Diferencia entre revisiones de «Resguardo Barranco Ceiba-Laguna Araguato»
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=== Uso de los recursos naturales renovables === | === Uso de los recursos naturales renovables === | ||
− | En un trabajo realizado por la secretaria de salud departamental del Guaviare en el año 2005, se consolidó una lista de especies de plantas medicinales utilizadas por las comunidades indígenas del departamento<ref name=" | + | En un trabajo realizado por la secretaria de salud departamental del Guaviare en el año 2005, se consolidó una lista de especies de plantas medicinales utilizadas por las comunidades indígenas del departamento<ref name="bg6t">Plan Integral de vida indígena. (2008). Resguardo indígena Panuré. Guaviare.</ref>. |
Entre estas plantas se encuentran el aralen para tratar el paludismo; mataratón para bajar la fiebre causada por paludismo y tratar el sarampión; bejuco wansoco para las enfermedades venéreas y para la melancolía; hoja santa para las hinchazones; la chuchuwaza para tratar la artritis y el reumatismo; casacara de cabo de hacha para lavar heridas; espina de monte para la caída del cabello; magrataña para sacar el frió y tratar la parálisis infantil; cáscara de guayaba de monte como purgante; gapui para la ceguera; manteca de león para desvanecer lobanillos y la vena várice y la cascara de mango para aliviar la tos<ref name="bgt0">Ídem.</ref>. | Entre estas plantas se encuentran el aralen para tratar el paludismo; mataratón para bajar la fiebre causada por paludismo y tratar el sarampión; bejuco wansoco para las enfermedades venéreas y para la melancolía; hoja santa para las hinchazones; la chuchuwaza para tratar la artritis y el reumatismo; casacara de cabo de hacha para lavar heridas; espina de monte para la caída del cabello; magrataña para sacar el frió y tratar la parálisis infantil; cáscara de guayaba de monte como purgante; gapui para la ceguera; manteca de león para desvanecer lobanillos y la vena várice y la cascara de mango para aliviar la tos<ref name="bgt0">Ídem.</ref>. | ||
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==== Actores armados ==== | ==== Actores armados ==== | ||
El Departamento del Guaviare ha sido un escenario de confrontación permanente entre los grupos armados ilegales y de éstos con el Estado. | El Departamento del Guaviare ha sido un escenario de confrontación permanente entre los grupos armados ilegales y de éstos con el Estado. | ||
− | A partir de la década del ochenta del siglo anterior inició el proceso de consolidación de la guerrilla de las FARC en el territorio, mediante la presencia del Frente 1 y motivados por las ideales condiciones de la región para el establecimiento de cultivos de uso ilícito. Durante ésta década y el principio de los noventa hubo un incremento de la violencia debido a las disputas territoriales entre la guerrilla y los narcotraficantes, cada uno defendiendo los cultivos de coca. Como respuesta a la ola de violencia, el Gobierno Nacional tomo medidas como el despliegue de fuerza pública en la región, restricciones de movilidad y la fumigación masiva de cultivos<ref name=" | + | A partir de la década del ochenta del siglo anterior inició el proceso de consolidación de la guerrilla de las FARC en el territorio, mediante la presencia del Frente 1 y motivados por las ideales condiciones de la región para el establecimiento de cultivos de uso ilícito. Durante ésta década y el principio de los noventa hubo un incremento de la violencia debido a las disputas territoriales entre la guerrilla y los narcotraficantes, cada uno defendiendo los cultivos de coca. Como respuesta a la ola de violencia, el Gobierno Nacional tomo medidas como el despliegue de fuerza pública en la región, restricciones de movilidad y la fumigación masiva de cultivos<ref name="gld">Observatorio del Programa presidencial de Derechos Humanos y DIH. (s.f). Diagnóstico Departamental Guaviare. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticosDepartamento.aspx</ref>. |
Entre los años 1999 y 2001, los grupos paramilitares incursionaron en el territorio, las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) iniciaron campañas militares a través del Bloque Héroes del Guaviare, situación que generó múltiples enfrentamientos entre este grupo y los Frentes 1 y 7 de las FARC. Como consecuencia de dichas pugnas por el control de la tierra el negocio del narcotráfico, las FARC recibió apoyo de los Frentes 44 y 39 del Meta y 16 del Vichada, a su vez, las AUC obtuvieron soporte del Bloque Centauros<ref name="xtrs">Ídem.</ref>. | Entre los años 1999 y 2001, los grupos paramilitares incursionaron en el territorio, las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) iniciaron campañas militares a través del Bloque Héroes del Guaviare, situación que generó múltiples enfrentamientos entre este grupo y los Frentes 1 y 7 de las FARC. Como consecuencia de dichas pugnas por el control de la tierra el negocio del narcotráfico, las FARC recibió apoyo de los Frentes 44 y 39 del Meta y 16 del Vichada, a su vez, las AUC obtuvieron soporte del Bloque Centauros<ref name="xtrs">Ídem.</ref>. | ||
A partir del año 2002, con el inicio de la política de Seguridad Democrática, se efectuó un despliegue militar con el objetivo de recuperar el territorio del dominio de los grupos armados; dicho proceso tuvo como resultado la disminución de actividades de la guerrilla y entre los años 2004 y 2006 la desmovilización de gran parte de los integrantes de los grupos paramilitares. No obstante en este mismo año, 2006, fue evidente la creación de nuevas estructuras paramilitares como Los Cuchillo, Los Llanero y Erpac consolidadas por los previamente desmovilizados y algunos narcotraficantes de la región<ref name="ccx">Ídem.</ref>. | A partir del año 2002, con el inicio de la política de Seguridad Democrática, se efectuó un despliegue militar con el objetivo de recuperar el territorio del dominio de los grupos armados; dicho proceso tuvo como resultado la disminución de actividades de la guerrilla y entre los años 2004 y 2006 la desmovilización de gran parte de los integrantes de los grupos paramilitares. No obstante en este mismo año, 2006, fue evidente la creación de nuevas estructuras paramilitares como Los Cuchillo, Los Llanero y Erpac consolidadas por los previamente desmovilizados y algunos narcotraficantes de la región<ref name="ccx">Ídem.</ref>. | ||
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==== Condiciones actuales ==== | ==== Condiciones actuales ==== | ||
Intervención: Presencia de cultivos ilícitos en el departamento del Guaviare, el área de ocupación de estos cultivos presenta un incremento según los datos recopilados para el año 2011 (6839 ha) con respecto al año 2010 (5701 ha).<ref name="csad">UNODC. Colombia. Monitoreo de Cultivos de coca. (2012) Recuperado de http://www.unodc.org/documents/crop monitoring/Colombia/Censo_cultivos_coca_2011.pdf</ref> | Intervención: Presencia de cultivos ilícitos en el departamento del Guaviare, el área de ocupación de estos cultivos presenta un incremento según los datos recopilados para el año 2011 (6839 ha) con respecto al año 2010 (5701 ha).<ref name="csad">UNODC. Colombia. Monitoreo de Cultivos de coca. (2012) Recuperado de http://www.unodc.org/documents/crop monitoring/Colombia/Censo_cultivos_coca_2011.pdf</ref> | ||
− | Además el municipio de San José del Guaviare donde se ubica el resguardo, se encuentra entre los diez municipios del país con mayor área sembrada de coca (1877 ha) según análisis para el año 2011.<ref name=" | + | Además el municipio de San José del Guaviare donde se ubica el resguardo, se encuentra entre los diez municipios del país con mayor área sembrada de coca (1877 ha) según análisis para el año 2011.<ref name="vdep">Ídem. </ref> |
=== Vocación y recursos alternos === | === Vocación y recursos alternos === | ||
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A pesar de lo anterior, el pueblo Jiw cuenta con la fortaleza de tener entre sus líderes un grupo de docentes que se ha esforzado por continuar ejerciendo su trabajo, en ocasiones a pesar de estar por fuerza de su territorio y sin las condiciones mínimas para desarrollar una labor que responda a las necesidades de la población escolar y de las comunidades. | A pesar de lo anterior, el pueblo Jiw cuenta con la fortaleza de tener entre sus líderes un grupo de docentes que se ha esforzado por continuar ejerciendo su trabajo, en ocasiones a pesar de estar por fuerza de su territorio y sin las condiciones mínimas para desarrollar una labor que responda a las necesidades de la población escolar y de las comunidades. | ||
En los resguardos Mocuare y Barranco Colorado, los docentes fueron objeto de amenazas y señalamientos que ocasionaron su desplazamiento y el asesinato de uno de ellos en el año 2000<ref name="tryu">Modelo Metodológico, formulación Proyecto Etnoeducativo Pueblo Indígena Jiw, (s.f). Recuperado de http://crigua2.org/v2012/images/stories/producto_final%20convenio_404_men_criguaii%201.pdf</ref>. | En los resguardos Mocuare y Barranco Colorado, los docentes fueron objeto de amenazas y señalamientos que ocasionaron su desplazamiento y el asesinato de uno de ellos en el año 2000<ref name="tryu">Modelo Metodológico, formulación Proyecto Etnoeducativo Pueblo Indígena Jiw, (s.f). Recuperado de http://crigua2.org/v2012/images/stories/producto_final%20convenio_404_men_criguaii%201.pdf</ref>. | ||
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+ | == Oferta institucional == | ||
+ | === Oferta institucional === | ||
+ | ==== Estatal ==== | ||
+ | La gobernación de Guaviare a través de su Plan de Desarrollo Departamental “ASÍ MARCAMOS HUELLA” 2012 – 2015, entendiendo que en el Departamento se darán los pasos para la búsqueda y concreción de ―las condiciones, reivindicaciones o facultades relacionadas con el bienestar de todas las personas, que les permiten crear una relación íntegra con la sociedad, se dará énfasis al concepto de ―Guaviare Territorio Modelo de Derechos, puesto que este es un territorio en el que se han concentrado fuerzas ilegales, alrededor del cultivo ilícito de la coca y de ello se han originado múltiples conflictos y confrontaciones que han afectado y afectan seriamente a la población civil, lo que hace necesario fundamentar cultural y prácticamente mecanismos de resolución de conflictos, DIH, DDHH, para que la población los asuma y aplique constructivamente de forma que la lleven a mejores niveles de interacción endógena (sociedad), exógena (Departamento) y convivencia, en tanto el Gobierno nacional genera las condiciones para que se dé un verdadero proceso de paz. Para dar cumplimiento a todas estas prioridades se contemplan accionares que permitirán acercar su consecución exitosa tales como el subprograma Política social y garantía de los derechos, cuya meta es la creación de un Plan de política pública departamental indígena; el programa Promoción Social, por el goce efectivo de los derechos con enfoque diferencial que pretende formular un modelo intercultural de salud para población indígena y busca concertar y articular las acciones de salud en el marco del Plan de Salvaguarda de las comunidades indígenas Jiw, Sikuanes y Nukak, apoyar la socialización y retroalimentación del Sistema Indígena de Salud Propio Intercultural (SISPI); elaborar el modelo intercultural de salud para población indígena, realizar la concertación de las acciones de salud con las comunidades indígenas Jiw, Sikuanes y Nukak Makú, para ser incorporadas en los planes de salvaguarda. El subprograma Guaviare diversidad étnica, que contempla una Escuela Permanente Indígena de formación de formadores en organización comunitaria y normatividad indígena, definir conjuntamente mecanismos y procedimientos para la realización de 26 censos de población indígena y para su actualización periódica, una mesa departamental indígena dinamizada con amplia participación de autoridades tradicionales y representantes institucionales, reglamentos internos de Resguardos Indígenas del Departamento del Guaviare, garantizar el rescate cultural de las comunidades indígenas a través de la construcción de 33 malocas (25 en resguardos y 8 Asentamientos indígenas) como vivienda tradicional Indígena, apoyar 120 familias indígenas incluidas en el programa de seguridad alimentaria, conformar un equipo intersectorial para concertar con las Organizaciones indígenas un plan de apoyo y asistencia técnico pedagógica a IE etnoeducativas. El programa Guaviare reconoce el patrimonio y su diversidad cultural busca un proyecto de fortalecimiento de la Escuela de Tradiciones Indígenas y apoyar la construcción de 5 malocas según las características, conocimiento, reconocimiento y concertación de las comunidades indígenas priorizadas.<ref name="gaw">Gobernación del Guaviare. Plan de Desarrollo. “ASÍ MARCAMOS HUELLA” 2012 – 2015. Recuperado de http://educon.javeriana.edu.co/ofi/documentos/regionalizacion/Planes%20desarrollo/Departamentos/GUAVIARE%202012_2015.pdf</ref> | ||
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+ | ==== Organizaciones indígenas ==== | ||
+ | La organización presente en el territorio es el Consejo Regional Indígena del Guaviare – CriGua el cual participa activamente en la construcción y actualización de los planes de vida de los resguardos. Los Planes de Vida de los Resguardos Panure, La María, La Asunción, El Barracon y Corocoro con el apoyo de CDA – Regional Guaviare – Proyecto Apoyo a la Formulación de Planes de Vida Indígena – Fondo de Compensación ambiental – Ministerio de Vivienda y Ambiente, Gobernación, ICBF – Regional Guaviare, INCODER Regional Guaviare, Alcaldía de San José del Guaviare, Alcaldía del Retorno, UMATA, capitanías de los resguardos de la fuga, la María, Barrancón, Asunción y el refugio de san José del Guaviare.<ref name="trdx">Resguardo Panure. Plan de Vida. Recuperado de www.observatorioetnicocecoin.org.co/files/PIVI%20PANURE.pdf </ref> | ||
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+ | ==== ONG y organizaciones privadas ==== | ||
+ | Las organizaciones privadas y/o ONG ofrecen distintos apoyos en el territorio. El apoyo que ofrecen incluyen la visibilización de la situación de conflicto que se presenta tales es la labor de CODHES (Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento )que mediante comunicados explican la situación de desplazamiento que sufren los indígenas debido a amenazas de grupos armados ilegales.<ref name="qwtr">Revista Semana. Unos 79 indígenas abandonan tierras límites del Meta y Guaviare. Recuperado de http://www.semana.com/nacion/articulo/unos-79-indigenas-abandonan-tierras-limites-meta-guaviare/245792-3</ref> | ||
+ | Por su parte la Fundación WOTIEN y la Ong MÓN JOVE realizan visitas para proponer soluciones a las necesidades identificadas en los planes de vida de la comunidad, realizando mesas temáticas con la participación de familias y lideres del sector.<ref name="kopl">Fundación WOTIEN. Diagnóstico comunidad Guayaberos. Recuperado de http://wotien.wordpress.com/2009/12/15/diagnostico-de-la-comunidad-guayaberos/#more-92 </ref> | ||
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+ | ==== Agencias de cooperación internacional ==== | ||
