucional ==
Oferta institucional
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=== Oferta institucional ===
Estatal
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==== Estatal ====
 
La gobernación de Nariño a través de su Plan de Desarrollo Departamental “Nariño Adelante” 2012 – 2015, fundamenta su accionar en el proceso de la construcción colectiva del Plan de Desarrollo, en donde el Gobierno Departamental se compromete en acompañar a los pueblos indígenas y a las comunidades afros en la gestión para formular e implementar sus planes de vida, encaminados al fortalecimiento cultural, social, económico, ambiental y político. Será una prioridad en la agenda del Gobierno Departamental la interlocución nacional e internacional para lograr el respeto a los pueblos y sus territorios,  enfrentados a la  crisis humanitaria, la presencia de cultivos de uso ilícito y el conflicto armado, en especial para los pueblos Awá, Kofán y Eperara-Siapidara.  Se adoptarán e implementar los planes de salvaguardia de los pueblos Awá, Inga, Cofan y Eperara Siapidara. Se Consolidará los mecanismos de coordinación entre la justicia indígena y el sistema judicial estatal.  Se Promoverá la creación de una universidad intercultural a partir del fortalecimiento de la Escuela de Derecho propio del Pueblo de los Pastos.
 
La gobernación de Nariño a través de su Plan de Desarrollo Departamental “Nariño Adelante” 2012 – 2015, fundamenta su accionar en el proceso de la construcción colectiva del Plan de Desarrollo, en donde el Gobierno Departamental se compromete en acompañar a los pueblos indígenas y a las comunidades afros en la gestión para formular e implementar sus planes de vida, encaminados al fortalecimiento cultural, social, económico, ambiental y político. Será una prioridad en la agenda del Gobierno Departamental la interlocución nacional e internacional para lograr el respeto a los pueblos y sus territorios,  enfrentados a la  crisis humanitaria, la presencia de cultivos de uso ilícito y el conflicto armado, en especial para los pueblos Awá, Kofán y Eperara-Siapidara.  Se adoptarán e implementar los planes de salvaguardia de los pueblos Awá, Inga, Cofan y Eperara Siapidara. Se Consolidará los mecanismos de coordinación entre la justicia indígena y el sistema judicial estatal.  Se Promoverá la creación de una universidad intercultural a partir del fortalecimiento de la Escuela de Derecho propio del Pueblo de los Pastos.
Ofrece fortalecer la medicina tradicional indígena, mediante  el fortalecimiento de la Salud Ancestral, Cultura y Educación Intercultural, la  Autoridad, Autonomía y Justicia y los procesos propios para los proyectos productivos- Minga y Pervivencia. De igual manera se concertarán agendas para el desarrollo de los acuerdos priorizados en las tres subregiones de la costa pacífica, en temas de fortalecimiento de educación, salud, desarrollo productivo, entre otros.
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Ofrece fortalecer la medicina tradicional indígena, mediante  el fortalecimiento de la Salud Ancestral, Cultura y Educación Intercultural, la  Autoridad, Autonomía y Justicia y los procesos propios para los proyectos productivos- Minga y Pervivencia. De igual manera se concertarán agendas para el desarrollo de los acuerdos priorizados en las tres subregiones de la costa pacífica, en temas de fortalecimiento de educación, salud, desarrollo productivo, entre otros.<ref name=" gn">Gobernación de Nariño. Plan de Desarrollo Departamental “Nariño Adelante” 2012 – 2015. Recuperado de http://educon.javeriana.edu.co/ofi/documentos/regionalizacion/Planes%20Desarrollo%20H-Z/Departamentos%20-%20Planes%20de%20desarrollo/NARI%C3%91O%20-%20Nari%C3%B1o%20mejor,%20Plan%20Desarrollo,%20Ordenanza%20-%202012-2015.pdf</ref>
 
 
1. Gobernación de Nariño. Plan de Desarrollo Departamental “Nariño Adelante” 2012 – 2015. Recuperado de http://educon.javeriana.edu.co/ofi/documentos/regionalizacion/Planes%20Desarrollo%20H-Z/Departamentos%20-%20Planes%20de%20desarrollo/NARI%C3%91O%20-%20Nari%C3%B1o%20mejor,%20Plan%20Desarrollo,%20Ordenanza%20-%202012-2015.pdf
 
 
 
 
 
Organizaciones indígenas
 
Las organizaciones presentes en territorio nariñense son la Asociación de Cabildos Indígenas Eperara Siapidaara – ACIESNA, La Unidad Indígena del Pueblo Awa – UNIPA, el Cabildo Mayor Awa de Ricaurte – La Asociación de Cabildos y/o Autoridades Tradicionales Indígenas del Nudo de los Pastos – SHAQUIÑAN y el Resguardo Inga de Aponte. Estas fundamentan sus actividades en la lucha por los derechos de los pueblos indígenas de Nariño y Colombia.1
 
 
 
1. Idem
 
 
 
 
 
ONG y organizaciones privadas
 
Las organizaciones privadas y las ONGs apoyan a las comunidades indígenas en procesos de visibilizacion de la situación del conflicto de sus territorios, además ayudan a generar espacios para la puesta en marcha de iniciativas que ayuden a mitigar estas multiples problematicas. La organización Human Rights Watch ONG internacional defensora de los Derechos Humanos Human Rights Watch brinda acompañamiento al pueblo Awa en casos infortunados como masacres y desplazamientos. 1
 
 
 
Organizaciones locales como FUNDEPAZ acompañan a las comunidades en espacios propios, debido a la confianza y agradecimiento que estas les tiene, recientemente esta organización formó parte del Encuentro de Intercambio de Experiencias de Organizaciones Etnicoterritoriales del Proyecto Bosques y Territorio con ACIN, realizado en el Predio el Verde Diviso, jurisdicción del Municipio de Barbacoas, departamento de Nariño, un evento apoyado por la organización Oxfam GB que es una organización internacional, británica, de carácter independiente, de cooperación y acción humanitaria. El principal objetivo de este evento fue Propiciar un espacio de aprendizaje y reflexión sobre mecanismos de protección y control del territorio, a partir de las experiencias de las guardias Indígenas de ACIN, UNIPA y los cabildos de Chigorodó y Mutatá con las organizaciones afrodescendientes e indígenas que no tienen Guardia, que permita el conocimiento y fortalecimiento de mecanismos de abordaje y problemáticas concretas, especialmente de las mujeres participantes en estos procesos. Participaron las siguientes organizaciones: la Asociación de cabildos Indígenas del Norte del cauca- ACIN, la Unidad Indígena del Pueblo Awá-UNIPA, el Cabildo Mayor de Mutatá, el cabildo Mayor de Chigorodo, el Consejo Comunitario Mayor de la Asociación Campesina Integral del Medio Atrato- COCOMACIA, EL Consejo Mayor del Alto Guapi, la Federación de la Comunidad Awá del Ecuador-FCAE y el Cabildo Mayor Awá de Ricaurte- CAMAWARI
 
 
 
  
  
1. Revista Semana. ACNUR y Human Rights rechazan masacre indígena en Nariño. Recuperado de http://www.semana.com/nacion/conflicto-armado/articulo/acnur-human-rights-watch-rechazan-masacre-indigenas-narino/100023-3
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==== Organizaciones indígenas ====
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Las organizaciones presentes en territorio nariñense son la Asociación de Cabildos Indígenas Eperara Siapidaara – ACIESNA, La Unidad Indígena del Pueblo Awa – UNIPA, el Cabildo Mayor Awa de Ricaurte – La Asociación de Cabildos y/o Autoridades Tradicionales Indígenas del Nudo de los Pastos – SHAQUIÑAN y el Resguardo Inga de Aponte. Estas fundamentan sus actividades en la lucha por los derechos de los pueblos indígenas de Nariño y Colombia.<ref name="i" />
  
2. Fundación Paz y Desarrollo. Noticias. Recuperado de http://www.fundepaz.org/index.php/noticias/1-noticia1
 
  
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==== ONG y organizaciones privadas ====
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Las organizaciones privadas y las ONGs apoyan a las comunidades indígenas en procesos de visibilizacion de la situación del conflicto de sus territorios, además ayudan a generar espacios para la puesta en marcha de iniciativas que ayuden a mitigar estas multiples problematicas. La organización Human Rights Watch ONG internacional defensora de los Derechos Humanos Human Rights Watch brinda acompañamiento al pueblo Awa en casos infortunados como masacres y desplazamientos. <ref name="rs">Revista Semana. ACNUR y Human Rights rechazan masacre indígena en Nariño. Recuperado de http://www.semana.com/nacion/conflicto-armado/articulo/acnur-human-rights-watch-rechazan-masacre-indigenas-narino/100023-3 </ref>
  
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Organizaciones locales como FUNDEPAZ acompañan a las comunidades en espacios propios, debido a la confianza y agradecimiento que estas les tiene, recientemente esta organización formó parte del Encuentro de Intercambio de Experiencias de Organizaciones Etnicoterritoriales del Proyecto Bosques y Territorio con ACIN, realizado en el Predio el Verde Diviso, jurisdicción del Municipio de Barbacoas, departamento de Nariño, un evento apoyado por la organización Oxfam GB que es una organización internacional, británica, de carácter independiente, de cooperación y acción humanitaria. El principal objetivo de este evento fue Propiciar un espacio de aprendizaje y reflexión sobre mecanismos de protección y control del territorio, a partir de las experiencias de las guardias Indígenas de ACIN, UNIPA y los cabildos de Chigorodó y Mutatá con las organizaciones afrodescendientes e indígenas que no tienen Guardia, que permita el conocimiento y fortalecimiento de mecanismos de abordaje y problemáticas concretas, especialmente de las mujeres participantes en estos procesos. Participaron las siguientes organizaciones: la Asociación de cabildos Indígenas del Norte del cauca- ACIN, la Unidad Indígena del Pueblo Awá-UNIPA, el Cabildo Mayor de Mutatá, el cabildo Mayor de Chigorodo, el Consejo Comunitario Mayor de la Asociación Campesina Integral del Medio Atrato- COCOMACIA, EL Consejo Mayor del Alto Guapi, la Federación de la Comunidad Awá del Ecuador-FCAE y el Cabildo Mayor Awá de Ricaurte- CAMAWARI<ref name="fpd"> Fundación Paz y Desarrollo. Noticias. Recuperado de http://www.fundepaz.org/index.php/noticias/1-noticia1</ref>
  
  
Agencias de cooperación internacional
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==== Agencias de cooperación internacional ====
 
Nariño es uno de los departamentos en los que la cooperación internacional hace mayor presencia debido a la situación actual de conflicto que padece. Se encuentran la mayoria las agencias del SNU como los ACNUR, PNUD, FAO, OIM, ONUMUJERES, UNODC y OCHA, que interactúan con cooperantes como el NRC, la AECID, OXFAM, Solidaridad Internacional, entre otros.  
 
Nariño es uno de los departamentos en los que la cooperación internacional hace mayor presencia debido a la situación actual de conflicto que padece. Se encuentran la mayoria las agencias del SNU como los ACNUR, PNUD, FAO, OIM, ONUMUJERES, UNODC y OCHA, que interactúan con cooperantes como el NRC, la AECID, OXFAM, Solidaridad Internacional, entre otros.  
  
Estos desarrollan procesos de fortalecimiento de gobernabilidad, autonomía, derecho propio, seguridad alimentaria, mujer y genero, derechos humanos, entre otros.  Un ejemplo claro de intervención en los territorios es el “Programa Conjunto Ventana de Paz” que busca consolidar las capacidades, activos locales y regionales para la construcción de la paz y el desarrollo, mediante el fortalecimiento de la institucionalidad democrática, la participación ciudadana, la convivencia y el desarrollo socio-económico sostenible, e incorporando las perspectivas étnico-cultural y de género como condición necesaria para avanzar en el logro de los ODM. Se realiza en municipios de la costa pacífica y de la frontera andina del Departamento de Nariño, región que registra índices de violencia, pobreza, y una concentración de cultivos ilícitos superiores al promedio nacional. Se propone implementar un modelo innovador de construcción de paz con enfoque territorial y de género replicable en otras regiones del país a través de iniciativas estratégicas para la prevención y gestión de crisis y conflictos, para el fortalecimiento del Estado de derecho y para la recuperación de los medios de vida y la promoción del desarrollo socio-económico.1
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Estos desarrollan procesos de fortalecimiento de gobernabilidad, autonomía, derecho propio, seguridad alimentaria, mujer y genero, derechos humanos, entre otros.  Un ejemplo claro de intervención en los territorios es el “Programa Conjunto Ventana de Paz” que busca consolidar las capacidades, activos locales y regionales para la construcción de la paz y el desarrollo, mediante el fortalecimiento de la institucionalidad democrática, la participación ciudadana, la convivencia y el desarrollo socio-económico sostenible, e incorporando las perspectivas étnico-cultural y de género como condición necesaria para avanzar en el logro de los ODM. Se realiza en municipios de la costa pacífica y de la frontera andina del Departamento de Nariño, región que registra índices de violencia, pobreza, y una concentración de cultivos ilícitos superiores al promedio nacional. Se propone implementar un modelo innovador de construcción de paz con enfoque territorial y de género replicable en otras regiones del país a través de iniciativas estratégicas para la prevención y gestión de crisis y conflictos, para el fortalecimiento del Estado de derecho y para la recuperación de los medios de vida y la promoción del desarrollo socio-económico.<ref name="pcv">1. Programa Conjunto Ventana de Paz. Inicio. Recuperado de  http://www.ventanadepaz.org/ </ref>
  
Así mismo en años anteriores la cooperación Vasca a través de la Organización MUNDUBAT apoyo a ACIESNA en  proyectos como  Restablecimiento de condiciones de seguridad alimentaria indígena del pueblo Eperara – Siapidaara en el Departamento de Nariño y Fortalecimiento Del Sistema Tradicional de Producción como Estrategia para el Ejercicio Del Control Territorial del Pueblo Eperara Siapidaara y Empoderamiento de las Mujeres Indígenas en la Organización.2
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Así mismo en años anteriores la cooperación Vasca a través de la Organización MUNDUBAT apoyo a ACIESNA en  proyectos como  Restablecimiento de condiciones de seguridad alimentaria indígena del pueblo Eperara – Siapidaara en el Departamento de Nariño y Fortalecimiento Del Sistema Tradicional de Producción como Estrategia para el Ejercicio Del Control Territorial del Pueblo Eperara Siapidaara y Empoderamiento de las Mujeres Indígenas en la Organización.<ref name="pvpi"> Plan de Vida del Pueblo Indígena Eperara – Siapidaara de Nariño, 2005. Tachi Ode T´tadama ~ RETOMEMOS NUESTRO CAMINO.
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La Red Latinoamericana de Juventudes Rurales, El Banco interamericano de Desarrollo y BID Juventud Programa de Desarrollo y Alcance Juvenil, ofrecen el Concurso Latinoamericano de Proyectos Juveniles Rurales que para el caso del Pueblo de los Pastos se propueso por parte de los y las jóvenes “Capacitar de forma estratégica a 600 jóvenes del resguardo de Cumbal con el desarrollo de actividades organizativas y conocimientos propios indígenas que posibiliten el fomento de las habilidades y valores de la cultura, a la vez, permitan recrear las prácticas tradicionales existentes en el resguardo. Y en el termino de 20 meses tener mínimo una organización constituida por cada vereda y cada una con su iniciativa presentada al centro de la juventud.” 3
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La Red Latinoamericana de Juventudes Rurales, El Banco interamericano de Desarrollo y BID Juventud Programa de Desarrollo y Alcance Juvenil, ofrecen el Concurso Latinoamericano de Proyectos Juveniles Rurales que para el caso del Pueblo de los Pastos se propueso por parte de los y las jóvenes “Capacitar de forma estratégica a 600 jóvenes del resguardo de Cumbal con el desarrollo de actividades organizativas y conocimientos propios indígenas que posibiliten el fomento de las habilidades y valores de la cultura, a la vez, permitan recrear las prácticas tradicionales existentes en el resguardo. Y en el termino de 20 meses tener mínimo una organización constituida por cada vereda y cada una con su iniciativa presentada al centro de la juventud.” <ref name="bid">Banco Interamericano de Desarrollo. Concurso Latinoamericano de Proyectos Juveniles Rurales. Recuperado de 
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http://www.relajur.org/concurso/proyecto_completo.php?id=315</ref>
  
 
Lo anterior evidencia el apoyo de la cooperación internacional en diversos temas buscando la participación eficaz y eficiente de las comunidades en los procesos realizados.  
 
Lo anterior evidencia el apoyo de la cooperación internacional en diversos temas buscando la participación eficaz y eficiente de las comunidades en los procesos realizados.  
 
1. Programa Conjunto Ventana de Paz. Inicio. Recuperado de  http://www.ventanadepaz.org/
 
 
2. Plan de Vida del Pueblo Indígena Eperara – Siapidaara de Nariño, 2005. Tachi Ode T´tadama ~ RETOMEMOS NUESTRO CAMINO.
 
 
3. Banco Interamericano de Desarrollo. Concurso Latinoamericano de Proyectos Juveniles Rurales. Recuperado de 
 
http://www.relajur.org/concurso/proyecto_completo.php?id=315 
 
  
  
 
== Aspectos jurídicos y legales ==
 
== Aspectos jurídicos y legales ==
Trámites y necesidades en materia territorial
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=== Trámites y necesidades en materia territorial ===
 
En 1558 la Corona Española realizó el primer censo de la población indígena andina, contabilizando 19.000 familias en lo que en la actualidad es el Departamento de Nariño.
 
En 1558 la Corona Española realizó el primer censo de la población indígena andina, contabilizando 19.000 familias en lo que en la actualidad es el Departamento de Nariño.
 
Algunos pueblos desaparecieron totalmente, mientras que en los restantes se ha dado un fenómeno gradual de disminución de la población. Todo como consecuencia de la resistencia a la invasión española, la desigualdad y la discriminación hacia el mestizaje social que, sumados al despojo injusto de las tierras, han llevado a los pueblos indígenas a someterse a cambios en su pensamiento, cultura usos y costumbres, hasta su transformación y adaptación hacia formas culturales de la sociedad no indígenas.   
 
Algunos pueblos desaparecieron totalmente, mientras que en los restantes se ha dado un fenómeno gradual de disminución de la población. Todo como consecuencia de la resistencia a la invasión española, la desigualdad y la discriminación hacia el mestizaje social que, sumados al despojo injusto de las tierras, han llevado a los pueblos indígenas a someterse a cambios en su pensamiento, cultura usos y costumbres, hasta su transformación y adaptación hacia formas culturales de la sociedad no indígenas.   
 
