Diferencia entre revisiones de «Resguardo Embera Chamí de Altomira»
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− | Intervención: Presencia de cultivos de café (Coffea arabica), plátano (Musa spp.), frutales y pastos de corte.<ref name="estudios"> IGAC. (2004). Estudio General de Suelos del Departamento de Risaralda. Bogotá. Recuperado de http://geoportal.igac.gov.co:8888/siga_sig/Agrologia.seam | + | '''Intervención:''' Presencia de cultivos de café (''Coffea arabica''), plátano (''Musa spp.''), frutales y pastos de corte.<ref name="estudios"> IGAC. (2004). Estudio General de Suelos del Departamento de Risaralda. Bogotá. Recuperado de http://geoportal.igac.gov.co:8888/siga_sig/Agrologia.seam |
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− | Fenómenos de degradación en los suelos del resguardo: Susceptibilidad a procesos erosivos que pueden ser acelerados por malas prácticas de manejo<ref name="practicas"> Ídem. | + | |
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Igualmente el convenio 169 de la OIT sobre pueblos Indígenas y tribales, ratificado por el Estado Colombiano y aprobado por el Congreso mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales<ref name="ancestrales"> OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf | Igualmente el convenio 169 de la OIT sobre pueblos Indígenas y tribales, ratificado por el Estado Colombiano y aprobado por el Congreso mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales<ref name="ancestrales"> OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf | ||
</ref>. | </ref>. | ||
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+ | == Conflicto armado interno, DDHH y DIH == | ||
+ | === Violaciones DDHH === | ||
+ | Risaralda, Departamento al cual pertenece el resguardo, se encuentra ubicado en el centro occidente del país, limita al sur con Quindío y Valle del Cauca, al norte con Antioquia y Caldas, al oriente con Tolima, al occidente con Valle del cauca y al noroccidente con Chocó<ref name="chocó"> Alojado el Galeón. (s.f.). Risaralda. Recuperado de http://manaprogramaciones.galeon.com/productos1550982.html | ||
+ | </ref>. Por su posición geográfica que limita con Departamentos que tienen salidas estratégicas como el Valle del Cauca y Chocó, este Departamento se convierte en lugar de importancia para los grupos armados ilegales<ref name="ilegales"> Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx. | ||
+ | </ref>, convirtiendo a estas comunidades en víctimas de violaciones a los Derechos Humanos como: | ||
+ | *Derecho a la vida. | ||
+ | *Derecho a la libertad. | ||
+ | *Derecho a la salud. | ||
+ | *Derecho a vivir en paz. | ||
+ | *Derecho a la seguridad personal. | ||
+ | *Derecho a la integridad física y mental. | ||
+ | *Derecho a la libre determinación. | ||
+ | *Derecho a la autonomía y el autogobierno. | ||
+ | *Derecho al consentimiento libre, previo e informado. | ||
+ | *Derecho a no ser desplazado por la fuerza de sus tierras o territorios. | ||
+ | *Derecho a que no se desarrollen actividades militares en sus tierras o territorios. | ||
+ | *Derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras o territorios y recursos. | ||
+ | *Derecho a las tierras, territorios y recursos que se han poseído tradicionalmente, ocupado, utilizado o adquirido. | ||
+ | *Derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticas, económicas y sociales<ref name="sociales"> ONU. (2007). Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. | ||
+ | </ref>. | ||
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+ | === Infracciones al DIF === | ||
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+ | Este pueblo que ha estado expuesto a confrontaciones armadas entre grupos legales e ilegales, ha sufrido múltiples infracciones al Derecho Internacional Humanitario, entre las que se encuentran: | ||
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+ | *Confrontaciones armadas, por el control territorial. | ||
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+ | *Homicidios causados por las confrontaciones armadas y los grupos armados ilegales. | ||
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+ | *Masacres, ya que el Departamento al que pertenece el resguardo registra 5 víctimas de masacres. | ||
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+ | *Minas antipersonales a lo largo del Departamento al que pertenece el resguardo. | ||
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+ | *Secuestros, con el fin de causar temor a la comunidad<ref name=2recuperado">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx. | ||
+ | </ref>. | ||
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+ | *Reclutamientos forzados por parte de los grupos armados ilegales. | ||
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+ | *Bombardeos, maltratos y señalamientos por parte de los grupos al margen de la ley. | ||
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+ | *El Auto 004 expone que: “Los Emberá-Chamí de Risaralda denuncian, en medio del conflicto armado: la presencia de actores armados en su territorio; actividades de explotación maderera y minera, por multinacionales y por los grupos armados ilegales; combates en sus territorios y bombardeos; maltratos por los actores armados; señalamientos por los desertores de la guerrilla que son incorporados como informantes, y posteriores desplazamientos; bloqueo de alimentos; reclutamiento forzado de jóvenes y niños; desconocimiento de las autoridades: cabildos, jaibanás, alguaciles; y ocupación de instalaciones, escuelas, y casas. Explican que en su territorio grupos armados pasan y exigen alojamiento o permiso para cocinar en las casas; las familias quedan así comprometidas, y los otros grupos las señalan de colaboradoras”<ref name="señalan">Corte Constitucional. (2009). Auto 004. Bogotá: Corte Constitucional. | ||
+ | </ref>. | ||
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+ | === Actores armados === | ||
+ | Grupos armados ilegales: | ||
+ | *Grupos Narcoparamilitares. | ||
+ | *Rastrojos. | ||
+ | *Aguilas Negras. | ||
+ | *Los Paisas. | ||
+ | *ELN<ref name="iss">Punto de Encuentro. (2012). Cartografía del conflicto: Narcoparamilitares y Guerrilla. Recuperado de:http://www.setianworks.net/indepazWeb/wp-content/uploads/2012/03/revista_PE58.pdf | ||
+ | </ref>. | ||
+ | *FARC frentes 47 y 9. | ||
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+ | Fuerza Pública: | ||
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+ | *Ejército Nacional Batallón de Infantería No. 22 Ayacucho, el Batallón | ||
+ | San Mateo, la III División del Ejército, la VIII Brigada Móvil del Ejército. | ||
+ | *Comando Departamental de Policía de Risaralda<ref name="pdf">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx.</ref>. | ||
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+ | === Respuestas al conflicto === | ||
+ | *El Observatorio de Derechos Humanos de la Presidencia de la República, ha informado que: “En concordancia con esta situación su plan de acción se propone la reducción de las muertes violentas a través de talleres de promoción sobre Derechos Humanos y DIH; capacitar en el mismo tema al 70% de los centros educativos y las Juntas de Acción Comunal; reducir la violencia intrafamiliar con la creación y el fortalecimiento de las escuelas de padres. | ||
+ | Estas actividades, desarrolladas de manera conjunta por el Ministerio del Interior y de Justicia y la Gobernación de Risaralda, en el marco de la Estrategia de Descentralización de la Política Pública de Derechos Humanos y DIH, parten de un diagnóstico concertado entre los actores involucrados. El Plan de acción departamental, que es la carta de navegación, ya está listo y tanto la Gobernación como las organizaciones sociales están dispuestas a reactivar escenarios representativos para debatir y concretar logros. Los municipios, en el mismo rumbo, han puntualizado sus directrices en los planes de acción locales. El proceso deja como testimonio la capacidad de los risaraldenses para detectar sus necesidades y su habilidad para elaborar planes y estrategias para encontrar rutas de conciliación. La voluntad política de las administraciones locales y el trabajo coordinado con los líderes sociales ha sido el mayor insumo para concretar resultados. A futuro, estas cualidades y el reconocido don de su gente para solucionar cualquier dificultad, hacen de Risaralda un escenario propicio para que siga siendo un terreno fértil para los Derechos Humanos”<ref name="dond>Presidencia de la República. (s.f.). Planes de Acción en DDHH, como Carta de Navegación en Risaralda. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/PNA/Departamentos/Especiales/paginas/descentralizacionrisaralda.aspx</ref>. | ||
+ | *La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos –ACNUR-, sugiere la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes de las operaciones militares en la comunidad protegida por el Derecho Internacional Humanitario<ref name="pipp">ACNUR. (2006). Desplazamiento indígena y política pública: paradoja del reconocimiento. San José de Costa Rica.</ref>. | ||
+ | *Por su parte la ONU, en su Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas, ratifica el derecho de éstos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo a sus necesidades e intereses. Por otro lado, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos<ref name="mane">ONU. (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. (61/295).</ref>. | ||
+ | *Igualmente el convenio 169 de la OIT sobre pueblos Indígenas y tribales, ratificado por el Estado Colombiano y aprobado por el Congreso mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales<ref name="lamp">OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf</ref>. |
Revisión actual - 01:57 31 mar 2022
Descripción geofísica
Localización geográfica
Está ubicado en la parte central del municipio de Marsella, en el departamento de Risaralda<ref name="sigot">SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/</ref>
Geología estructural
En el área se presentan macizos aplanados en el Terciario Inferior<ref name="sigot" />
Geomorfología
Relieve
En la zona se encuentran vertientes medias, relictos de superficies de aplanamiento con cobertura de cenizas volcánicas<ref name="sigot" /> Dentro de las formaciones superficiales que ocurren en la zona, se encuentran arenas de desagregación con espesores superiores a 5 metros y cenizas volcánicas con espesores de 1 metro aproximadamente<ref name="idem">Idem</ref>.
Modelado
En la zona se encuentran colinas y lomeríos<ref name="sigot" /> Ocurren procesos de modelado por escurrimiento superficial difuso y concentrado<ref name="idem">Idem</ref>. Los procesos secundarios son: Procesos de remoción en masa tipo derrumbe. Solifluxión. Desplomes y derrubios al pie de las cornisas. Desplomes en bermas de cauces<ref name="idem">Idem</ref>. Se encuentra paisaje de montaña estructural erosional con inclinación mayor al 50% y drenaje imperfecto a excesivo<ref name="idem">Idem</ref>
Descripción biótica y ambiental
Características biofísicas
Zonas de vida y biomas
De acuerdo al Sistema de Clasificación de Zonas de Vida de Holdridge, el área del resguardo corresponde a la zona de vida de bosque muy húmedo Premontano (bmh-PM)ref name="sigot">SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/</ref> Respecto a los biomas, según el Módulo de Información Geográfica del Observatorio de Territorios Étnicos y el Mapa de Ecosistemas Continentales, Marinos y Costeros de Colombia, el área pertenece a los Orobiomas Bajos de los Andes.