+ | La cooperación internacional en su ejercicio de velar por los derechos de los pueblos indígenas realiza llamados y pronunciamientos ante la situación de conflicto que se presenta en el territorio, tal es así, que en alianza de las Naciones Unidas, diversas organizaciones internacionales de pueblos indígenas, Ong´s, Organismos de DDHH y de DIH, la Unión Europea, la Cruz Roja, etc., han levantando su voz para reclamar la atención sobre este maltrecho y abandonado pueblo y de nada ha servido. Los Nukak están en proceso acelerado de desaparición, no físicamente, ya que a pesar de las epidemias que los han diezmado son un pueblo fuerte, pero si a nivel cultural. | ||
+ | Para el 2006 se realizó la “misión internacional de verificación sobre la situación humanitaria y derechos humanos de los pueblos indígenas de Colombia”, esta estuvo conformada por organizaciones de derechos humanos y de la sociedad cívil de Europa, America Latina, Estados Unidos, y Canadá, con observadores de las agencias de las Naciones Unidas, la Embajada de Suiza, la Embajada de Alemania, la delegación de la comisión europea, y la MAPP-OEA. Adicionalmente, la Misión participó en el foro nacional de mujeres indígenas y en el foro nacional por la vida de los pueblos indígenas y tuvo acceso a estudios de caso, informes de violaciones de derechos humanos a los pueblos indígenas, testimonios, documentos y análisis de expertos, que le permitieron obtener una visión integral de la situación actual por la que atraviesan los pueblos indígenas de Colombia.<ref name="mjui">Movimiento Mundial por los Bosques Tropicales. Misión internacional de verificación sobre la situación humanitaria y derechos humanos de los pueblos indígenas de Colombia. Recuperado de http://www.wrm.org.uy/paises/Colombia/Declaracion_Final.html</ref> | ||
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+ | Existen otros procesos desarrollados por la CI como lo son el “Fortalecimiento a la organización étnico territorial Jiw “Naxaen” para que participe en la elaboración y en la implementación de la política pública para comunidades indígenas en riesgo o situación de desplazamiento, en el Departamento del Guaviare” ejecutado por la Corporación Opción Legal con recursos de ACNUR; la ESTRATEGIA INDÍGENA que pretende generar un impacto visible en las condiciones de vida de las comunidades indígenas en situación de desplazamiento mediante las acciones de protección inmediata dirigidas a esta población ejecutado por ACNUR; la ASESORÍA Y FORTALECIMIENTO JURÍDICO DE CUATRO PUEBLOS INDÍGENAS, ejecutado por la Universidad de los Andes que pretende avanzar en la implementación de un Enfoque Diferencial Indígena en las Políticas Públicas con un especial énfasis en el reconocimiento de la diversidad de los pueblos indígenas, sus riesgos e impactos diferenciales y sus propuestas de soluciones; AGUA POTABLE PARA COMUNIDADES INDÍGENAS Y PROYECTO SEGURIDAD ALIMENTARIA que pretende brindar agua potable a seis comunidades de indígenas desplazados y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y COMUNITARIO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS DEL SUR que busca contribuir con la participación de los pueblos indígenas en la implementación y cumplimiento del Auto 004 de 2009 de la Corte Constitucional sobre la construcción de los planes de salvaguarda para la protección comunitaria y la prevención del desplazamiento de los pueblos indígenas de la región ambos ejecutados por la Corporación Opción Legal.<ref name="kju">Departamento para la Prosperidad. Mapa Cooperación Internacional. Recuperado de http://www.accionsocial.gov.co/new_mapa/main.asp</ref> | ||
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+ | == Aspectos jurídicos y legales == | ||
+ | === Trámites y necesidades en materia territorial === | ||
+ | El resguardo se titula mediante Resolución No. 0049 del 21 de julio de 1983 del INCORA<ref name="vds">INCORA. (1983). Resolución 049. Bogotá: INCORA.</ref> (hoy INCODER). | ||
+ | Dentro de los problemas territoriales del resguardo cabe destacar el hecho de que el Departamento al que pertenece cuenta con una reserva forestal de 434.800 hectáreas, de las cuales aproximadamente 62.000 son de ecosistemas. Si a este fenómeno, se suma el proceso de instalación de ganaderías extensivas y las prácticas de praderización que implican, se hace posible comprender los motivos por los que las comunidades indígenas indican que cada día ven más vulnerado su derecho a la autonomía territorial. | ||
+ | Sumado a lo anterior, los pueblos indígenas se encuentran imposibilitados para ejercer su autoridad en el territorio, ya que la situación de Derechos Humanos no ha tenido un tratamiento político adecuado, debido a que la cuestión humanitaria se ha trabajado desde una perspectiva de competencia nacional y se requiere de un tratamiento diferencial que sólo es posible a partir de la desentralización. La consecuencia directa de esta realidad es que las situaciones propias del conflicto armado impiden las garantías necesarias para el cumplimiento efectivo de los derechos territoriales de estas comunidades, que en la actualidad están a la espera de actividades que propendan por la protección de sus derechos fundamentales. | ||
+ | Finalmente, es posible mencionar un último problema territorial del resguardo, vinculado a un proceso de colonización de la zona; durante los últimos años han aumentado las migraciones desde diferentes partes del país a la región, hecho que ha provocado el desarrollo de una amplia composición cultural y étnica que, de una u otra manera, afecta la autonomía territorial de las comunidades indígenas, sumado al constante desplazamiento provocado por las situaciones de orden público de la región. | ||
+ | A pesar de contar con el apoyo de la fundación CRIGUA II, encargada de representar y hacer valer el carácter minoritario del pueblo indígena, todas las situaciones descritas hacen de la población indígena un grupo vulnerable frente a la acción de los colonos, ya que los inconvenientes se dan especialmente por la falta de un fortalecimiento gubernamental a la situación étnica y a la discriminación, que impide a este pueblo recibir un tratamiento igualitario<ref name="f3vp">Asamblea Departamental, Departamento del Guaviare. (2004). Plan Departamental de Desarrollo. Ordenanza No. 008 de 2004. Recuperado de http://www.guaviare.gov.co/apc-aa-files/64303238353934646337363334303836/Plan_de_Desarrollo_EL_GUAVIARE_NOS_UNE.pdf</ref>. | ||
+ | Los actores armados minaron el territorio del resguardo, sembraron cultivos ilícitos, contratando colonos para que cuiden de estas plantaciones, y han declarando a las comunidades indígenas como objetivo militar, lo que las ha obligado a permanecer en situación constante de desplazamiento<ref name="gd">Caracterización Resguardos. (s.f.). Índice Consolidado, Resguardos Indígenas de Colombia. Documento interno. | ||
+ | </ref>. Hechos como los presentados anteriormente, desconocen lo dictado por la Corte Constitucional en el Auto 173 de 2012, que define al pueblo indígena que pertenece a este resguardo, como un grupo que está en grave peligro de extinción física y cultural debido al conflicto armado interno<ref name="ewt">Corte Constitucional. (2012). Auto 173. Bogotá.</ref>. | ||
+ | Necesidades: | ||
+ | Es fundamental desarrollar estrategias que permitan a las comunidades llevar a cabo procesos autónomos para el fortalecimiento étnico y que, de esta forma, les sea posible recibir un tratamiento igualitario frente a las instancias Administrativas. Esto, en aras de dignificar la vida indígena dentro de su territorio y así permitir la consolidación de su identidad cultural, y de sus formas de organización. De la misma forma, resulta indispensable gestionar proyectos que fortalezcan los sistemas de producción indígenas, para el auto consumo, la generación de ingresos y la producción de materias primas<ref name="imny">Asamblea Departamental, Departamento del Guaviare. (2004). Plan Departamental de Desarrollo. Ordenanza No. 008 de 2004. Recuperado de http://www.guaviare.gov.co/apc-aa-files/64303238353934646337363334303836/Plan_de_Desarrollo_EL_GUAVIARE_NOS_UNE.pdf</ref>. | ||
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+ | === Instrumentos internacionales, jurisprudenciales, legales y generales === | ||
+ | La Corte Constitucional mediante Auto 173 de 2012, solicitó que, como medida para la protección del pueblo de este resguardo, sería necesario: “...ORDENAR a la Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, como Coordinadora de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas, que con el Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, la Ministra de Salud y Protección Social, el Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, el Registrador Nacional del Estado Civil, o sus delegados – siempre y cuando tengan poder de decisión-, los gobernadores (as) de los Departamentos del Meta y Guaviare y los Alcaldes (as) de los municipios de San José, Puerto Concordia y Mapiripán, cada uno en el marco de sus competencias y en los diferentes momentos del desplazamiento, que en el plazo máximo de dos (2) meses, contados a partir de la comunicación de la presente providencia, diseñen, adopten y pongan en marcha, como medida cautelar, un Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, que atienda de manera inmediata e integral las necesidades más apremiantes de atención humanitaria con énfasis en la salud, nutrición, seguridad alimentaria, refugio o alojamiento temporal y cualquier otra medida urgente requerida para asegurar la pervivencia de los pueblos indígenas desplazados Jiw y Nükak de esos Departamentos, de tal manera que ofrezca una respuesta de atención continua y congruente con la crisis humanitaria que padecen estas etnias, tendiente a garantizar su vida física y cultural, su integridad, seguridad y dignidad, mientras se avanza de manera acelerada en el cumplimiento de las órdenes impartidas en el auto 004 de 2009. | ||
+ | El Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia deberá elaborarse en armonía con los postulados constitucionales, las normas vigentes, la jurisprudencia de esta Corporación sobre el tema, los documentos que forman parte del anexo de esta providencia y contener los elementos mínimos señalados en la parte motivo de esta providencia, en relación con los temas de: (1) Acceso a agua potable y saneamiento básico; (2) Seguridad alimentaria; (3) Acceso efectivo a los servicios de salud; y (4) vivienda digna. | ||
+ | Esta medida cautelar además deberá ser formulada e implementada de manera coordinada entre las distintas entidades involucradas, del orden nacional, departamental y municipal, dando aplicación adecuada a los principios de concurrencia y subsidiariedad, de tal manera que se garantice la atención integral y el uso adecuado de los recursos y que cumpla con las siguientes características: 1) deberá mantenerse hasta cuando entren en operación efectiva los Planes de Salvaguarda Étnica de los Pueblos Jiw y Nükak de los Departamentos de Meta y Guaviare y el Programa de Garantía de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado, y persistan las actuales condiciones de inseguridad, necesidad y vulnerabilidad; 2) las presentes medidas urgentes no sustituirán ni aplazarán el cumplimiento de lo ordenado en el auto 004 de 2009, en relación con los pueblos Jiw y Nükak. | ||
+ | Las entidades concernidas en la presente orden, por intermedio de la Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, en el plazo de un (1) mes y medio, contado a partir de la comunicación de la presente providencia, deberán diseñar el Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, el cual deberá contener un cronograma de implementación y cumplimiento; las responsabilidades institucionales y personales asumidas por las distintas instancias nacionales y territoriales para el cumplimiento de la medida cautelar; las partidas presupuestales previstas para su efectiva ejecución y la ficha del proyecto registrado en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional, con la asignación de recursos de destinación específica a las distintas entidades responsables del cumplimiento de la presente orden, el cual se presentará en el marco de una mesa de trabajo con la Sala Especial de Seguimiento, para lo cual oportunamente se dará a conocer la metodología correspondiente. | ||
+ | De la misma manera, sobre el avance en el cumplimiento de la presente orden, la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, deberá presentar en una mesa de trabajo con la Sala Especial de Seguimiento, en el término de cuatro (4) meses, un informe conjunto a nombre de las autoridades nacionales y territoriales concernidas, sobre los resultados obtenidos con el Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, y, acerca de los ajustes realizados para superar los obstáculos que se presenten...”<ref name="vht">Corte Constitucional. (2012). Auto 173. Bogotá.</ref>. | ||
+ | Cuando se trata de la consideración por la autonomía territorial, es necesario hacerlo a partir de términos de respeto por una jurisdicción indígena propia, para lo cual es posible retomar lo que la Corte Constitucional argumenta en la sentencia T-552 de 2003, cuando afirma que: “Hasta aquí se tendría que para que proceda la jurisdicción indígena sería necesario acreditar que 1) Nos encontramos frente a una comunidad indígena, que 2) Cuenta con autoridades tradicionales, que 3) Ejercen su autoridad en un ámbito territorial determinado. Lo anterior, sin embargo, no sería suficiente, por cuanto se requiere, además, establecer la capacidad de esas autoridades de los pueblos indígenas para ejercer jurisdicción conforme a sus usos tradicionales. Esto es, puede existir un reconocimiento formal de resguardo y cabildo, pero no darse materialmente los supuestos de la jurisdicción, por carencia de normas y prácticas específicas de control social, por ausencia de procedimientos de juzgamiento, o porque las autoridades tradicionales han dejado de ejercer ese tipo de funciones”<ref name="nju">Corte Constitucional. (2003). Sentencia T-552. Bogotá.</ref>. | ||
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+ | == Conflicto armado interno, DDHH y DIH == | ||
+ | === Violaciones DDHH === | ||
+ | En el Departamento al que pertenece este resguardo, convergen dos ecosistemas muy importantes del país, uno el orinoquense que ocupa el 30% del territorio, el cual se caracteriza por la vegetación de sabana, que contiene suelos de fertilidad baja, drenaje pobre y utilizado para ganadería extensiva. Otro el amazonense que ocupa el 70% del territorio, el cual se caracteriza por ser bosque húmedo tropical, que contiene suelos de baja fertilidad, cuyos usos giran en su mayoría alrededor de los cultivos de hoja de coca, pancoger y algunos agroforestales<ref name="bh">Departamento del Guaviare. (2004). Asamblea Departamental. Plan Departamental de Desarrollo. Ordenanza No. 008 de 2004. Recuperado de http://www.guaviare.gov.co/apc-aa-files/64303238353934646337363334303836/Plan_de_Desarrollo_EL_GUAVIARE_NOS_UNE.pdf</ref>. | ||