Lo anterior se une a una situación de opresión que ocasionó la renuncia a la propiedad social y comunal de la tierra, hecho que llevó a la adopción obligatoria del concepto de propiedad privada e introdujo a las comunidades en una economía de mercado en condiciones de marginación.  
 
Lo anterior se une a una situación de opresión que ocasionó la renuncia a la propiedad social y comunal de la tierra, hecho que llevó a la adopción obligatoria del concepto de propiedad privada e introdujo a las comunidades en una economía de mercado en condiciones de marginación.  
Hoy en día el Departamento al que pertenece el resguardo presenta una distribución inequitativa de la tierra, ya que la mayor parte, especialmente aquella que es apta para actividades agrícolas, se encuentra en muy pocas manos1.
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Hoy en día el Departamento al que pertenece el resguardo presenta una distribución inequitativa de la tierra, ya que la mayor parte, especialmente aquella que es apta para actividades agrícolas, se encuentra en muy pocas manos<ref name="hj">Houghton, J. (2008). Legalización de los territorios indígenas de Colombia. En La tierra contra la muerte. Conflictos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Centro de Cooperación al Indígena CECOIN. Organización Indígena de Antioquia OIA.</ref>.
La etnia que posee el resguardo, manifiesta que la UNIPA,  y posteriormente CAMAWARI, han incorporado una política de consolidación de sus territorios mediante la legalización de los resguardos ante el Gobierno Nacional, por lo que destinan parte de sus recursos para conseguir este objetivo legal2.   
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La etnia que posee el resguardo, manifiesta que la UNIPA,  y posteriormente CAMAWARI, han incorporado una política de consolidación de sus territorios mediante la legalización de los resguardos ante el Gobierno Nacional, por lo que destinan parte de sus recursos para conseguir este objetivo legal<ref name="g" />.   
El resguardo obtiene su titulación mediante la Resolución 028 del 10 de Abril de 2003, del INCORA3.
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El resguardo obtiene su titulación mediante la Resolución 028 del 10 de Abril de 2003, del INCORA<ref name="inco">INCORA. (2003). Resolución No. 028. Bogotá.</ref>.
 
Necesidades:
 
Necesidades:
 
Es preciso promover acciones en favor de la protección de la diversidad y la conservación biológica del territorio, atendiendo especialmente los derechos de las comunidades en cuanto al acceso a la propiedad de los recursos genéticos y a la participación en el proceso de reconocimiento de los territorios indígenas como entidades territoriales del país; además, se requiere de una atención especial y un apoyo constante a la cultura y necesidades particulares de estos sectores.
 
Es preciso promover acciones en favor de la protección de la diversidad y la conservación biológica del territorio, atendiendo especialmente los derechos de las comunidades en cuanto al acceso a la propiedad de los recursos genéticos y a la participación en el proceso de reconocimiento de los territorios indígenas como entidades territoriales del país; además, se requiere de una atención especial y un apoyo constante a la cultura y necesidades particulares de estos sectores.
Es de vital importancia desarrollar proyectos que busquen el fortalecimiento de la cultura y la calidad de vida de la población4.
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Es de vital importancia desarrollar proyectos que busquen el fortalecimiento de la cultura y la calidad de vida de la población<ref name="gn" />.
  
Houghton, J. (2008). Legalización de los territorios indígenas de Colombia. En La tierra contra la muerte. Conflictos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Centro de Cooperación al Indígena CECOIN. Organización Indígena de Antioquia OIA.
 
Guerrero, J. (2011). Pueblos Indígenas de Nariño. Pasto: Gobernación de Nariño.
 
INCORA. (2003). Resolución No. 028. Bogotá.
 
Gobernación de Nariño. (2011). Plan de Desarrollo Tumaco. Plan de Desarrollo Municipal 2008–2011. Recuperado de http://www.narino.gov.co/index.php?option=com_remository&Itemid=232&func=startdown&id=1075
 
  
 
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=== Instrumentos internacionales, jurisprudenciales, legales y generales ===
Instrumentos internacionales, jurisprudenciales, legales y generales
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Buscando el desarrollo de una mayor autonomía y en procura del respeto por el territorio indígena, dentro del marco de sus propias leyes, costumbres y derechos, el Consejo Superior de la Judicatura, junto con la Organización Indígena de Colombia, ha convenido el respeto por estas autonomías, mediante el establecimiento de: “los mecanismos de coordinación, participación, y cooperación para la ejecución del proyecto “Apoyo a la Coordinación entre la Jurisdicción Especial Indígena y el Sistema Judicial Nacional”; y entre el Consejo Superior de la Judicatura y la ONIC, con el fin de mejorar el acceso a los servicios de justicia de los territorios indígenas, garantizando y fortaleciendo el reconocimiento a la diversidad étnica en la aplicación de los sistemas de justicia de cada pueblo”<ref name="ii">Instituto Interamericano de Derechos Humanos. (2010). Coordinación entre sistemas jurídicos y administración de justicia indígena en Colombia. San José de Costa Rica: Editorial Servicios Especiales del IIDH.</ref>.
Buscando el desarrollo de una mayor autonomía y en procura del respeto por el territorio indígena, dentro del marco de sus propias leyes, costumbres y derechos, el Consejo Superior de la Judicatura, junto con la Organización Indígena de Colombia, ha convenido el respeto por estas autonomías, mediante el establecimiento de: “los mecanismos de coordinación, participación, y cooperación para la ejecución del proyecto “Apoyo a la Coordinación entre la Jurisdicción Especial Indígena y el Sistema Judicial Nacional”; y entre el Consejo Superior de la Judicatura y la ONIC, con el fin de mejorar el acceso a los servicios de justicia de los territorios indígenas, garantizando y fortaleciendo el reconocimiento a la diversidad étnica en la aplicación de los sistemas de justicia de cada pueblo”1.
 
 
Según la Corte Constitucional en orden emitida por el Auto 174 de 2011:  
 
Según la Corte Constitucional en orden emitida por el Auto 174 de 2011:  
 
* “Simultáneamente, y también como medida cautelar tendiente a proteger los derechos territoriales del Pueblo Indígena Awa, se ordenará al Ministro del Interior y de Justicia, al Director de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, al Ministro de Agricultura y Desarrollo Territorial, al Director del Instituto Colombiano para el Desarrollo Rural-INCODER, al Superintendente de Notariado y Registro, al Instituto Geográfico Agustín Codazzí IGAC, y a las Personerías de los municipios de Ipiales, Mallama, Ricaurte, Barbacoas, Roberto Payán, Samaniego, Santacruz-Guachavez y Tumaco, en el Departamento de Nariño; y Puerto Asís, Valle del Guamuez, San Miguel, Orito, Puerto Caicedo y Villa Garzón, en el Departamento del Putumayo, que dentro del marco de sus competencias y de manera articulada pongan en marcha, en el plazo máximo de dos (2) meses, la ruta étnica de protección, presentada por Acción Social. Dicha ruta contendrá el procedimiento para la protección y salvaguarda de los derechos territoriales del pueblo Awa, mediante la identificación, la caracterización, el registro y la publicidad de las afectaciones territoriales relacionadas con la situación del desplazamiento, a través de la activación de mecanismos estatales efectivos para superar la perturbación del goce al derecho territorial y patrimonial de las comunidades Awa. Así mismo, dicha ruta deberá servir para detectar posibles amenazas y fuentes de despojo.
 
* “Simultáneamente, y también como medida cautelar tendiente a proteger los derechos territoriales del Pueblo Indígena Awa, se ordenará al Ministro del Interior y de Justicia, al Director de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, al Ministro de Agricultura y Desarrollo Territorial, al Director del Instituto Colombiano para el Desarrollo Rural-INCODER, al Superintendente de Notariado y Registro, al Instituto Geográfico Agustín Codazzí IGAC, y a las Personerías de los municipios de Ipiales, Mallama, Ricaurte, Barbacoas, Roberto Payán, Samaniego, Santacruz-Guachavez y Tumaco, en el Departamento de Nariño; y Puerto Asís, Valle del Guamuez, San Miguel, Orito, Puerto Caicedo y Villa Garzón, en el Departamento del Putumayo, que dentro del marco de sus competencias y de manera articulada pongan en marcha, en el plazo máximo de dos (2) meses, la ruta étnica de protección, presentada por Acción Social. Dicha ruta contendrá el procedimiento para la protección y salvaguarda de los derechos territoriales del pueblo Awa, mediante la identificación, la caracterización, el registro y la publicidad de las afectaciones territoriales relacionadas con la situación del desplazamiento, a través de la activación de mecanismos estatales efectivos para superar la perturbación del goce al derecho territorial y patrimonial de las comunidades Awa. Así mismo, dicha ruta deberá servir para detectar posibles amenazas y fuentes de despojo.
 
* En atención a lo anterior, también se ordenará a los Ministros de Minas y Energía, de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, de Transporte, de Defensa, a los Gobernadores de los Departamentos de Nariño y Putumayo y a los (las) alcaldes (esas) de los municipios de Ipiales, Mallama, Ricaurte, Barbacoas, Roberto Payán, Samaniego, Santacruz-Guachavez y Tumaco, en el Departamento de Nariño; y Puerto Asís, Valle del Guamuez, San Miguel, Orito, Puerto Caicedo y Villa Garzón, del Departamento del Putumayo, adoptar de manera coordinada con las entidades relacionadas en el párrafo anterior, las medidas que encuentren pertinentes para coadyuvar con la implementación de la ruta étnica enunciada y  remitir al Ministerio del Interior, de manera periódica, toda la información pertinente sobre actividades, obras y proyectos de exploración, explotación o construcción que se adelanten en el territorio del pueblo Awa o en sus cercanías, así no hayan sido objeto de consulta con el pueblo Awa.  
 
* En atención a lo anterior, también se ordenará a los Ministros de Minas y Energía, de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, de Transporte, de Defensa, a los Gobernadores de los Departamentos de Nariño y Putumayo y a los (las) alcaldes (esas) de los municipios de Ipiales, Mallama, Ricaurte, Barbacoas, Roberto Payán, Samaniego, Santacruz-Guachavez y Tumaco, en el Departamento de Nariño; y Puerto Asís, Valle del Guamuez, San Miguel, Orito, Puerto Caicedo y Villa Garzón, del Departamento del Putumayo, adoptar de manera coordinada con las entidades relacionadas en el párrafo anterior, las medidas que encuentren pertinentes para coadyuvar con la implementación de la ruta étnica enunciada y  remitir al Ministerio del Interior, de manera periódica, toda la información pertinente sobre actividades, obras y proyectos de exploración, explotación o construcción que se adelanten en el territorio del pueblo Awa o en sus cercanías, así no hayan sido objeto de consulta con el pueblo Awa.  
* La asignación de recursos a las distintas entidades que tienen competencia en la ruta de protección para el cumplimiento de la presente orden, deberá ser demostrada por el Departamento Nacional de Planeación con la ficha del Proyecto registrado en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional, y deberá ser presentada a la Corte Constitucional, dentro de los dos (2) meses siguientes a la notificación del presente auto. Sobre el avance en el cumplimiento de la presente orden, el Ministerio del Interior deberá presentar el 20 de noviembre de 2011 a la Corte Constitucional, un informe conjunto a nombre de las autoridades nacionales y territoriales concernidas, sobre los resultados obtenidos”2.
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* La asignación de recursos a las distintas entidades que tienen competencia en la ruta de protección para el cumplimiento de la presente orden, deberá ser demostrada por el Departamento Nacional de Planeación con la ficha del Proyecto registrado en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional, y deberá ser presentada a la Corte Constitucional, dentro de los dos (2) meses siguientes a la notificación del presente auto. Sobre el avance en el cumplimiento de la presente orden, el Ministerio del Interior deberá presentar el 20 de noviembre de 2011 a la Corte Constitucional, un informe conjunto a nombre de las autoridades nacionales y territoriales concernidas, sobre los resultados obtenidos”<ref name="cc11">Corte Constitucional. (2011). Auto 174. Bogotá.</ref>.
 
La Corte Constitucional, con el aval de la Constitución Política, ha afirmado en la Sentencia T-769 de 2009, que  es necesario reconocer la diversidad étnica y cultural de la Nación. Lo anterior, dado como principio fundamental desde el punto de vista democrático, participativo y pluralista del país.  
 
La Corte Constitucional, con el aval de la Constitución Política, ha afirmado en la Sentencia T-769 de 2009, que  es necesario reconocer la diversidad étnica y cultural de la Nación. Lo anterior, dado como principio fundamental desde el punto de vista democrático, participativo y pluralista del país.  
 
Así, estas comunidades indígenas comparten costumbres ancestrales, hecho que implica un esquema de valores propios que identifican su cultura y su tradición; por esta razón gozan de un trato constitucional especial que define a los resguardos como propiedades colectivas, de naturaleza inajenable, inalienable, imprescriptible e inembargable.  
 
Así, estas comunidades indígenas comparten costumbres ancestrales, hecho que implica un esquema de valores propios que identifican su cultura y su tradición; por esta razón gozan de un trato constitucional especial que define a los resguardos como propiedades colectivas, de naturaleza inajenable, inalienable, imprescriptible e inembargable.  
Tales características especifican el derecho de las comunidades sobre su propiedad colectiva como factor de suma importancia, ya que permite el respeto de su cultura, valores propios y de sus características como comunidad indígena, que son reconocidas por convenios internacionales, igualmente ratificados por el Congreso3.
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Tales características especifican el derecho de las comunidades sobre su propiedad colectiva como factor de suma importancia, ya que permite el respeto de su cultura, valores propios y de sus características como comunidad indígena, que son reconocidas por convenios internacionales, igualmente ratificados por el Congreso<ref name="cc9">Corte Constitucional. (2009). Sentencia T-769. Bogotá.</ref>.
Mediante Sentencia SU-039 de 1997, la Corte Constitucional afirma que la comunidad indígena ha pasado de la realidad fáctica y legal a su constitución objetiva como sujeto de derechos fundamentales. Así, deja en claro que la explotación de recursos en las zonas correspondientes al territorio indígena, debe hacerse de manera proporcional, de tal forma que el Estado propenda por la integridad social, cultural y económica de dichas comunidades. Lo anterior, en aras del respeto a los derechos fundamentales del colectivo, que es efectivamente una entidad cohesionada como grupo humano y como cultura4.
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Mediante Sentencia SU-039 de 1997, la Corte Constitucional afirma que la comunidad indígena ha pasado de la realidad fáctica y legal a su constitución objetiva como sujeto de derechos fundamentales. Así, deja en claro que la explotación de recursos en las zonas correspondientes al territorio indígena, debe hacerse de manera proporcional, de tal forma que el Estado propenda por la integridad social, cultural y económica de dichas comunidades. Lo anterior, en aras del respeto a los derechos fundamentales del colectivo, que es efectivamente una entidad cohesionada como grupo humano y como cultura<ref name="cc97">Corte Constitucional. (1997). Sentencia SU-039. Bogotá. </ref>.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia, sugiere al Estado que, en coordinación con los representantes y voceros de las comunidades afectadas, adopte y aplique las medidas necesarias para que la población cuente con la presencia de las instituciones estatales, y de esta forma evitar la violación de los Derechos Humanos. Lo anterior compromete al Gobierno para brindar el apoyo político y económico que sea necesario, así como a contribuir en la gestión de una presencia permanente de la Defensoría del Pueblo en la región5.
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La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia, sugiere al Estado que, en coordinación con los representantes y voceros de las comunidades afectadas, adopte y aplique las medidas necesarias para que la población cuente con la presencia de las instituciones estatales, y de esta forma evitar la violación de los Derechos Humanos. Lo anterior compromete al Gobierno para brindar el apoyo político y económico que sea necesario, así como a contribuir en la gestión de una presencia permanente de la Defensoría del Pueblo en la región<ref name="offi">Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2002). Informe de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, sobre su Misión de Observación en el Medio Atrato. Documento interno.</ref>.  
 
 
Instituto Interamericano de Derechos Humanos. (2010). Coordinación entre sistemas jurídicos y administración de justicia indígena en Colombia. San José de Costa Rica: Editorial Servicios Especiales del IIDH.
 
Corte Constitucional. (2011). Auto 174. Bogotá.
 
Corte Constitucional. (2009). Sentencia T-769. Bogotá.
 
Corte Constitucional. (1997). Sentencia SU-039. Bogotá.
 
Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2002). Informe de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, sobre su Misión de Observación en el Medio Atrato. Documento interno.
 
  
  
 
== Conflicto armado interno, DDHH y DIH ==
 
== Conflicto armado interno, DDHH y DIH ==
Violaciones DDHH
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=== Violaciones DDHH ===
El Resguardo está ubicado en el Municipio de Ricaurte; cuenta con una ubicación estratégica y yacimientos de oro, zinc, cobre, plata, platino y molibdeno1. Se encuentra en la región con mayor cantidad de bosques húmedos en América, reconocida a nivel internacional como espacio de gran riqueza natural; este tipo de condiciones han llevado a que diversas organizaciones, legales e ilegales, se interesen en ocupar y explotar la región. La zona se encuentra en condiciones de vulnerabilidad frente a la presencia de actores armados, legales e ilegales, que se disputan el control territorial. Al tiempo, distintas multinacionales tienen intereses económicos alrededor de la explotación de los recursos naturales y en su afán de conseguir sus objetivos, violan los derechos de los pueblos indígenas que habitan ancestralmente el territorio y destruyen el patrimonio ambiental. Entre los derechos más fuertemente ignorados de los pueblos indígenas, se encuentran:
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El Resguardo está ubicado en el Municipio de Ricaurte; cuenta con una ubicación estratégica y yacimientos de oro, zinc, cobre, plata, platino y molibdeno<ref name="ods">Observatorio por los derechos y la supervivencia de los pueblos indígenas de Colombia. (2012). S.O.S a la ONU y la Corte Penal Internacional sobre el exterminio del pueblo Awá de Colombia. Recuperado de http://observatorioadpi.org/sites/default/files/S.O.S._%20ONUyCPI_%20Exterminio_Pueblo_%20AWA.pdf </ref>. Se encuentra en la región con mayor cantidad de bosques húmedos en América, reconocida a nivel internacional como espacio de gran riqueza natural; este tipo de condiciones han llevado a que diversas organizaciones, legales e ilegales, se interesen en ocupar y explotar la región. La zona se encuentra en condiciones de vulnerabilidad frente a la presencia de actores armados, legales e ilegales, que se disputan el control territorial. Al tiempo, distintas multinacionales tienen intereses económicos alrededor de la explotación de los recursos naturales y en su afán de conseguir sus objetivos, violan los derechos de los pueblos indígenas que habitan ancestralmente el territorio y destruyen el patrimonio ambiental. Entre los derechos más fuertemente ignorados de los pueblos indígenas, se encuentran:
 
* Derecho a la vida.
 