Áreas para la conservación y traslape con áreas protegidas
El resguardo no se traslapa con áreas protegidas para la conservación<ref name="etnoterritorios">Observatorio de Territorios Étnicos. (s.f). Sistema de Información Geográfico -SIG. Recuperado de http://etnoterritorios.org/mig/map.phtml</ref> Es importante resaltar que los resguardos tienen una función ecológica y social<ref name="decreto"> Decreto 2164. (7 de diciembre de 1995). Ministerio De Agricultura </ref>, por lo que las comunidades indígenas que los habitan juegan un papel determinante en la conservación de los ecosistemas que les proveen recursos, y que son el hábitat de numerosas especies indispensables para el mantenimiento de las tradiciones culturales, las dinámicas ecológicas de los ecosistemas y la preservación de las fuentes de agua y la calidad del aire.
Biodiversidad
Introducción
Actualmente, el municipio de Marsella presenta una problemática ambiental que amenaza con la biodiversidad del territorio. Los modelos actuales de consumo y uso de recursos no garantizan la sostenibilidad de los mismos. Los suelos se están degradando aceleradamente y las especies vegetales y animales están desapareciendo a un ritmo sin precedentes<ref name="marsella"> Alcaldía Municipal de Marsella (2008). Plan de Desarrollo 2008 - 2011 “Construyendo Confianza”. Recuperado de http://marsella-risaralda.gov.co/apc-aa-files/66396262376138333766363863323662/PLAN_DE_DESARROLLO_2008_2011.pdf</ref>
Fauna
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Flora
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Uso de los recursos naturales renovables
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Impacto ambiental
Proyectos
De acuerdo al Mapa de Área Petrolera en Resguardos, de abril del 2011, este está declarado como área de hidrocarburos, susceptible a afectaciones dentro y en áreas adyacentes<ref name="geograhiando"> Geographiando 2.0. (s. f). Áreas petroleras dentro de resguardo. Recuperado de http://geographiando.hrev.org/2011/05/15/area-petrolera-en-resguardos/</ref>
Contaminación
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Cultivos de uso ilícito
No se encontraron registros de cultivos de uso ilícito dentro del resguardo para el año 2011.
Planes de manejo y ordenamiento ambiental territorial
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Sistemas de organización y formas de gobierno
Gobierno propio y ley de origen
Ejercicio de soberanía sobre el territorio
El pueblo Emberá del resguardo habita en un universo comprendido de forma integral; cada uno de sus componentes guarda relaciones de reciprocidad. Dentro de este ordenamiento del cosmos, los Emberá son Gente del maíz, planta que fue robada por sus antepasados para ser domesticada y en base a ella crear la chicha. La chica personifica la constante interacción de elementos humanos y sobrenaturales que generan la vida<ref name="siru">Azcárate, L; Perafán, C & Zea, H. (2010). Sistemas Jurídicos Tukano, Guambiano, Sikuani. Bogotá: Ministerio de Cultura, ICANH.</ref>.
“Para que la selva persista y les permita vivir en ella, deben tratarla como lo que es, un todo cuyos elementos están siempre en relación. Agua, vegetación, animales de selva, río y aire, se interfluyen y se transforman unos en otros en un ciclo de intercambios siempre repetido, el de la vida”<ref name="vasco">Vasco, L.G. (1989). Los Emberá- en guerra contra los cangrejos. En Correa, F. La Selva Humanizada. Bogotá: ICANH. Pp.143</ref>
Autoridades tradicionales: transmisión de autoridad y conocimiento sobre el territorio
El resguardo cuenta con una serie de autoridades tradicionales, quienes en su rol de médicos son parte fundamental en la conservación del equilibrio del territorio. La principal autoridad tradicional entre los Emberá es el Jaibaná: “Es el especialista entre los Emberá, quien controla las esencias y entabla relación con los diversos mundos. Su condición de ser jaibaná le permite penetrar en la esencialidad de las cosas, entabla comunicación con ellas, volviéndolas sus aliados para curar o agredir”<ref>Ulloa. E. A. (1992). Grupo indígena Los Emberá. En Instituto Colombiana de Cultura Hispánica. (Ed.) Geografía Humana de Colombia Región del Pacífico. (Tomo IX pp.93-131). Bogotá: Instituto Colombiana de Cultura Hispánica. </ref>.
El conocimiento del jaibaná se aprende mediante el estudio dedicado de las plantas y sus funciones medicinales. El hombre o mujer que decida seguir el jaibanismo debe acercarse a un sabio jaibaná para recibir la enseñanza. No existe ninguna norma que establezca quien puede ser jaibaná o no, excepto que debe superar los doce años de edad<ref name="norma">Idem.</ref>.
Además del jaibaná, el botánico desempeña un papel importante pues tras años de estudio y experimentación, posee también amplios conocimientos del manejo de las plantas. Aunque no trasciende a las relaciones espirituales como los jaibanás, el botánico es consultado por los pacientes ante cualquier enfermedad cotidiana<ref name="jaibana">Además del jaibaná, el botánico desempeña un papel importante pues tras años de estudio y experimentación, posee también amplios conocimientos del manejo de las plantas. Aunque no trasciende a las relaciones espirituales como los jaibanás, el botánico es consultado por los pacientes ante cualquier enfermedad cotidiana3</ref>.
Instituciones políticas y sociales indígenas
Autoridades y representantes
La organización del resguardo está cimentada en las relaciones familiares; los extensos grupos familiares representan la unidad básica alrededor de la cual se encuentra organizada la población. De otro lado, el resguardo se organiza políticamente mediante la forma de Cabildo, elegido democráticamente, en concordancia con la Ley 89 de 1890<ref name="resolucion">Resolución N° 01 de 1998. (1998). Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA). Bogotá: INCORA. </ref>.
El Cabildo se consolidó como forma organizativa entre los años 1990 y 1992, el proceso estuvo motivado por el reconocimiento de derechos y territorio del pueblo Emberá
Espacios y acciones de reclamación y reconocimiento de derechos
El resguardo, representado por las autoridades de su Cabildo, hace parte de los procesos organizativos del Consejo de Autoridades Tradicionales Indígenas de Risaralda (CRIR), organización de carácter regional, con sede en Pereira, capital del Departamento. El CRIR, surgió en el año 1999 con el objetivo de ser la representación de la población indígena del Departamento en los niveles regional y nacional, ejerciendo jurisdicción organizativa
De otro lado es importante anotar que el resguardo hace parte de los procesos organizativos que han dado lugar a la consolidación de la propuesta de construcción del Plan de Salvaguarda del pueblo Emberá Chamí.
Dicho documento se erige como el fundamento para la defensa de los derechos de este pueblo que, según la Corte Constitucional, se encuentra en grave riesgo de desaparición física y cultural<ref name="constitucional">Auto 004 de 2009. (2009). Corte Constitucional. Recuperado de http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/autos/2009/a004-09.htm</ref>.
Jurisdicción especial indígena
El sistema jurídico del pueblo Emberá Chamí parte de un mecanismo de control que refleja una comprensión dual del cosmos: Humano y natural. De esta manera, las relaciones humanas se desarrollan en el seno de la naturaleza y cualquier inconveniente en una u otra esfera, se expresa en enfermedad colectiva que afecta ambas dimensiones<ref name="morr">Bravo, M. (2011). Convergencia metodológica Eco II. Recuperado de http://www.valledelcauca.gov.co/publicaciones.php?id=5202 </ref>.
La primera esfera de control de la vida es entonces la mágico-religiosa, manejada por los Jaibanás. Esta esfera más que correctiva es preventiva; se concentra en regular las relaciones entre los seres humanos y Jais o espíritus de la naturaleza, de manera que los Jais estén a su favor, garantizando la pervivencia del ecosistema y la abundancia de recursos naturales para la comunidad. La segunda esfera es estrictamente humana, en ella actúan dos niveles: el de las Mayorías y el del Cabildo. Las Mayorías están compuestas por segmentos de la sociedad Emberá, que se organizan a partir de lazos consanguíneos y cuyo mecanismo de solución de conflictos parte de la compensación, por lo que las ofensas suelen pagarse a través de la entrega de cerdos, principalmente. El segundo nivel es más centralizado y parte del Cabildo, este órgano es el encargado de citar a reuniones para solucionar conflictos, en donde acuden las partes involucradas, aunque dependiendo de la gravedad del caso, puede citarse a la comunidad en general. La validez de las decisiones tomadas depende de que se haya citado de manera adecuada a las mayorías consanguíneas involucradas. En estas reuniones se confrontan los resultados de la investigación previamente adelantada por el Cabildo, y se discute la imputación de penas; si hay consenso se aplica la pena que considere la Asamblea, de no ser así, el Gobernador del Cabildo elige la pena, que incluye desde compensación del daño con bienes materiales, hasta condenas a cepo por varios días<ref name="tukano">Azcárate, L; Perafán, C & Zea, H. (2010). Sistemas Jurídicos Tukano, Guambiano, Sikuani. Bogotá: Ministerio de Cultura, ICANH. </ref>.