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+ | El Municipio de San José del Guaviare, al cual pertenece este resguardo, tiene ventajas geográficas importantes como la confluencia de los ríos Ariari y Guayabero (provenientes del Departamento de Meta), que luego constituyen el río Guaviare y la transición de bosques de galería y sábanas hacia zonas selváticas, todas estas características han hecho de la zona un corredor especifico para actividades económicas ilícitas como el narcotráfico y el asentamiento de la guerrilla y el paramilitarismo. Todos girando alrededor de los cultivos de coca<ref name="biu">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref>. Lo que ha generado una serie de violaciones a los Derechos Humanos de estos pueblos indígenas. Dichas violaciones son: | ||
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+ | *Derecho a la vida. | ||
+ | *Derecho a la libertad. | ||
+ | *Derecho a la salud. | ||
+ | *Derecho a vivir en paz. | ||
+ | *Derecho a la seguridad personal. | ||
+ | *Derecho a la integridad física y mental. | ||
+ | *Derecho a la libre determinación. | ||
+ | *Derecho a la autonomía y el autogobierno. | ||
+ | *Derecho al consentimiento libre, previo e informado. | ||
+ | *Derecho a no ser desplazado por la fuerza de sus tierras o territorios. | ||
+ | *Derecho a que no se desarrollen actividades militares en sus tierras o territorios. | ||
+ | *Derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras o territorios y recursos. | ||
+ | *Derecho a las tierras, territorios y recursos que se han poseído tradicionalmente, ocupado, utilizado o adquirido. | ||
+ | *Derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticas, económicas y sociales<ref name="ghg">ONU. (2007). Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.</ref>. | ||
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+ | === Infracciones al DIH === | ||
+ | Este resguardo se encuentra en el Municipio de San José del Guaviare y la etnia que lo habita es la Jiw (Guayabero, Mitua, Canima, Cunimia)<ref name="bgt">Caracterización Resguardos. (s.f.). Índice consolidado resguardos indígenas de Colombia. Documento interno.</ref>. Este pueblo ha estado sometido a continuas y sistemáticas infracciones al Derecho Internacional Humanitario entre las que se encuentran: | ||
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+ | *Restricciones a la movilidad. | ||
+ | *Amenazas<ref name="vcgt">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref>. | ||
+ | *Desapariciones forzadas: el Departamento de Guaviare al cual pertenece este resguardo registra cinco eventos de este tipo entre 1997 y 2003, para indígenas. | ||
+ | *Reclutamiento de menores: el Departamento del Guaviare para el período de 1997-2003 registra el caso de reclutamiento de un menor indígena. | ||
+ | *Cultivos de uso ilícito: el Departamento de Guaviare, presentó las siguientes cifras de cultivos de uno ilícito en su territorio<ref name="lpoi">Asociación Latinoamericana para los Derechos Humanos. (2004). La Agonía del Jaguar Derechos Humanos de la Amazonía Colombiana. Bogotá: Formato Comunicación Diseño Ltda.</ref>: | ||
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+ | {| class="wikitable" | ||
+ | |- | ||
+ | ! Año !! Hectáreas con cultivos de coca | ||
+ | |- | ||
+ | | 1991 || 21.400 | ||
+ | |- | ||
+ | | 1992 || 22.900 | ||
+ | |- | ||
+ | | 1993 || 24.100 | ||
+ | |- | ||
+ | | 1994 || 26.300 | ||
+ | |||
+ | |- | ||
+ | | 1995 || 28.700 | ||
+ | |- | ||
+ | | 1995 || 38.600 | ||
+ | |- | ||
+ | | 1996 || 29.000 | ||
+ | |- | ||
+ | | 1997 || 7.000 | ||
+ | |- | ||
+ | | 1998 || 28.435 | ||
+ | |- | ||
+ | | 1999 || 28.435 | ||
+ | |- | ||
+ | | 2000 || 17.619 | ||
+ | |- | ||
+ | | 2001 || 14.516 | ||
+ | |- | ||
+ | | 2001 || 8.412 | ||
+ | |} | ||
+ | |||
+ | Mientras que para el Municipio de San José del Guaviare en el que se encuentra este resguardo se presentaron los siguientes datos: | ||
+ | {| class="wikitable" | ||
+ | |- | ||
+ | ! Año !! Hectáreas con cultivos de coca | ||
+ | |- | ||
+ | | 2005 || 3.131 | ||
+ | |- | ||
+ | | 2006 || 3.799 | ||
+ | |- | ||
+ | | 2007 || 3.181<ref name="bfs">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref> | ||
+ | |- | ||
+ | | 2010 || 1.704<ref name="cvft">Punto de Encuentro. (2012). Cartografía del conflicto: Narcoparamilitares y Guerrilla. Recuperado de: http://www.setianworks.net/indepazWeb/wp-content/uploads/2012/03/revista_PE58.pdf</ref> | ||
+ | |- | ||
+ | |} | ||
+ | |||
+ | Confrontaciones armadas: en el Municipio de San José del Guaviare, entre 2003-2008, se presentaron 40 casos de combates entre la fuerza pública y los grupos irregulares, de los cuales 29 fueron por iniciativa de los grupos irregulares | ||
+ | Homicidios: estos están ligados en mayor porcentaje a hechos de confrontación armada y en un porcentaje menor pero significativo a la delincuencia común, en el período de 2003-2008 en el Municipio de San José del Guaviare se presentaron 322 casos, los cuales representan el 47% del total del Departamento de Guaviare (687). | ||
+ | Masacres: el 28 de enero de 2006 se presentó la masacre de 4 personas, cuya autoría se adjudica a las FARC. | ||
+ | Secuestros: en los años de 2003, 2004, 2005 y 2006 se presentaron 1, 1,11 y 3 casos de este tipo para un total de 16 secuestros en el Municipio de San José del Guaviare al cual pertenece el resguardo. | ||
+ | Desplazamiento forzado: en el período comprendido entre 2003-2008, en el Municipio de San José del Guaviare se presentaron 17.227 personas expulsadas, cifra que representa un 59% del total de víctimas de desplazamiento del Departamento de Guaviare (28.813). Del total de desplazados de San José del Guaviare (17.227), 14.147 lo hicieron individualmente, mientras que 3.080 lo hicieron de forma masiva. | ||
+ | Minas Antipersonales (MAP)y Municiones sin Estallar (MUSE): con respecto a los eventos por minas antipersonales de 2003-2008, el Municipio de San José del Guaviare registró 106 casos, con respecto a los incidentes estos estuvieron relacionados en su gran mayoría con acciones de desminado militar en operaciones, incautaciones y sospecha de campo minado. De las víctimas de MAP y MUSE, 69 casos se presentaron en el Municipio al que pertenece este resguardo en el período antes mencionado. | ||
+ | En febrero de 2007, 16 indígenas Guayabero resultaron heridos por la explosión de un artefacto sin identificar, de estos 9 eran menores de edad y 7 adultos<ref name="bvyu">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref>. Un caso concreto sucedido en este resguuardo es el de las indígenas María Cristina Martínez Meléndez de 16 años y Patricia Mendoza Martínez de 9 meses de edad, quienes murieron el 28 de septiembre de 2008, tras pisar un artefacto explosivo instalado en el territorio por las FARC días antes<ref name="srt">CINEP. (2011). Banco de Datos Derechos Humanos y Violencia Politica. Recuperado de http://www.nocheyniebla.org/</ref>. | ||
+ | |||
+ | === Actores armados === | ||
+ | Grupos armados ilegales: | ||
+ | *Grupos Narcoparamilitares. | ||
+ | *ERPAC<ref name="cvmk">Punto de Encuentro. (2012). Cartografía del conflicto: Narcoparamilitares y Guerrilla.</ref> | ||
+ | *FARC: frentes 1, 7 y 44<ref name="jytu">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref>. | ||
+ | |||
+ | Fuerza Pública: | ||
+ | Ejército Nacional: Vigésima Segunda Brigada de Selva, unidad operativa menor adscrita a la Cuarta División del Ejercito el cual está formado por: | ||
+ | *Batallón de Infantería Aerotransportado No. 19 Gr Joaquín París con sede en San José del Guaviare. | ||
+ | *Batallón de Infantería No. 24 Gr. Luis Carlos Camacho Leyva con sede en Calamar – Guaviare. | ||
+ | *Batallón de Selva No. 51 Gr. José María Ortega con sede en Miraflores – Guaviare. | ||
+ | *Batallón de Contraguerrillas No. 120 SV. José Heberley Echavarría Garzón con sede en Miraflores – Guaviare<ref name="vdh">Ejército Nacional. (2012). Vigésima Segunda Brigada de Selva-San José Del Guaviare. Recuperado de http://www.ejercito.mil.co/?idcategoria=240194 </ref>. | ||
+ | |||
+ | *Policía Nacional<ref name="vgbu">Asociación Latinoamericana para los Derechos Humanos. (2004). La Agonía del Jaguar Derechos Humanos de la Amazonía Colombiana. Bogotá: Formato Comunicación Diseño Ltda.</ref>. | ||
+ | |||
+ | === Respuestas al conflicto === | ||
+ | La Corte Constitucional mediante Auto 173 de 2012, solicitó en beneficio de la protección del pueblo de este resguardo: “...ORDENAR a la Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, como coordinadora de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas, que con el Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, la Ministra de Salud y Protección Social, el Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, el Registrador Nacional del Estado Civil, o sus delegados – siempre y cuando tengan poder de decisión-, los gobernadores (as) de los Departamentos del Meta y Guaviare y los alcaldes (as) de los Municipios de San José, Puerto Concordia y Mapiripán, cada uno en el marco de sus competencias y en los diferentes momentos del desplazamiento, que en el plazo máximo de dos (2) meses, contados a partir de la comunicación de la presente providencia, diseñen, adopten y pongan en marcha, como medida cautelar, un Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, que atienda de manera inmediata e integral las necesidades más apremiantes de atención humanitaria con énfasis en la salud, nutrición, seguridad alimentaria, refugio o alojamiento temporal y cualquier otra medida urgente requerida para asegurar la pervivencia de los pueblos indígenas desplazados Jiw y Nükak de esos Departamentos, de tal manera que ofrezca una respuesta de atención continua y congruente con la crisis humanitaria que padecen estas etnias, tendiente a garantizar su vida física y cultural, su integridad, seguridad y dignidad, mientras se avanza de manera acelerada en el cumplimiento de las órdenes impartidas en el auto 004 de 2009. | ||
+ | |||
+ | El Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia deberá elaborarse en armonía con los postulados constitucionales, las normas vigentes, la jurisprudencia de esta Corporación sobre el tema, los documentos que forman parte del anexo de esta providencia y contener los elementos mínimos señalados en la parte motiva de esta providencia, en relación con los temas de: (i) acceso a agua potable y saneamiento básico; (ii) seguridad alimentaria; (iii) acceso efectivo a los servicios de salud; y (iv) vivienda digna. | ||
+ | |||
+ | Esta medida cautelar además deberá ser formulada e implementada de manera coordinada entre las distintas entidades involucradas, del orden nacional, departamental y municipal, dando aplicación adecuada a los principios de concurrencia y subsidiariedad, de tal manera que se garantice la atención integral y el uso adecuado de los recursos y que cumpla con las siguientes características: 1) Deberá mantenerse hasta cuando entren en operación efectiva los Planes de Salvaguarda Étnica de los Pueblos Jiw y Nükak de los Departamentos de Meta y Guaviare y el Programa de Garantía de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y persistan las actuales condiciones de inseguridad, necesidad y vulnerabilidad; 2) Las presentes medidas urgentes no sustituirán ni aplazarán el cumplimiento de lo ordenado en el Auto 004 de 2009, en relación con los pueblos Jiw y Nükak. | ||
+ | |||
+ | Las entidades concernidas en la presente orden, por intermedio de la Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, en el plazo de un (1) mes y medio, contado a partir de la comunicación de la presente providencia, deberán diseñar el Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, el cual deberá contener un cronograma de implementación y cumplimiento, las responsabilidades institucionales y personales asumidas por las distintas instancias nacionales y territoriales para el cumplimiento de la medida cautelar, las partidas presupuestales previstas para su efectiva ejecución y la ficha del proyecto registrado en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional con la asignación de recursos de destinación específica a las distintas entidades responsables del cumplimiento de la presente orden, el cual se presentará en el marco de una mesa de trabajo con la Sala Especial de Seguimiento, para lo cual oportunamente se dará a conocer la metodología correspondiente. | ||
+ | |||
+ | De la misma manera, sobre el avance en el cumplimiento de la presente orden, la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, deberá presentar en una mesa de trabajo con la Sala Especial de Seguimiento, en el término de cuatro (4) meses, un informe conjunto a nombre de las autoridades nacionales y territoriales concernidas, sobre los resultados obtenidos con el Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, y, acerca de los ajustes realizados para superar los obstáculos que se presenten...”<ref name="gui">Corte Constitucional. (2012). Auto 173. Corte Constitucional.</ref>. | ||
+ | El Programa de Derechos Humanos del Plan de Desarrollo del Departamento del Guainía, describe el programa como la promoción de la participación de la comunidad para el fortalecimiento de la población en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, donde el objetivo busca: “...Promover y encaminar acciones por el respeto a la garantía de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario en el Departamento...”, la estrategia se encamina al: “...Desarrollo de programas de educación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario dirigido a autoridades departamentales e instituciones relacionadas directamente con las situaciones de conflicto...” y la meta es lograr: “...Un programa departamental de educación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario...”<ref name="cgye">Departamento del Guaviare. (2004). Asamblea Departamental. Plan Departamental de Desarrollo. Ordenanza No. 008 de 2004. Recuperado de http://www.guaviare.gov.co/apc-aa-files/64303238353934646337363334303836/Plan_de_Desarrollo_EL_GUAVIARE_NOS_UNE.pdf</ref>. | ||
+ | |||
+ | La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos –ACNUR-, sugiere la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes de las operaciones militares en la comunidad protegida por el Derecho Internacional Humanitario<ref name="ervc">ACNUR. (2006). Colombia, Desplazamiento Indígena y Política Pública: Paradoja del Reconocimiento. San José de Costa Rica. </ref>. | ||
+ | Por su parte la ONU, en su Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas, ratifica el derecho de éstos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo a sus necesidades e intereses. Por otro lado, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos<ref name="vgh">ONU. (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. (61/295). </ref>. | ||
+ | Igualmente el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos Indígenas y tribales, ratificado por el Estado Colombiano y aprobado por el Congreso mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales<ref name="gvnj">OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf</ref> | ||
== Referencias == | == Referencias == | ||
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Revisión actual - 03:49 23 abr 2022
Descripción Geofísica
Localización geográfica
Está ubicado al oriente del municipio de San José del Guaviare en el departamento del Guaviare. Limita al norte con el departamento del Meta y al oriente y occidente con el resguardo Nukak-Makú<ref name="sigot">SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/</ref>.