* Derecho a la vida.
 
* Derecho a la libertad.
 
* Derecho a la libertad.
Línea 448: Línea 390:
 
* Derecho a las tierras, territorios y recursos que se han poseído tradicionalmente, ocupado, utilizado o adquirido.  
 
* Derecho a las tierras, territorios y recursos que se han poseído tradicionalmente, ocupado, utilizado o adquirido.  
 
* Derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticas, económicas y sociales.
 
* Derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticas, económicas y sociales.
 
Observatorio por los derechos y la supervivencia de los pueblos indígenas de Colombia. (2012). S.O.S a la ONU y la Corte Penal Internacional sobre el exterminio del pueblo Awá de Colombia. Recuperado de http://observatorioadpi.org/sites/default/files/S.O.S._%20ONUyCPI_%20Exterminio_Pueblo_%20AWA.pdf 
 
  
  
Infracciones al DIH
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=== Infracciones al DIH ===
 
Entre las múltiples infracciones al Derecho Internacional Humanitario, se encuentran:
 
Entre las múltiples infracciones al Derecho Internacional Humanitario, se encuentran:
 
* Incursiones.  
 
* Incursiones.  
Línea 473: Línea 413:
 
* Amenazas de muerte: se han presentado diversos actos de este tipo en contra de indígenas, familias, comunidades, líderes y directivos de organizaciones Awá. En Mayo de 2006 fueron amenazados por guerrilleros de las FARC, varios líderes de la organización indígena CAMAWARI en el Municipio al que pertenece este resguardo. Por otra parte, el 12 de Agosto de 2006, el comandante de las AUC amenazó y fijó un plazo para la salida de 21 personas del territorio, entre indígenas Awá y población mestiza de Altaquer.  
 
* Amenazas de muerte: se han presentado diversos actos de este tipo en contra de indígenas, familias, comunidades, líderes y directivos de organizaciones Awá. En Mayo de 2006 fueron amenazados por guerrilleros de las FARC, varios líderes de la organización indígena CAMAWARI en el Municipio al que pertenece este resguardo. Por otra parte, el 12 de Agosto de 2006, el comandante de las AUC amenazó y fijó un plazo para la salida de 21 personas del territorio, entre indígenas Awá y población mestiza de Altaquer.  
 
* Asesinatos: los grupos armados ilegales han hecho de la comunidad Awá una víctima constante de homicidios. Esto se debe en gran parte a señalamientos equivocados en contra de los miembros de la comunidad de pertenecer o colaborar con los bandos que intervienen en el conflicto; también se han cometido asesinatos debido a que los indígenas se rehúsan a colaborar con los grupos armados y por tratar de escapar de la región para salvar su vida, luego de que han sido amenazados. Sin embargo, es necesario aclarar que no existe información exacta al respecto, ya que la población tiene miedo de denunciar.  
 
* Asesinatos: los grupos armados ilegales han hecho de la comunidad Awá una víctima constante de homicidios. Esto se debe en gran parte a señalamientos equivocados en contra de los miembros de la comunidad de pertenecer o colaborar con los bandos que intervienen en el conflicto; también se han cometido asesinatos debido a que los indígenas se rehúsan a colaborar con los grupos armados y por tratar de escapar de la región para salvar su vida, luego de que han sido amenazados. Sin embargo, es necesario aclarar que no existe información exacta al respecto, ya que la población tiene miedo de denunciar.  
* Los grupos armados legales, como el Ejercito, también han cometido excesos en contra de la población del resguardo; se han conocido casos en los que habitantes indígenas han sido detenidos arbitrariamente, torturados, asesinados y posteriormente reportados como guerrilleros muertos en combate; además de esta situación, se presenta maltrato físico, verbal y psicológico que causa miedo y desplazamiento, y el robo de comida de restaurantes escolares, cultivos de pancoger, animales de corral y de cría en territorios indígenas1.  
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* Los grupos armados legales, como el Ejercito, también han cometido excesos en contra de la población del resguardo; se han conocido casos en los que habitantes indígenas han sido detenidos arbitrariamente, torturados, asesinados y posteriormente reportados como guerrilleros muertos en combate; además de esta situación, se presenta maltrato físico, verbal y psicológico que causa miedo y desplazamiento, y el robo de comida de restaurantes escolares, cultivos de pancoger, animales de corral y de cría en territorios indígenas<ref name="cc9" />.  
* Tortura: el 2 de Diciembre de 2006, miembros de la Policía Nacional torturaron al indígena Jesús Orlando Chicaiza Rodríguez, que se encontraba detenido en la Estación de Policía de Ricaurte2.  
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* Tortura: el 2 de Diciembre de 2006, miembros de la Policía Nacional torturaron al indígena Jesús Orlando Chicaiza Rodríguez, que se encontraba detenido en la Estación de Policía de Ricaurte<ref name="cinep">CINEP. (2011). Banco de Datos. Derechos Humanos y violencia política. Recuperado de http://www.nocheyniebla.org/</ref>.  
* El resguardo se encuentra en la zona de influencia del Plan IIRSA (Iniciativa de Infraestructura Regional para Suramérica), que tiene un tramo denominado Carretera Tumaco-Pasto, de 284 kilómetros en el corredor Multimodal Tumaco-Belém do Pará, Eje Amazonas. A pesar de que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial consideró que el proyecto es ambientalmente viable, INVIAS no ha presentado aún el Plan de Manejo Ambiental para el desarrollo de la obra antes de la construcción3.  
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* El resguardo se encuentra en la zona de influencia del Plan IIRSA (Iniciativa de Infraestructura Regional para Suramérica), que tiene un tramo denominado Carretera Tumaco-Pasto, de 284 kilómetros en el corredor Multimodal Tumaco-Belém do Pará, Eje Amazonas. A pesar de que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial consideró que el proyecto es ambientalmente viable, INVIAS no ha presentado aún el Plan de Manejo Ambiental para el desarrollo de la obra antes de la construcción<ref name="carar">Caracterización Resguardos. (sf). Nariño, Índice General. Documento interno.</ref>.  
* Desplazamientos forzados: la etnia Awá, a la cual pertenece este resguardo, es una de las más afectadas por el fenómeno de desplazamiento forzado, y se han presentado actos que involucran esta problemática en distintos sentidos, como: individuales y masivos definitivos, temporales, interveredales y de reincidencia4. Es posible reconocer el problema si se observa, por ejemplo, el desplazamiento masivo del 3 de agosto de 2006, cuando 1816 indígenas de esta etnia se vieron obligados a abandonar el resguardo debido a enfrentamientos entre el Ejército Nacional y la guerrilla5.  
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* Desplazamientos forzados: la etnia Awá, a la cual pertenece este resguardo, es una de las más afectadas por el fenómeno de desplazamiento forzado, y se han presentado actos que involucran esta problemática en distintos sentidos, como: individuales y masivos definitivos, temporales, interveredales y de reincidencia<ref name="cc9" />. Es posible reconocer el problema si se observa, por ejemplo, el desplazamiento masivo del 3 de agosto de 2006, cuando 1816 indígenas de esta etnia se vieron obligados a abandonar el resguardo debido a enfrentamientos entre el Ejército Nacional y la guerrilla<ref name="onic2">ONIC. (2012). Sistema de Información de la Consejería de DDHH de la ONIC. Recuperado de http://192.168.0.12/ddhh/www/</ref>
* Presencia y accidentes con Minas antipersonales (MAP) y Municiones sin estallar (MUSE): utilizadas por los grupos armados ilegales como estrategia para frenar el avance de los adversarios; son ubicadas en territorios indígenas que son paso obligatorio, en lugares sagrados, sitios de caza y pesca, sometiendo así a las comunidades a afectaciones físicas y psicológicas, cuyos principales afectados son los niños6. El 18 de Agosto de 2007, dos indígenas Awá fueron víctimas de campos minados instalados en sus territorios7.  
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* Presencia y accidentes con Minas antipersonales (MAP) y Municiones sin estallar (MUSE): utilizadas por los grupos armados ilegales como estrategia para frenar el avance de los adversarios; son ubicadas en territorios indígenas que son paso obligatorio, en lugares sagrados, sitios de caza y pesca, sometiendo así a las comunidades a afectaciones físicas y psicológicas, cuyos principales afectados son los niños<ref name="cc9" />. El 18 de Agosto de 2007, dos indígenas Awá fueron víctimas de campos minados instalados en sus territorios<ref name="onic" />.  
 
* Amenazas: el 12 de Febrero de 2008 se presentaron amenazas en contra de Organización Unidad Indígena del Pueblo Awá –UNIPA-, a través de un correo electrónico, enviado por el grupo paramilitar “Organización Nueva Generación”, en el que se tilda a la organización indígena de guerrillera.  
 
* Amenazas: el 12 de Febrero de 2008 se presentaron amenazas en contra de Organización Unidad Indígena del Pueblo Awá –UNIPA-, a través de un correo electrónico, enviado por el grupo paramilitar “Organización Nueva Generación”, en el que se tilda a la organización indígena de guerrillera.  
* Detenciones arbitrarias: el 26 de Octubre de 2005, el Sargento Ramírez de la Policía Nacional, detuvo a dos líderes indígenas Awá: el Coordinador de Justicia del Cabildo Mayor del pueblo Awá de Ricaurte y el Secretario General de la Organización Zonal CAMAWARI; el hecho sucedió en la vereda Chucunés, del Municipio de Mallama, luego de ser retenidos fueron llevados al Municipio de Ricaurte8.
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* Detenciones arbitrarias: el 26 de Octubre de 2005, el Sargento Ramírez de la Policía Nacional, detuvo a dos líderes indígenas Awá: el Coordinador de Justicia del Cabildo Mayor del pueblo Awá de Ricaurte y el Secretario General de la Organización Zonal CAMAWARI; el hecho sucedió en la vereda Chucunés, del Municipio de Mallama, luego de ser retenidos fueron llevados al Municipio de Ricaurte<ref name="i" />.
 
 
Corte Constitucional. (2009). Auto 004. Bogotá.
 
CINEP. (2011). Banco de Datos. Derechos Humanos y violencia política. Recuperado de http://www.nocheyniebla.org/
 
Caracterización Resguardos. (sf). Nariño, Índice General. Documento interno.
 
Corte Constitucional. (2009). Auto 004. Bogotá.
 
ONIC. (2012). Sistema de Información de la Consejería de DDHH de la ONIC. Recuperado de http://192.168.0.12/ddhh/www/
 
Corte Constitucional. (2009). Auto 004. Bogotá.
 
ONIC. (2012). Sistema de Información de la Consejería de DDHH de la ONIC. Recuperado de http://192.168.0.12/ddhh/www/
 
Ídem.  
 
 
 
  
Actores armados
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=== Actores armados ===
 
Grupos armados ilegales:
 
Grupos armados ilegales:
 
* FARC: Frente 29.
 
* FARC: Frente 29.
* ELN: Mártires de Barbacoas1.
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* ELN: Mártires de Barbacoas<ref name="carar" />.
* Grupos paramilitares post desmovilización de las autodefensas: Rastrojos y Águilas Negras2.
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* Grupos paramilitares post desmovilización de las autodefensas: Rastrojos y Águilas Negras<ref name="dp7">Defensoría del Pueblo. (2007). Sistema de Alertas Tempranas. (Nota de Seguimiento N°007-11. Tercera Nota al Informe de Riesgo N° 029-07). Bogotá. Documento interno.</ref>.
 
Fuerza Pública:
 
Fuerza Pública:
 
* Brigada XXIX del Ejército: creada en el año de 2005 para ejercer control sobre la zona de expansión de cultivos ilícitos y para que realice labores de erradicación, fumigaciones e incautaciones de insumos.
 
* Brigada XXIX del Ejército: creada en el año de 2005 para ejercer control sobre la zona de expansión de cultivos ilícitos y para que realice labores de erradicación, fumigaciones e incautaciones de insumos.
* Brigada Móvil XIX del Ejército: creada en 2007 para contribuir con el desarrollo de las tareas de erradicación de  la Brigada XXIX3.
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* Brigada Móvil XIX del Ejército: creada en 2007 para contribuir con el desarrollo de las tareas de erradicación de  la Brigada XXIX<ref name="pr6">Presidencia de la República. (sf). Derechos Humanos y DIH, República de Colombia, diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref>.
 
Caracterización Resguardos. (sf). Nariño, Índice General. Documento interno.
 
Defensoría del Pueblo. (2007). Sistema de Alertas Tempranas. (Nota de Seguimiento N°007-11. Tercera Nota al Informe de Riesgo N° 029-07). Bogotá. Documento interno.
 
Presidencia de la República. (sf). Derechos Humanos y DIH, República de Colombia, diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx
 
  
 
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=== Respuestas al conflicto ===
Respuestas al conflicto
 
 
La Corte Constitucional, mediante Auto 174 de 2011, solicita al Ministro del Interior y de Justicia que, de manera coordinada con los Ministros de Hacienda y Crédito Público, de Educación Nacional, de la Protección Social, de Defensa Nacional, los Directores del Departamento de Planeación Nacional, del Programa Presidencial para la Acción Integral contra las Minas Antipersona, y de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional-Acción Social, así como al Gobernador del Departamento de Nariño, que:  
 
La Corte Constitucional, mediante Auto 174 de 2011, solicita al Ministro del Interior y de Justicia que, de manera coordinada con los Ministros de Hacienda y Crédito Público, de Educación Nacional, de la Protección Social, de Defensa Nacional, los Directores del Departamento de Planeación Nacional, del Programa Presidencial para la Acción Integral contra las Minas Antipersona, y de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional-Acción Social, así como al Gobernador del Departamento de Nariño, que:  
 
* “Adopten como medida cautelar un Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, que atienda de manera inmediata e integral las necesidades más apremiantes de seguridad física – incluida la relativa al desminado humanitario , de atención humanitaria en salud, educación, refugio o alojamiento temporal y cualquier otra medida urgente requerida para asegurar la pervivencia del Pueblo Awá, de tal manera que ofrezca una respuesta de atención continua, temporal y congruente con la crisis humanitaria que padece esta etnia, tendiente a garantizar su vida física y cultural, su integridad, seguridad y dignidad, mientras se avanza de manera acelerada en el cumplimiento de las órdenes impartidas en el auto 004 de 2009.  
 
* “Adopten como medida cautelar un Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, que atienda de manera inmediata e integral las necesidades más apremiantes de seguridad física – incluida la relativa al desminado humanitario , de atención humanitaria en salud, educación, refugio o alojamiento temporal y cualquier otra medida urgente requerida para asegurar la pervivencia del Pueblo Awá, de tal manera que ofrezca una respuesta de atención continua, temporal y congruente con la crisis humanitaria que padece esta etnia, tendiente a garantizar su vida física y cultural, su integridad, seguridad y dignidad, mientras se avanza de manera acelerada en el cumplimiento de las órdenes impartidas en el auto 004 de 2009.  
 
* Las medidas adoptadas para garantizar la seguridad del pueblo Awá en el marco del Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, deberán dar plena aplicación a los principios del DIH, de tal manera que las autoridades responsables, al evaluar las distintas alternativas operativas y estratégicas posibles, opten por aquella que implique mejores resultados en términos de seguridad y de protección efectiva de los derechos del Pueblo Awá, así como medidas concretas para reducir los riesgos que puedan surgir como reacción a la presencia de la Fuerza Pública. Las medidas de protección a la vida y a la integridad personal, que deban adoptarse de manera urgente e inaplazable, no requerirán ser consultadas previamente.
 
* Las medidas adoptadas para garantizar la seguridad del pueblo Awá en el marco del Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, deberán dar plena aplicación a los principios del DIH, de tal manera que las autoridades responsables, al evaluar las distintas alternativas operativas y estratégicas posibles, opten por aquella que implique mejores resultados en términos de seguridad y de protección efectiva de los derechos del Pueblo Awá, así como medidas concretas para reducir los riesgos que puedan surgir como reacción a la presencia de la Fuerza Pública. Las medidas de protección a la vida y a la integridad personal, que deban adoptarse de manera urgente e inaplazable, no requerirán ser consultadas previamente.
 
* Sin embargo, las medidas relativas a los demás componentes del Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, deberán ser consultadas con la comunidad en el espacio creado al instalarse la consulta para efectos de cumplimiento del auto 004 de 2009, según lo ordenado en este Auto.  
 
* Sin embargo, las medidas relativas a los demás componentes del Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, deberán ser consultadas con la comunidad en el espacio creado al instalarse la consulta para efectos de cumplimiento del auto 004 de 2009, según lo ordenado en este Auto.  
* Esta medida cautelar además deberá ser formulada e implementada de manera coordinada entre las distintas entidades involucradas, del orden nacional, departamental y municipal, dando aplicación adecuada a los principios de concurrencia y subsidiariedad, de tal manera que se garantice la atención integral y el uso adecuado de los recursos y que cumplirá con las siguientes características: (1) Deberá mantenerse hasta tanto entren en operación efectiva el Plan de Salvaguarda Étnica del Pueblo Awá y el Programa de Garantía de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y persistan las actuales condiciones de inseguridad, necesidad y vulnerabilidad; (2) adopción, como medida cautelar, no sustituirá ni aplazará el cumplimiento de lo ordenado en el auto 004 de 2009, en relación con el Pueblo Awá, ni con los demás pueblos indígenas protegidos por el mismo”1.
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* Esta medida cautelar además deberá ser formulada e implementada de manera coordinada entre las distintas entidades involucradas, del orden nacional, departamental y municipal, dando aplicación adecuada a los principios de concurrencia y subsidiariedad, de tal manera que se garantice la atención integral y el uso adecuado de los recursos y que cumplirá con las siguientes características: (1) Deberá mantenerse hasta tanto entren en operación efectiva el Plan de Salvaguarda Étnica del Pueblo Awá y el Programa de Garantía de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y persistan las actuales condiciones de inseguridad, necesidad y vulnerabilidad; (2) adopción, como medida cautelar, no sustituirá ni aplazará el cumplimiento de lo ordenado en el auto 004 de 2009, en relación con el Pueblo Awá, ni con los demás pueblos indígenas protegidos por el mismo”<ref name="cort">Corte Constitucional. (2011). Auto No. 174. </ref>.
La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ACNUR, destaca la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento, a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes, para la comunidad, de las operaciones militares2.  
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La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ACNUR, destaca la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento, a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes, para la comunidad, de las operaciones militares<ref name="acnur">ACNUR (2006). Colombia, desplazamiento indígena y política pública: paradoja del reconocimiento. San José de Costa Rica.</ref>.  
Por su parte, la ONU en la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, ratifica el derecho de estos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo con sus necesidades e intereses. Además, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos3.  
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Por su parte, la ONU en la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, ratifica el derecho de estos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo con sus necesidades e intereses. Además, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos<ref name="onu">ONU (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los pueblos indígenas. (61/295).</ref>.  
El convenio 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas y Tribales, ratificado por el Estado colombiano y aprobado por el Congreso, mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales4.
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El convenio 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas y Tribales, ratificado por el Estado colombiano y aprobado por el Congreso, mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales<ref name="oit">OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países. Independiente, 2003. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf</ref>.
Según el Auto 004 de 2009, el Estado colombiano tiene la obligación de prevenir las causas de desplazamiento forzado y atender con enfoque diferencial a la población indígena que lo padece; para ello, ordena que se diseñen e implementen planes de salvaguarda étnicos y  programas de garantías de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y el conflicto armado5.
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Según el Auto 004 de 2009, el Estado colombiano tiene la obligación de prevenir las causas de desplazamiento forzado y atender con enfoque diferencial a la población indígena que lo padece; para ello, ordena que se diseñen e implementen planes de salvaguarda étnicos y  programas de garantías de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y el conflicto armado<ref name="cc9" />.
 