Finalmente, es importante anotar que, en el ejercicio del Derecho Propio y Jurisdicción Especial Indígena, las autoridades del resguardo, junto con el pueblo Emberá de Risaralda, expidieron el 23 de febrero del 2008 una resolución respecto a la mendicidad indígena. Por medio de está, se deja clara la posición contraria frente a dicha práctica; representa un detrimento para la cultura e identidad del pueblo. Se tomó entonces la determinación de aplicar sanciones drásticas, en colaboración con el Estado y la Justicia Ordinaria, para detener y sancionar esta práctica<ref name="justicia">Colombia para todos. (2008). Autoridades indígenas expidieron resolución contra las prácticas de mendicidad que ejercen algunas familias. Recuperado de http://www.colombiaparatodos.net/noticias-colombia_para_todos-articulo-autoridades_indgenas_expidieron_resolucin_contra_las_prcticas_de_mendicidad_que_ejercen_algunas_familias-seccion-politica.htm </ref>.
Relación con actores e instituciones no indígenas
Autoridades e instituciones estatales y privadas
Las autoridades del resguardo, en el marco de los procesos de negociación y gestión con entidades públicas y privadas que hacen presencia en el territorio, han entablado relaciones con dichas instituciones buscando generar procesos de reivindicación y concertación en el manejo conjunto de los espacios en los que comparten jurisdicción. Es importante entonces mencionar la relación entablada con las siguientes entidades:Alcaldía Municipal de Marsella: el gobierno municipal es la entidad territorial encargada de la administración del presupuesto del Sistema General de Participaciones (SGP) asignado a los resguardos indígenas. El gobierno municipal de Marsella ha formulado en el Plan de Desarrollo para los años 2008 a 2011, algunas estrategias encaminadas al fortalecimiento de la población indígena. De las líneas de acción propuestas, es importante destacar la iniciativa de generar acuerdos para la puesta en marcha de los Planes de Vida Indígenas, de otro lado se propone la capacitación de la población con el objetivo de generar opciones de empleo e incrementar los ingresos familiares y comunitario, impulsando así la consolidación de proyectos productivos indígenas<ref name="alcaldia">Alcaldía de Marsella. (2008). Plan de Desarrollo Municipal 2008-2011. Recuperado de http://www.marsella-risaralda.gov.co/planeacion.shtml?apc=plxx-1-&x=1915302 </ref>.
Ministerio del Interior-Ecopetrol S.A.: El Ministerio del Interior emite certificación en la que declara la presencia del resguardo ante la solicitud de la institución en mención, que se encuentran en proceso de ejecución del proyecto “Actualización del plan de manejo ambiental para el sistema de transporte Puerto Salgar-Cartago-Yumbo”, el cual presenta influencia directa en los territorios del resguardo, por lo que se insta a la institución a iniciar el proceso de consulta previa con las autoridades indígenas
Ministerio del Interior-INGEOMINAS: El Ministerio del Interior emite certificación en la que declara la presencia del resguardo ante la solicitud de la institución en mención, que se encuentran en proceso de ejecución del proyecto “Cartografía Geofísica a adelantar en el año 2011”, el cual presenta influencia directa en los territorios del resguardo, por lo que se insta a la institución a iniciar el proceso de consulta previa con las autoridades indígenas
Relaciones interétnicas
Según información aportada por la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, en la región coexisten diferentes formas de organización y entidades territoriales; es posible destacar la presencia de comunidades negra, lo que permite entrever las relaciones establecidas entre estos y la comunidad indígena
Actores armados
El Departamento de Risaralda constituye una zona de especial interés geográfico para las estructuras armadas; su conexión con los Departamentos de Antioquia, Tolima, Caldas, Valle del Cauca y Chocó, le otorga características importantísimas de movilidad, especialmente en la consolidación de corredores hacia el océano Pacífico, lo que permite el tráfico de estupefacientes, armas e insumos. Lo anterior representa condiciones favorables para los grupos armados, sus intereses territoriales y económicos asociados al narcotráfico.
Resguardos fronterizos
No Aplica.
Suelos
Características de los suelos
Los suelos donde se localiza el resguardo Altomira se caracterizan por: Derivarse en su mayor parte de espesos mantos de cenizas volcánicas. Presentan además características como texturas franco finas, contenidos altos de materia orgánica, pobres en bases moderadamente fértiles, altamente fijadores de fosforo y de reacción fuerte a moderadamente acida<ref name="general"> IGAC. (2004). Estudio General de Suelos del Departamento de Risaralda. Bogotá. Recuperado de http://geoportal.igac.gov.co:8888/siga_sig/Agrologia.seam</ref>.
Uso, vocación y potencialidades de los suelos
Gobierno propio y ley de origen
Ejercicio de soberanía sobre el territorio
El pueblo Emberá del resguardo habita en un universo comprendido de forma integral; cada uno de sus componentes guarda relaciones de reciprocidad. Dentro de este ordenamiento del cosmos, los Emberá son Gente del maíz, planta que fue robada por sus antepasados para ser domesticada y en base a ella crear la chicha. La chica personifica la constante interacción de elementos humanos y sobrenaturales que generan la vida<ref name="perafan"> Azcárate, L; Perafán, C & Zea, H. (2010). Sistemas Jurídicos Tukano, Guambiano, Sikuani. Bogotá: Ministerio de Cultura, ICANH. </ref>. “Para que la selva persista y les permita vivir en ella, deben tratarla como lo que es, un todo cuyos elementos están siempre en relación. Agua, vegetación, animales de selva, río y aire, se interfluyen y se transforman unos en otros en un ciclo de intercambios siempre repetido, el de la vida”<ref name="guerra"> Vasco, L.G. (1989). Los Emberá- en guerra contra los cangrejos. En Correa, F. La Selva Humanizada. Bogotá: ICANH. Pp.143 </ref>.
Autoridades tradicionales: transmisión de autoridad y conocimiento sobre el territorio
territorio. La principal autoridad tradicional entre los Emberá es el Jaibaná: “Es el especialista entre los Emberá, quien controla las esencias y entabla relación con los diversos mundos. Su condición de ser jaibaná le permite penetrar en la esencialidad de las cosas, entabla comunicación con ellas, volviéndolas sus aliados para curar o agredir”<ref name="ulloa"> Ulloa. E. A. (1992). Grupo indígena Los Emberá. En Instituto Colombiana de Cultura Hispánica. (Ed.) Geografía Humana de Colombia Región del Pacífico. (Tomo IX pp.93-131). Bogotá: Instituto Colombiana de Cultura Hispánica. </ref>. El conocimiento del jaibaná se aprende mediante el estudio dedicado de las plantas y sus funciones medicinales. El hombre o mujer que decida seguir el jaibanismo debe acercarse a un sabio jaibaná para recibir la enseñanza. No existe ninguna norma que establezca quien puede ser jaibaná o no, excepto que debe superar los doce años de edad<ref name="años"> Idem. </ref>. Además del jaibaná, el botánico desempeña un papel importante pues tras años de estudio y experimentación, posee también amplios conocimientos del manejo de las plantas. Aunque no trasciende a las relaciones espirituales como los jaibanás, el botánico es consultado por los pacientes ante cualquier enfermedad cotidiana<ref name="diaz"> Díaz. R. (2006). La medicina tradicional Embera: entrevista con el dirigente embera Gusman Caisamo. Recuperado de http://www.visionchamanica.com/Medicinas_alternativas/medicina_embera.htm </ref>.
Instituciones políticas y sociales indígenas
Autoridades y representantes indígenas: elección o designación
La organización del resguardo está cimentada en las relaciones familiares; los extensos grupos familiares representan la unidad básica alrededor de la cual se encuentra organizada la población. De otro lado, el resguardo se organiza políticamente mediante la forma de Cabildo, elegido democráticamente, en concordancia con la Ley 89 de 1890<ref name="incora"> Resolución N° 01 de 1998. (1998). Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA). Bogotá: INCORA. </ref>. El Cabildo se consolidó como forma organizativa entre los años 1990 y 1992, el proceso estuvo motivado por el reconocimiento de derechos y territorio del pueblo Emberá.
Espacios y acciones de reclamación y reconocimiento de derechos
El resguardo, representado por las autoridades de su Cabildo, hace parte de los procesos organizativos del Consejo de Autoridades Tradicionales Indígenas de Risaralda (CRIR), organización de carácter regional, con sede en Pereira, capital del Departamento. El CRIR, surgió en el año 1999 con el objetivo de ser la representación de la población indígena del Departamento en los niveles regional y nacional, ejerciendo jurisdicción organizativa
De otro lado es importante anotar que el resguardo hace parte de los procesos organizativos que han dado lugar a la consolidación de la propuesta de construcción del Plan de Salvaguarda del pueblo Emberá Chamí.
Jurisdicción especial indígena
El sistema jurídico del pueblo Emberá Chamí parte de un mecanismo de control que refleja una comprensión dual del cosmos: Humano y natural. De esta manera, las relaciones humanas se desarrollan en el seno de la naturaleza y cualquier inconveniente en una u otra esfera, se expresa en enfermedad colectiva que afecta ambas dimensiones<ref name="bravo"> Bravo, M. (2011). Convergencia metodológica Eco II. Recuperado de http://www.valledelcauca.gov.co/publicaciones.php?id=5202 </ref>. La primera esfera de control de la vida es entonces la mágico-religiosa, manejada por los Jaibanás. Esta esfera más que correctiva es preventiva; se concentra en regular las relaciones entre los seres humanos y Jais o espíritus de la naturaleza, de manera que los Jais estén a su favor, garantizando la pervivencia del ecosistema y la abundancia de recursos naturales para la comunidad. La segunda esfera es estrictamente humana, en ella actúan dos niveles: el de las Mayorías y el del Cabildo. Las Mayorías están compuestas por segmentos de la sociedad Emberá, que se organizan a partir de lazos consanguíneos y cuyo mecanismo de solución de conflictos parte de la compensación, por lo que las ofensas suelen pagarse a través de la entrega de cerdos, principalmente. El segundo nivel es más centralizado y parte del Cabildo, este órgano es el encargado de citar a reuniones para solucionar conflictos, en donde acuden las partes involucradas, aunque dependiendo de la gravedad del caso, puede citarse a la comunidad en general. La validez de las decisiones tomadas depende de que se haya citado de manera adecuada a las mayorías consanguíneas involucradas. En estas reuniones se confrontan los resultados de la investigación previamente adelantada por el Cabildo, y se discute la imputación de penas; si hay consenso se aplica la pena que considere la Asamblea, de no ser así, el Gobernador del Cabildo elige la pena, que incluye desde compensación del daño con bienes materiales, hasta condenas a cepo por varios días<ref name="azcarate"> Azcárate, L; Perafán, C & Zea, H. (2010). Sistemas Jurídicos Tukano, Guambiano, Sikuani. Bogotá: Ministerio de Cultura, ICANH. </ref>. Finalmente, es importante anotar que, en el ejercicio del Derecho Propio y Jurisdicción Especial Indígena, las autoridades del resguardo, junto con el pueblo Emberá de Risaralda, expidieron el 23 de febrero del 2008 una resolución respecto a la mendicidad indígena. Por medio de está, se deja clara la posición contraria frente a dicha práctica; representa un detrimento para la cultura e identidad del pueblo. Se tomó entonces la determinación de aplicar sanciones drásticas, en colaboración con el Estado y la Justicia Ordinaria, para detener y sancionar esta práctica<ref name="colombia"> Colombia para todos. (2008). Autoridades indígenas expidieron resolución contra las prácticas de mendicidad que ejercen algunas familias. Recuperado de http://www.colombiaparatodos.net/noticias-colombia_para_todos-articulo-autoridades_indgenas_expidieron_resolucin_contra_las_prcticas_de_mendicidad_que_ejercen_algunas_familias-seccion-politica.htm </ref>.