Geología estructural
En el área se presentan:
- Plataforma.
- Plataforma sedimentaria con control tectónico parcial<ref name="sigot" />.
Geomorfología
Relieve
En la zona se encuentran:
- Plataformas, plataforma del Terciario Inferior, mesas residuales.
- Sistemas aluviales, llanura aluvial de desborde de los ríos andinos.
- Sistemas aluviales, terrazas bajas.
- Sistemas aluviales, terrazas medias y altas<ref name="sigot" />.
Dentro de las formaciones superficiales que ocurren en la zona, se encuentran:
- Depósitos de materiales arcillosos y arcillo-arenosos con espesor menor a 2 m.
- Presencia de costras petroférricas.
- Depósitos de sedimentos aluviales heterogéneos.
- Los materiales más gruesos se encuentran cerca de la cordillera.
- Depósitos de materiales aluviales con horizontes plintíticos continuos y granulometría fina.
- No se aprecian formas onduladas como en las terrazas altas
- Depósitos aluviales heterométricos con cantos redondeados de cuarzo y material meteorizado de rocas ígneas y metamórficas.
- Acumulaciones aluviales de grano fino<ref name="idem">Ídem</ref>.
Modelado
En la zona se encuentran:
- Formas onduladas con disección leve y pendiente media dominantemente plana; restos de antiguas llanuras de inundación de los principales ríos, con altura relativa de hasta de 50 metros sobre el nivel actual de los ríos.
- Formas residuales tipo mesa de unos pocos metros de elevación y pendientes medias planas.
- Planicies aluviales de pendiente media plana, con bancos, meandros, cauces abandonados, diques y cubetas de desborde.
- Terrazas con pendiente media plana con presencia de diques y cauces abandonados<ref name="sigot" />.
Ocurren procesos de modelado por:
- Encharcamientos parciales por lluvia, disección leve y aluvionamiento.
- Escurrimiento superficial difuso con transporte de materiales finos.
- Inundaciones periódicas.
- Aluvionamiento.
- Escurrimiento difuso leve<ref name="idem" />.
Los procesos secundarios son:
- Escurrimiento superficial difuso leve (acelerado en chagras).
- Disección leve.
- socavamiento leve
- Disección incipiente.
- Encharcamiento de suelos.
- Desbordes ocasionales<ref name="idem" />.
Se encuentran paisajes de:
- Lomerío fluvio gravitacional con inclinación menor al 25% y drenaje imperfecto a excesivo.
- Lomerío fluvio gravitaciona con inclinación mayor al 25% y drenaje imperfecto a excesivo.
- Planicie aluvial con inclinación menor al 7% y drenaje imperfecto a excesivo.
- Planicie aluvial con inclinación menor al 7% y drenaje pobre a muy pobre<ref name="idem" />.
Hidrografía
Cuencas
El resguardo está en la cuenca del Medio Guaviare<ref name="sigot" />.
La escorrentía de la zona es de 1500 a 2000 mm anuales<ref name="idem" />.
Se presentan ambientes sedimentarios y vulcano clástico con buenas posibilidades hidrogeológicas<ref name="idem" />.
Sistemas lóticos
En el resguardo se encuentra el río Guaviare<ref name="sigot" />.
Sistemas lénticos
No hay presencia de sistemas lénticos representativos.
Climatología
Clima
El resguardo está entre los 0 y los 800 metros sobre el nivel del mar<ref name="sigot" /> y se caracteriza por los siguientes elementos:
- La temperatura es mayor a 24°C.<ref name="idem" />.
- La precipitación anual es de 2500 a 3000 mm<ref name="idem" />.
- El periodo lluvioso es en los meses de abril a noviembre<ref name="todacolombia">Martínez, A. G. (s. f.). Departamento de Guaviare. Toda Colombia. Recuperado de http://www.todacolombia.com/departamentos/guaviare.html#5/</ref>.
Zonificación climática
El clima en la zona es cálida húmeda<ref name="sigot" />.
Amenazas naturales
El resguardo tiene muy baja amenaza por remoción en masa y baja amenaza sísmica. Se presentan inundaciones frecuentes<ref name="sigot" />.
Descripción biótica y ambiental
Características biofísicas
Zonas de vida y biomas
De acuerdo al Sistema de Clasificación de Zonas de Vida de Holdridge, el área del resguardo corresponde a la zona de vida de bosque húmedo Tropical (bh- T)<ref name="vfcc">SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/</ref>. Respecto a los biomas, según el Módulo de Información Geográfica del Observatorio de Territorios Étnicos y el Mapa de Ecosistemas Continentales, Marinos y Costeros de Colombia, el área pertenece al Zonobioma Húmedo Tropical y a los Helobiomas de la Amazonía y Orinoquía. Es importante destacar que en la zona se encuentran ecosistemas naturales de bosque alto denso de la planicie sedimentaria, ligeramente ondulada del norte y bosque medio denso de los planos estructurales arenosos. También se encuentran ecosistemas que han sido transformados en agroecosistemas mixtos<ref name="hfr">IAvH. (1998). Mapa General de Ecosistemas de Colombia (Elaborado por Andrés Etter). Recuperado de http://hermes.humboldt.org.co//ecosistemas/colombia/ecosistemas.php#</ref>.
Áreas para la conservación y traslape con áreas protegidas
El resguardo se encuentra dentro de la Zona de Reserva Forestal de la Amazonía<ref name="vfyt">Observatorio de Territorios Étnicos. (s.f). Sistema de Información Geográfico -SIG. Recuperado de http://etnoterritorios.org/mig/map.phtml</ref>, creada mediante La Ley 2ª de 1959 con el propósito de promover el desarrollo de la economía forestal y protección de los suelos, las aguas y la vida silvestre<ref name="vggg">Ley 2 de 1959. (16 de diciembre de 1958). Congreso de Colombia.</ref>.
Nota: Es fundamental tener en cuenta que algunos de los ecosistemas naturales del área han sido transformados, de allí que las iniciativas, prácticas tradicionales de conservación y manejo ambiental de los recursos naturales en la zona son importantes, y contribuyen a preservar las condiciones de vida y prácticas tradicionales de las comunidades indígenas.
Biodiversidad
Introducción
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Fauna
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Flora
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Uso de los recursos naturales renovables
En un trabajo realizado por la secretaria de salud departamental del Guaviare en el año 2005, se consolidó una lista de especies de plantas medicinales utilizadas por las comunidades indígenas del departamento<ref name="bg6t">Plan Integral de vida indígena. (2008). Resguardo indígena Panuré. Guaviare.</ref>. Entre estas plantas se encuentran el aralen para tratar el paludismo; mataratón para bajar la fiebre causada por paludismo y tratar el sarampión; bejuco wansoco para las enfermedades venéreas y para la melancolía; hoja santa para las hinchazones; la chuchuwaza para tratar la artritis y el reumatismo; casacara de cabo de hacha para lavar heridas; espina de monte para la caída del cabello; magrataña para sacar el frió y tratar la parálisis infantil; cáscara de guayaba de monte como purgante; gapui para la ceguera; manteca de león para desvanecer lobanillos y la vena várice y la cascara de mango para aliviar la tos<ref name="bgt0">Ídem.</ref>.
Impacto ambiental
Proyectos
El resguardo está afectado por el bloque/contrato CPE7, operado por la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y por el contrato/bloque Crudos Pesados, operado por ANH en modalidad de contrato área especial ANH<ref name="gtbz">Houghton, J. (ed.). (2008). La Tierra contra la muerte. Recuperado de http://www.prensarural.org/spip/IMG/pdf/10383_1_La_Tierra_contra_la_muerte.pdf</ref>. De acuerdo al Mapa de Área Petrolera en Resguardos, de abril del 2011, este está declarado como área de hidrocarburos, susceptible a afectaciones dentro y en áreas adyacentes<ref name="geor">Geographiando 2.0. (s.f). Áreas petroleras dentro de resguardo. Recuperado de http://geographiando.hrev.org/2011/05/15/area-petrolera-en-resguardos/</ref>.
NOTA: Este análisis se hizoe al sobreponer el Mapa de Áreas Petroleras dentro de Resguardo con la ubicación del resguardo según mapa del Sistema de Información Geográfico del Observatorio de Territorios Étnicos Recuperado de http://www.etnoterritorios.org/mig/map.phtml
Contaminación
En el Plan Básico de Ordenamiento Territorial del municipio se indica que sobre la ronda del río Guaviare se encuentra la mayor parte de estaciones de gasolina cuyos desechos de hidrocarburos son vertidos al agua, generando grandes índices de contaminación hídrica<ref name="fvr">Municipio de San José del Guaviare. (a. f.). Plan Básico de Ordenamiento Territorial. Recuperado de http://cdim.esap.edu.co/BancoMedios/Documentos%20PDF/pbot%20-%20san%20jose%20del%20guaviare%20-analisis%20urbano.pdf</ref>.
Cultivos de uso ilícito
El resguardo pasó de 56 hectáreas de coca, en el 2010, a 42 hectáreas, en el 2011<ref name="vrfp">UNODC. (2012). Colombia: Monitoreos de Cultivo de Coca 2011. Recuperado de http://www.unodc.org/documents/crop-monitoring/Colombia/Censo_cultivos_coca_2011.pdf</ref>.
Planes de manejo y ordenamiento ambiental territorial
El Parque Nacional Natural Serranía de Chiribiquete se encuentra inmerso o rodeado de figuras de ordenamiento y conservación de diferentes niveles, siendo el resguardo una de estas. En el área del resguardo, el uso y manejo debe enfocarse hacia la garantía de la existencia de la diversidad cultural y ambiental. El territorio es propiedad privada comunitaria de los indígenas y no puede ser enajenado ni embargado. Los recursos naturales que encierra deberán ser aprovechados a través de sistemas ecológicamente sostenibles y, en principio, según los usos y costumbres de las comunidades. De igual forma, el área protegida apoya la iniciativa de las comunidades indígenas que se oponen al desarrollo de actividades de minería y siembra de coca con fines comerciales<ref name="bfr">UAESPNN (s. f.). Plan de Manejo Parque Nacional Natural Serranía de Chiribiquete. Recuperado de http://www.parquesnacionales.gov.co/PNN/portel/libreria/pdf/LaSerraniadeChiribiqute.pdf </ref>.
Sistemas de organización y formas de gobierno
Gobierno propio y ley de origen
Ejercicio de soberanía sobre el territorio
El pueblo Jiw es de tradición semi nómada, sus formas de vida y relación con el entorno son determinadas por los desplazamientos alrededor del territorio, motivo por el cual éste constituye un lugar fundamental para la reproducción cultural como pueblo indígena, debiendo ser protegido en su totalidad para garantizar la movilidad. No obstante este carácter migratorio de los pueblos, como consecuencia de los procesos de colonización, conflicto armado y explotación extractiva de sus territorios, los Jiw han debido cambiar el uso tradicional del territorio, ubicándose en comunidades estables y debiendo transformar sus patrones de subsistencia y asentamiento<ref name="bgty">Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías. (s.f). Guayabero. Recuperado de http://www.google.com.co/urlsa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=22&cad=rja&ved=0CGcQFjALOAo&url=http%3A%2F%2Fwww.siidecolombia.gov.co%2FCMS%2Fmedia%2F32892%2Fpueblo_guayabero.pdf&ei=gRt1UJYGjb72BITWgMgP&usg=AFQjCNGL713A5cRBDrVD6vmmogvNZxpapQ&sig2=Yh-RDQPzUQXRvl1xKXsf4g</ref>. A pesar de la transformación paulatina en pueblo sedentario, el territorio sigue concibiéndose como espacio de movilidad; un lugar protegido y regulado por las Autoridades Tradicionales o Curacas, encargados de la interlocución con los seres espirituales de la naturaleza<ref name="xzs">Ministerio de Cultura. (2010). Caracterización del pueblo Guayabero. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41772</ref> y el mantenimiento del equilibrio territorial.
Autoridades tradicionales: transmisión de autoridad y conocimiento sobre el territorio
Las Autoridades Tradicionales del pueblo Jiw o Curacas son aquellas personas que poseen el conocimiento de las plantas medicinales; mediante la comunicación con los seres espirituales de la naturaleza y especialmente con su Dios creador, los chamanes adquieren el conocimiento y poderes necesarios para ejercer el rol de sanadores<ref name="btr">Ministerio de Cultura. (2010). Caracterización del pueblo Guayabero. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41772</ref>. Mediante la interlocución espiritual con seres sobrenaturales, los Chamanes regulan el equilibrio entre los seres humanos y la naturaleza; el pueblo Jiw concibe las enfermedades como castigos por el uso inadecuado de los recursos naturales, malestares que también pueden tener implicaciones en la estructura y armonía social de la comunidad<ref>Ídem.</ref> Es importante anotar que en las prácticas curativas el Chamán utiliza plantas como el Tabaco, la Coca, el Yagé y el Yopo, estas dos últimas se entienden como maléficas, cuyo uso proviene de castigos por parte de los seres sobrenaturales para limpiar o purificar<ref name="bjhg">Ídem.</ref>.
Instituciones políticas y sociales indígenas
Autoridades y representantes indígenas: elección o designación
El resguardo se organiza políticamente mediante la figura de cabildo, estando sujetos a la autoridad del Capitán, quien es poseedor del conocimiento tradicional<ref name="asw">Ministerio de Cultura. (2010). Caracterización del pueblo Guayabero. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41772</ref> y representa a la comunidad ante instituciones públicas y privadas que tienen incidencia en el territorio.