   
 
   
Corte Constitucional. (2011). Auto No. 174.
 
ACNUR (2006). Colombia, desplazamiento indígena y política pública: paradoja del reconocimiento. San José de Costa Rica.
 
ONU (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los pueblos indígenas. (61/295).
 
OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países. Independiente, 2003. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf
 
Corte Constitucional. (2009). Auto 004, Bogotá.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
  
 
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Revisión actual - 07:40 3 jun 2022

Descripción geofísica

Localización geográfica

Está ubicado al oriente del municipio de Tumaco y al sur del municipio de Roberto Payán, en el departamento de Nariño<ref name="s">SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/</ref>.


Geología estructural

En el área se presenta contacto cordillera- depresión<ref name="s" />.


Geomorfología

Relieve

Los sistemas morfogénicos son piedemontes, exteriores, conos altos fluviovolcánicos<ref name="s" />. Dentro de las formaciones superficiales que ocurren en la zona, se encuentran:

  1. Depósitos de conos formados por flujos fluvio-volcánicos relacionados con los volcanes Chiles, Cumbal, Azufral, entre otros.
  2. Cobertura de cenizas volcánicas de 3 metros aproximadamente<ref name="i">Ídem.</ref>.


Modelado

En la zona se encuentran:

  1. Conos y colinas convexo-cóncavas con pendiente media ligeramente plana.
  2. Conos y colinas de pendiente media inclinada a fuertemente inclinada<ref name="s" />.

Ocurren procesos de modelado del siguiente tipo:

  1. Disección y derrumbes.
  2. Movimientos en masa tipo derrumbe.
  3. Disección moderada<ref name="i" />.

Los procesos secundarios son:

  1. Escurrimiento superficial con truncamiento de suelos relacionado con la deforestación ganadera.
  2. Deslizamientos localizados<ref name="i" />.
  3. Se encuentra paisaje de piedemonte coluvio aluvial con inclinación menor al 12% y drenaje imperfecto a excesivo<ref name="i" />.


Hidrografía

Cuencas

El resguardo está ubicado en la cuenca de bajo Patía<ref name="s" />. La escorrentía está entre 5000 6000 mm anuales<ref name="i" />. Se presentan ambientes sedimentarios y vulcano clástico con buenas posibilidades hidrogeológicas<ref name="i" />.


Sistemas lóticos

En la zona se encentran las quebradas Muñambí, Sarangon, Cañaro, Corocito, Solvira, Mambo, Santo, Tunda, Numbí y Saundecito<ref name="r028">Resolución 028 de 2003. (10 de abril de 2003). Incora. Bogotá.</ref>.


Sistemas lénticos

No hay presencia de sistemas lénticos representativos.


Climatología

Clima

El resguardo se encuentra entre 0 a 800 metros sobre el nivel del mar<ref name="s" /> y presenta las siguientes características:

  1. La temperatura es mayor a 24°C.<ref name="i" />.
  2. La precipitación está entre 3500 a 4500 mm anuales<ref name="i" />.
  3. Los meses de abril, mayo, octubre y noviembre son los más lluviosos<ref name="madr">Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. (2006). Plan Frutícola Nacional. Desarrollo de la fruticultura en Nariño, 2006. Recuperado de http://www.asohofrucol.com.co/archivos/biblioteca/biblioteca_110_Pan%20Frut%20NARI%C3%91O.pdf</ref>.


Zonificación climática

El clima en la zona es Cálido muy Húmedo<ref name="s" />.


Amenazas naturales

En la zona hay amenaza alta por remoción en masa y amenaza sísmica alta<ref name="s" />.


Descripción biótica y ambiental

Características biofísicas

Zonas de vida y biomas

De acuerdo al sistema de clasificación de zonas de vida de Holdridge, el área del resguardo corresponde a la zona de vida de bosque muy húmedo Tropical (bmh-T)<ref name="s" />. Respecto a los biomas, según el Módulo de Información Geográfica del Observatorio de Territorios Étnicos<ref name="ote">Observatorio de Territorios Étnicos (s. f.). Sistema de Información Geográfico -SIG. Recuperado de http://etnoterritorios.org/mig/map.phtml</ref> y el Mapa de Ecosistemas Continentales, Marinos y Costeros de Colombia<ref name="ide">IDEAM. IGAC. IAvH. Invemar. SINCHI. IIAP. (2007). Ecosistemas continentales, marinos y costeros de Colombia. Recuperado de http://bacata.ideam.gov.co/pmapper/pmapper-3.2.0/</ref>, el área pertenece al Zonobioma Húmedo Tropical del Pacífico y Atrato. Es importante destacar que con base al Mapa General de Ecosistemas de Colombia, en la zona se encuentran ecosistemas naturales de bosques húmedos subandinos y ecosistemas que han sido transformados y corresponden a áreas rurales intervenidas no diferenciadas, con el 20 al 50% de los ecosistemas originales presentes<ref name="iavh">IAvH. (1998). Mapa General de Ecosistemas de Colombia (Elaborado por Andrés Etter). Recuperado de http://hermes.humboldt.org.co//ecosistemas/colombia/ecosistemas.php#</ref>.


Áreas para la conservación y traslape con áreas protegidas

El área del resguardo no se cruza con áreas protegidas.

El resguardo se encuentra dentro de la Zona de Reserva Forestal del Pacífico<ref name="ote" />, creada por la Ley 2ª de 1959 con el propósito de promover el desarrollo de la economía forestal y protección de los suelos, las aguas y la vida silvestre<ref name="l">Ley 2 de 1959. (16 de diciembre de 1958). Congreso de Colombia.</ref>. En esta zona los procesos de deforestación han propiciado la fragmentación de los ecosistemas, afectando su funcionalidad y provisión de bienes y servicios ambientales para las poblaciones asentadas en esta área<ref name="iiap">IIAP, citado en Grupo de Investigación: Conocimiento, Manejo y Conservación de los Ecosistemas del Chocó Biogeográfico. (s. f.). Estructura Ecológica Principal de la Región del Chocó Biogeográfico. Recuperado de http://www.iiap.org.co/filenoticias/INFORMEFINALEEP.pdf</ref>.

Nota: Es importante tener en cuenta que parte de los ecosistemas naturales del área están transformados. Por esto, las iniciativas y las prácticas tradicionales de conservación y manejo ambiental de los recursos naturales, en la zona, son importantes y contribuyen a preservar las condiciones de vida y prácticas tradicionales de las comunidades indígenas.


Biodiversidad

Introducción

El municipio de Barbacoas hace parte del Chocó Biogeográfico, el cual comprende 11 millones de hectáreas cubiertas de bosque tropical y es epicentro de la mayor precipitación del hemisferio, siendo la segunda reserva natural más extensa en recursos de la tierra y el primer banco genético del planeta, por encima de la Amazonía. De allí que en el municipio se encuentren gran cantidad de especies de fauna y flora, muchas de estas endémicas. Actualmente la deforestación constituye un problema importante para la conservación de las especies en la zona del Chocó biogeográfico, debido a la expansión agrícola y la siembra de cultivos de uso ilícito, por lo que es necesario desarrollar políticas que garanticen la conservación de la fauna y flora a corto y largo plazo<ref name="amb">Alcaldía Municipal de Barbacoas. (2006). Plan Básico de Ordenamiento Territorial 2006-2015. Nariño. Municipio de Barbacoas. Recuperado de http://www.barbacoas-narino.gov.co/planeacion.shtml?apc=plPlan%20de%20Ordenamiento%20Territorial-1-&x=3138434</ref>.


Fauna

Especies representativas de la zona:

  • Mamíferos: guatín (Nasua Nasua), guagua (Agouti paca), ardilla (Sciurus granatensis), tamanduá (Tamandua tetraddactyla), conejo de monte (Sylvilagus sp.), perro de monte (Potos flavus), armadillo (Dasypus novemcinctus), ocelote (Felis pardalis), oso hormiguero palmero (Mymecophaga tridactyla), oso de anteojos (Tremarctos ornatos), oso perezoso de dos uñas (Choloepus hoffmanni), mono aullador (Alouatta seniculus), puma (Puma concolor), zaino (Tayassu tajacu), ñeque (Dasyprocta punctata), ciervo común (Cevas pronii), venado sin cuernos (Mazama sp.).
  • Reptiles: culebra látigo verde (Oxybelis fulgidus), culebra anillada (Dipsas annulata), culebra agazapada (Xenodon rhabdocefalus), culebra coralina (Aniluis seytale), culebra coral (Boa canina).
  • Aves: tinamú (Crypturellus berlepschi), hocó oscuro (Tigrisoma fasciatum), gavilán plomizo (Leucopternis plumbea), halcón montes (Micrastur plumbeus), pava del Baudó (Penelope ortoni), perdiz del Nariño (Odontophorus melanonotus), paloma parda (Columba goodsoni), periquito coligranate del Pacífico (Pyrrhura pacifica), loro Carirrosado (Pionopsitta pulchra), cuco terrestre escamado (Neomorphus radiolosus), autillo colombiano (Otus colombianus), colibrí emperador (Heliodoxa imperatrix), colibrí sietecolores (Boissonneaua jardín), trogón del Chocó (Urostite benjamíni), cometa colivioleta (Aglaiocercus coelestis), trogón de ojos blancos (Trogon comptus), monjito rayado (Micromonacha lanceolata), carpintero de Guayaquil (Veniliornis chocoensis), trepapalo uniforme (Thripadectes ignobilis), tapaculo del Chocó (Scytalopus chocoesis), saltarín alitorcido (Machaeropterus deliciosus), frutero pechinaranja (Pipreola jucunda), cotinga de puntas negras (Carpodectes hopkei), chara hermosa (Cyanolyca pulchra), solitario negro (Entomodestes coracinus), verderón chocoano (Vireo masteri), picaflor índigo (Diglossa indigotica), tángara bigotuda (Tangara johannae), tángara carizaul (Bangsia edwardsi), pechidorada (Bangsia rothschildi).

Especies endemicas: En la zona se han registrado más de 35 especies endémicas de aves entre las que se encuentran la perdiz del Nariño (Odontophorus melanonotus), la paloma parda (Columba goodsoni), periquito coligranate del Pacífico (Pyrrhura pacifica), loro carirrosado (Pionopsitta pulchra), trepapalo uniforme (Thripadectes ignobilis) y tapaculo del Chocó (Scytalopus chocoesis). Especies amenazadas: Las especies de la zona con algún grado de amenaza son el guatín (Nasua Nasua), la guagua (Agouti paca), pava del Baudó (Penelope ortoni) y verderón chocoano (Vireo masteri). En su mayoría en estado de vulnerabilidad<ref name="amb" />.


Flora

Vegetación de la zona:

La vegetación natural del Litoral Pacífico se caracteriza por tener una alta diversidad florística con dominancia de bosques diversos. Especies representativas de la zona: Las especies representativas de flora son especies maderables como el guayacán (Antrolobium paraense), caimillo (Pouteria caimito), siete cueros (Tibouchina lepidóta), lluvia de oro (Cassia tormentosa), cedro (Credrela Mexicana), roble andino (Ruercus humboldtti), roble morado (Tabebuia rosea), chonta (Syagnis sancona), amarillo (Cybistax chrysea), iguá (Pseudosamanea guachapele), achapo (Cedrelinga cafenaeformis), nato (Mora mejistorperma), cucharillo (Rapanea ferruginea), cucharo (Swartzi macrophylla), aceitillo (Copaifera guianensis), chachajo (Aniba pemtilis), arenillo (Piltadenia psilestachya) y vainillo (Zygia sp.). También es posible encontrar diversas especies de palmas como la zancona (Socratea sp., Hiartea sp., Dietyocárium sp.), chonta (Syagrus sancona), palmiche (Copernicia sanctae), corozo chiquito (Aiphónes cayotifolia), corozo de lata (Bactris minor), chontaduro (Gulielma gasipaes) y palma real (Scheelea butyracea). Finalmente, entre las especies frutales se destaca ají (Capricum marginatum), caimito (Chrysophyllum cainito), zapote (Calocarpum mamosum), borojó (Borojoa ptinoy), guayabo (Psídium guajava), aguacate (Persea americana) y lulo (Solánum marginatum)<ref name="amb" />.


Uso de los recursos naturales renovables

La vivienda típica Awá está construida con material de la región; pisos y paredes de tabla o chonta, techos con hoja de saque, paja o bijao; los pilares son de chonta o gualte, la madera que utilizan es de chanul o guayacán<ref name="gd">Guerrero, D. (2011). Pueblos Indígenas de Nariño. Pasto. MADOS PRINT.</ref>. La caza constituye una buena fuente de alimentación. Los indígenas la hacen en la noche, y en el día si se presenta la oportunidad. Los animales más comunes para la caza son: el venado, guatín, guagua, conejo, cusumbe, armadillo, perico, armadillo, ratón de monte, zorra, micos y perdices. La carne y las pieles de estos animales son utilizadas para la alimentación y la fabricación de bolsos<ref name="i" />.


Impacto ambiental

Proyectos

El resguardo está dentro del Distrito Minero Costa Pacífica Sur-DM-12. En este se conocen tres tipos de aluviones auríferos: terrazas altas bien consolidadas de poca extensión con valores altos de oro; aluviones de piedemonte poco consolidados, los cuales abarcan extensiones mayores y presentan altos contenidos de oro y aluviones más recientes, poco consolidados, depositados en los antiguos canales de los ríos Telembí, Patía, Guelmambí, Maguí, Iscuandé y Tapaje<ref name="upme">UPME. (2004). Plan de Infraestructura de Transporte y Portuaria para el Desarrollo Minero en Colombia. Informe Final Modulo I. Caracterización Distritos Mineros. Recuperado de http://www.simec.gov.co/Portals/0/Documental/952.pdf</ref>. En gran parte de las localidades, la explotación de oro aluvial es a cielo abierto. En pocos casos, el arranque, cargue y lavado es mecanizado. Las vías de comunicación terrestre son pocas y el transporte fluvial y de cabotaje es muy importante, por lo que hay un proyecto de mejoramiento de la navegación fluvial en los esteros del Océano Pacífico, entre Buenaventura, Guapi y Tumaco, siendo un proyecto de gran significado desde el punto de vista social, de apoyo a las comunidades mineras y desarrollo regional<ref name="i" />.


Contaminación

Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.


Cultivos de uso ilícito

De acuerdo al Mapa de Resguardos y Cultivos de Coca 2011, el resguardo pasó de 225 hectáreas de coca, en el 2010, a 149 hectáreas en el 2011<ref name="unodc">UNODC. (2012). Colombia, monitoreos de Cultivo de Coca 2011. Recuperado de http://www.unodc.org/documents/crop-monitoring/Colombia/Censo_cultivos_coca_2011.pdf</ref>. por lo quefue fumigado 6 veces , entre el 2000-2006<ref name="fm">Fidel Mingorance. (2008). Tierra Profanada: Impacto de los megaproyectos en Territorios Indígenas de Colombia.</ref>. En el plan de salvaguarda la comunidad ha señalado que “las fumigaciones aéreas a los cultivos de uso ilícito han generado graves impactos sobre nuestro territorio, entre los que están: la afectación sobre nuestra practica de medicina tradicional, nuestros cultivos de pancoger también se han visto afectados y el daño es profundo pues la tierra fumigada se vuelve estéril, nuestros frutos de la selva que recogemos en diferentes épocas del año de igual forma se han dañado por las fumigaciones, además éstas han causado la muerte de animales domésticos y silvestres afectando nuestro derecho a la alimentación y la biodiversidad de nuestro territorio. Mas grave resulta aún las afectaciones sobre nuestra salud, particularmente enfermedades gastrointestinales, de la piel y respiratorias; entre otras asociadas también a la contaminación de nuestras fuentes de agua”<ref name="pse">Plan de Salvaguarda Étnica del Pueblo Indígena Awá. Recuperado de http://orewa.org/adjuntos/article/80/plansawa.pdf</ref>.


Planes de manejo y ordenamiento ambiental territorial

Dentro del Plan de Salvaguarda se establece que “con el propósito de proteger nuestros recursos culturales, hídricos, madereros, la fauna y la flora requerimos que el Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, expida un acto administrativo, a partir del cual se comprometa a apoyar técnica y financieramente en la construcción de un Plan de Ordenamiento Cultural y Ambiental del territorio Awá”<ref name="pse" />.