Relación con actores e instituciones no indígenas
Autoridades e instituciones estatales y privadas
Las autoridades del resguardo, en el marco de los procesos de negociación y gestión con entidades públicas y privadas que hacen presencia en el territorio, han entablado relaciones con dichas instituciones buscando generar procesos de reivindicación y concertación en el manejo conjunto de los espacios en los que comparten jurisdicción. Es importante entonces mencionar la relación entablada con las siguientes entidades: Alcaldía Municipal de Marsella: el gobierno municipal es la entidad territorial encargada de la administración del presupuesto del Sistema General de Participaciones (SGP) asignado a los resguardos indígenas. El gobierno municipal de Marsella ha formulado en el Plan de Desarrollo para los años 2008 a 2011, algunas estrategias encaminadas al fortalecimiento de la población indígena. De las líneas de acción propuestas, es importante destacar la iniciativa de generar acuerdos para la puesta en marcha de los Planes de Vida Indígenas, de otro lado se propone la capacitación de la población con el objetivo de generar opciones de empleo e incrementar los ingresos familiares y comunitario, impulsando así la consolidación de proyectos productivos indígenas Ministerio del Interior-Ecopetrol S.A.: El Ministerio del Interior emite certificación en la que declara la presencia del resguardo ante la solicitud de la institución en mención, que se encuentran en proceso de ejecución del proyecto “Actualización del plan de manejo ambiental para el sistema de transporte Puerto Salgar-Cartago-Yumbo”, el cual presenta influencia directa en los territorios del resguardo, por lo que se insta a la institución a iniciar el proceso de consulta previa con las autoridades indígenas Ministerio del Interior-INGEOMINAS: El Ministerio del Interior emite certificación en la que declara la presencia del resguardo ante la solicitud de la institución en mención, que se encuentran en proceso de ejecución del proyecto “Cartografía Geofísica a adelantar en el año 2011”, el cual presenta influencia directa en los territorios del resguardo, por lo que se insta a la institución a iniciar el proceso de consulta previa con las autoridades indígenas
Relaciones interétnicas
Según información aportada por la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, en la región coexisten diferentes formas de organización y entidades territoriales; es posible destacar la presencia de comunidades negra, lo que permite entrever las relaciones establecidas entre estos y la comunidad indígena
Actores armados
El Departamento de Risaralda constituye una zona de especial interés geográfico para las estructuras armadas; su conexión con los Departamentos de Antioquia, Tolima, Caldas, Valle del Cauca y Chocó, le otorga características importantísimas de movilidad, especialmente en la consolidación de corredores hacia el océano Pacífico, lo que permite el tráfico de estupefacientes, armas e insumos. Lo anterior representa condiciones favorables para los grupos armados, sus intereses territoriales y económicos asociados al narcotráfico Es importante hacer referencia a la presencia de grupos armados en la zona, que en general ha sido diversa; la guerrilla de las FARC tuvo sus primeras incursiones en la región a partir del año 1990, mediante el frente 47 que opera en la frontera con el Departamento de Caldas. A su vez la guerrilla del ELN participa en la disputa territorial con las acciones de los frentes Ernesto Ché Guevara y Cacique Calarcá. Finalmente es importante anotar la presencia de grupos paramilitares, el Bloque Central Bolívar de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), ha generado múltiples procesos de desplazamiento forzado. No obstante la desmovilización de diferentes grupos paramilitares, se consolidaron nuevas estructuras delincuenciales. La economía narcotraficante ha tenido amplia vigencia en la zona; a partir del decaimiento del precio del Café, la población, presionada por la pobreza extrema, se une a los grupos delincuenciales de las estructuras del narcotráfico. Así mismo, tras los conflictos entre los Carteles de Cali y Medellín, gran parte de la población migró hacia Risaralda, donde se conformó el Cartel de Pereira, sumándose a los ya numerosos actores armados y ahondando la problemática del conflicto La disputa territorial entre los diferentes grupos presentes en la región crea condiciones de conflicto permanente, del que son víctimas las poblaciones indígenas, afectando no sólo sus derechos humanos, sino también el ejercicio de sus formas propias de gobierno y autonomía.
Resguardos fronterizos
No Aplica.
Uso, vocación y potencialidades de los suelos
Suelos
Características de los suelos
Los suelos donde se localiza el resguardo Altomira se caracterizan por: Derivarse en su mayor parte de espesos mantos de cenizas volcánicas. Presentan además características como texturas franco finas, contenidos altos de materia orgánica, pobres en bases moderadamente fértiles, altamente fijadores de fosforo y de reacción fuerte a moderadamente acida<ref name="organica"> IGAC. (2004). Estudio General de Suelos del Departamento de Risaralda. Bogotá. Recuperado de http://geoportal.igac.gov.co:8888/siga_sig/Agrologia.seam </ref>.
Condiciones actuales
Intervención: Presencia de cultivos de café (Coffea arabica), plátano (Musa spp.), frutales y pastos de corte.<ref name="estudios"> IGAC. (2004). Estudio General de Suelos del Departamento de Risaralda. Bogotá. Recuperado de http://geoportal.igac.gov.co:8888/siga_sig/Agrologia.seam </ref>.
Fenómenos de degradación en los suelos del resguardo: Susceptibilidad a procesos erosivos que pueden ser acelerados por malas prácticas de manejo<ref name="practicas"> Ídem. </ref>.
Vocación y recursos alternos
Utilidad
La susceptibilidad a la erosión, las pendientes pronunciadas, el poder de fijación fosfórica y la pobreza en bases de cambio son los factores limitantes de mayor importancia en el uso de estas tierras. No obstante, con adecuadas prácticas de conservación estas tierras se han dedicado con excelentes resultados al cultivo del café.<ref name="calo"> IGAC. (2004). Estudio General de Suelos del Departamento de Risaralda. Bogotá. Recuperado de http://geoportal.igac.gov.co:8888/siga_sig/Agrologia.seam </ref>
Recursos minerales
No hay reportes de explotación minera (oro, plata o platino) en el municipio de Marsella, donde se localiza el resguardo indígena<ref name="indigenas">IGAC. UPME. (2009) Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/PDF/SIGOT_EcoProduccionOroMpio_Nal.pdf? http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/PDF/SIGOT_EcoProduccionPlataMpio_Nal.pdf? http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/PDF/SIGOT_EcoProduccionPlatinoMpio_Nal.pdf? </ref>.
Importancia, uso y aprovechamiento actual
Prácticas productivas-UAF
Autóctonas, Agrícolas y Pecuarias: Este grupo se destaca por la dispersión de sus asentamientos ubicados sobre las cuencas de los ríos, en donde han desarrollado por cientos de años una cultura adaptada a los ecosistemas de selva húmeda tropical. Habitan en tambos rectangulares construidos en guadua, separados entre sí y ocupados por varias generaciones de una familia extensa. Actualmente los planes de vivienda impulsados por las entidades gubernamentales y religiosas, han propiciado la nucleación de sus asentamientos<ref name="planeacion">Departamento Nacional de Planeación (DNP). (2006). Los Pueblos Indígenas de Colombia en el Umbral del Nuevo Milenio, 2006. Recuperado de http://www.acnur.org/paginas/index.php?id_pag=5640</ref>.
La familia (hombre, mujer e hijos) es la unidad básica productora-consumidora de los Emberá. Vive en un tambo construido por sus miembros, quienes además fabrican todos los instrumentos y útiles necesarios para sus trabajos de producción. Las actividades cotidianas se extienden a la parentela, que constituye unidad de cooperación para trabajos más arduos y pesados, como la preparación de terrenos para cultivos, siembra, recolección, obtención de materias primas para vivienda, transporte de madera, etc. Actividades realizadas por sus miembros de acuerdo con la división sexual. El trabajo es un ideal cultural que proporciona todas las satisfacciones. La tierra es un resguardo comunal, por consiguiente los lugares donde se caza y recogen frutos no pertenecen a nadie, pues es un bien común. Cada quien comparte lo obtenido, pues la generosidad y la hospitalidad se encuentran entre los ideales Emberá más elevados<ref name="recuperado">Instituto Colombiano de Cultura Hispánica. (2004). Geografía Humana de Colombia. Región del Pacifico. Tomo IX. Los Emberá. Recuperado de http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/geografia/geograf/embera2.htm </ref>. El sistema de producción se basa en la agricultura de selva tropical, en parcelas donde cultivan café, cacao, chontaduro, maíz, frijol y caña de azúcar, entre otros productos. Además, practican la caza, la pesca, la recolección y en menor medida, la extracción de madera y oro<ref name="dnp">Departamento Nacional de Planeación (DNP). (2006). Los Pueblos Indígenas de Colombia en el Umbral del Nuevo Milenio. Recuperado de http://www.acnur.org/paginas/index.php?id_pag=5640.</ref>. Unidades Agrícolas Familiares (UAF): En todas las cifras se ha asumido que la totalidad de los territorios de los resguardos son de uso agropecuario o que están en condiciones de ser explotados para producir bienes. Este es un supuesto exagerado que no tiene en cuenta la cultura y tradiciones productivas, ni descuenta en los territorios colectivos las áreas protegidas o no aptas para la actividad productiva y tampoco descuenta los lugares sagrados o en donde está prohibida la actividad económica. Si se introduce, como corresponde, esta restricción, el cuadro de tenencia efectiva de tierra por parte de las comunidades indígenas varía considerablemente y no se podría hablar de ninguna forma equivalente a la mediana o gran propiedad, predominando microfundio y pequeña propiedad con menos de una UAF (5 hectáreas)<ref>Ministerio del Interior. Asuntos Indígenas. (2010). Proyecto de Protección de Tierras y Patrimonio de la Población Desplazada (PPTP). Bogotá</ref>.