Espacios y acciones de reclamación y reconocimiento de derechos
El resguardo, representado por sus Autoridades Indígenas, hace parte de los procesos organizativos adelantados por la Asociación de Autoridades Indígenas del Guaviare (CRIGUA II), organización de carácter regional que surgió hace más de tres décadas con el propósito de representar y ser garante de derechos de las comunidades indígenas del Departamento<ref name="aser">Marandúa Estéreo. (2011). Se oficializa la organización indígena CRIGUA 2. Recuperado de http://marandua.co/index.php?option=com_content&view=article&id=483:se-oficializa-la-organizacion-indigena-crigua-2-</ref>. No obstante, en el año 2011, obtuvo el reconocimiento del Ministerio del Interior como Asociación de Autoridades Tradicionales y/o Cabildos Indígenas<ref name="nfs">Ídem.</ref>. CRIGUA II ha encaminado sus esfuerzos al mejoramiento de la calidad de vida de la población, la construcción y consolidación de Planes de Vida, así como la formulación de una política pública con enfoque diferencial en los componentes de salud y educación, en éste último mediante la construcción de currículos propios y creación de Instituciones Educativas Indígenas<ref name="hgy">Ídem.</ref>. El CRIGUA II ha proyectado además procesos de concertación y diálogo entre las Autoridades del resguardo y la administración municipal para el manejo y ejecución de los recursos del Sistema General de Participación (SGP)<ref name="vjv">Ídem.</ref>. A su vez, CRIGUA II representa a la población del Departamento ante otras instancias como la Organización de Pueblos los Indígenas de la Amazonía Colombiana (OPIAC)<ref name="qew">OPIAC. (s.f). Organización de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Colombiana, organizaciones de base. Recuperado de http://www.opiac.org.co/organizacion-de-pueblos-indigena-de-la-amazonia-colombiana/</ref>. La OPIAC ha encaminado sus acciones al fortalecimiento organizativo, educativo, cultural y del ejercicio de la gobernabilidad, orientando sus acciones desde la Ley de Origen y el Derecho Propio<ref name="vgt">OPIAC. (s.f). Misión y Visión. Recuperado de http://www.opiac.org.co/mision/</ref>. Es importante anotar además, que CRIGUA II presentó una propuesta al Ministerio de Educación Nacional para la formulación del Proyecto Etnoeducativo del pueblo Jiw, propuesta que fue aprobada y se encuentra en ejecución. Según CRIGUA II, “esta propuesta reconoce la capacidad autónoma de los pueblos indígenas y sus organizaciones para la formulación e implementación de proyecto etnoeducativo, el cual, articulado plenamente con los planes de vida de la comunidad, llevaran sin lugar a dudas a generar un modelo de educación capaz de interpretar las necesidades y requerimientos de la población indígena tanto en el conocimiento científico occidental como la recuperación de las tradiciones culturales ancestrales y un pedagogía autóctona, que responda a las características sociales, lingüísticas y culturales del pueblo JIW”<ref name="btxx">CRIGUA II. (2011). Modelo Metodológico, formulación proyecto etnoeducativo del pueblo Jiw Guaviare y Meta. Recuperado de http://crigua2.org/v2012/index.php</ref>.
Jurisdicción especial indígena
Según la tradición cultural del pueblo Jiw, las faltas cometidas por los seres humanos se ven reflejadas en la aparición de enfermedades; el uso inadecuado de los recursos tiene repercusiones en la salud de la comunidad y puede desencadenar desequilibrios y desintegración social<ref name="jyt">Ministerio de Cultura. (2010). Caracterización del pueblo Guayabero. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41772</ref>. “El tipo de soluciones que ofrece el sistema judicial propio de este pueblo indígena registra: Calabozo, trabajo comunitario, trabajo obligatorio (limpiezas, arreglo de caminos y de cementerios), expulsión del territorio, rezos, soplos, ayunos y dietas, curaciones, baños, consejos, ortigada, desprecio, brujería, venganzas familiares, multas”<ref name="xda">Ídem.</ref>.
Relación con actores e instituciones no indígenas Autoridades e instituciones estatales y privadas Las autoridades del resguardo, en el marco de los procesos de negociación y gestión con entidades públicas y privadas que hacen presencia en el territorio, han entablado relaciones con dichas instituciones buscando generar procesos de reivindicación y concertación en el manejo conjunto de los espacios en los que comparten jurisdicción. Es importante entonces mencionar la relación entablada con las siguientes entidades: Alcaldía Municipal de San José del Guaviare: el gobierno municipal es la entidad territorial encargada de la administración del presupuesto del Sistema General de Participaciones (SGP) asignado a los resguardos indígenas. De otro lado, la Alcaldía ha formulado en el Plan de Desarrollo para los años 2012 a 2015, una serie de estrategias encaminadas al fortalecimiento, inclusión y participación de los pueblos indígenas presentes en el territorio. De las líneas de acción y estrategias propuestas es importante destacar las iniciativas creación de la oficina de asuntos indígenas del municipio, la consolidación de una política pública de participación, el apoyo a la formulación de Planes de Vida y de Salvaguarda<ref name="chy">Alcaldía Municipal de San José del Guaviare. (2012). Plan de Desarrollo Municipal 2012-2015. Recuperado de http://www.sanjosedelguaviare-guaviare.gov.co/planeacion.shtml?apc=plPlan%20de%20Desarrollo%20Municipal-1-&x=2739622</ref>. Así mismo se plantea generar espacios de concertación con la Autoridades Tradicionales para la implementación de programas con enfoque para garantizar la soberanía alimentaria. Finalmente es importante anotar la intención de consolidar y fortalecer el comité indígena municipal y la celebración de encuentros de saberes entre los diversos pueblos que habitan en el municipio<ref name="pol">Ídem.</ref>. Corte Constitucional: en el año 2012 la Corte Constitucional profirió el AUTO 173, en el cual ordena medidas de protección urgente para la población Jiw, quienes se encuentran en grave riesgo por los efectos del conflicto armado; han estado expuestos a situaciones críticas relacionadas con el conflicto armado. Es así como la Corte ordena la creación de un Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia como medida de garantía de derechos y pervivencia de este pueblo<ref name="qrt">Auto 173 de 2012. (2012). Corte Constitucional. Recuperado de http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/autos/2012/a173-12.htm</ref>.
Relaciones interétnicas
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Actores armados
El Departamento del Guaviare ha sido un escenario de confrontación permanente entre los grupos armados ilegales y de éstos con el Estado. A partir de la década del ochenta del siglo anterior inició el proceso de consolidación de la guerrilla de las FARC en el territorio, mediante la presencia del Frente 1 y motivados por las ideales condiciones de la región para el establecimiento de cultivos de uso ilícito. Durante ésta década y el principio de los noventa hubo un incremento de la violencia debido a las disputas territoriales entre la guerrilla y los narcotraficantes, cada uno defendiendo los cultivos de coca. Como respuesta a la ola de violencia, el Gobierno Nacional tomo medidas como el despliegue de fuerza pública en la región, restricciones de movilidad y la fumigación masiva de cultivos<ref name="gld">Observatorio del Programa presidencial de Derechos Humanos y DIH. (s.f). Diagnóstico Departamental Guaviare. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticosDepartamento.aspx</ref>. Entre los años 1999 y 2001, los grupos paramilitares incursionaron en el territorio, las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) iniciaron campañas militares a través del Bloque Héroes del Guaviare, situación que generó múltiples enfrentamientos entre este grupo y los Frentes 1 y 7 de las FARC. Como consecuencia de dichas pugnas por el control de la tierra el negocio del narcotráfico, las FARC recibió apoyo de los Frentes 44 y 39 del Meta y 16 del Vichada, a su vez, las AUC obtuvieron soporte del Bloque Centauros<ref name="xtrs">Ídem.</ref>. A partir del año 2002, con el inicio de la política de Seguridad Democrática, se efectuó un despliegue militar con el objetivo de recuperar el territorio del dominio de los grupos armados; dicho proceso tuvo como resultado la disminución de actividades de la guerrilla y entre los años 2004 y 2006 la desmovilización de gran parte de los integrantes de los grupos paramilitares. No obstante en este mismo año, 2006, fue evidente la creación de nuevas estructuras paramilitares como Los Cuchillo, Los Llanero y Erpac consolidadas por los previamente desmovilizados y algunos narcotraficantes de la región<ref name="ccx">Ídem.</ref>. El aislamiento de gran parte del territorio del Departamento, así como la mínima presencia del Estado y las acciones permanentes de los grupos armados, convierten al Departamento y el Municipio de San José del Guaviare en una zona de guerra y confrontación, teniendo como consecuencia altísimos índices de violencia y desplazamiento forzado<ref name="xzsa">Misión de Observación Electoral. (s.f). Monografía Político Electoral Departamento de Guaviare 1997 a 2007. Recuperado de http://www.google.com.co/urlsa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&ved=0CCEQFjAA&url=http%3A%2F%2Fmoe.org.co%2Fhome%2Fdoc%2Fmoe_mre%2FCD%2FPDF%2Fguaviare.pdf&ei=O2eBUIycI-nm2gWQ3IDIAg&usg=AFQjCNETvDQyDy7eUKLRRfx4-hU2QQteZg&sig2=rCVUwrUsg1ShkJCjcdztqQ</ref>.
Resguardos fronterizos
No Aplica.
Uso, vocación y potencialidades de los suelos
Suelos
Características de los suelos
La mayor parte de los suelos amazónicos son pobres en nutrientes y tienen un bajo potencial de retención de elementos (calcio, potasio y fosforo). El bajo contenido de nutrientes se debe a dos causas: altas temperaturas y precipitaciones y la historia geológica de la región. La intensa meteorización y lavado (lixiviación) a través de millones de años, ha removido los nutrientes de los minerales que forman los materiales parentales del suelo. Los suelos amazónicos también tienen una muy baja capacidad de retención de los nutrientes, que se originan de la descomposición de la materia orgánica. Esto se debe, en parte, a la alta concentración de aluminio e hidrogeno, que ocupan los espacios en que los nutrientes deberían ser retenidos. El aluminio comprende un alto porcentaje de los minerales del suelo. El hidrogeno proviene de los ácidos orgánicos formados en la materia orgánica de la capa superior del suelo.<ref name="mlño">Moragas F. (2012). El suelo Amazónico. Recuperado de http://flor-amazonas.blogspot.com/2008/04/suelo-amaznico.html</ref>
Condiciones actuales
Intervención: Presencia de cultivos ilícitos en el departamento del Guaviare, el área de ocupación de estos cultivos presenta un incremento según los datos recopilados para el año 2011 (6839 ha) con respecto al año 2010 (5701 ha).<ref name="csad">UNODC. Colombia. Monitoreo de Cultivos de coca. (2012) Recuperado de http://www.unodc.org/documents/crop monitoring/Colombia/Censo_cultivos_coca_2011.pdf</ref> Además el municipio de San José del Guaviare donde se ubica el resguardo, se encuentra entre los diez municipios del país con mayor área sembrada de coca (1877 ha) según análisis para el año 2011.<ref name="vdep">Ídem. </ref>
Vocación y recursos alternos
Utilidad
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Recursos minerales
No hay reportes de explotación minera (oro, plata o platino) para el departamento del Guaviare.<ref name="vdht">IGAC. UPME. (2009) Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/PDF/SIGOT_EcoProduccionOroMpio_Nal.pdf? http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/PDF/SIGOT_EcoProduccionPlataMpio_Nal.pdf? http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/PDF/SIGOT_EcoProduccionPlatinoMpio_Nal.pdf?</ref> Aunque en la parte oriental del departamento hay unas pocas solicitudes vigentes de actividad minera.<ref name="bdf">Áreas estratégicas mineras. (2012). Recuperado de http://www.lasillavacia.com/historia/la-reserva-minera-en-la-amazonia-que-el-ministro-de-ambiente-aprobo-sin-estudiar-35135</ref>
Importancia, uso y aprovechamiento actual
Prácticas productivas-UAF
Autóctonas, Agrícolas y Pecuarias: En la etnografía tradicional los Jiw son descritos como un grupo seminomada ribereño de sabana, cuyo sistema agrícola se basaba en la explotación selectiva y estacional de distintos ambientes. Construían chagras en las galerías cercanas, abandonadas posteriormente para dedicarse a la recolección, la caza y la pesca. Como resultado de la expansión de la frontera agrícola así como de los constantes flujos migratorios en el área, se han trasladado hacia el bosque húmedo tropical, reduciendo considerablemente los periodos dedicados a las actividades extractivas y modificando su patrón de asentamiento y subsistencia. Actualmente complementan la horticultura de tumba y quema con actividades como el jornaleo, el intercambio de productos comerciales y la venta de artesanías. Por lo general siembran en la chagra yuca de varias clases (Manihot spp.), plátano (Musa spp.), piña (Ananas comosus), batata (Ipomoea batata) y algunos frutales; practican la ganadería, la pesca, la caza y cría de especies menores con fines comerciales. Su economía integra patrones tradicionales y formas propias de la economía nacional. La preparación de terrenos y algunas veces la siembra, se lleva a cabo mediante el convite o únuma, convocado por el jefe del asentamiento.<ref name="xgt">Departamento Nacional de Planeación (DNP). (2006). Los Pueblos Indígenas de Colombia en el Umbral del Nuevo Milenio. Bogotá. Recuperado de http://www.acnur.org/paginas/index.php?id_pag=5640</ref> Unidades Agrícolas Familiares (UAF): En todas las cifras se ha asumido que la totalidad de los territorios de los resguardos son de uso agropecuario o que están en condiciones de ser explotados para producir bienes. Este es un supuesto exagerado que no tiene en cuenta la cultura y tradiciones productivas, ni descuenta en los territorios colectivos las áreas protegidas o no aptas para la actividad productiva y tampoco descuenta los lugares sagrados o en donde está prohibida la actividad económica. Si se introduce, como corresponde, esta restricción, el cuadro de tenencia efectiva de tierra por parte de las comunidades indígenas varía considerablemente y no se podría hablar de ninguna forma equivalente a la mediana o gran propiedad. Predominando el microfundio y la pequeña propiedad con menos de una UAF (5 hectáreas).<ref name="dsstr">Ministerio del Interior. Asuntos Indígenas. (2010). Proyecto de Protección de Tierras y Patrimonio de la Población Desplazada (PPTP). Bogotá.</ref>
Plan de desarrollo
Impactos en los territorios indígenas
Dentro del plan de desarrollo municipal se estipula un programa de acción denominado Municipio Indígena el cual tomaría acciones ante las diversas problemáticas que afectan a dichas comunidades, incluye un subprograma que pretende garantizar la seguridad alimentaria al interior de los distintos resguardos presentes en el municipio promoviendo proyectos productivos tradicionales o de etnodesarrollo.<ref name="cdy">Alcaldía Municipal de San José del Guaviare. (2012). Plan de Desarrollo Municipal 2012-2015.</ref>
Estrategias de conservación
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Planes de vida
Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.