Sistemas de organización y formas de gobierno

Gobierno propio y ley de origen

Ejercicio de soberanía sobre el territorio

El pueblo indígena Awá es gente de montaña o de selva, su hogar, su protección y su alimento se encuentran allí. La naturaleza ha sido un espacio culturalmente apropiado por la comunidad, cada lugar está sujeto a un profundo conocimiento que lo hace comprensible y útil, facilitando la mutua convivencia<ref name="pa">Pueblo Awá, UNIPA. (2008). Plan de Ordenamiento Cultural y Ambiental del Territorio Indígena Awá: Municipios de Barbacoas y Tumaco. Nariño, Colombia: Caracterización Sociocultural y Ambiental, producto dos. Nariño. UNIPA.</ref>. El derecho a la tenencia del territorio estructura entonces a toda la sociedad Awá<ref name="cia">Comunidades indígenas Awá. (s.f.). Plan de vida de las comunidades del pueblo Awá: Vivir en nuestro territorio y conservar la vida. CAMAWÁRI. Recuperado de http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/index.php?option=com_content&view=article&id=164:plan-de-vida-del-pueblo-Awá&catid=57:planes-de-vida&Itemid=119</ref>, pues es a partir de allí que se ha desarrollado toda una tradición oral, mitos, leyendas, señales y costumbres que orientan al pueblo; de hecho, estas reglas implícitas ordenan la naturaleza y se aplican a las relaciones entre los seres humanos, en su forma de ordenarse, en sus patrones de conducta y asentamiento<ref name="i" />, manteniendo así un equilibrio general para el pueblo Awá y su territorio<ref name="u">UNIPA, CAMAWÁRI y ACIPAP. (2011). Plan de Salvaguarda Étnica del Pueblo Awá.</ref>: “La posesión, manejo y control de nuestro territorio es anterior a la organización de los Estados y está basada en principios ancestrales que rigen nuestra vida como Awá. El territorio es de carácter colectivo, nos pertenece a todas las familias que conformamos la nación Awá y su ocupación ancestral obedece a una tenencia tradicional ligada a una continuidad histórica; es la base para el desarrollo de nuestros usos y costumbres.”<ref name="k">Katsakual +nkat Awá: Gran Familia Awá. (s.f.). Marco Jurídico. Recuperado de http://www.territorioindigenaygobernanza.com/web/images/stories/pdf/GFA_EL%20MARCO%20JURIDICO.pdf</ref>


Autoridades tradicionales: transmisión de autoridad y conocimiento sobre el territorio

En el pasado los Chamanes y/o Mayores jugaban un papel importante al orientar la toma de decisiones de la comunidad y aconsejar a sus individuos durante las reuniones y festividades, se trataba de: “(…) instancias de tipo político sustentadas en la cosmogonía”<ref name="a4">ACIPAP. (2004). Plan Integral de vida del pueblo Awá del Putumayo. </ref>, que solían reunirse en Consejos de Ancianos para dialogar sobre los problemas de la comunidad. Los médicos tradicionales mantienen viva la relación con la naturaleza y con los espíritus que la habitan: “Son ellos quienes establecen la comunicación con los espíritus, nos dan a conocer sus quejas y se encargan de curar las enfermedades, que son los castigos que la naturaleza nos impone cuando atentamos contra ella”<ref name="u" />. Las transgresiones de las normas para relacionarse con la naturaleza, acarrean la aparición de enfermedades de montaña, que sólo pueden ser curadas por la medicina tradicional<ref name="pa" />, a través de ceremonias como la cura del Chutún, con las que no sólo se trata a los enfermos, sino que permiten la aparición de espacios en los que la comunidad entera puede ventilar sus conflictos personales y purificar así, no sólo al enfermo, sino a la comunidad en general<ref name="ceron">Cerón, Coneado. (2010). Grupo Indígena Awá-Cuaiquer. En Geografía humana de Colombia. Región del Pacífico. T. IX. Instituto Colombiano de Cultura Hispánica.</ref>. En el Plan Salvaguarda Étnica del pueblo Awá, se expone la importancia de fortalecer la práctica de la medicina tradicional mediante la formación de nuevos médicos y el apoyo a las actividades y espacios propios de estas autoridades tradicionales<ref name="u" />.


Instituciones políticas y sociales indígenas

Autoridades y representantes indígenas: elección o designación

Como resultado del proceso organizativo de la Unión Indígena del Pueblo Awá, UNIPA, el resguardo ha reforzado la figura del Cabildo como su principal ente de organización política<ref name="icra">Instituto Colombiano de Reforma Agraria. (2003). Resolución 28 del 10 de Abril de 2003. INCORA.</ref>; este organismo funciona como un interlocutor entre diferentes entidades estatales y la comunidad del resguardo, gestiona los recursos con el Estado para llevar a cabo distintos proyectos y representa a la comunidad frente a empresas privadas<ref name="pa" />. Desde el 2007, y como resultado de un proceso organizativo binacional, ha surgido la Guardia Indígena como un importante agente de control y autoprotección dentro y fuera del resguardo. Con el lema de “Ante las armas, la palabra”, varios jóvenes, mujeres y hombres del resguardo se convierten en un cuerpo organizado, cuya misión es la de contribuir a solucionar conflictos internos, sostener ejercicios de interlocución con los actores armados y proteger tanto a la comunidad como a los individuos que colaboran con ella<ref name="k" />.


Espacios y acciones de reclamación y reconocimiento de derechos

El resguardo hace parte de la Unión Indígena del Pueblo Awá UNIPA, que surgió en 1990<ref name="g">Guerrero, Jairo. (2003). Pueblos indígenas de Nariño. Pasto: Gobernación de Nariño & Asociación de Autoridades Indígenas Pastos.</ref> como respuesta a la crisis territorial y de Derechos Humanos que enfrentaba el pueblo Awá del Departamento de Nariño, por lo que inició sus actividades alrededor de la promoción del reconocimiento de los cabildos como una autoridad propia, así como con la titulación de varios resguardos<ref name="pa" />. Actualmente esta organización reúne a 19700 indígenas habitantes de los municipios de Barbacoas, Tumaco, Samaniego y Puerto Payán. En su proceso organizativo ha desarrollado proyectos en alianza con distintas agencias de cooperación internacional, así como diversas entidades estatales<ref name="g" />, rigiéndose siempre bajo los siguientes principios de lucha: fortalecimiento de la autoridad y autonomía; defensa y conservación del territorio; recuperación y fortalecimiento de formas productivas propias; educación bilingüe; impulso a la medicina tradicional; fortalecimiento de la tradición oral y solidaridad con diversos sectores populares del país<ref name="pa" /> Por otro lado, es importante mencionar que durante la última década se ha dado inicio a un proceso de integración entre los pueblos Awá de Ecuador (Federación de Centros Awá del Ecuador FCAE) y Colombia, para hacer frente a las amenazas del conflicto armado y los intereses de empresas multinacionales; de este modo, bajo el concepto de la Gran Familia Awá, han surgido diversas estrategias de integración y fortalecimiento, como la consolidación de las Guardias Indígenas, Asambleas Binacionales, diplomados universitarios en gestión del territorio y formulación de un Plan de Vida unificado, entre otras<ref name="k" />.


Jurisdicción especial indígena

Según la Ley de Origen del pueblo Awá, la raíz y abundancia de sus territorios proviene de un gran árbol sagrado que luego de ser derrumbado esparció sus frutos por todo el territorio Awá. De esta manera: “La raíz de todos los Awá está en la selva”, que tiene sus propias normas o reglas que requieren de su cumplimiento y definen al pueblo<ref name="cia" />. Esta Ley de origen es el fundamento del vivir bien en la montaña/selva y debe reinterpretarse a la luz de los acontecimientos actuales como la globalización, los mega-proyectos, el conflicto armado, etc<ref name="pa" />. A partir de ella se derivan diversos “consejos” que rigen la vida de la comunidad Awá, algunos de ellos son: -No tener relaciones sexuales con los familiares. -No cazar cangrejos en las cabeceras de los ríos. -No tumbar árboles. -Compartir con la comunidad. -Tomar sólo lo necesario de la selva o la montaña. -No dejar invadir el territorio por mestizos. -No robar. -No abandonar la tierra<ref name="cia" />. En cuanto a su interacción con el Estado, el pueblo Awá está comprendido dentro del Auto Constitucional 004 para pueblos indígenas en riesgo de extinción por causa del conflicto armado. De esta manera, durante el 2010 y 2011 se adelantó el proceso para construir el Plan de Salvaguarda Étnico del pueblo Awá, en el que se trabajaron los ejes de protección de derechos tradicionales; protección del impacto del conflicto armado y desplazamiento de manera diferencial, y el de restablecimiento de derechos y protección de líderes y autoridades tradicionales. Para este último eje se plantearon tres programas: Apoyo de la Guardia Indígena como agente de paz, apoyo y fortalecimiento de la medicina tradicional y concertación del programa de protección a líderes del Ministerio del interior<ref name="u" />.


Relación con actores e instituciones no indígenas

Autoridades e instituciones estatales y privadas

El resguardo mantiene una relación o se ve afectado por las siguientes entidades y proyectos:

  • Plan Patriota: El resguardo ha tenido que enfrentar las nocivas consecuencias que las fumigaciones aéreas con glifosato, realizadas por el Ejército Nacional, implican para la salud y seguridad alimentaria de sus habitantes, este tipo de acciones se lleva a cabo sin una previa concertación o aviso a las autoridades indígenas, en el marco del Plan Patriota adelantado por el Gobierno colombiano. Estas operaciones han causado diversas enfermedades en los niños del resguardo y han contaminado los cultivos de pan coger, así como las principales fuentes de agua, por lo que UNIPA, junto con las autoridades del resguardo, rechaza categóricamente este tipo de hechos, al considerar que atentan contra su estilo de vida y desconocen su autoridad<ref name="ming">Mingorance, F. (2008). Tierra profanada: Impacto de los mega-proyectos en territorios indígenas de Colombia, Cultivos Ilícitos. ONIC-HREV. Recuperado de http://www.mamacoca.org/docs_de_base/Cifras_cuadro_mamacoca/HREV_Tierra_profanada_2_cultivosilicitos.pdf</ref>. De hecho, se denuncia que, intentando responder a las consecuencias de los cultivos ilícitos en la región, el pueblo Awá solicitó desde hace varios años al Gobierno Nacional la implantación del Programa de Desarrollo Alternativo para la Sustitución de Cultivos Ilícitos PLANTE, petición que fue declinada en aquel momento bajo el argumento de que no existían cultivos de esta naturaleza en el Departamento<ref name="oo">Observatorio OPIC. (2012). S.O.S. a la ONU y la Corte Penal Internacional sobre el exterminio del Pueblo Awá de Colombia. OPIC. Recuperado de http://observatorioadpi.org/content/presentaci%C3%B3n-del-informe-sobre-el-exterminio-del-pueblo-aw%C3%A1</ref>.
  • En apoyo al proceso de consolidación de la Guardia Indígena, el resguardo ha recibido el acompañamiento de la ONG Oxford Commite of Famine Relief, OXFAM, y de la Unión Europea, por medio de los programas “Protección, Poder y Territorio” y el proyecto “Bosques y territorio”, respectivamente, en los que se busca aumentar la capacidad de interlocución de los guardias indígenas, así como visibilizar el papel de las mujeres en el conflicto<ref name="k" />.
  • Dentro del proyecto Vía Pasto-Mocoa, se planea la construcción de la vía perimetral Túquerres-Tumaco, la cual se constituiría como una importante vía de acceso al mar que facilitará la conexión de las petroleras del Putumayo y el Ecuador, y la zona palmera de Mataje con el puerto al Pacífico de Tumaco<ref name="hj2">Houghton, J. y Martínez, G. (2008). La IIRSA o el mega-ordenamiento de los territorios indígenas. En La tierra contra la muerte, conflictos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Bogotá: CECOIN.</ref>, esta construcción afectará gravemente al resguardo. De hecho, en la actualidad ya es causa de la llegada de narcotraficantes, colonos y comerciantes que amenazan el estilo de vida de la comunidad indígena Awá y su integridad física<ref name="g" />.
  • Debido a la difícil situación de conflicto armado y la violación de los Derechos Humanos que enfrenta la comunidad del resguardo, se ha contado con el acompañamiento de la Agencia de la ONU para los Refugiados, ACNUR; de la Oficina para la Coordinación de Ayuda Humanitaria, OCHA; del Congreso Noruego y de la Pastoral Social de Tumaco y Pasto, entre otros<ref name="dp">Defensoría del Pueblo. (2008). Resolución Defensorial N° 53. Situación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Pueblo Awá de Nariño. Recuperado de http://www.defensoria.org.co/red/anexos/pdf/02/res/defensorial/defensorial53.pdf </ref>. Por solicitud de la UNIPA se creó la Misión Humanitaria Permanente en el Territorio del Pueblo Indígena Awá MHPTPIA, como una acción que busca mejorar la coordinación entre las organizaciones humanitarias de Nariño y brindar de este modo una mayor cobertura y mejores procesos de acompañamiento<ref name="mhp">Misión Humanitaria Permanente en el Territorio del Pueblo Indígena Awá. (2010). Recuperado de http://es.calameo.com/read/0001845768bd8b05d102d</ref>.
  • El resguardo se encuentra bajo la jurisdicción del municipio de Barbacoas, en el Plan de Ordenamiento Territorial del municipio se proyecta el saneamiento y ampliación de los resguardos, así como la concertación de una estrategia de prevención y atención a desplazados. Además, la Alcaldía del Municipio capacitará líderes comunitarios de cada uno de los resguardos indígenas, para formarlos en temas como desarrollo humano, manejo sostenible de recursos y calidad de hábitat, entre otros<ref name="mb">Municipio de Barbacoas. (2012). Plan de Ordenamiento Territorial municipio de Barbacoas. Nariño.</ref>. Pese a esto, en el Informe Defensorial 53, de la Defensoría del Pueblo, se denuncia que aunque se registran proyectos que buscan mejorar la calidad de vida de los indígenas en los planes de desarrollo municipales, estos proyectos son adelantados con recursos del pueblo Awá, sin comprometer los presupuestos municipales ni departamentales<ref name="dp8">Defensoría del Pueblo. (2008). Resolución Defensorial N° 53. Situación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Pueblo Awá de Nariño. Recuperado de http://www.defensoria.org.co/red/anexos/pdf/02/res/defensorial/defensorial53.pdf </ref>.

Relaciones interétnicas

Debido a la construcción de la vía Tumaco-Túquerres han llegado al sector actores foráneos como narcotraficantes, colonos y comerciantes que han modificado notablemente la dinámica del resguardo, invadiendo predios y cambiando los nombres tradicionales de varios lugares<ref name="g" />, acentuando las precarias condiciones en las que vive la comunidad al introducir nuevas lógicas económicas.


Actores armados

La zona en la que se ubica el resguardo es un área estratégica, pues constituye un paso de frontera con el Ecuador y cuenta con una salida al Mar Pacífico, por lo que distintos actores armados están interesados en mantener el control de la región<ref name="oo" />. Desde la década de los ochenta, los frentes Daniel Aldana y Mariscal Sucre de las FARC han tenido presencia en el lugar, intensificando sus operaciones durante los noventa debido a la llegada de narcotraficantes y paramilitares que, huyendo de la persecución oficial en Caquetá y Putumayo por la siembra de cultivos ilícitos, se asentaron en Nariño para comenzar con este negocio<ref name="comi">Comité Municipal de Prevención y Atención Integral a la Población en Situación de Desplazamiento. (2010). Plan Integral Único Municipio de Tumaco. Tumaco-Nariño. Recuperado de http://www.tumaco-narino.gov.co/apc-aa-files/31396130663234376265616637336262/PIU_TUMACO.pdf</ref>. De esta manera comenzó a una ola sistemática de compra de tierras, por parte de narcotraficantes del Valle del Cauca, que ha continuado y en la actualidad amenaza el territorio del resguardo<ref name="onic">ONIC-UNIPA. (2008). Audiencia sobre genocidio indígena, audiencia preliminar indígena Nariño. Predio verde-Resguardo Gran Sábalo. Recuperado de http://www.sinaltrainal.org/index.php/otras-iniciativas/tribunal-permanente-de-los-pueblos/tpp-sesi%C3%B3n-colombia/audiencia-sobre-genocidio-ind%C3%ADgena/282-audiencia-preliminar-indigena-narino</ref> Este fenómeno justificó la excesiva militarización de la zona desde el 2008, a cargo de la Brigada 23 del Ejército Nacional, y permitió que, más recientemente, en el marco del Plan Colombia y el Plan Patriota, el Estado haya intensificado su campañas de fumigación aérea con glifosato, lo que ha acabado con las fuentes de agua y los cultivos de pan coger, afectando directamente la soberanía alimentaria y la salud de los indígenas<ref name="mingor">Mingorance, F. (2008). Tierra profanada: Impacto de los mega-proyectos en territorios indígenas de Colombia, Cultivos Ilícitos. ONIC-HREV. Recuperado de http://www.mamacoca.org/docs_de_base/Cifras_cuadro_mamacoca/HREV_Tierra_profanada_2_cultivosilicitos.pdf</ref>. Con la desmovilización de las Autodefensas en 2005 surgieron las denominadas Bandas Criminales y diversos grupos de sicarios a sueldo, como la Organización Nueva Generación, las Águilas Negras y los Rastrojos5, que se apropiaron del comercio de estupefacientes. Esta compleja situación de conflicto armado ha desembocado en reclutamientos forzados de jóvenes indígenas, que han sido frenados por la oportuna acción de las autoridades comunitarias del resguardo, desplazamientos, restricciones de circulación, amenazas a líderes, homicidios selectivos, y “presiones por el control de las organizaciones comunitarias para imponer sus intereses, coaccionándolas mediante formas represivas para incidir en la gobernabilidad del territorio, fragmentando los procesos organizativos en detrimento de la integridad, autonomía e identidad de las comunidades”<ref name="cmpa">Comité Municipal de Prevención y Atención Integral a la Población en Situación de Desplazamiento. (2010). Plan Integral Único Municipio de Tumaco. Tumaco-Nariño. Recuperado de http://www.tumaco-narino.gov.co/apc-aa-files/31396130663234376265616637336262/PIU_TUMACO.pdf</ref>. Con la militarización de la zona en el 2008, los indígenas solicitaron protección y traslado de las zonas de combate como medida de prevención frente al conflicto, sin embargo, no obtuvieron respuestas satisfactorias de parte del Estado, por lo que puede entonces afirmarse que aunque era previsible el desenlace de la situación con la llegada del ejército, el Estado no hizo nada para proteger a la población de resguardo<ref name="comi" />.