Plan de desarrollo
Impactos en los territorios indígenas
El documento del plan de desarrollo del municipio mencionaba dos proyectos que involucraban a las comunidades indígenas que habitan el municipio. El primero consistía en el apoyo a la formulación y ejecución de los planes de vida, el segundo era de formulación y puesta en marcha de proyectos de tipo productivo para el beneficio de las mencionadas comunidades<ref name="marsell">Alcaldía Municipal de Marsella. (2008). Plan de Desarrollo Municipal 2008-2011. </ref>.
Estrategias de conservación
Entre las practicas de manejo que deben implementarse en estos suelos tenemos las siguientes: Efectuar las siembras siguiendo las curvas de nivel. Aplicar fertilizantes que suministren principalmente fosforo y potasio. Estas aplicaciones deben realizarse en forma fraccionada para controlar la fijación del fósforo. Control de malezas, plagas y enfermedades propias de cada cultivo. Aumentar el contenido de materia orgánica, adicionando abonos verdes, gallinaza y compost. Evitar el sobrepastoreo y realizar rotación de cultivos<ref name="muslo">IGAC. (2004). Estudio General de Suelos del Departamento de Risaralda. Bogotá. Recuperado de http://geoportal.igac.gov.co:8888/siga_sig/Agrologia.seam</ref>.
Planes de vida
Entre los principales componentes del plan de vida del Pueblo Emberá podemos encontrar: Control territorial y manejo de la biodiversidad, Gobierno indígena y control social, El sistema de salud desde la visión Emberá, Educación para la permanencia en el territorio y Desarrollo económico y productivo<ref name="congreso">Conclusiones II Congreso Emberá. (2010). Recuperado de http://indigena.todosatierra.com/?p=338</ref>
Demografía
Estructura, densidad y distribución poblacional
Censos y proyecciones
La población del resguardo Altomira pertenece al pueblo Emberá Chamí.
El censo DANE del 2005 reportó 29.094 personas auto-reconocidas como pertenecientes al pueblo Emberá Chamí, que representan el 2,1% de la población indígena de Colombia. El pueblo Embera Chamí se concentra en el departamento de Risaralda, en donde habita el 55,1% de la población (16.023 personas). Le sigue Caldas con el 24,8% (7.209 personas) y Antioquia con el 7,3% (2.111 personas).
Pueblo | Indígenas autoreconocidos en el censo del 2005 | Porcentaje población indígena nacional |
Emberá Chamí | 29.094 | 29.094 |
El Instituto Colombiano de Reforma Agraria por medio del Resolución de constitución 001 de 1998 constituyó el resguardo Altomira y adjudicó a la comunidad 49 hectáreas. La población del resguardo según:
- Resolución de constitución número 001 de 1998 –INCORA-: La comunidad estaba conformada por 130 personas agrupadas en 25 familias, de las cuales 72 eran hombres (55,4%) y 58 mujeres (44,6%).
- El Censo Nacional de 2005 del DANE: reportó 152 indígenas en el resguardo.
- Proyección estadística a 2012 –DANE-: se estima que para este año la población indígena del resguardo asciende a 171 personas.
La densidad de la población con respecto al año en que se constituyó el resguardo correspondía a 0,37 hectáreas por habitantes, y con base en la proyección poblacional del DANE para el año 2012, esta densidad es de 0,28 hectáreas por habitantes.
Relación poblacional del resguardo respecto al pueblo indígena.
Relación poblacional | Población según Censo 2005 | % Población |
Pueblo Emberá Chamí | 29.094 | 100% |
Resguardo Altomira | 152 | 0,52% |
La comunidad indígena Emberá Chamí de Altomira se encuentra asentada en las veredas Caracas y La Argentina, en el municipio de Marsella.
Las comunidades Emberá Chamí tienen un patrón de asentamiento disperso que los ubica en diferentes departamentos del territorio Colombiano, y en asentamientos en los países de Panamá y Ecuador. En su mayoría los Chamí habitan cerca al alto río San Juan en los municipios de Pueblo Rico y Mistrató en el departamento de Risaralda.
En el departamento de Risaralda las comunidades indígenas Emberá Chamí están asentadas en los municipios de Marsella, Mistrató, Pueblo Rico y Quinchía.
Sus asentamientos están conformados por la reunión de varias viviendas, generalmente se encuentra una casa comunal donde está el cepo y una escuela<ref name="ministerio">Ministerio de Cultura. (2010). Emberá Chamí. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/index.php?idcategoria=41768</ref>.
Sistemas de parentesco
Parentesco
La parentela es la base de la organización social de los Chamí y está integrada por padre, madre, hijos y sus respectivas familias. La familia se convierte en el principal escenario de control social y de reproducción cultural<ref name="chami">Ministerio de Cultura. (2010). Emberá Chamí. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/index.php?idcategoria=41768 </ref>.
La familia es considerada la célula básica de la sociedad, en promedio la conforman 5 o 6 personas. La endogamia caracteriza los enlaces que les permite mantener la identidad de la comunidad.
Movimientos migratorios y desplazamientos
Migración y desplazamiento
El pueblo Embera Chamí es uno de los 34 pueblos que el Auto 004 de 2009 de la Corte Constitucional declaró en riesgo de extinción física y cultural, a causa del conflicto armado interno y por las gravísimas violaciones a sus derechos fundamentales individuales y colectivos y del Derecho Internacional Humanitario. La presencia de actores armados legales e ilegales en territorio indígena, relacionada con actividades de narcotráfico, es el principal factor de riesgo para la supervivencia de los pueblos. Es la primera causa de desplazamiento forzado, ante la sucesión de masacres, asesinatos, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, amenazas, señalamientos y confrontaciones armadas, entre otros.
En algunas regiones del país, el desplazamiento forzado también está ligado a los intereses comerciales en los recursos naturales de sus territorios. Son frecuentes las alianzas entre actores armados y sector privado, con la finalidad de generar actos de violencia que provoquen el desplazamiento indígena para la implementación de grandes proyectos económicos.
Respecto a la situación del pueblo Embera Chamí, existen diferencias según sea el departamento en el cual se ubican. Los casos más relevantes de desplazamiento forzado y violaciones de derechos humanos por el conflicto armado, o al menos los más documentados por parte de las organizaciones indígenas y la Corte Constitucional, se corresponden a la población Chamí de los departamentos de Caldas y Risaralda.
Departamento de Risaralda El Auto 004 de la Corte Constitucional señala que, en Risaralda, el pueblo Embera Chamí se ha declarado en crisis humanitaria (ver Análisis focalizado de la situación de los pueblos indígenas, en anexos). En su territorio están presentes todos los actores armados, causando muertes, desapariciones, desplazados y amenazas, especialmente hacia los líderes indígenas. Según informaciones del CRIR, la mayoría de los líderes se encuentran amenazados, ya sea en forma directa o indirecta por grupos armados legales e ilegales, y varios dirigentes y autoridades indígenas ya han sido asesinados sin que hasta la fecha se haya podido aclarar el motivo final de los crímenes o los autores intelectuales de ellos, quedando todos ellos en la impunidad.
En medio del conflicto armado, los Embera Chamí denuncian, además de los descritos, los siguientes hechos: actividades de explotación maderera y minera por empresas multinacionales y por los grupos armados ilegales, combates en sus territorios y bombardeos, maltratos, señalamientos y posteriores desplazamientos, bloqueo de alimentos, reclutamiento forzado de jóvenes y niños, desconocimiento de las autoridades tradicionales, ocupación de instalaciones comunitarias y familiares<ref name="observatorio">Observatorio por la Autonomía y los Derechos de los Pueblos Indígenas Colombianos, (s.f). Recuperado de http://observatorioadpi.org/emberach</ref>.
Vulnerabilidad poblacional
En Risaralda, los Embera Chamí están asentados en los municipios de Marsella, Mistrató, Pueblo Rico y Quinchía. En esta zona, viven unas 22.000 personas, las cuales se encuentran en una situación preocupante, en la medida en que los territorios que habitan son pequeños bosques naturales, con poca posibilidad de producción, lo que repercute en la capacidad de esta comunidad para satisfacer sus necesidades alimentarias<ref name="isco">Ministerio de Cultura. (2010). Emberá Chamí. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/index.php?idcategoria=41768 </ref>.
Los Emberá Chamí fueron diagnosticados por la Corte Constitucional-en el marco del seguimiento a la superación del estado de cosas inconstitucional declarado en la sentencia T– 025 de 2004- como pueblos en riesgo de extinción física y cultural en el Auto 004 de 2009.
El Observatorio de Derechos Humanos de la Vicepresidencia de la República -2009- registró algunas de las problemáticas que afectan a los Emberá Chamí relacionadas con la violencia armada en sus territorios.