Demografía
Estructura, densidad y distribución poblacional
Censos y proyecciones
La población del resguardo Barranco Ceiba – Laguna Araguato pertenece al pueblo Jiw (también denominados Guayabero, Mitua, Canima, Cunimia). El censo DANE del 2005 reportó 617 personas autoreconocidas como pertenecientes al pueblo Jiw, que representan el 0,04% de la población indígena de Colombia. El pueblo Jiw se concentra en el departamento del Guaviare, en donde habita el 36,6% de la población, seguido de Meta y Putumayo. Estos tres departamentos concentran el 74,7% de la población de este pueblo.
Ejemplo | Indígenas autoreconocidos en el censo del 2005 | Porcentaje población indígena nacional |
Jiw (Guayabero, Mitua, Canima, Cunimia). | 617 | 0,04% |
El Instituto Colombiano de Reforma Agraria por medio de la Resolución 049 de 1983 constituyó el resguardo Barranco Ceiba – Laguna Colorada y adjudicó a la comunidad 24.940 hectáreas.
- La población del resguardo según:
Resolución de constitución como reserva indígena número 004 de 1980 –INCORA-: la comunidad se encontraba conformada por 103 personas agrupadas en 22 familias, de acuerdo al censo realizado que se calcula abarcó el 70% de la población de la zona, permitiendo inducir que el total de individuos existentes en la zona es de unos 147 distribuidos en 31 familias.
- El Censo Nacional de 2005 del DANE: reportó 202 indígenas en el resguardo.
- Proyección estadística a 2012 –DANE-: se estima que para este año la población indígena del resguardo asciende a 236 personas.
La densidad población con respecto al año en el que se constituyó el resguardo correspondía a 242,13 hectáreas por habitante, y con base en la proyección poblacional del DANE para el año 2012, esta densidad es de 105,67 hectáreas por habitante.
Poblamiento y distribución espacial de la población
El pueblo indígena conocido como Guayabero<ref name="iut">Ministerio de Cultura. (2010). Jiw –Guayabero-, una gran familia. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41772</ref>, se autoreconoce como Jiw, es el pueblo con mayor número de habitantes indígenas del departamento del Guaviare. También están localizados en el departamento del Meta. Los Jiw hablan la lengua Mitua, comparten con los pueblos Sikuani, Kuiva y Macaguane, la familia lingüística Guahibo y diversas prácticas culturales. La comunidad del resguardo pertenece al pueblo Jiw (también denominados Guayabero, Mitua, Canima, Cunimia), uno de los rasgos culturales característicos de este pueblo es su estructura comunitaria, en la cual el parentesco constituye su principio de identidad. La población Jiw se halla repartida en varias comunidades y cada una de éstas se subdivide en clanes autónomos, con una particularidad, todos los miembros de los clanes son parientes entre sí1. El resguardo Jiw de Barranco Ceiba – Laguna Araguato se encuentra localizada en el municipio de San José del Guaviare.
Sistemas de parentesco
Parentesco
Las familias del pueblo Jiw son extensas y conviven en una misma casa abuelo, padres, hijos, tíos. Sin embargo cuando el grupo familiar es bastante numeroso, las hijos casados se separan conformando una nueva unidad familiar. El sistema matrimonial es complejo, ya que la población está compuesta por grupos migratorios que forman clanes, por lo que preferiblemente las uniones se hacen entre personas de un mismo clan, entre primos cruzados bilaterales, con comportamientos monogámicos y endogámicos<ref name="vdp">Ministerio de Cultura. (2010). Jiw –Guayabero-, una gran familia. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41772</ref>.
Movimientos migratorios y desplazamientos
Migración y desplazamiento
Si bien el conflicto armado constituye una de las principales amenazas para la pervivencia del pueblo Jiw, tal como lo ha señalado la Corte Constitucional en el auto 004 de 2009; la débil prestación de servicios básicos a cargo del Estado en las comunidades indígenas implica, además de una violación a los derechos fundamentales de las mismas, un factor adicional de vulnerabilidad que en el marco de situaciones de conflicto incrementa el riesgo al que se ven expuestas. En términos generales, la prestación de servicios básicos en las áreas rurales de los departamentos de Guaviare y sur del Meta es precaria. Dado que es principalmente allí donde se ubican los resguardos y asentamientos del pueblo Jiw, el acceso que estas comunidades tienen a los servicios básicos que garanticen los derechos a la alimentación, salud, educación y programas de apoyo para niños y adultos mayores es igualmente limitado<ref name="vbfr">Modelo Metodológico, formulación Proyecto Etnoeducativo Pueblo Indígena Jiw, (s.f). Recuperado de http://crigua2.org/v2012/images/stories/producto_final%20convenio_404_men_criguaii%201.pdf</ref>. Desde el 2002 los indígenas jiw están sometidos al desplazamiento forzoso, que en los años de 2007 y 2008 se ha intensificado adquiriendo tales dimensiones, que se habla de una “crisis humanitaria“, debido al desplazamiento del 80% de la población de sus territorios y del asesinato extrajudicial de líderes. Este pueblo además enfrenta la falta de atención en materia de educación, salud, obras de infraestructura, proyectos productivos sociales, ambientales, y económicamente justos y equitativos. En estas condiciones el pueblo indígena Jiw, fue diagnosticado por el Auto 004 de 2009 emitido por la Corte Constitucional, como uno de los pueblos en riesgo de extinción colectiva. La continua colonización y la incursión violenta en sus territorios ha profundizado la pérdida de muchas de las prácticas tradicionales de los clanes y las migraciones a los centros urbanos. Del mismo modo se agudiza la situación de abastecimiento de comidas causando desnutrición y enfermedades contagiosas en la población en general y la actividad de grupos armados ilegales les ha causado graves inconvenientes en la movilidad dentro de su territorio, lo cual los ha obligado a emigrar en busca de sustento<ref name="ujh">Ministerio de Cultura, Caracterización Pueblo Indígena Guayabero (Jiw), (s.f). Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41772#</ref>.
Vulnerabilidad poblacional Desde el 2002 los indígenas jiw están sometidos al desplazamiento forzoso, que en los años de 2007 y 2008 se ha intensificado adquiriendo tales dimensiones, que se habla de una crisis humanitaria, debido al desplazamiento del 80% de la población de sus territorios y del asesinato extrajudicial de líderes. Este pueblo además enfrenta la falta de atención en materia de educación, salud, obras de infraestructura, proyectos productivos sociales, ambientales, y económicamente justos y equitativos. En estas condiciones el pueblo indígena Jiw, fue diagnosticado por el Auto 004 de 2009 emitido por la Corte Constitucional, como uno de los pueblos en riesgo de extinción colectiva. La continua colonización y la incursión violenta en sus territorios ha profundizado la pérdida de muchas de las prácticas tradicionales de los clanes y las migraciones a los centros urbanos. Del mismo modo se agudiza la situación de abastecimiento de comidas causando desnutrición y enfermedades contagiosas en la población en general y la actividad de grupos armados ilegales les ha causado graves inconvenientes en la movilidad dentro de su territorio, lo cual los ha obligado a emigrar en busca de sustento. El Consejo Superior de la Judicatura identifica en su Atlas para la Jurisdicción Especial de los pueblos como problemáticas del pueblo Jiw la falta respeto padres, no corregir a los hijos, abandono de la familia, falta de respeto a las autoridades, desobediencia, chisme, rumor, señalamiento, ubicación de colonos en territorios de resguardo, venta de tierras del resguardo o territorio tradicional, y el tipo de soluciones que ofrece el sistema judicial propio de este pueblo indígena registra: Calabozo, trabajo comunitario, trabajo obligatorio (limpiezas, arreglo de caminos y de cementerios), expulsión del territorio, rezos, soplos, ayunos y dietas, curaciones, baños, consejos, ortigada, desprecio, brujería, venganzas familiares, multas<ref name="cys">Ministerio de Cultura. (2010). Jiw –Guayabero-, una gran familia. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41772</ref>.
Seguridad y soberanía alimentaria
Seguridad alimentaria
Producción y consumo En la economía de la etnia Jiw, se destacan dos aspectos importantes que tienen que ver, por una parte, con su relación con la economía nacional, y por otra parte con la conservación de sus formas tradicionales de subsistencia. Aunque este grupo depende en gran medida del aprovisionamiento de artículos metálicos (machetes, cuchillos, hachas, entre otros) y básicos (sal, medicamentos, vestidos y alimentación) para su subsistencia, han mantenido una economía tradicional, que consiste en las formas básicas de obtención de alimentos tales como la caza, la pesca, la recolección y la horticultura con la siembra de la yuca brava, que están determinadas por la época del año y la localización geográfica de la comunidad. Por otra parte, las mujeres continúan con la elaboración de vasijas de barro, ya no para el uso cotidiano, sino para la venta en el mercado. Adicionalmente, hombres y mujeres practican la cestería, con materiales extraídos del procesamiento de la yuca, y los productos también son comercializados<ref name="mnh">Observatorio del programa presidencial de Derechos Humanos y DIH. (2010). Diagnóstico de la situación del pueblo indígena Guayabero. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/documents/2010/DiagnosticoIndigenas/Diagnostico_GUAYABERO.pdf</ref>
Soberanía alimentaria
Autonomía Alimentaria
Este pueblo habitaba en territorios de sabanas tropicales, de grandes planicies con suelos favorables para el desarrollo agrícola. En la actualidad, la explotación extractiva de estos terrenos los ha obligado a emigrar a zonas de bosques húmedos tropicales, forzándolos adecuarse a otras pautas de existencia, a organizarse en pequeños caseríos a lo largo del río Guaviare, dispersos unos de otros, ubicados en las zonas planas y altas, para evitar las inundaciones. Las actividades de producción obligan a cada familia a ocupar áreas donde conforman sus complejos urbanísticos, con una distribución interna acorde con su número de individuos e integrantes de este núcleo familiar<ref name=xsa">Ministerio de Cultura, Caracterización Pueblo Indígena Guayabero (Jiw), (s.f). Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41772#</ref>
Salud y educación
Salud En la cosmovisión del pueblo Jiw se considera que las enfermedades son causadas principalmente por el inadecuado uso de la naturaleza que además de originar enfermedades, genera problemas sociales al interior de los clanes (las cuales también podrían producirse por acciones humanas del mismo grupo o de grupos vecinos). El tratamiento de las enfermedades está asociado con la interpretación del Curaca, voz quechua que significa el primero o el mayor entre todos los de su agrupación, en una ceremonia donde el sabio como intermediario entre el enfermo y los dioses, interpreta rezos y pone en uso la planta que se requiere para cada caso. El sistema organizativo y estructural de este pueblo indígena compromete una gran variedad de especies vegetales y botánicas que sirven como base para la solución de distintas enfermedades y problemas psicosociales que se presentan frecuentemente en las comunidades. En este sentido se destacan plantas como el tabaco, la coca, guácima y diferentes clases de ají<ref name="sad">Ministerio de Cultura, Caracterización Pueblo Indígena Guayabero (Jiw), (s.f). Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=41772#</ref>.
Educación En todas las comunidades Jiw se presentan niveles de escolaridad muy bajos. Si bien no se cuenta con datos completos que permitan dar cuenta de la dimensión exacta de esta problemática; al indagar en cada uno de los resguardos y asentamientos se observan bajos niveles de escolaridad y altos índices de deserción entre los menores. En todo el pueblo Jiw sólo existen tres personas que cuentan con estudios de secundaria completos. Ningún miembro del pueblo Jiw ha accedido a la educación superior. Esta situación contribuye de forma directa a reproducir los esquemas de exclusión a los que históricamente han estado sometidas estas comunidades. Los principales factores que inciden en esta situación son: la débil infraestructura existente en las comunidades indígenas para el desarrollo del proceso educativo, la necesidad de incorporar a los integrantes de la comunidad tempranamente a actividades productivas, la escasez de docentes dentro del mismo pueblo Jiw y la inexistencia de un proyecto etnoeducativo propio. Dentro de las comunidades se imparte el ciclo de formación primaria, en tanto que para el acceso a otros niveles educativos, los estudiantes deben trasladarse a las cabeceras municipales; donde se vinculan a un sistema de educación que no atiende a sus características culturales, y por ende, implica una fuerte ruptura frente a los referentes de la comunidad. Dada la escasa pertinencia del proceso educativo y su débil articulación con las necesidades y expectativas de las comunidades, se presentan altos niveles de deserción entre las comunidades. Se observa que en la mayor parte de los resguardos y asentamientos, los menores abandonan la escuela una vez tienen la edad suficiente para conformar parejas y para apoyar en el desarrollo de actividades que puedan representar un ingreso económico ó apoyar la subsistencia de su familia. Las condiciones de las aulas destinadas al proceso educativo en la mayoría de los resguardos y asentamientos Jiw son muy precarias, y los materiales de que disponen son escasos y desactualizados. Esta situación es más grave en los resguardos más apartados de las cabeceras municipales, que son a su vez aquellos que han sido más impactados por el conflicto armado, se presenta una grave situación en términos de infraestructura para el proceso educativo. En el resguardo Mocuare la escuela se cayó y el docente desarrolla sus labores en un salón adaptado por él mismo en su casa. En los Resguardos Barranco Ceiba y Barranco Colorado, las condiciones para el desarrollo del proceso educativo no corresponden con las expectativas de la comunidad y de los propios docentes. Adicionalmente, en el Resguardo La Fuga la inversión en infraestructura educativa realizada por la administración local se hizo en un sector ocupado por colonos, en tanto que los indígenas reciben clases en pequeño salón adaptado por la comunidad, el cual no cumple con los requerimientos básicos para este fin. En el Resguardo Barrancón algunos de los menores asisten a la escuela ubicada dentro de la base de la Escuela de Fuerzas Especiales del Ejército Nacional, lo cual, además de las consecuencias que tiene en materia de vulneración al derecho a la educación propia, constituye una clara infracción a los principios básicos del Derecho Internacional Humanitario. A pesar de lo anterior, el pueblo Jiw cuenta con la fortaleza de tener entre sus líderes un grupo de docentes que se ha esforzado por continuar ejerciendo su trabajo, en ocasiones a pesar de estar por fuerza de su territorio y sin las condiciones mínimas para desarrollar una labor que responda a las necesidades de la población escolar y de las comunidades. En los resguardos Mocuare y Barranco Colorado, los docentes fueron objeto de amenazas y señalamientos que ocasionaron su desplazamiento y el asesinato de uno de ellos en el año 2000<ref name="tryu">Modelo Metodológico, formulación Proyecto Etnoeducativo Pueblo Indígena Jiw, (s.f). Recuperado de http://crigua2.org/v2012/images/stories/producto_final%20convenio_404_men_criguaii%201.pdf</ref>.