Resguardos fronterizos

Pese a que el resguardo no está ubicado directamente sobre la frontera, su cercanía a esta área lo afecta de diversas formas, dentro de las dinámicas que se desarrollan, es posible destacar que las fronteras territoriales oficiales no existen, por lo que el paso entre el Ecuador y Colombia es un trayecto cotidiano, si se tiene en cuenta que la Gran Familia Awá se extiende indistintamente sobre los dos países. De hecho, las comunidades indígenas Awá del Ecuador, junto a las colombianas, han adelantado un proceso de integración con el fin de fortalecerse culturalmente y enfrentar las amenazas del conflicto armado y de los mega-proyectos, generando de este modo un Plan de Vida conjunto<ref name="k" />. Por otro lado, gracias a que la frontera es una zona estratégica para el comercio de diferentes mercancías, existe una gran presencia de grupos armados que transitan por la región e intentan restringir el paso libre de los indígenas, llevando a cabo amenazas y desapariciones<ref name="se">Semana, Nación. (2012). Denuncian desaparición de tres indígenas en frontera de Colombia con Ecuador. Recuperado de http://www.semana.com/nacion/denuncian-desaparicion-tres-indigenas-frontera-colombia-ecuador/176672-3.aspx </ref>. A pesar de que en los últimos años la Cancillería ha adelantado proyectos de apoyo social a las poblaciones de la frontera<ref name="miinis">Ministerio de Relaciones Interiores, Sala de prensa. (2001). El plan fronteras para la prosperidad, de la cancillería, entregó 18 restaurantes escolares para la comunidad indígena Awá. Recuperado de http://www.cancilleria.gov.co/news/news/node/2126</ref>, es evidente el abandono histórico del Estado en la zona.


Uso, vocación y potencialidades de los suelos

Suelos

Características de los suelos

En la zona se encuentran suelos desarrollados a partir de cenizas volcánicas; se caracterizan por ser muy profundos, bien drenados y de grupo textural franco y grueso. Químicamente son suelos muy fuertemente ácidos, de alta capacidad de intercambio catiónico, bajos contenidos de calcio, magnesio, potasio y fósforo, baja saturación de bases y moderada fertilidad<ref name="ig">IGAC. (2004). Estudio General de Suelos y Zonificación de Tierras. Departamento de Nariño. Recuperado de la base de datos SIGOT.</ref>.


Condiciones actuales

Intervención: Esta área tiene bosque intervenido no comercial con algunas áreas en cultivos semi-perennes comerciales (banano, chiro), de subsistencia (caña y plátano) y pequeñas áreas en pastos naturales. La vegetación natural está representada por chingalé, perillo, palma gualté, sande, amarillo, maría, pialdé, caracolí, jigua, pandé, nigüito, quinde, cauchillo y patevaca entre otros<ref name="ig" />. Fenómenos de degradación en los suelos del resguardo: Procesos erosivos asociados a la deforestación<ref name="i" />.


Vocación y recursos alternos

Utilidad

Los limitantes de estos suelos son las excesivas lluvias, la alta saturación de aluminio y la baja fertilidad. Son suelos recomendados para bosques protectores y protectores-productores, explotación forestal con tala selectiva, y en algunos sectores para pocos cultivos tolerantes a los altos contenidos de aluminio que se adapten a las fuertes condiciones climáticas como plátano, yuca, arroz, banano, palma africana, palma de chontaduro y pastos como pará<ref name="ig" />.


Recursos minerales

En el municipio de Barbacoas hay yacimientos o explotaciones mineras de oro (producción media entre 17 kg y 363 kg) y plata (entre 20 g y 6 kg)<ref name="iupme">IGAC. UPME. (2009). Producción Minera de Plata [Mapa de Producción]. Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/PDF/SIGOT_EcoProduccionPlataMpio_Nal.pdf? IGAC. UPME. (2009). Producción Minera de Oro [Mapa de Producción]. Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/PDF/SIGOT_EcoProduccionOroMpio_Nal.pdf?</ref>.


Importancia, uso y aprovechamiento actual

Prácticas productivas-UAF

Autóctonas:

Los hombres del resguardo se encargan de trabajar el campo: desyerbar para la siembra y la cosecha. Recogen leña, pescan y cazan, así como recolectan frutos, elaboran canoas, balsas y accesorios artesanales. Las mujeres realizan labores domésticas, guían la crianza de los hijos, ayudan en la cosecha y elaboran algunos productos artesanales. Algunas mujeres Awá del resguardo trabajan fuera del hogar<ref name="iicch">Instituto Colombiano de Cultura Hispánica. (2004). Geografía humana de Colombia. Región del Pacífico. Tomo IX. El Grupo Indígena Awa-Cuaiquer Recuperado de http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/geografia/geograf/awa2.htm</ref>. Los indígenas Talan, cultivan y abandonan la parcela para que se regenere la cubierta vegetal, logrando el manejo sostenido del ecosistema que fácilmente en otras circunstancias se degrada<ref name="i" />. Gracias a su profundo conocimiento del medio ambiente, nunca sobreexplotan un recurso que, en este ecosistema, es siempre escaso<ref name="i" />. Los indígenas no perciben la conservación de un recurso por separado; su preocupación es lograr el beneficio sin lesionar otros componentes complementarios. Así, ellos interpretan la selva como una sucesión de eco-zonas y cada una tiene aptitudes diferentes: suelos, vegetación y animales conforman un sistema integrado de recursos<ref name="i" />. Agrícolas y pecuarias: Los indígenas perciben 3 espacios con aptitudes y usos distintos según la altitud de las colinas donde habitan. El primero está asociado a los asentamientos humanos. Para este efecto prefieren las terrazas y vegas de deposición junto a los ríos en donde pueden establecer cultivos y al mismo tiempo disponer de recursos pesqueros. El segundo es el área de la vivienda, generalmente despejada y en la que suelen sembrar pastos introducidos como gramalote y micay (Anoxopus sp), muy difundidos entre los campesinos que se asientan en la región. Esta zona corresponde al 5% y 10% aproximado del total del área de cada familia indígena. Después del espacio abierto, a unos 50 metros, empieza la montaña; se trata de un mosaico de bosques con diferentes edades de sucesión, barbecho y campos cultivados de maíz, plátano, con esporádica presencia de yuca, fríjol y caña. El tercer espacio corresponde a las partes altas de las colinas, las cuales son muy inclinadas y permanecen cubiertas de neblina en las tardes y son áreas exclusivas para cacería. Allí se encuentra la selva primaria, generalmente compuesta por árboles delgados en donde proliferan musgos y todo tipo de epífitas. Debido a la inclinación del terreno, las áreas susceptibles de cultivo son escasas, por lo que los indígenas disponen de extensos bosques. Con alguna regularidad aparecen asociaciones de árboles útiles, cuya existencia es gracias al manejo forestal<ref name="i" />. Unidad Agraria Familiar (UAF): Los indígenas Awá buscan un máximo de territorialidad y un mínimo de densidad poblacional, por lo que una familia cuenta en promedio con 100 hectáreas<ref name="i" />.


Plan de desarrollo

Impactos en los territorios indígenas

El Plan de Desarrollo Municipal contempla entre sus acciones el fortalecimiento de los resguardos indígenas buscando su desarrollo comunitario<ref name="amb" />. Además se menciona que las comunidades indígenas han perdido sus territorios por el avance de la agricultura mediante la deforestación, así como la presencia de cultivos ilícitos que no solo afectan el entorno sino a las mismas comunidades<ref name="amb" />.


Estrategias de conservación

Como estrategia de conservación de los suelos se recomienda preservar las tierras con programas y actividades intensivas de manejo y conservación de los recursos naturales con plantación de bosques o reforestaciones que garanticen la regulación de los caudales, protegiendo las cuencas hidrográficas y como control de la erosión<ref name="ig" />.


Planes de vida

El Plan de Vida del pueblo Awá contiene los objetivos, proyectos y “plataforma de lucha”, y sus mecanismos de participación en los que se propone la defensa del territorio y la conservación de la naturaleza; el cumplimiento del Plan de Ordenamiento Ambiental y Cultural del Territorio Awá y la actualización permanente del mismo; la recuperación y el fortalecimiento de la producción y economía propia<ref name="mc6">Ministerio de Cultura. (2010). Cartografía de la diversidad. El Pueblo Awá. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41740 </ref>.


Demografía

Estructura, densidad y distribución poblacional

Censos y proyecciones

La población del resguardo Saunde-Guiguay pertenece al pueblo Awá (también conocidos como Kwaiker, Cuaiker, Cuaquier, Coiquer). El censo DANE del 2005 reportó 25.813 personas que se reconocen como pertenecientes al pueblo Awa Kuaiker, que representan el 1,9% de la población indígena de Colombia. Este pueblo se concentra mayormente en el departamento de Nariño donde habita el 86,6% de la población.

Pueblo Indígenas autoreconocidos en el censo del 2005 Porcentaje población indígena nacional
Awá 25.813 1,9 %

El Instituto Colombiano de Reforma Agraria por medio del Resolución de Constitución 028 de 2003 constituyó el resguardo Saunde-Guiguay y adjudicó a la comunidad 7.801hectáreas. La población del resguardo según:

  • Resolución de constitución número 044 de 1994 –INCORA-: La comunidad estaba conformada por 470 personas agrupadas en 85 familias, de las cuales 238 eran hombres (50,64%) y 232 mujeres (49,36%)
  • El Censo Nacional de 2005 del DANE: reportó 499 indígenas en el resguardo.
  • Proyección estadística a 2012 –DANE-: se estima que para este año la población indígena del resguardo asciende a 572 personas.

La densidad de la población con respecto al año en que se constituyó el resguardo correspondía a 16,59 hectáreas por habitantes, y con base en la proyección poblacional del DANE para el año 2012, esta densidad es de 13,63 hectáreas por habitantes. Relación poblacional del resguardo respecto al pueblo indígena.

Población según Censo 2005 % Población
Pueblo Awá 25.813 100%
Resguardo Saunde-Guiguay 499 1,93%

Poblamiento y distribución espacial de la población

El pueblo Awá Kuaiker se ubica en la parte occidental del macizo andino, desde la cuenca del río Telembí hasta la parte norte de Ecuador. Su población reside en varios resguardos sobre la región Nariñense, y en inmediaciones del Putumayo, de forma predominante en los municipios de Cumbal, Mallama, Ricaurte y Barbacoas, y en Villa Garzón1. La comunidad indígena Awá de Saunde Guiguay está asentada en jurisdicción de los municipios de Tumaco y Barbacoas. La comunidad habita en viviendas dispersas. Existe entre las viviendas distancias considerables, estas viviendas son costruidas tradicionalmente sobre pilotes de madera, cuya altura varía según el grado de humedad y la clase de plagas en la región.


Sistemas de parentesco

Parentesco

La comunidad indígena Awá de Tortugaña-Telembi-Punde-Pitadero-Bravo-Tronquería-Zabaleta basa su organización social en la familia nuclear –padre, madre e hijos-, con sentido de pertenencia a una familia extensa co tendencia neo-local, regida por la tendencia a mantener la autonomía y la homogeneidad de cada unidad residencial, de donde depende la producción y su participación en la toma de decisiones. Al interior de la comunidad es frecuente la monogamia, la relación se da con los mismos miembros de la comunidad, predomina la unión libre que se constituye a temprana edad Movimientos migratorios y desplazamientos Migración y desplazamiento El desplazamiento forzado para nosotros los pueblos indígenas incrementa el riesgo de exterminio físico, étnico y cultural; el delito del desplazamiento forzado ha lesionado nuestra integridad como pueblo Awá y en general, la de los pueblos indígenas del país no solamente en las últimas décadas y desde que existe legislación y jurisprudencia en la materia, sino que se constituye en una injusticia histórica persistente desde la llamada “conquista“ de América, hasta el actual período republicano. En relación con el desplazamiento forzado la Honorable Corte Constitucional emitió la Sentencia T-O25 de 2004 en la cual hace la declaratoria formal de un estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento forzado. Esta es una decisión que toma la Corte cuando hay una violación reiterativa de múltiples derechos sobre un grupo poblacional amplio y cuya solución involucra la intervención de distintas entidades para atender problemas de orden estructural, que es justamente lo que está pasando con el desplazamiento forzado y es también la solución que se requiere para el mismo. Esta es la séptima vez que la Corte Constitucional emite una orden de esta magnitud, tal como lo reseña ella misma en la citada sentencia, número de veces que resulta preocupante siendo la Constitución Política de Colombia relativamente joven. Es claro para nosotros que el conflicto armado que estamos padeciendo dentro de nuestro territorio es ajeno a la dinámica ancestral de vida Awá y ha generado el desplazamiento y la muerte de los hermanos y hermanas que habitan la selva, vulnerando los derechos que tenemos como pueblo indígena y como colombianos. Esta situación nos ha llevado a movilizarnos a nivel nacional e internacional para la defensa de nuestros principios de vida como pueblo y de la pervivencia en el territorio ancestral. La búsqueda de soluciones y salvaguarda de nuestro pueblo no es algo nuevo para nosotros, desde hace aproximadamente cinco siglos, en que iniciaron los atropellos y las violaciones a nuestros derechos, nos hemos mantenido firmes en la reivindicación de lo propio y en las exigencias presentadas a los gobiernos nacionales, siendo propositivos respecto de las medidas de prevención y protección que necesitamos se garanticen y se reconozcan<ref name="pse" />.


Vulnerabilidad poblacional

El pueblo Awá también conocido como Kwaiker, Cuaiker, Cuaquier, Coiquer, fue incluido entre los pueblos indígenas en mayor riesgo de desaparición física y cultural debido a la grave afectación de los derechos individuales y colectivos del pueblo (Auto 004 DE 2009). La Corte Constitucional refirió la problemática del pueblo Awá en éstos términos: “Los derechos fundamentales individuales y colectivos del pueblo Awá están sujetos a violaciones de naturaleza permanente, sistemática y generalizada, derivadas de infracciones constantes del Derecho Internacional Humanitario por todos los actores enfrentados en el conflicto armado colombiano. Es de tal gravedad esta afectación, que la Defensoría del Pueblo en Nariño emitió en 2007 un informe defensorial como mecanismo para visibilizar su crítica situación. Para la Corte Constitucional no cabe duda de que el pueblo Awá atraviesa por una crisis humanitaria de proporciones desmesuradas y sin antecedentes en la historia de los pueblos indígenas colombianos, que les pone en claro riesgo de exterminio por el conflicto armado“.

  • Según el diagnóstico realizado por parte del Observatorio del programa presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario en la región habitada por los Awá se evidencia dos problemáticas principalmente; en primer lugar, la tenencia de la tierra y en segundo lugar la presencia de la coca y de los actores armados irregulares. Respecto a esta última problemática, cabe resaltar que el principal impacto de los cultivos de coca fue provocado por la llegada de foráneos desde los años ochenta, que les compraron tierra y les ofrecieron trabajo, razón por la cual su sistema de agricultura itinerante desapareció y quedaron atados a sus nuevos patronos, pues la caza y la pesca disminuyeron.


Seguridad y soberanía alimentaria

Seguridad alimentaria

Producción y consumo:

El medio de vida y sustento tradicional de la comunidad Awá se basa en la caza de animales de monte, complementado por el cultivo de pocos productos. Actualmente, se basa fundamentalmente en la agricultura, principalmente en el cultivo de plátano (chiro) y de menor forma la caza de animales de monte y ocasionalmente la cría de pequeñas especies. “El pueblo Awá se perciben a sí mismos como una comunidad pacifica que habita en terrenos montañosos, en los Municipios de Tumaco, Barbacoas, Roberto Payan, Samaniego, Santa cruz Guachavez y Ricaurte del Departamento de Nariño, la vegetación es espesa que sirve de hábitat para muchos animales de caza que les proporciona la carne para su alimentación; existen muchos ríos y quebradas con agua aptas y no aptas para el consumo humano, el terreno no presta las condiciones propicias para el cultivo de muchos alimentos, de los cuales tienen privaciones y reemplazarlos por otros que les brinda la madre tierra<ref name="pva">Plan de vida Awá. Recuperado de http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/index.php?option=com_content&view=article&id=164:plan-de-vida-del-pueblo-awa&catid=57:planes-de-vida&Itemid=119</ref>“.


Soberanía alimentaria

Las fumigaciones aéreas a los cultivos de uso ilícito han generado graves impactos sobre nuestro territorio, entre los que están: la afectación sobre nuestra practica de medicina tradicional, como dijo uno de nuestros médicos tradicionales en uno de los diagnósticos realizados: “yo he curado mas de cien vidas por picadura de serpiente, ahora ya no me comprometo, pues con la fumiga, las plantas que utilizo para curar ya se han dañado y buscar una planta de esas que antes estaban cerca, ahora toca ir días selva adentro“. Nuestros cultivos de pancoger también se han visto afectados y el daño es profundo pues la tierra fumigada se vuelve estéril, nuestros frutos de la selva que recogemos en diferentes épocas del año de igual forma se han dañado por las fumigaciones, además éstas han causado la muerte de animales domésticos y silvestres afectando nuestro derecho a la alimentación y la biodiversidad de nuestro territorio. Mas grave resulta aún la muerte de nuestros niños y niñas como ha ocurrido en los resguardos de Gran Rosario, Gran Sábalo e Inda Sabaleta, donde se presentaron más de doce casos, afectaciones sobre nuestra salud, particularmente enfermedades gastrointestinales, de la piel y respiratorias; entre otras asociadas también a la contaminación de nuestras fuentes de agua. Por esta razón planteamos la detención inmediata de las fumigaciones y las erradicaciones manuales puesto que este último procedimiento ha servido para incrementar más la violencia contra nuestro pueblo. Frente a esto creemos que la única salida coherente con el respeto a la vida y a nuestra integridad como pueblos indígenas es el apoyo a nuestras iniciativas productivas orientadas a garantizar nuestra seguridad alimentaria y la generación de ingresos para nuestras familias; esto no es solo apoyar unos proyecticos productivos, implica un verdadero acompañamiento y asesoría para que estas iniciativas verdaderamente se puedan realizar facilitando nuestra integración al desarrollo económico y social de la región, respetando nuestra perspectiva cultural y concepción propia de desarrollo<ref name="pse" />.