La presencia de grupos armados al margen de la ley en los departamentos de Caldas y Risaralda- y en los departamentos cercanos Antioquia, Chocó, Valle del Cauca y Tolima-; a través de los frentes 47, 9 y el frente Aurelio Rodríguez desde principios de los años ochenta. Dichas estructuras se conformaron en el Oriente antioqueño y generaron desplazamientos forzados, por causas como homicidios, masacres, amenazas y confrontaciones armadas.
Otros problemas se relacionan con el contacto permanente de los Chamí con la cultura occidental, que ha generado una pérdida considerable del conocimiento, usos y costumbres propios.
La unión de estos factores más dinámicas culturales adquiridas y transformadas internamente por las comunidades Chamí, han desembocado también en la configuración del gravísimo problema de la migración por grupos o individual a las cabeceras municipales y a las grandes ciudades del país como Bogotá, Medellín y Cali, que termina en el ejercicio de la mendicidad y de labores distintas a las de la cultura Emberá.
Los riesgos que enfrentan los Emberá Chamí debido al impacto negativo de la violencia armada en sus territorios, ha generado necesidades y retos que desafían a las autoridades indígenas, las comunidades de origen, a la estructura municipal, departamental y nacional<ref name="doli">Observatorio del programa presidencia de Derechos Humanos y DIH. (2010). Diagnóstico de la situación del pueblo indígena Embera Chamí. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/documents/2010/DiagnosticoIndigenas/Diagnostico_EMBERA%20CHAM%C3%8D.pdf</ref>.
Seguridad y soberanía alimentaria
Seguridad alimentaria
Producción y consumo
La producción de la comunidad Emberá Chamí de Altomira se basa en la subsistencia, caracterizada por la agricultura tradicional donde sobresalen los cultivos de café, plátano y cacao, algunos excedentes son comercializados.
Soberanía alimentaria
En Risaralda, los Embera Chamí están asentados en los municipios de Marsella, Mistrató, Pueblo Rico y Quinchía. En esta zona, viven unas 22.000 personas, las cuales se encuentran en una situación preocupante, en la medida en que los territorios que habitan son pequeños bosques naturales, con poca posibilidad de producción, lo que repercute en la capacidad de esta comunidad para satisfacer sus necesidades alimentarias<ref name="opi">Observatorio del Programa Presidencial de Derechos Humanos, Diagnóstico de la Situación del Pueblo Indígena Embera Chamí, (s.f). Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/documents/2010/DiagnosticoIndigenas/Diagnostico_EMBERA%20CHAM%C3%8D.pdf </ref>.
Salud y educación
Salud No hay una total cobertura en salud para las familias, el problema está en gran parte relacionado con la falta de documentación de los afiliados y los niños. Asimismo, hay dificultades en la interpretación de los símbolos, los códigos y la tramitología que manejan las instituciones de salud que son difíciles de interpretar para las familias que manejan poco el español, ya que además su nivel de escolaridad es muy bajo. Existen muchos casos de desnutrición en los niños y avitaminosis en los adultos además un alto porcentaje de parasitismo en los niños y niñas<ref name="olip">El Desplazamiento del Embera Chami, y su Nueva Cotidianidad en la Ciudad de Pereira, (s.f). Recuperado de http://repositorio.utp.edu.co/dspace/bitstream/11059/1581/1/30724T172.pdf </ref>.
Educación Las organizaciones han emprendido programas de etnoeducación que han sido reforzadas por los avances de las investigaciones lingüísticas, muchos maestros indígenas se han preparado para elaborar currículos propios de acuerdo a las necesidades y costumbres de cada territorio, esto se ha hecho de acuerdo a las normas establecidas por la constitución y el MEN acerca de la educación especial para comunidades étnicas<ref name="venite">Ídem.</ref>.
Oferta institucional
Oferta institucional
Estatal
La gobernación de Risaralda a través de su Plan de Desarrollo “Risaralda unida, incluyente y con resultados” 2012 - 2015, ofrece acompañar técnica e institucionalmente los "Planes de Vida" de la población indígena y "Consultivas" de la población afrorisaraldense, mediante el subprograma Etnias activas e informadas fortalecerá los espacios de interlocución entre la sociedad civil y el gobierno, generalmente se tornan complejos debido a la reivindicación de los intereses y aspiraciones de los grupos sociales. Es fundamental para esta administración generar espacios de divulgación diferenciados, acordes con las características particulares de comunicación e interacción de cada una de las etnias con presencia en el Departamento. Utilizará los procesos de rendición pública de cuentas, como escenario donde la gobernación deberá informar a las comunidades sobre las gestiones desarrolladas a favor de las comunidades y a su vez, los grupos étnicos tendrán la oportunidad de pronunciarse frente a los contenidos expresados, así como reclamar la garantía y la restitución de sus derechos, generando un diálogo donde la franqueza y el respeto entre las partes, redundará en el fortalecimiento de la confianza institucional en el Departamento. Se hará especial énfasis en el acompañamiento técnico a grupos poblacionales prioritarios en la protección y garantía de sus derechos: Mujeres, Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes, Víctimas del conflicto armado, personas en situación de discapacidad, población con diversidad sexual y de género y grupos étnicos<ref name="tecnico>Gobernación de Risaralda. Plan de Desarrollo Departamental “Risaralda unida, incluyente y con resultados” 2012 - 2015. Recuperado de http://www.risaralda.gov.co/sitio/main/index.php/normatividad/doc_view/766-006-de-may-22?tmpl=component&format=raw</ref>.
Organizaciones indígenas
Las organizaciones y asociaciones indígenas que hacen parte del departamento de Risaralda, tienen como principal objetivo fortalecer la organización indígena, la cual busca la consolidación y apropiación de cabildos y comunidades en lo organizativo, administrativo, social, cultural, económico, ambiental y político en la construcción de sus espacios de poder y liderazgo y logros en la reivindicación, autonomía y jurisdiccionalidad indígena en los territorios del departamento. Las actividades que desarrolla por las asociaciones indígenas de Risaralda, están encaminadas a la protección de los usos y costumbres al interior de los resguardos, con el objetivo de fortalecer las comunidades y de esa forma mantener la pervivencia de los grupos étnicos a través de los tiempos.
El resguardo, representado por las autoridades de su Cabildo, hace parte de los procesos organizativos del Consejo de Autoridades Tradicionales Indígenas de Risaralda (CRIR), organización de carácter regional, con sede en Pereira, capital del Departamento. El CRIR, surgió en el año 1999 con el objetivo de ser la representación de la población indígena del Departamento en los niveles regional y nacional, ejerciendo jurisdicción organizativa
De otro lado es importante anotar que el resguardo hace parte de los procesos organizativos que han dado lugar a la consolidación de la propuesta de construcción del Plan de Salvaguarda del pueblo Emberá Chamí<ref name="mili">https://siic.mininterior.gov.co/sites/default/files/pueblos_embera_chami_katio_dobida_eperara_siapidara_-_diagnostico_unificado.pdf</ref>.
Dicho documento se erige como el fundamento para la defensa de los derechos de este pueblo que, según la Corte Constitucional, se encuentra en grave riesgo de desaparición física y cultural<ref name="cult">Auto 004 de 2009. (2009). Corte Constitucional. Recuperado de http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/autos/2009/a004-09.htm </ref>.
ONG y organizaciones privadas
Con la intención de hacer posible el deseo del pueblo Embera y Chamí y Katío del departamento de Risaralda, de planear autónomamente el futuro de nuestra sociedad ancestral y pervivir en el tiempo y en el espacio, la Corporación Autónoma Regional de Risaralda –CARDER- ha apoyado a las Autoridades Tradicionales Indígenas de Risaralda –CRIR-, y sus comunidades, a través de la firma de Convenios que le han permitido hacer aportes económicos, acompañamiento con asesorías, metodologías y técnicas en la elaboración del plan de vida. Se han ejecutado convenios (convenios 038 de 2004, 029 de 2005, 028 de2006 y 455 de 2011) que han posibilitado a la dirigencia del CRIR y a las Autoridades Tradicionales Mayores y Menores de los territorios ancestrales, realizar diferentes actividades para levantar y convalidar información de primera mano sobre la realidad que viven las comunidades en los territorios indígenas. Con la firma 028 de 2006 se da continuidad al proceso de diagnóstico de la realidad Embera de Risaralda y se establece la obligación de documentar el plan de vida. Este Convenio se firmó con el representante de la Autoridad Tradicional de los Territorios Ancestrales de Risaralda (entidad pública de carácter especial, que representa los intereses del pueblo Embera Chamí y Katío del departamento) con el fin de agilizar los trámites administrativos y contribuir a las políticas de direccionamiento de la organización regional indígena. Este plan de vida se construyó en asambleas con las comunidades en los territorios y se alimentó de las orientaciones que trazó el IV congreso indígena de Risaralda. A continuación presentamos el Plan de Vida Embera formulado por las comunidades de los territorios ancestrales de Risaralda para los próximos años<ref name="dosg">orporación Autónoma Regional de Risaralda. Grupos Indígenas. Recuperado de http://www.carder.gov.co/web/es/grupos-indigenas </ref>.
Agencias de cooperación internacional
La cooperación internacional desarrolla procesos en el territorio risaraldense que permiten fortalecer los procesos internos de las comunidades indígenas. El proyecto Embera Wera (Mujer embera) se desarrolla en conjunto con el pueblo Emberá chamí de los resguardos indígenas de Mistrató y Pueblo Rico, el Consejo Regional Indígena de Risaralda (CRIR), instituciones del gobierno departamental y nacional, con el apoyo de la cooperación internacional en el país. El proyecto se integra al trabajo que hace tres años ha venido desarrollando la Mesa Interinstitucional Central para la promoción de los derechos de las mujeres Emberá de esos municipios. Esta Mesa está conformada por la Defensoría del Pueblo, el Ministerio del Interior y de Justicia, el ICBF, el Ministerio de Protección Social, el UNFPA (quien acompaña técnica y financieramente el proceso desde hace dos años) y el Programa Integral contra las Violencias de Género (MDG/F). El trabajo desarrollado por la Mesa Interinstitucional está orientado a la transformación de prácticas tradicionales nocivas para la vida y salud de las mujeres Emberá, especialmente a la superación de la práctica de la ablación genital femenina<refname="inss">UNFPA. Proyecto Embera Wera. Recuperado de http://www.unfpa.org.co/menuSupIzqui.php?id=26</ref>.