Oferta institucional
Oferta institucional
Estatal
La gobernación de Guaviare a través de su Plan de Desarrollo Departamental “ASÍ MARCAMOS HUELLA” 2012 – 2015, entendiendo que en el Departamento se darán los pasos para la búsqueda y concreción de ―las condiciones, reivindicaciones o facultades relacionadas con el bienestar de todas las personas, que les permiten crear una relación íntegra con la sociedad, se dará énfasis al concepto de ―Guaviare Territorio Modelo de Derechos, puesto que este es un territorio en el que se han concentrado fuerzas ilegales, alrededor del cultivo ilícito de la coca y de ello se han originado múltiples conflictos y confrontaciones que han afectado y afectan seriamente a la población civil, lo que hace necesario fundamentar cultural y prácticamente mecanismos de resolución de conflictos, DIH, DDHH, para que la población los asuma y aplique constructivamente de forma que la lleven a mejores niveles de interacción endógena (sociedad), exógena (Departamento) y convivencia, en tanto el Gobierno nacional genera las condiciones para que se dé un verdadero proceso de paz. Para dar cumplimiento a todas estas prioridades se contemplan accionares que permitirán acercar su consecución exitosa tales como el subprograma Política social y garantía de los derechos, cuya meta es la creación de un Plan de política pública departamental indígena; el programa Promoción Social, por el goce efectivo de los derechos con enfoque diferencial que pretende formular un modelo intercultural de salud para población indígena y busca concertar y articular las acciones de salud en el marco del Plan de Salvaguarda de las comunidades indígenas Jiw, Sikuanes y Nukak, apoyar la socialización y retroalimentación del Sistema Indígena de Salud Propio Intercultural (SISPI); elaborar el modelo intercultural de salud para población indígena, realizar la concertación de las acciones de salud con las comunidades indígenas Jiw, Sikuanes y Nukak Makú, para ser incorporadas en los planes de salvaguarda. El subprograma Guaviare diversidad étnica, que contempla una Escuela Permanente Indígena de formación de formadores en organización comunitaria y normatividad indígena, definir conjuntamente mecanismos y procedimientos para la realización de 26 censos de población indígena y para su actualización periódica, una mesa departamental indígena dinamizada con amplia participación de autoridades tradicionales y representantes institucionales, reglamentos internos de Resguardos Indígenas del Departamento del Guaviare, garantizar el rescate cultural de las comunidades indígenas a través de la construcción de 33 malocas (25 en resguardos y 8 Asentamientos indígenas) como vivienda tradicional Indígena, apoyar 120 familias indígenas incluidas en el programa de seguridad alimentaria, conformar un equipo intersectorial para concertar con las Organizaciones indígenas un plan de apoyo y asistencia técnico pedagógica a IE etnoeducativas. El programa Guaviare reconoce el patrimonio y su diversidad cultural busca un proyecto de fortalecimiento de la Escuela de Tradiciones Indígenas y apoyar la construcción de 5 malocas según las características, conocimiento, reconocimiento y concertación de las comunidades indígenas priorizadas.<ref name="gaw">Gobernación del Guaviare. Plan de Desarrollo. “ASÍ MARCAMOS HUELLA” 2012 – 2015. Recuperado de http://educon.javeriana.edu.co/ofi/documentos/regionalizacion/Planes%20desarrollo/Departamentos/GUAVIARE%202012_2015.pdf</ref>
Organizaciones indígenas
La organización presente en el territorio es el Consejo Regional Indígena del Guaviare – CriGua el cual participa activamente en la construcción y actualización de los planes de vida de los resguardos. Los Planes de Vida de los Resguardos Panure, La María, La Asunción, El Barracon y Corocoro con el apoyo de CDA – Regional Guaviare – Proyecto Apoyo a la Formulación de Planes de Vida Indígena – Fondo de Compensación ambiental – Ministerio de Vivienda y Ambiente, Gobernación, ICBF – Regional Guaviare, INCODER Regional Guaviare, Alcaldía de San José del Guaviare, Alcaldía del Retorno, UMATA, capitanías de los resguardos de la fuga, la María, Barrancón, Asunción y el refugio de san José del Guaviare.<ref name="trdx">Resguardo Panure. Plan de Vida. Recuperado de www.observatorioetnicocecoin.org.co/files/PIVI%20PANURE.pdf </ref>
ONG y organizaciones privadas
Las organizaciones privadas y/o ONG ofrecen distintos apoyos en el territorio. El apoyo que ofrecen incluyen la visibilización de la situación de conflicto que se presenta tales es la labor de CODHES (Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento )que mediante comunicados explican la situación de desplazamiento que sufren los indígenas debido a amenazas de grupos armados ilegales.<ref name="qwtr">Revista Semana. Unos 79 indígenas abandonan tierras límites del Meta y Guaviare. Recuperado de http://www.semana.com/nacion/articulo/unos-79-indigenas-abandonan-tierras-limites-meta-guaviare/245792-3</ref> Por su parte la Fundación WOTIEN y la Ong MÓN JOVE realizan visitas para proponer soluciones a las necesidades identificadas en los planes de vida de la comunidad, realizando mesas temáticas con la participación de familias y lideres del sector.<ref name="kopl">Fundación WOTIEN. Diagnóstico comunidad Guayaberos. Recuperado de http://wotien.wordpress.com/2009/12/15/diagnostico-de-la-comunidad-guayaberos/#more-92 </ref>
Agencias de cooperación internacional
La cooperación internacional en su ejercicio de velar por los derechos de los pueblos indígenas realiza llamados y pronunciamientos ante la situación de conflicto que se presenta en el territorio, tal es así, que en alianza de las Naciones Unidas, diversas organizaciones internacionales de pueblos indígenas, Ong´s, Organismos de DDHH y de DIH, la Unión Europea, la Cruz Roja, etc., han levantando su voz para reclamar la atención sobre este maltrecho y abandonado pueblo y de nada ha servido. Los Nukak están en proceso acelerado de desaparición, no físicamente, ya que a pesar de las epidemias que los han diezmado son un pueblo fuerte, pero si a nivel cultural. Para el 2006 se realizó la “misión internacional de verificación sobre la situación humanitaria y derechos humanos de los pueblos indígenas de Colombia”, esta estuvo conformada por organizaciones de derechos humanos y de la sociedad cívil de Europa, America Latina, Estados Unidos, y Canadá, con observadores de las agencias de las Naciones Unidas, la Embajada de Suiza, la Embajada de Alemania, la delegación de la comisión europea, y la MAPP-OEA. Adicionalmente, la Misión participó en el foro nacional de mujeres indígenas y en el foro nacional por la vida de los pueblos indígenas y tuvo acceso a estudios de caso, informes de violaciones de derechos humanos a los pueblos indígenas, testimonios, documentos y análisis de expertos, que le permitieron obtener una visión integral de la situación actual por la que atraviesan los pueblos indígenas de Colombia.<ref name="mjui">Movimiento Mundial por los Bosques Tropicales. Misión internacional de verificación sobre la situación humanitaria y derechos humanos de los pueblos indígenas de Colombia. Recuperado de http://www.wrm.org.uy/paises/Colombia/Declaracion_Final.html</ref>
Existen otros procesos desarrollados por la CI como lo son el “Fortalecimiento a la organización étnico territorial Jiw “Naxaen” para que participe en la elaboración y en la implementación de la política pública para comunidades indígenas en riesgo o situación de desplazamiento, en el Departamento del Guaviare” ejecutado por la Corporación Opción Legal con recursos de ACNUR; la ESTRATEGIA INDÍGENA que pretende generar un impacto visible en las condiciones de vida de las comunidades indígenas en situación de desplazamiento mediante las acciones de protección inmediata dirigidas a esta población ejecutado por ACNUR; la ASESORÍA Y FORTALECIMIENTO JURÍDICO DE CUATRO PUEBLOS INDÍGENAS, ejecutado por la Universidad de los Andes que pretende avanzar en la implementación de un Enfoque Diferencial Indígena en las Políticas Públicas con un especial énfasis en el reconocimiento de la diversidad de los pueblos indígenas, sus riesgos e impactos diferenciales y sus propuestas de soluciones; AGUA POTABLE PARA COMUNIDADES INDÍGENAS Y PROYECTO SEGURIDAD ALIMENTARIA que pretende brindar agua potable a seis comunidades de indígenas desplazados y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y COMUNITARIO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS DEL SUR que busca contribuir con la participación de los pueblos indígenas en la implementación y cumplimiento del Auto 004 de 2009 de la Corte Constitucional sobre la construcción de los planes de salvaguarda para la protección comunitaria y la prevención del desplazamiento de los pueblos indígenas de la región ambos ejecutados por la Corporación Opción Legal.<ref name="kju">Departamento para la Prosperidad. Mapa Cooperación Internacional. Recuperado de http://www.accionsocial.gov.co/new_mapa/main.asp</ref>
Aspectos jurídicos y legales
Trámites y necesidades en materia territorial
El resguardo se titula mediante Resolución No. 0049 del 21 de julio de 1983 del INCORA<ref name="vds">INCORA. (1983). Resolución 049. Bogotá: INCORA.</ref> (hoy INCODER). Dentro de los problemas territoriales del resguardo cabe destacar el hecho de que el Departamento al que pertenece cuenta con una reserva forestal de 434.800 hectáreas, de las cuales aproximadamente 62.000 son de ecosistemas. Si a este fenómeno, se suma el proceso de instalación de ganaderías extensivas y las prácticas de praderización que implican, se hace posible comprender los motivos por los que las comunidades indígenas indican que cada día ven más vulnerado su derecho a la autonomía territorial. Sumado a lo anterior, los pueblos indígenas se encuentran imposibilitados para ejercer su autoridad en el territorio, ya que la situación de Derechos Humanos no ha tenido un tratamiento político adecuado, debido a que la cuestión humanitaria se ha trabajado desde una perspectiva de competencia nacional y se requiere de un tratamiento diferencial que sólo es posible a partir de la desentralización. La consecuencia directa de esta realidad es que las situaciones propias del conflicto armado impiden las garantías necesarias para el cumplimiento efectivo de los derechos territoriales de estas comunidades, que en la actualidad están a la espera de actividades que propendan por la protección de sus derechos fundamentales. Finalmente, es posible mencionar un último problema territorial del resguardo, vinculado a un proceso de colonización de la zona; durante los últimos años han aumentado las migraciones desde diferentes partes del país a la región, hecho que ha provocado el desarrollo de una amplia composición cultural y étnica que, de una u otra manera, afecta la autonomía territorial de las comunidades indígenas, sumado al constante desplazamiento provocado por las situaciones de orden público de la región. A pesar de contar con el apoyo de la fundación CRIGUA II, encargada de representar y hacer valer el carácter minoritario del pueblo indígena, todas las situaciones descritas hacen de la población indígena un grupo vulnerable frente a la acción de los colonos, ya que los inconvenientes se dan especialmente por la falta de un fortalecimiento gubernamental a la situación étnica y a la discriminación, que impide a este pueblo recibir un tratamiento igualitario<ref name="f3vp">Asamblea Departamental, Departamento del Guaviare. (2004). Plan Departamental de Desarrollo. Ordenanza No. 008 de 2004. Recuperado de http://www.guaviare.gov.co/apc-aa-files/64303238353934646337363334303836/Plan_de_Desarrollo_EL_GUAVIARE_NOS_UNE.pdf</ref>. Los actores armados minaron el territorio del resguardo, sembraron cultivos ilícitos, contratando colonos para que cuiden de estas plantaciones, y han declarando a las comunidades indígenas como objetivo militar, lo que las ha obligado a permanecer en situación constante de desplazamiento<ref name="gd">Caracterización Resguardos. (s.f.). Índice Consolidado, Resguardos Indígenas de Colombia. Documento interno. </ref>. Hechos como los presentados anteriormente, desconocen lo dictado por la Corte Constitucional en el Auto 173 de 2012, que define al pueblo indígena que pertenece a este resguardo, como un grupo que está en grave peligro de extinción física y cultural debido al conflicto armado interno<ref name="ewt">Corte Constitucional. (2012). Auto 173. Bogotá.</ref>. Necesidades: Es fundamental desarrollar estrategias que permitan a las comunidades llevar a cabo procesos autónomos para el fortalecimiento étnico y que, de esta forma, les sea posible recibir un tratamiento igualitario frente a las instancias Administrativas. Esto, en aras de dignificar la vida indígena dentro de su territorio y así permitir la consolidación de su identidad cultural, y de sus formas de organización. De la misma forma, resulta indispensable gestionar proyectos que fortalezcan los sistemas de producción indígenas, para el auto consumo, la generación de ingresos y la producción de materias primas<ref name="imny">Asamblea Departamental, Departamento del Guaviare. (2004). Plan Departamental de Desarrollo. Ordenanza No. 008 de 2004. Recuperado de http://www.guaviare.gov.co/apc-aa-files/64303238353934646337363334303836/Plan_de_Desarrollo_EL_GUAVIARE_NOS_UNE.pdf</ref>.