Salud y educación

Salud:

En materia de salud la situación de nuestras comunidades indígenas ha sido de desatención permanente por las siguientes razones: a. La mayoría de nuestras comunidades conservamos la cosmovisión propia, la salud ha sido trabajada por los médicos tradicionales de espanto, de mal viento, de chutún, de duende, de picadura de culebra, pulseadores, sobanderos y parteros en nuestro idioma awapit = iznakuttamkika; por medio de sus prácticas tradicionales rituales, las cuales nos han permitido sobrevivir con una mínima atención estatal. Como pueblo indígena conservamos nuestra lengua materna y, a pesar de contar con normas especiales de la Legislación Indígena Nacional, que nos amparan en cuanto a la atención gratuita en salud, no ha sido posible hacerlas cumplir en muchas oportunidades, porque los funcionarios de los hospitales y centros de salud, quienes deberían atender a cualquier ciudadano sin tener en cuenta las diferencias culturales, en muchas ocasiones no lo hacen. b. Dificultad para trasladarnos a los hospitales y centros de salud que existen en esta región (ubicados en las cabeceras municipales y en algunos poblados), ya que nuestras familias viven dispersas en extensos globos de terreno, distantes entre una hora, y hasta dos días, de camino de la carretera; tenemos tan solo caminos peatonales de trocha, cruzando quebradas y ríos mediante puentes de cable y en canoas. En los años de 1994 y 1995, la enfermera Gloria Narváez como asesora del Instituto Departamental de Salud de Nariño, formó un grupo de voluntarios indígenas a quienes dio una dotación inicial; más adelante, la UNIPA concertó con el Plan Nacional de Rehabilitación de la Presidencia de la República, la formación de 24 Promotores en atención primaria en salud; la capacitación fue realizada por la Escuela Superior de Enfermería de Nariño, en el año 1994. En 1997, la UNIPA logró concertar con el Programa BID Plan Pacífico, la actualización de algunos promotores de salud y la formación de nuevos promotores indígenas en salud. La situación en materia de salud de nuestras comunidades se ha complicado por la aparición de enfermedades típicas del clima húmedo tropical de la región pacífica, y enfermedades traídas por los no indígenas, las cuales no pueden ser tratadas por los médicos tradicionales. A partir de la expedición de la Ley 100 de 1993, nuestras familias indígenas por vez primera se vieron obligadas a conseguir y portar los carnets, por cuanto en los hospitales y centros de salud en muchas oportunidades no quieren atender a pacientes indígenas con las constancias expedidas por los gobernadores de los Cabildos. Hemos tenido que asumir la tarea de explicar a la población indígena, vinculada y afiliada al régimen subsidiado en salud, los derechos que tienen en materia de salud; el uso de carnets y certificaciones; los lugares y horarios de atención y demás aspectos relacionados con la prestación de servicios de salud, actualmente en la región. Por otra parte, es costumbre de las comunidades que cuando una persona se enferma, sus familiares salen a acompañarla; muchas veces los enfermos quedan hospitalizados y los acompañantes no tienen donde albergarse, ni los recursos para la alimentación y transporte; esta situación es similar para la consecución de citas y turnos. Lo anterior se complica aún más por cuanto los sistemas de atención propios y horarios de cada centro de salud y hospitales son distintos y desconocidos para nosotros; igualmente, la falta de recursos económicos para cubrir gastos de transporte y alimentación en casos de remisiones, es una sentida realidad. Falta sensibilidad y buenas relaciones humanas en el tratamiento especial que se debe dar a las personas indígenas que acuden a centros de salud y hospitales de las poblaciones y de la ciudad por parte de los encargados de prestar los servicios<ref name="re">Recuperado de: http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/files/Qu%C3%A9%20es%20para%20el%20pueblo%20Aw%C3%A1%20y%20para%20la%20Unipael%20plan%20de%20vida.pdf</ref>. Educación: La Ley 715, en su Capítulo 2, dispone: “De las entidades territoriales: ARTICULO 151. Funciones de las Secretarías Departamentales y Distritales de Educación, en relación con la información (…) m) Consolidar y analizar la información de los municipios y remitirla al Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con los estándares fijados por éste, y, n) Establecer un sistema departamental y distrital de información en concordancia con lo dispuesto en los artículos 148 y 75 de esta Ley. c) Mantener actualizado el sistema de información de personal docente y administrativo y el sistema contable que estará a disposición del Ministerio de Educación Nacional, del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y de las Secretarías de Educación, o de los organismos que hagan sus veces“<ref name="cr">Congreso de la República. (2002). Ley 715. Artículo 151. Bogotá.</ref>


Oferta institucional

Oferta institucional

Estatal

La gobernación de Nariño a través de su Plan de Desarrollo Departamental “Nariño Adelante” 2012 – 2015, fundamenta su accionar en el proceso de la construcción colectiva del Plan de Desarrollo, en donde el Gobierno Departamental se compromete en acompañar a los pueblos indígenas y a las comunidades afros en la gestión para formular e implementar sus planes de vida, encaminados al fortalecimiento cultural, social, económico, ambiental y político. Será una prioridad en la agenda del Gobierno Departamental la interlocución nacional e internacional para lograr el respeto a los pueblos y sus territorios, enfrentados a la crisis humanitaria, la presencia de cultivos de uso ilícito y el conflicto armado, en especial para los pueblos Awá, Kofán y Eperara-Siapidara. Se adoptarán e implementar los planes de salvaguardia de los pueblos Awá, Inga, Cofan y Eperara Siapidara. Se Consolidará los mecanismos de coordinación entre la justicia indígena y el sistema judicial estatal. Se Promoverá la creación de una universidad intercultural a partir del fortalecimiento de la Escuela de Derecho propio del Pueblo de los Pastos. Ofrece fortalecer la medicina tradicional indígena, mediante el fortalecimiento de la Salud Ancestral, Cultura y Educación Intercultural, la Autoridad, Autonomía y Justicia y los procesos propios para los proyectos productivos- Minga y Pervivencia. De igual manera se concertarán agendas para el desarrollo de los acuerdos priorizados en las tres subregiones de la costa pacífica, en temas de fortalecimiento de educación, salud, desarrollo productivo, entre otros.<ref name=" gn">Gobernación de Nariño. Plan de Desarrollo Departamental “Nariño Adelante” 2012 – 2015. Recuperado de http://educon.javeriana.edu.co/ofi/documentos/regionalizacion/Planes%20Desarrollo%20H-Z/Departamentos%20-%20Planes%20de%20desarrollo/NARI%C3%91O%20-%20Nari%C3%B1o%20mejor,%20Plan%20Desarrollo,%20Ordenanza%20-%202012-2015.pdf</ref>


Organizaciones indígenas

Las organizaciones presentes en territorio nariñense son la Asociación de Cabildos Indígenas Eperara Siapidaara – ACIESNA, La Unidad Indígena del Pueblo Awa – UNIPA, el Cabildo Mayor Awa de Ricaurte – La Asociación de Cabildos y/o Autoridades Tradicionales Indígenas del Nudo de los Pastos – SHAQUIÑAN y el Resguardo Inga de Aponte. Estas fundamentan sus actividades en la lucha por los derechos de los pueblos indígenas de Nariño y Colombia.<ref name="i" />


ONG y organizaciones privadas

Las organizaciones privadas y las ONGs apoyan a las comunidades indígenas en procesos de visibilizacion de la situación del conflicto de sus territorios, además ayudan a generar espacios para la puesta en marcha de iniciativas que ayuden a mitigar estas multiples problematicas. La organización Human Rights Watch ONG internacional defensora de los Derechos Humanos Human Rights Watch brinda acompañamiento al pueblo Awa en casos infortunados como masacres y desplazamientos. <ref name="rs">Revista Semana. ACNUR y Human Rights rechazan masacre indígena en Nariño. Recuperado de http://www.semana.com/nacion/conflicto-armado/articulo/acnur-human-rights-watch-rechazan-masacre-indigenas-narino/100023-3 </ref>

Organizaciones locales como FUNDEPAZ acompañan a las comunidades en espacios propios, debido a la confianza y agradecimiento que estas les tiene, recientemente esta organización formó parte del Encuentro de Intercambio de Experiencias de Organizaciones Etnicoterritoriales del Proyecto Bosques y Territorio con ACIN, realizado en el Predio el Verde Diviso, jurisdicción del Municipio de Barbacoas, departamento de Nariño, un evento apoyado por la organización Oxfam GB que es una organización internacional, británica, de carácter independiente, de cooperación y acción humanitaria. El principal objetivo de este evento fue Propiciar un espacio de aprendizaje y reflexión sobre mecanismos de protección y control del territorio, a partir de las experiencias de las guardias Indígenas de ACIN, UNIPA y los cabildos de Chigorodó y Mutatá con las organizaciones afrodescendientes e indígenas que no tienen Guardia, que permita el conocimiento y fortalecimiento de mecanismos de abordaje y problemáticas concretas, especialmente de las mujeres participantes en estos procesos. Participaron las siguientes organizaciones: la Asociación de cabildos Indígenas del Norte del cauca- ACIN, la Unidad Indígena del Pueblo Awá-UNIPA, el Cabildo Mayor de Mutatá, el cabildo Mayor de Chigorodo, el Consejo Comunitario Mayor de la Asociación Campesina Integral del Medio Atrato- COCOMACIA, EL Consejo Mayor del Alto Guapi, la Federación de la Comunidad Awá del Ecuador-FCAE y el Cabildo Mayor Awá de Ricaurte- CAMAWARI<ref name="fpd"> Fundación Paz y Desarrollo. Noticias. Recuperado de http://www.fundepaz.org/index.php/noticias/1-noticia1</ref>


Agencias de cooperación internacional

Nariño es uno de los departamentos en los que la cooperación internacional hace mayor presencia debido a la situación actual de conflicto que padece. Se encuentran la mayoria las agencias del SNU como los ACNUR, PNUD, FAO, OIM, ONUMUJERES, UNODC y OCHA, que interactúan con cooperantes como el NRC, la AECID, OXFAM, Solidaridad Internacional, entre otros.

Estos desarrollan procesos de fortalecimiento de gobernabilidad, autonomía, derecho propio, seguridad alimentaria, mujer y genero, derechos humanos, entre otros. Un ejemplo claro de intervención en los territorios es el “Programa Conjunto Ventana de Paz” que busca consolidar las capacidades, activos locales y regionales para la construcción de la paz y el desarrollo, mediante el fortalecimiento de la institucionalidad democrática, la participación ciudadana, la convivencia y el desarrollo socio-económico sostenible, e incorporando las perspectivas étnico-cultural y de género como condición necesaria para avanzar en el logro de los ODM. Se realiza en municipios de la costa pacífica y de la frontera andina del Departamento de Nariño, región que registra índices de violencia, pobreza, y una concentración de cultivos ilícitos superiores al promedio nacional. Se propone implementar un modelo innovador de construcción de paz con enfoque territorial y de género replicable en otras regiones del país a través de iniciativas estratégicas para la prevención y gestión de crisis y conflictos, para el fortalecimiento del Estado de derecho y para la recuperación de los medios de vida y la promoción del desarrollo socio-económico.<ref name="pcv">1. Programa Conjunto Ventana de Paz. Inicio. Recuperado de http://www.ventanadepaz.org/ </ref>

Así mismo en años anteriores la cooperación Vasca a través de la Organización MUNDUBAT apoyo a ACIESNA en proyectos como Restablecimiento de condiciones de seguridad alimentaria indígena del pueblo Eperara – Siapidaara en el Departamento de Nariño y Fortalecimiento Del Sistema Tradicional de Producción como Estrategia para el Ejercicio Del Control Territorial del Pueblo Eperara Siapidaara y Empoderamiento de las Mujeres Indígenas en la Organización.<ref name="pvpi"> Plan de Vida del Pueblo Indígena Eperara – Siapidaara de Nariño, 2005. Tachi Ode T´tadama ~ RETOMEMOS NUESTRO CAMINO. </ref>

La Red Latinoamericana de Juventudes Rurales, El Banco interamericano de Desarrollo y BID Juventud Programa de Desarrollo y Alcance Juvenil, ofrecen el Concurso Latinoamericano de Proyectos Juveniles Rurales que para el caso del Pueblo de los Pastos se propueso por parte de los y las jóvenes “Capacitar de forma estratégica a 600 jóvenes del resguardo de Cumbal con el desarrollo de actividades organizativas y conocimientos propios indígenas que posibiliten el fomento de las habilidades y valores de la cultura, a la vez, permitan recrear las prácticas tradicionales existentes en el resguardo. Y en el termino de 20 meses tener mínimo una organización constituida por cada vereda y cada una con su iniciativa presentada al centro de la juventud.” <ref name="bid">Banco Interamericano de Desarrollo. Concurso Latinoamericano de Proyectos Juveniles Rurales. Recuperado de http://www.relajur.org/concurso/proyecto_completo.php?id=315</ref>

Lo anterior evidencia el apoyo de la cooperación internacional en diversos temas buscando la participación eficaz y eficiente de las comunidades en los procesos realizados.


Aspectos jurídicos y legales

Trámites y necesidades en materia territorial

En 1558 la Corona Española realizó el primer censo de la población indígena andina, contabilizando 19.000 familias en lo que en la actualidad es el Departamento de Nariño. Algunos pueblos desaparecieron totalmente, mientras que en los restantes se ha dado un fenómeno gradual de disminución de la población. Todo como consecuencia de la resistencia a la invasión española, la desigualdad y la discriminación hacia el mestizaje social que, sumados al despojo injusto de las tierras, han llevado a los pueblos indígenas a someterse a cambios en su pensamiento, cultura usos y costumbres, hasta su transformación y adaptación hacia formas culturales de la sociedad no indígenas. Lo anterior se une a una situación de opresión que ocasionó la renuncia a la propiedad social y comunal de la tierra, hecho que llevó a la adopción obligatoria del concepto de propiedad privada e introdujo a las comunidades en una economía de mercado en condiciones de marginación. Hoy en día el Departamento al que pertenece el resguardo presenta una distribución inequitativa de la tierra, ya que la mayor parte, especialmente aquella que es apta para actividades agrícolas, se encuentra en muy pocas manos<ref name="hj">Houghton, J. (2008). Legalización de los territorios indígenas de Colombia. En La tierra contra la muerte. Conflictos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Centro de Cooperación al Indígena CECOIN. Organización Indígena de Antioquia OIA.</ref>. La etnia que posee el resguardo, manifiesta que la UNIPA, y posteriormente CAMAWARI, han incorporado una política de consolidación de sus territorios mediante la legalización de los resguardos ante el Gobierno Nacional, por lo que destinan parte de sus recursos para conseguir este objetivo legal<ref name="g" />. El resguardo obtiene su titulación mediante la Resolución 028 del 10 de Abril de 2003, del INCORA<ref name="inco">INCORA. (2003). Resolución No. 028. Bogotá.</ref>. Necesidades: Es preciso promover acciones en favor de la protección de la diversidad y la conservación biológica del territorio, atendiendo especialmente los derechos de las comunidades en cuanto al acceso a la propiedad de los recursos genéticos y a la participación en el proceso de reconocimiento de los territorios indígenas como entidades territoriales del país; además, se requiere de una atención especial y un apoyo constante a la cultura y necesidades particulares de estos sectores. Es de vital importancia desarrollar proyectos que busquen el fortalecimiento de la cultura y la calidad de vida de la población<ref name="gn" />.


Instrumentos internacionales, jurisprudenciales, legales y generales

Buscando el desarrollo de una mayor autonomía y en procura del respeto por el territorio indígena, dentro del marco de sus propias leyes, costumbres y derechos, el Consejo Superior de la Judicatura, junto con la Organización Indígena de Colombia, ha convenido el respeto por estas autonomías, mediante el establecimiento de: “los mecanismos de coordinación, participación, y cooperación para la ejecución del proyecto “Apoyo a la Coordinación entre la Jurisdicción Especial Indígena y el Sistema Judicial Nacional”; y entre el Consejo Superior de la Judicatura y la ONIC, con el fin de mejorar el acceso a los servicios de justicia de los territorios indígenas, garantizando y fortaleciendo el reconocimiento a la diversidad étnica en la aplicación de los sistemas de justicia de cada pueblo”<ref name="ii">Instituto Interamericano de Derechos Humanos. (2010). Coordinación entre sistemas jurídicos y administración de justicia indígena en Colombia. San José de Costa Rica: Editorial Servicios Especiales del IIDH.</ref>. Según la Corte Constitucional en orden emitida por el Auto 174 de 2011:

  • “Simultáneamente, y también como medida cautelar tendiente a proteger los derechos territoriales del Pueblo Indígena Awa, se ordenará al Ministro del Interior y de Justicia, al Director de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, al Ministro de Agricultura y Desarrollo Territorial, al Director del Instituto Colombiano para el Desarrollo Rural-INCODER, al Superintendente de Notariado y Registro, al Instituto Geográfico Agustín Codazzí IGAC, y a las Personerías de los municipios de Ipiales, Mallama, Ricaurte, Barbacoas, Roberto Payán, Samaniego, Santacruz-Guachavez y Tumaco, en el Departamento de Nariño; y Puerto Asís, Valle del Guamuez, San Miguel, Orito, Puerto Caicedo y Villa Garzón, en el Departamento del Putumayo, que dentro del marco de sus competencias y de manera articulada pongan en marcha, en el plazo máximo de dos (2) meses, la ruta étnica de protección, presentada por Acción Social. Dicha ruta contendrá el procedimiento para la protección y salvaguarda de los derechos territoriales del pueblo Awa, mediante la identificación, la caracterización, el registro y la publicidad de las afectaciones territoriales relacionadas con la situación del desplazamiento, a través de la activación de mecanismos estatales efectivos para superar la perturbación del goce al derecho territorial y patrimonial de las comunidades Awa. Así mismo, dicha ruta deberá servir para detectar posibles amenazas y fuentes de despojo.
  • En atención a lo anterior, también se ordenará a los Ministros de Minas y Energía, de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, de Transporte, de Defensa, a los Gobernadores de los Departamentos de Nariño y Putumayo y a los (las) alcaldes (esas) de los municipios de Ipiales, Mallama, Ricaurte, Barbacoas, Roberto Payán, Samaniego, Santacruz-Guachavez y Tumaco, en el Departamento de Nariño; y Puerto Asís, Valle del Guamuez, San Miguel, Orito, Puerto Caicedo y Villa Garzón, del Departamento del Putumayo, adoptar de manera coordinada con las entidades relacionadas en el párrafo anterior, las medidas que encuentren pertinentes para coadyuvar con la implementación de la ruta étnica enunciada y remitir al Ministerio del Interior, de manera periódica, toda la información pertinente sobre actividades, obras y proyectos de exploración, explotación o construcción que se adelanten en el territorio del pueblo Awa o en sus cercanías, así no hayan sido objeto de consulta con el pueblo Awa.
  • La asignación de recursos a las distintas entidades que tienen competencia en la ruta de protección para el cumplimiento de la presente orden, deberá ser demostrada por el Departamento Nacional de Planeación con la ficha del Proyecto registrado en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional, y deberá ser presentada a la Corte Constitucional, dentro de los dos (2) meses siguientes a la notificación del presente auto. Sobre el avance en el cumplimiento de la presente orden, el Ministerio del Interior deberá presentar el 20 de noviembre de 2011 a la Corte Constitucional, un informe conjunto a nombre de las autoridades nacionales y territoriales concernidas, sobre los resultados obtenidos”<ref name="cc11">Corte Constitucional. (2011). Auto 174. Bogotá.</ref>.