El desarrollo de la política de género, generación y familia de la OIA, cuyo objetivo es fortalecer la implementación de las Políticas de Género, Generación y Familia en las comunidades indígenas de Antioquia, Caldas y Risaralda – Colombia, viene siendo apoyada por recursos de la Embajada Española, de igual modo la articulación e incidencia de iniciativas regionales de la sociedad civil, que aporten a la promoción, defensa y exigibilidad de los derechos humanos, la consolidación de la democracia y la permanencia del estado social y de derecho en Colombia, están siendo apoyadas con recursos de la Unión Europea.
Contribuir a la erradicación de todas las formas de violencia de género (VBG), con especial énfasis en aquellas de mayor prevalencia y gravedad en el contexto nacional y regional: violencia de pareja, violencia sexual, trata de personas, violencia producida por actores armados ilegales y prácticas tradicionales que atentan contra los derechos de las mujeres indígenas, es la premisa adoptada por la Embajada de España la cual destina recursos importantes para la consecución de tal objetivo<ref name="paus">Departamento para la Prosperidad. Mapa Cooperación Internacional. Recuperado de http://www.accionsocial.gov.co/new_mapa/main.asp </ref>.
Aspectos jurídicos y legales
Trámites y necesidades en materia territorial
El resguardo se titula mediante Resolución No. 0001 del 11 de mayo de 1998 del INCORA<refname ="incora"> INCORA. (1998). Resolución 0001. Bogotá: INCORA.</ref> (hoy INCODER). De acuerdo con la Contraloría, el resguardo presenta distintos vacíos en cuanto a la falta de planeación, así como de procedimientos idóneos, que permitan identificar claramente el impacto de los proyectos en los que se ven involucradas las comunidades indígenas, por lo que resulta muy difícil determinar el grado de afectación de los recursos asignados o su correcta utilización, disminuyendo la posibilidad de que el territorio sea beneficiado como corresponde. El organismo de control encontró fallas a nivel estratégico, en lo que tiene que ver con el fin último de los proyectos para estas comunidades, es decir, optimizar los recursos destinados especialmente para lo relacionado con la cobertura de sus necesidades básicas, que son a su vez el eje fundamental para mejorar la calidad de vida del resguardo. Sumado a lo anterior, se encontraron gran cantidad de fallas relacionadas con la falta de estudios previos para llevar a cabo los proyectos, dichos estudios debieron, contrario a lo que sucedió, tener como punto de partida las necesidades de la comunidad que supuestamente se beneficiaría. La falta de este punto fundamental impidió la realización de principios de planeación contractual para llevar a cabo una correcta contratación. Por estas razones, los proyectos presentados por el resguardo no cumplen a cabalidad con sus necesidades prioritarias, ya que no se pueden evidenciar ni cuantificar los beneficios de las inversiones para las comunidades. Esto, sin contar con la falta de participación de las Secretarías de Planeación departamentales y municipales. Todas estas situaciones, han imposibilitado la optimización de las condiciones de vida del resguardo con mayor necesidad de atención, tales como suplir las necesidades básicas y aprovechar al máximo el territorio, lo cual permitiría a sus habitantes la oportunidad de ejercer a plenitud su derecho a la autonomía territoria<ref name="territorial"><ref> Contraloría General del Risaralda. (2012). Función Preventiva No. 022. Recuperado de http://contraloriarisaralda.gov.co/archivos/funciones%20preventivas/Funcion%20Preventiva%20No%20022%20(Situacion%20de%20riesgo%20recursos%20del%20SGP%20asignados%20para%20los%20resguardos%20indigenas%20del%20Risaralda).PDF </ref></ref>. En la actualidad existe un predio llamado Buenavista, adquirido mediante escritura pública No. 148, del 10 de mayo de 1974, en la Notaría Única de Marsella. Dicho territorio está pendiente de ser donado al Cabildo para dar cumplimiento al trámite de ampliación del resguardo, según compromiso plasmado en el Acta del 19 de febrero de 1998<ref name="resguardo"> Caracterización Resguardos. (s.f.). Índice Consolidado Resguardos Indígenas de Colombia. Documento interno. </ref>. Necesidades: Es fundamental implementar procedimientos encaminados a la creación de los diagnósticos necesarios para conocer las necesidades básicas insatisfechas del resguardo<refname="basica"> Contraloría General del Risaralda. (2012). Función Preventiva No. 022. Recuperado de http://contraloriarisaralda.gov.co/archivos/funciones%20preventivas/Funcion%20Preventiva%20No%20022%20(Situacion%20de%20riesgo%20recursos%20del%20SGP%20asignados%20para%20los%20resguardos%20indigenas%20del%20Risaralda).PDF </ref>. Igualmente, es necesario que el Departamento, en coordinación con las autoridades regionales indígenas, fortalezca las comunidades indígenas, de tal forma que se haga posible la realización de sus planes de vida y, así, se cumpla con una tarea fundamental para procurar la conservación de su cultura usos y costumbres
Instrumentos internacionales, jurisprudenciales, legales y generales
La Constitución Política de Colombia en su Artículo 7, afirma que: “El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación”<ref name="nacion">República de Colombia. (2007). Constitución Política de Colombia. Bogotá: Grupo Editorial Nueva Legislación Ltda.
</ref>. Por lo anterior, la Gobernación de Risaralda manifiesta en su Plan de Desarrollo que: “Es por ello que, a través de acciones coordinadas interistitucionalmente, y de acuerdo con su competencia y las leyes que rigen a cada comunidad, se trabajará, de manera participativa, en el fortalecimiento de los Planes de Vida de las comunidades indígenas y los Planes de Desarrollo de las comunidades afrorisaraldenses”
Cuando se trata de la consideración por la autonomía territorial, es necesario hacerlo a partir de términos de respeto por una jurisdicción indígena propia, para lo cual es posible retomar lo que la Corte Constitucional argumenta en la sentencia T-552 de 2003 cuando afirma que: “Hasta aquí se tendría que para que proceda la jurisdicción indígena sería necesario acreditar que 1) Nos encontramos frente a una comunidad indígena, que 2) Cuenta con autoridades tradicionales, que 3) Ejercen su autoridad en un ámbito territorial determinado. Lo anterior, sin embargo, no sería suficiente por cuanto se requiere, además, establecer la capacidad de esas autoridades de los pueblos indígenas para ejercer jurisdicción conforme a usos tradicionales. Esto es, puede existir un reconocimiento formal de resguardo y cabildo, pero no darse materialmente los supuestos de la jurisdicción, por carencia de normas y prácticas específicas de control social, por ausencia de procedimientos de juzgamiento, o porque las autoridades tradicionales han dejado de ejercer ese tipo de funciones”<ref name="carencia">Corte Constitucional. (2003). Sentencia T-552. Corte Constitucional.
</ref>.
Conflicto armado interno, DDHH y DIH
Risaralda, Departamento al cual pertenece el resguardo, se encuentra ubicado en el centro occidente del país, limita al sur con Quindío y Valle del Cauca, al norte con Antioquia y Caldas, al oriente con Tolima, al occidente con Valle del cauca y al noroccidente con Chocó<ref name="valle"> Alojado el Galeón. (s.f.). Risaralda. Recuperado de http://manaprogramaciones.galeon.com/productos1550982.html </ref>. Por su posición geográfica que limita con Departamentos que tienen salidas estratégicas como el Valle del Cauca y Chocó, este Departamento se convierte en lugar de importancia para los grupos armados ilegales<ref name="armados"> Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx. </ref>, convirtiendo a estas comunidades en víctimas de violaciones a los Derechos Humanos como: Derecho a la vida. Derecho a la libertad. Derecho a la salud. Derecho a vivir en paz. Derecho a la seguridad personal. Derecho a la integridad física y mental. Derecho a la libre determinación. Derecho a la autonomía y el autogobierno. Derecho al consentimiento libre, previo e informado. Derecho a no ser desplazado por la fuerza de sus tierras o territorios. Derecho a que no se desarrollen actividades militares en sus tierras o territorios. Derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras o territorios y recursos. Derecho a las tierras, territorios y recursos que se han poseído tradicionalmente, ocupado, utilizado o adquirido. Derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticas, económicas y sociales<ref name="onu">ONU. (2007). Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. </ref>.
Infracciones al DIF
Este pueblo que ha estado expuesto a confrontaciones armadas entre grupos legales e ilegales, ha sufrido múltiples infracciones al Derecho Internacional Humanitario, entre las que se encuentran:
Confrontaciones armadas, por el control territorial.
Homicidios causados por las confrontaciones armadas y los grupos armados ilegales.
Masacres, ya que el Departamento al que pertenece el resguardo registra 5 víctimas de masacres.
Minas antipersonales a lo largo del Departamento al que pertenece el resguardo.
Secuestros, con el fin de causar temor a la comunidad<ref name="comunidad">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx. </ref>.
Reclutamientos forzados por parte de los grupos armados ilegales.
Bombardeos, maltratos y señalamientos por parte de los grupos al margen de la ley.