La Corte Constitucional, con el aval de la Constitución Política, ha afirmado en la Sentencia T-769 de 2009, que es necesario reconocer la diversidad étnica y cultural de la Nación. Lo anterior, dado como principio fundamental desde el punto de vista democrático, participativo y pluralista del país. Así, estas comunidades indígenas comparten costumbres ancestrales, hecho que implica un esquema de valores propios que identifican su cultura y su tradición; por esta razón gozan de un trato constitucional especial que define a los resguardos como propiedades colectivas, de naturaleza inajenable, inalienable, imprescriptible e inembargable. Tales características especifican el derecho de las comunidades sobre su propiedad colectiva como factor de suma importancia, ya que permite el respeto de su cultura, valores propios y de sus características como comunidad indígena, que son reconocidas por convenios internacionales, igualmente ratificados por el Congreso<ref name="cc9">Corte Constitucional. (2009). Sentencia T-769. Bogotá.</ref>. Mediante Sentencia SU-039 de 1997, la Corte Constitucional afirma que la comunidad indígena ha pasado de la realidad fáctica y legal a su constitución objetiva como sujeto de derechos fundamentales. Así, deja en claro que la explotación de recursos en las zonas correspondientes al territorio indígena, debe hacerse de manera proporcional, de tal forma que el Estado propenda por la integridad social, cultural y económica de dichas comunidades. Lo anterior, en aras del respeto a los derechos fundamentales del colectivo, que es efectivamente una entidad cohesionada como grupo humano y como cultura<ref name="cc97">Corte Constitucional. (1997). Sentencia SU-039. Bogotá. </ref>. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia, sugiere al Estado que, en coordinación con los representantes y voceros de las comunidades afectadas, adopte y aplique las medidas necesarias para que la población cuente con la presencia de las instituciones estatales, y de esta forma evitar la violación de los Derechos Humanos. Lo anterior compromete al Gobierno para brindar el apoyo político y económico que sea necesario, así como a contribuir en la gestión de una presencia permanente de la Defensoría del Pueblo en la región<ref name="offi">Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2002). Informe de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, sobre su Misión de Observación en el Medio Atrato. Documento interno.</ref>.


Conflicto armado interno, DDHH y DIH

Violaciones DDHH

El Resguardo está ubicado en el Municipio de Ricaurte; cuenta con una ubicación estratégica y yacimientos de oro, zinc, cobre, plata, platino y molibdeno<ref name="ods">Observatorio por los derechos y la supervivencia de los pueblos indígenas de Colombia. (2012). S.O.S a la ONU y la Corte Penal Internacional sobre el exterminio del pueblo Awá de Colombia. Recuperado de http://observatorioadpi.org/sites/default/files/S.O.S._%20ONUyCPI_%20Exterminio_Pueblo_%20AWA.pdf </ref>. Se encuentra en la región con mayor cantidad de bosques húmedos en América, reconocida a nivel internacional como espacio de gran riqueza natural; este tipo de condiciones han llevado a que diversas organizaciones, legales e ilegales, se interesen en ocupar y explotar la región. La zona se encuentra en condiciones de vulnerabilidad frente a la presencia de actores armados, legales e ilegales, que se disputan el control territorial. Al tiempo, distintas multinacionales tienen intereses económicos alrededor de la explotación de los recursos naturales y en su afán de conseguir sus objetivos, violan los derechos de los pueblos indígenas que habitan ancestralmente el territorio y destruyen el patrimonio ambiental. Entre los derechos más fuertemente ignorados de los pueblos indígenas, se encuentran:

  • Derecho a la vida.
  • Derecho a la libertad.
  • Derecho a la salud
  • Derecho a vivir en paz.
  • Derecho a la seguridad.
  • Derecho a no ser discriminado.
  • Derecho a la integridad física y mental.
  • Derecho a la libre determinación.
  • Derecho a la autonomía y el autogobierno.
  • Derecho al consentimiento libre, previo e informado.
  • Derecho a no ser desplazado por la fuerza de sus tierras.
  • Derecho a no ser sometido a genocidio ni a ningún otro acto de violencia.
  • Derecho a que no se desarrollen actividades militares en tierras o territorios indígenas.
  • Derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras y recursos.
  • Derecho a las tierras, territorios y recursos que se han poseído tradicionalmente, ocupado, utilizado o adquirido.
  • Derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticas, económicas y sociales.


Infracciones al DIH

Entre las múltiples infracciones al Derecho Internacional Humanitario, se encuentran:

  • Incursiones.
  • Ataques a la infraestructura del resguardo.
  • Reclutamiento forzado: los responsables de este tipo de actividad son los grupos al margen de la ley, que se valen de los niños, niñas y jóvenes indígenas para utilizarlos en sus acciones.
  • Persecuciones.
  • Violencia de género.
  • Secuestros: el 25 de Agosto de 2004 las FARC secuestraron al Alcalde Indígena, a su conductor y a su escolta en el territorio al que pertenece este resguardo.
  • Tratos crueles inhumanos o degradantes: el 13 de Junio de 2005 la Policía incurrió en abuso de autoridad y agresiones personales contra 3 indígenas Awá en la estación de policía.
  • Ocupación y destrucción de bienes protegidos, sitios comunitarios, viviendas o escuelas: el 2 de Febrero de 2007, el Ejército Nacional realizó operativos en la región y efectuó ataques que no consideraron a la población civil, éstos provocaron la destrucción de bienes de la comunidad.
  • Desaparición forzada: el 28 de Septiembre de 2006, en el municipio de Ricaurte, al que pertenece este resguardo, integrantes de la Columna Mariscal Sucre de las FARC, raptaron y desaparecieron a José Valenzuela y John Jairo Valenzuela.
  • Detenciones arbitrarias: el DAS y la Policía Nacional cometieron actos de abuso de autoridad en este resguardo; obligaron a 200 indígenas a entregar sus celulares y tomaron sus huellas digitales sin orden judicial.
  • Presencia de actores armados en el territorio: existe actividad armada de fuentes legales e ilegales, que realizan operaciones por el control territorial; dictan sus propias normas y reglas de comportamiento y ejercen el control del territorio y de la jurisdicción indígena, utilizan a civiles como informantes, convirtiéndolos de esta manera en objetivos militares que son atacados por los otros bandos.
  • Señalamientos y estigmatización: grupos armados legales e ilegales acusan a los indígenas de la etnia Awá de ser colaboradores o parte de los bandos que participan del conflicto, esto convierte a la comunidad en objetivo militar y la hace vulnerable frente a los ataques de cualquiera de los grupos armados.
  • Restricciones: los grupos armados presentes en el territorio aplican medidas que impiden la movilidad, hecho que imposibilita la libre circulación de las personas, el transporte de alimentos y de artículos de primera necesidad. Las restricciones a la movilidad descritas generan a la vez el confinamiento de las comunidades, puesto que no pueden desarrollar normalmente sus actividades cotidianas y tradicionales, y ponen en riesgo la salud y la seguridad alimentaria de los habitantes del resguardo.
  • Cultivos ilícitos: la presencia de este tipo de cultivos está ligada directamente a la política antinarcóticos que se implementa en los Departamentos de Putumayo, Cauca y Caquetá, que ha llevado a que la población dedicada a esta actividad se trasladara a Nariño, hecho que ha tenido un alto impacto en las dinámicas socioeconómicas locales.
  • Además, la política de erradicación de cultivos ilícitos tiene como uno de sus ejes principales la realización de fumigaciones y éstas se efectúan, sin realizar consulta previa con el pueblo indígena, en sectores aledaños a los resguardos. Con ello se ha puesto en riesgo el medio ambiente, debido a la contaminación de fuentes hídricas, la salud de los habitantes, quienes denuncian serias afectaciones dermatológicas, digestivas, respiratorias y visuales, especialmente en niños y adultos mayores, y la seguridad alimentaria del pueblo indígena, porque los animales de cría y los cultivos de pancoger se ven afectados y deteriorados irremediablemente. En este sentido, es posible citar el caso ocurrido el 25 de Diciembre de 2006, cuando la comunidad de este resguardo se vio afectada por fumigaciones aéreas y sufrió la pérdida de bienes y la contaminación de aguas.
  • Por otro lado, la presencia de monocultivos legales e ilegales, ha generado cambios en la estructura de la propiedad de la tierra, puesto que en la actualidad se han desarrollado enormemente los latifundios para la explotación industrial de diferentes productos.
  • La existencia de cultivos ilícitos y monocultivos ha provocado problemas territoriales, debido a que encarece la tierra e imposibilita a los pueblos indígenas su adquisición para ampliar sus resguardos, además, permite la venta indebida de parcelas dentro de los resguardos y la presencia de población no indígena que trata de apropiarse de las tierras mediante el engaño o la violencia, generando situaciones de desplazamiento.
  • Amenazas de muerte: se han presentado diversos actos de este tipo en contra de indígenas, familias, comunidades, líderes y directivos de organizaciones Awá. En Mayo de 2006 fueron amenazados por guerrilleros de las FARC, varios líderes de la organización indígena CAMAWARI en el Municipio al que pertenece este resguardo. Por otra parte, el 12 de Agosto de 2006, el comandante de las AUC amenazó y fijó un plazo para la salida de 21 personas del territorio, entre indígenas Awá y población mestiza de Altaquer.
  • Asesinatos: los grupos armados ilegales han hecho de la comunidad Awá una víctima constante de homicidios. Esto se debe en gran parte a señalamientos equivocados en contra de los miembros de la comunidad de pertenecer o colaborar con los bandos que intervienen en el conflicto; también se han cometido asesinatos debido a que los indígenas se rehúsan a colaborar con los grupos armados y por tratar de escapar de la región para salvar su vida, luego de que han sido amenazados. Sin embargo, es necesario aclarar que no existe información exacta al respecto, ya que la población tiene miedo de denunciar.
  • Los grupos armados legales, como el Ejercito, también han cometido excesos en contra de la población del resguardo; se han conocido casos en los que habitantes indígenas han sido detenidos arbitrariamente, torturados, asesinados y posteriormente reportados como guerrilleros muertos en combate; además de esta situación, se presenta maltrato físico, verbal y psicológico que causa miedo y desplazamiento, y el robo de comida de restaurantes escolares, cultivos de pancoger, animales de corral y de cría en territorios indígenas<ref name="cc9" />.
  • Tortura: el 2 de Diciembre de 2006, miembros de la Policía Nacional torturaron al indígena Jesús Orlando Chicaiza Rodríguez, que se encontraba detenido en la Estación de Policía de Ricaurte<ref name="cinep">CINEP. (2011). Banco de Datos. Derechos Humanos y violencia política. Recuperado de http://www.nocheyniebla.org/</ref>.
  • El resguardo se encuentra en la zona de influencia del Plan IIRSA (Iniciativa de Infraestructura Regional para Suramérica), que tiene un tramo denominado Carretera Tumaco-Pasto, de 284 kilómetros en el corredor Multimodal Tumaco-Belém do Pará, Eje Amazonas. A pesar de que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial consideró que el proyecto es ambientalmente viable, INVIAS no ha presentado aún el Plan de Manejo Ambiental para el desarrollo de la obra antes de la construcción<ref name="carar">Caracterización Resguardos. (sf). Nariño, Índice General. Documento interno.</ref>.
  • Desplazamientos forzados: la etnia Awá, a la cual pertenece este resguardo, es una de las más afectadas por el fenómeno de desplazamiento forzado, y se han presentado actos que involucran esta problemática en distintos sentidos, como: individuales y masivos definitivos, temporales, interveredales y de reincidencia<ref name="cc9" />. Es posible reconocer el problema si se observa, por ejemplo, el desplazamiento masivo del 3 de agosto de 2006, cuando 1816 indígenas de esta etnia se vieron obligados a abandonar el resguardo debido a enfrentamientos entre el Ejército Nacional y la guerrilla<ref name="onic2">ONIC. (2012). Sistema de Información de la Consejería de DDHH de la ONIC. Recuperado de http://192.168.0.12/ddhh/www/</ref>
  • Presencia y accidentes con Minas antipersonales (MAP) y Municiones sin estallar (MUSE): utilizadas por los grupos armados ilegales como estrategia para frenar el avance de los adversarios; son ubicadas en territorios indígenas que son paso obligatorio, en lugares sagrados, sitios de caza y pesca, sometiendo así a las comunidades a afectaciones físicas y psicológicas, cuyos principales afectados son los niños<ref name="cc9" />. El 18 de Agosto de 2007, dos indígenas Awá fueron víctimas de campos minados instalados en sus territorios<ref name="onic" />.
  • Amenazas: el 12 de Febrero de 2008 se presentaron amenazas en contra de Organización Unidad Indígena del Pueblo Awá –UNIPA-, a través de un correo electrónico, enviado por el grupo paramilitar “Organización Nueva Generación”, en el que se tilda a la organización indígena de guerrillera.
  • Detenciones arbitrarias: el 26 de Octubre de 2005, el Sargento Ramírez de la Policía Nacional, detuvo a dos líderes indígenas Awá: el Coordinador de Justicia del Cabildo Mayor del pueblo Awá de Ricaurte y el Secretario General de la Organización Zonal CAMAWARI; el hecho sucedió en la vereda Chucunés, del Municipio de Mallama, luego de ser retenidos fueron llevados al Municipio de Ricaurte<ref name="i" />.

Actores armados

Grupos armados ilegales:

  • FARC: Frente 29.
  • ELN: Mártires de Barbacoas<ref name="carar" />.
  • Grupos paramilitares post desmovilización de las autodefensas: Rastrojos y Águilas Negras<ref name="dp7">Defensoría del Pueblo. (2007). Sistema de Alertas Tempranas. (Nota de Seguimiento N°007-11. Tercera Nota al Informe de Riesgo N° 029-07). Bogotá. Documento interno.</ref>.

Fuerza Pública:

  • Brigada XXIX del Ejército: creada en el año de 2005 para ejercer control sobre la zona de expansión de cultivos ilícitos y para que realice labores de erradicación, fumigaciones e incautaciones de insumos.
  • Brigada Móvil XIX del Ejército: creada en 2007 para contribuir con el desarrollo de las tareas de erradicación de la Brigada XXIX<ref name="pr6">Presidencia de la República. (sf). Derechos Humanos y DIH, República de Colombia, diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref>.

Respuestas al conflicto

La Corte Constitucional, mediante Auto 174 de 2011, solicita al Ministro del Interior y de Justicia que, de manera coordinada con los Ministros de Hacienda y Crédito Público, de Educación Nacional, de la Protección Social, de Defensa Nacional, los Directores del Departamento de Planeación Nacional, del Programa Presidencial para la Acción Integral contra las Minas Antipersona, y de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional-Acción Social, así como al Gobernador del Departamento de Nariño, que:

  • “Adopten como medida cautelar un Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, que atienda de manera inmediata e integral las necesidades más apremiantes de seguridad física – incluida la relativa al desminado humanitario , de atención humanitaria en salud, educación, refugio o alojamiento temporal y cualquier otra medida urgente requerida para asegurar la pervivencia del Pueblo Awá, de tal manera que ofrezca una respuesta de atención continua, temporal y congruente con la crisis humanitaria que padece esta etnia, tendiente a garantizar su vida física y cultural, su integridad, seguridad y dignidad, mientras se avanza de manera acelerada en el cumplimiento de las órdenes impartidas en el auto 004 de 2009.
  • Las medidas adoptadas para garantizar la seguridad del pueblo Awá en el marco del Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, deberán dar plena aplicación a los principios del DIH, de tal manera que las autoridades responsables, al evaluar las distintas alternativas operativas y estratégicas posibles, opten por aquella que implique mejores resultados en términos de seguridad y de protección efectiva de los derechos del Pueblo Awá, así como medidas concretas para reducir los riesgos que puedan surgir como reacción a la presencia de la Fuerza Pública. Las medidas de protección a la vida y a la integridad personal, que deban adoptarse de manera urgente e inaplazable, no requerirán ser consultadas previamente.
  • Sin embargo, las medidas relativas a los demás componentes del Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, deberán ser consultadas con la comunidad en el espacio creado al instalarse la consulta para efectos de cumplimiento del auto 004 de 2009, según lo ordenado en este Auto.
  • Esta medida cautelar además deberá ser formulada e implementada de manera coordinada entre las distintas entidades involucradas, del orden nacional, departamental y municipal, dando aplicación adecuada a los principios de concurrencia y subsidiariedad, de tal manera que se garantice la atención integral y el uso adecuado de los recursos y que cumplirá con las siguientes características: (1) Deberá mantenerse hasta tanto entren en operación efectiva el Plan de Salvaguarda Étnica del Pueblo Awá y el Programa de Garantía de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y persistan las actuales condiciones de inseguridad, necesidad y vulnerabilidad; (2) adopción, como medida cautelar, no sustituirá ni aplazará el cumplimiento de lo ordenado en el auto 004 de 2009, en relación con el Pueblo Awá, ni con los demás pueblos indígenas protegidos por el mismo”<ref name="cort">Corte Constitucional. (2011). Auto No. 174. </ref>.

La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ACNUR, destaca la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento, a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes, para la comunidad, de las operaciones militares<ref name="acnur">ACNUR (2006). Colombia, desplazamiento indígena y política pública: paradoja del reconocimiento. San José de Costa Rica.</ref>. Por su parte, la ONU en la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, ratifica el derecho de estos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo con sus necesidades e intereses. Además, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos<ref name="onu">ONU (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los pueblos indígenas. (61/295).</ref>. El convenio 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas y Tribales, ratificado por el Estado colombiano y aprobado por el Congreso, mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales<ref name="oit">OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países. Independiente, 2003. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf</ref>. Según el Auto 004 de 2009, el Estado colombiano tiene la obligación de prevenir las causas de desplazamiento forzado y atender con enfoque diferencial a la población indígena que lo padece; para ello, ordena que se diseñen e implementen planes de salvaguarda étnicos y programas de garantías de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y el conflicto armado<ref name="cc9" />.


  1. == Referencias ==
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