El Auto 004 expone que: “Los Emberá-Chamí de Risaralda denuncian, en medio del conflicto armado: la presencia de actores armados en su territorio; actividades de explotación maderera y minera, por multinacionales y por los grupos armados ilegales; combates en sus territorios y bombardeos; maltratos por los actores armados; señalamientos por los desertores de la guerrilla que son incorporados como informantes, y posteriores desplazamientos; bloqueo de alimentos; reclutamiento forzado de jóvenes y niños; desconocimiento de las autoridades: cabildos, jaibanás, alguaciles; y ocupación de instalaciones, escuelas, y casas. Explican que en su territorio grupos armados pasan y exigen alojamiento o permiso para cocinar en las casas; las familias quedan así comprometidas, y los otros grupos las señalan de colaboradoras”<ref name="señal"> Corte Constitucional. (2009). Auto 004. Bogotá: Corte Constitucional.</ref>.A<ref>ctores armados</ref>
Actores armados
Grupos armados ilegales:
Grupos Narcoparamilitares. Rastrojos. Aguilas Negras. Los Paisas. ELN<ref name="eln">Punto de Encuentro. (2012). Cartografía del conflicto: Narcoparamilitares y Guerrilla. Recuperado de:http://www.setianworks.net/indepazWeb/wp-content/uploads/2012/03/revista_PE58.pdf
</ref>.
FARC frentes 47 y 9.
Fuerza Pública:
Ejército Nacional Batallón de Infantería No. 22 Ayacucho, el Batallón San Mateo, la III División del Ejército, la VIII Brigada Móvil del Ejército. Comando Departamental de Policía de Risaralda<ref name="policia">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx.
</ref>.
Respuestas al conflicto
El Observatorio de Derechos Humanos de la Presidencia de la República, ha informado que: “En concordancia con esta situación su plan de acción se propone la reducción de las muertes violentas a través de talleres de promoción sobre Derechos Humanos y DIH; capacitar en el mismo tema al 70% de los centros educativos y las Juntas de Acción Comunal; reducir la violencia intrafamiliar con la creación y el fortalecimiento de las escuelas de padres. Estas actividades, desarrolladas de manera conjunta por el Ministerio del Interior y de Justicia y la Gobernación de Risaralda, en el marco de la Estrategia de Descentralización de la Política Pública de Derechos Humanos y DIH, parten de un diagnóstico concertado entre los actores involucrados. El Plan de acción departamental, que es la carta de navegación, ya está listo y tanto la Gobernación como las organizaciones sociales están dispuestas a reactivar escenarios representativos para debatir y concretar logros. Los municipios, en el mismo rumbo, han puntualizado sus directrices en los planes de acción locales. El proceso deja como testimonio la capacidad de los risaraldenses para detectar sus necesidades y su habilidad para elaborar planes y estrategias para encontrar rutas de conciliación. La voluntad política de las administraciones locales y el trabajo coordinado con los líderes sociales ha sido el mayor insumo para concretar resultados. A futuro, estas cualidades y el reconocido don de su gente para solucionar cualquier dificultad, hacen de Risaralda un escenario propicio para que siga siendo un terreno fértil para los Derechos Humanos”<ref name="presidencia">Presidencia de la República. (s.f.). Planes de Acción en DDHH, como Carta de Navegación en Risaralda. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/PNA/Departamentos/Especiales/paginas/descentralizacionrisaralda.aspx </ref>.
La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos –ACNUR-, sugiere la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes de las operaciones militares en la comunidad protegida por el Derecho Internacional Humanitario<ref name="humanitario"> ACNUR. (2006). Desplazamiento indígena y política pública: paradoja del reconocimiento. San José de Costa Rica.</ref>.
Por su parte la ONU, en su Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas, ratifica el derecho de éstos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo a sus necesidades e intereses. Por otro lado, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos<ref name="onu">ONU. (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. (61/295). </ref>.
Igualmente el convenio 169 de la OIT sobre pueblos Indígenas y tribales, ratificado por el Estado Colombiano y aprobado por el Congreso mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales<ref name="ancestrales"> OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf </ref>.
Conflicto armado interno, DDHH y DIH
Violaciones DDHH
Risaralda, Departamento al cual pertenece el resguardo, se encuentra ubicado en el centro occidente del país, limita al sur con Quindío y Valle del Cauca, al norte con Antioquia y Caldas, al oriente con Tolima, al occidente con Valle del cauca y al noroccidente con Chocó<ref name="chocó"> Alojado el Galeón. (s.f.). Risaralda. Recuperado de http://manaprogramaciones.galeon.com/productos1550982.html </ref>. Por su posición geográfica que limita con Departamentos que tienen salidas estratégicas como el Valle del Cauca y Chocó, este Departamento se convierte en lugar de importancia para los grupos armados ilegales<ref name="ilegales"> Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx. </ref>, convirtiendo a estas comunidades en víctimas de violaciones a los Derechos Humanos como:
- Derecho a la vida.
- Derecho a la libertad.
- Derecho a la salud.
- Derecho a vivir en paz.
- Derecho a la seguridad personal.
- Derecho a la integridad física y mental.
- Derecho a la libre determinación.
- Derecho a la autonomía y el autogobierno.
- Derecho al consentimiento libre, previo e informado.
- Derecho a no ser desplazado por la fuerza de sus tierras o territorios.
- Derecho a que no se desarrollen actividades militares en sus tierras o territorios.
- Derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras o territorios y recursos.
- Derecho a las tierras, territorios y recursos que se han poseído tradicionalmente, ocupado, utilizado o adquirido.
- Derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticas, económicas y sociales<ref name="sociales"> ONU. (2007). Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.
</ref>.
Infracciones al DIF
Este pueblo que ha estado expuesto a confrontaciones armadas entre grupos legales e ilegales, ha sufrido múltiples infracciones al Derecho Internacional Humanitario, entre las que se encuentran:
- Confrontaciones armadas, por el control territorial.
- Homicidios causados por las confrontaciones armadas y los grupos armados ilegales.
- Masacres, ya que el Departamento al que pertenece el resguardo registra 5 víctimas de masacres.
- Minas antipersonales a lo largo del Departamento al que pertenece el resguardo.
- Secuestros, con el fin de causar temor a la comunidad<ref name=2recuperado">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx.
</ref>.
- Reclutamientos forzados por parte de los grupos armados ilegales.
- Bombardeos, maltratos y señalamientos por parte de los grupos al margen de la ley.
- El Auto 004 expone que: “Los Emberá-Chamí de Risaralda denuncian, en medio del conflicto armado: la presencia de actores armados en su territorio; actividades de explotación maderera y minera, por multinacionales y por los grupos armados ilegales; combates en sus territorios y bombardeos; maltratos por los actores armados; señalamientos por los desertores de la guerrilla que son incorporados como informantes, y posteriores desplazamientos; bloqueo de alimentos; reclutamiento forzado de jóvenes y niños; desconocimiento de las autoridades: cabildos, jaibanás, alguaciles; y ocupación de instalaciones, escuelas, y casas. Explican que en su territorio grupos armados pasan y exigen alojamiento o permiso para cocinar en las casas; las familias quedan así comprometidas, y los otros grupos las señalan de colaboradoras”<ref name="señalan">Corte Constitucional. (2009). Auto 004. Bogotá: Corte Constitucional.
</ref>.
Actores armados
Grupos armados ilegales:
- Grupos Narcoparamilitares.
- Rastrojos.
- Aguilas Negras.
- Los Paisas.
- ELN<ref name="iss">Punto de Encuentro. (2012). Cartografía del conflicto: Narcoparamilitares y Guerrilla. Recuperado de:http://www.setianworks.net/indepazWeb/wp-content/uploads/2012/03/revista_PE58.pdf
</ref>.
- FARC frentes 47 y 9.
Fuerza Pública:
- Ejército Nacional Batallón de Infantería No. 22 Ayacucho, el Batallón
San Mateo, la III División del Ejército, la VIII Brigada Móvil del Ejército.
- Comando Departamental de Policía de Risaralda<ref name="pdf">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx.</ref>.
Respuestas al conflicto
- El Observatorio de Derechos Humanos de la Presidencia de la República, ha informado que: “En concordancia con esta situación su plan de acción se propone la reducción de las muertes violentas a través de talleres de promoción sobre Derechos Humanos y DIH; capacitar en el mismo tema al 70% de los centros educativos y las Juntas de Acción Comunal; reducir la violencia intrafamiliar con la creación y el fortalecimiento de las escuelas de padres.
Estas actividades, desarrolladas de manera conjunta por el Ministerio del Interior y de Justicia y la Gobernación de Risaralda, en el marco de la Estrategia de Descentralización de la Política Pública de Derechos Humanos y DIH, parten de un diagnóstico concertado entre los actores involucrados. El Plan de acción departamental, que es la carta de navegación, ya está listo y tanto la Gobernación como las organizaciones sociales están dispuestas a reactivar escenarios representativos para debatir y concretar logros. Los municipios, en el mismo rumbo, han puntualizado sus directrices en los planes de acción locales. El proceso deja como testimonio la capacidad de los risaraldenses para detectar sus necesidades y su habilidad para elaborar planes y estrategias para encontrar rutas de conciliación. La voluntad política de las administraciones locales y el trabajo coordinado con los líderes sociales ha sido el mayor insumo para concretar resultados. A futuro, estas cualidades y el reconocido don de su gente para solucionar cualquier dificultad, hacen de Risaralda un escenario propicio para que siga siendo un terreno fértil para los Derechos Humanos”<ref name="dond>Presidencia de la República. (s.f.). Planes de Acción en DDHH, como Carta de Navegación en Risaralda. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/PNA/Departamentos/Especiales/paginas/descentralizacionrisaralda.aspx</ref>.
- La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos –ACNUR-, sugiere la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes de las operaciones militares en la comunidad protegida por el Derecho Internacional Humanitario<ref name="pipp">ACNUR. (2006). Desplazamiento indígena y política pública: paradoja del reconocimiento. San José de Costa Rica.</ref>.
- Por su parte la ONU, en su Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas, ratifica el derecho de éstos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo a sus necesidades e intereses. Por otro lado, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos<ref name="mane">ONU. (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. (61/295).</ref>.
- Igualmente el convenio 169 de la OIT sobre pueblos Indígenas y tribales, ratificado por el Estado Colombiano y aprobado por el Congreso mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales<ref name="lamp">OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf</ref>.