Instrumentos internacionales, jurisprudenciales, legales y generales
La Corte Constitucional mediante Auto 173 de 2012, solicitó que, como medida para la protección del pueblo de este resguardo, sería necesario: “...ORDENAR a la Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, como Coordinadora de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas, que con el Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, la Ministra de Salud y Protección Social, el Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, el Registrador Nacional del Estado Civil, o sus delegados – siempre y cuando tengan poder de decisión-, los gobernadores (as) de los Departamentos del Meta y Guaviare y los Alcaldes (as) de los municipios de San José, Puerto Concordia y Mapiripán, cada uno en el marco de sus competencias y en los diferentes momentos del desplazamiento, que en el plazo máximo de dos (2) meses, contados a partir de la comunicación de la presente providencia, diseñen, adopten y pongan en marcha, como medida cautelar, un Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, que atienda de manera inmediata e integral las necesidades más apremiantes de atención humanitaria con énfasis en la salud, nutrición, seguridad alimentaria, refugio o alojamiento temporal y cualquier otra medida urgente requerida para asegurar la pervivencia de los pueblos indígenas desplazados Jiw y Nükak de esos Departamentos, de tal manera que ofrezca una respuesta de atención continua y congruente con la crisis humanitaria que padecen estas etnias, tendiente a garantizar su vida física y cultural, su integridad, seguridad y dignidad, mientras se avanza de manera acelerada en el cumplimiento de las órdenes impartidas en el auto 004 de 2009. El Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia deberá elaborarse en armonía con los postulados constitucionales, las normas vigentes, la jurisprudencia de esta Corporación sobre el tema, los documentos que forman parte del anexo de esta providencia y contener los elementos mínimos señalados en la parte motivo de esta providencia, en relación con los temas de: (1) Acceso a agua potable y saneamiento básico; (2) Seguridad alimentaria; (3) Acceso efectivo a los servicios de salud; y (4) vivienda digna. Esta medida cautelar además deberá ser formulada e implementada de manera coordinada entre las distintas entidades involucradas, del orden nacional, departamental y municipal, dando aplicación adecuada a los principios de concurrencia y subsidiariedad, de tal manera que se garantice la atención integral y el uso adecuado de los recursos y que cumpla con las siguientes características: 1) deberá mantenerse hasta cuando entren en operación efectiva los Planes de Salvaguarda Étnica de los Pueblos Jiw y Nükak de los Departamentos de Meta y Guaviare y el Programa de Garantía de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado, y persistan las actuales condiciones de inseguridad, necesidad y vulnerabilidad; 2) las presentes medidas urgentes no sustituirán ni aplazarán el cumplimiento de lo ordenado en el auto 004 de 2009, en relación con los pueblos Jiw y Nükak. Las entidades concernidas en la presente orden, por intermedio de la Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, en el plazo de un (1) mes y medio, contado a partir de la comunicación de la presente providencia, deberán diseñar el Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, el cual deberá contener un cronograma de implementación y cumplimiento; las responsabilidades institucionales y personales asumidas por las distintas instancias nacionales y territoriales para el cumplimiento de la medida cautelar; las partidas presupuestales previstas para su efectiva ejecución y la ficha del proyecto registrado en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional, con la asignación de recursos de destinación específica a las distintas entidades responsables del cumplimiento de la presente orden, el cual se presentará en el marco de una mesa de trabajo con la Sala Especial de Seguimiento, para lo cual oportunamente se dará a conocer la metodología correspondiente. De la misma manera, sobre el avance en el cumplimiento de la presente orden, la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, deberá presentar en una mesa de trabajo con la Sala Especial de Seguimiento, en el término de cuatro (4) meses, un informe conjunto a nombre de las autoridades nacionales y territoriales concernidas, sobre los resultados obtenidos con el Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, y, acerca de los ajustes realizados para superar los obstáculos que se presenten...”<ref name="vht">Corte Constitucional. (2012). Auto 173. Bogotá.</ref>. Cuando se trata de la consideración por la autonomía territorial, es necesario hacerlo a partir de términos de respeto por una jurisdicción indígena propia, para lo cual es posible retomar lo que la Corte Constitucional argumenta en la sentencia T-552 de 2003, cuando afirma que: “Hasta aquí se tendría que para que proceda la jurisdicción indígena sería necesario acreditar que 1) Nos encontramos frente a una comunidad indígena, que 2) Cuenta con autoridades tradicionales, que 3) Ejercen su autoridad en un ámbito territorial determinado. Lo anterior, sin embargo, no sería suficiente, por cuanto se requiere, además, establecer la capacidad de esas autoridades de los pueblos indígenas para ejercer jurisdicción conforme a sus usos tradicionales. Esto es, puede existir un reconocimiento formal de resguardo y cabildo, pero no darse materialmente los supuestos de la jurisdicción, por carencia de normas y prácticas específicas de control social, por ausencia de procedimientos de juzgamiento, o porque las autoridades tradicionales han dejado de ejercer ese tipo de funciones”<ref name="nju">Corte Constitucional. (2003). Sentencia T-552. Bogotá.</ref>.
Conflicto armado interno, DDHH y DIH
Violaciones DDHH
En el Departamento al que pertenece este resguardo, convergen dos ecosistemas muy importantes del país, uno el orinoquense que ocupa el 30% del territorio, el cual se caracteriza por la vegetación de sabana, que contiene suelos de fertilidad baja, drenaje pobre y utilizado para ganadería extensiva. Otro el amazonense que ocupa el 70% del territorio, el cual se caracteriza por ser bosque húmedo tropical, que contiene suelos de baja fertilidad, cuyos usos giran en su mayoría alrededor de los cultivos de hoja de coca, pancoger y algunos agroforestales<ref name="bh">Departamento del Guaviare. (2004). Asamblea Departamental. Plan Departamental de Desarrollo. Ordenanza No. 008 de 2004. Recuperado de http://www.guaviare.gov.co/apc-aa-files/64303238353934646337363334303836/Plan_de_Desarrollo_EL_GUAVIARE_NOS_UNE.pdf</ref>.
El Municipio de San José del Guaviare, al cual pertenece este resguardo, tiene ventajas geográficas importantes como la confluencia de los ríos Ariari y Guayabero (provenientes del Departamento de Meta), que luego constituyen el río Guaviare y la transición de bosques de galería y sábanas hacia zonas selváticas, todas estas características han hecho de la zona un corredor especifico para actividades económicas ilícitas como el narcotráfico y el asentamiento de la guerrilla y el paramilitarismo. Todos girando alrededor de los cultivos de coca<ref name="biu">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref>. Lo que ha generado una serie de violaciones a los Derechos Humanos de estos pueblos indígenas. Dichas violaciones son:
- Derecho a la vida.
- Derecho a la libertad.
- Derecho a la salud.
- Derecho a vivir en paz.
- Derecho a la seguridad personal.
- Derecho a la integridad física y mental.
- Derecho a la libre determinación.
- Derecho a la autonomía y el autogobierno.
- Derecho al consentimiento libre, previo e informado.
- Derecho a no ser desplazado por la fuerza de sus tierras o territorios.
- Derecho a que no se desarrollen actividades militares en sus tierras o territorios.
- Derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras o territorios y recursos.
- Derecho a las tierras, territorios y recursos que se han poseído tradicionalmente, ocupado, utilizado o adquirido.
- Derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticas, económicas y sociales<ref name="ghg">ONU. (2007). Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.</ref>.
Infracciones al DIH
Este resguardo se encuentra en el Municipio de San José del Guaviare y la etnia que lo habita es la Jiw (Guayabero, Mitua, Canima, Cunimia)<ref name="bgt">Caracterización Resguardos. (s.f.). Índice consolidado resguardos indígenas de Colombia. Documento interno.</ref>. Este pueblo ha estado sometido a continuas y sistemáticas infracciones al Derecho Internacional Humanitario entre las que se encuentran:
- Restricciones a la movilidad.
- Amenazas<ref name="vcgt">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref>.
- Desapariciones forzadas: el Departamento de Guaviare al cual pertenece este resguardo registra cinco eventos de este tipo entre 1997 y 2003, para indígenas.
- Reclutamiento de menores: el Departamento del Guaviare para el período de 1997-2003 registra el caso de reclutamiento de un menor indígena.
- Cultivos de uso ilícito: el Departamento de Guaviare, presentó las siguientes cifras de cultivos de uno ilícito en su territorio<ref name="lpoi">Asociación Latinoamericana para los Derechos Humanos. (2004). La Agonía del Jaguar Derechos Humanos de la Amazonía Colombiana. Bogotá: Formato Comunicación Diseño Ltda.</ref>:
Año | Hectáreas con cultivos de coca |
---|---|
1991 | 21.400 |
1992 | 22.900 |
1993 | 24.100 |
1994 | 26.300 |
1995 | 28.700 |
1995 | 38.600 |
1996 | 29.000 |
1997 | 7.000 |
1998 | 28.435 |
1999 | 28.435 |
2000 | 17.619 |
2001 | 14.516 |
2001 | 8.412 |
Mientras que para el Municipio de San José del Guaviare en el que se encuentra este resguardo se presentaron los siguientes datos:
Año | Hectáreas con cultivos de coca |
---|---|
2005 | 3.131 |
2006 | 3.799 |
2007 | 3.181<ref name="bfs">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref> |
2010 | 1.704<ref name="cvft">Punto de Encuentro. (2012). Cartografía del conflicto: Narcoparamilitares y Guerrilla. Recuperado de: http://www.setianworks.net/indepazWeb/wp-content/uploads/2012/03/revista_PE58.pdf</ref> |
Confrontaciones armadas: en el Municipio de San José del Guaviare, entre 2003-2008, se presentaron 40 casos de combates entre la fuerza pública y los grupos irregulares, de los cuales 29 fueron por iniciativa de los grupos irregulares Homicidios: estos están ligados en mayor porcentaje a hechos de confrontación armada y en un porcentaje menor pero significativo a la delincuencia común, en el período de 2003-2008 en el Municipio de San José del Guaviare se presentaron 322 casos, los cuales representan el 47% del total del Departamento de Guaviare (687). Masacres: el 28 de enero de 2006 se presentó la masacre de 4 personas, cuya autoría se adjudica a las FARC. Secuestros: en los años de 2003, 2004, 2005 y 2006 se presentaron 1, 1,11 y 3 casos de este tipo para un total de 16 secuestros en el Municipio de San José del Guaviare al cual pertenece el resguardo. Desplazamiento forzado: en el período comprendido entre 2003-2008, en el Municipio de San José del Guaviare se presentaron 17.227 personas expulsadas, cifra que representa un 59% del total de víctimas de desplazamiento del Departamento de Guaviare (28.813). Del total de desplazados de San José del Guaviare (17.227), 14.147 lo hicieron individualmente, mientras que 3.080 lo hicieron de forma masiva. Minas Antipersonales (MAP)y Municiones sin Estallar (MUSE): con respecto a los eventos por minas antipersonales de 2003-2008, el Municipio de San José del Guaviare registró 106 casos, con respecto a los incidentes estos estuvieron relacionados en su gran mayoría con acciones de desminado militar en operaciones, incautaciones y sospecha de campo minado. De las víctimas de MAP y MUSE, 69 casos se presentaron en el Municipio al que pertenece este resguardo en el período antes mencionado. En febrero de 2007, 16 indígenas Guayabero resultaron heridos por la explosión de un artefacto sin identificar, de estos 9 eran menores de edad y 7 adultos<ref name="bvyu">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref>. Un caso concreto sucedido en este resguuardo es el de las indígenas María Cristina Martínez Meléndez de 16 años y Patricia Mendoza Martínez de 9 meses de edad, quienes murieron el 28 de septiembre de 2008, tras pisar un artefacto explosivo instalado en el territorio por las FARC días antes<ref name="srt">CINEP. (2011). Banco de Datos Derechos Humanos y Violencia Politica. Recuperado de http://www.nocheyniebla.org/</ref>.
Actores armados
Grupos armados ilegales:
- Grupos Narcoparamilitares.
- ERPAC<ref name="cvmk">Punto de Encuentro. (2012). Cartografía del conflicto: Narcoparamilitares y Guerrilla.</ref>
- FARC: frentes 1, 7 y 44<ref name="jytu">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH. República de Colombia. Diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref>.
Fuerza Pública: Ejército Nacional: Vigésima Segunda Brigada de Selva, unidad operativa menor adscrita a la Cuarta División del Ejercito el cual está formado por:
- Batallón de Infantería Aerotransportado No. 19 Gr Joaquín París con sede en San José del Guaviare.
- Batallón de Infantería No. 24 Gr. Luis Carlos Camacho Leyva con sede en Calamar – Guaviare.
- Batallón de Selva No. 51 Gr. José María Ortega con sede en Miraflores – Guaviare.
- Batallón de Contraguerrillas No. 120 SV. José Heberley Echavarría Garzón con sede en Miraflores – Guaviare<ref name="vdh">Ejército Nacional. (2012). Vigésima Segunda Brigada de Selva-San José Del Guaviare. Recuperado de http://www.ejercito.mil.co/?idcategoria=240194 </ref>.
- Policía Nacional<ref name="vgbu">Asociación Latinoamericana para los Derechos Humanos. (2004). La Agonía del Jaguar Derechos Humanos de la Amazonía Colombiana. Bogotá: Formato Comunicación Diseño Ltda.</ref>.
Respuestas al conflicto
La Corte Constitucional mediante Auto 173 de 2012, solicitó en beneficio de la protección del pueblo de este resguardo: “...ORDENAR a la Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, como coordinadora de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas, que con el Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, la Ministra de Salud y Protección Social, el Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, el Registrador Nacional del Estado Civil, o sus delegados – siempre y cuando tengan poder de decisión-, los gobernadores (as) de los Departamentos del Meta y Guaviare y los alcaldes (as) de los Municipios de San José, Puerto Concordia y Mapiripán, cada uno en el marco de sus competencias y en los diferentes momentos del desplazamiento, que en el plazo máximo de dos (2) meses, contados a partir de la comunicación de la presente providencia, diseñen, adopten y pongan en marcha, como medida cautelar, un Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, que atienda de manera inmediata e integral las necesidades más apremiantes de atención humanitaria con énfasis en la salud, nutrición, seguridad alimentaria, refugio o alojamiento temporal y cualquier otra medida urgente requerida para asegurar la pervivencia de los pueblos indígenas desplazados Jiw y Nükak de esos Departamentos, de tal manera que ofrezca una respuesta de atención continua y congruente con la crisis humanitaria que padecen estas etnias, tendiente a garantizar su vida física y cultural, su integridad, seguridad y dignidad, mientras se avanza de manera acelerada en el cumplimiento de las órdenes impartidas en el auto 004 de 2009.
El Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia deberá elaborarse en armonía con los postulados constitucionales, las normas vigentes, la jurisprudencia de esta Corporación sobre el tema, los documentos que forman parte del anexo de esta providencia y contener los elementos mínimos señalados en la parte motiva de esta providencia, en relación con los temas de: (i) acceso a agua potable y saneamiento básico; (ii) seguridad alimentaria; (iii) acceso efectivo a los servicios de salud; y (iv) vivienda digna.
Esta medida cautelar además deberá ser formulada e implementada de manera coordinada entre las distintas entidades involucradas, del orden nacional, departamental y municipal, dando aplicación adecuada a los principios de concurrencia y subsidiariedad, de tal manera que se garantice la atención integral y el uso adecuado de los recursos y que cumpla con las siguientes características: 1) Deberá mantenerse hasta cuando entren en operación efectiva los Planes de Salvaguarda Étnica de los Pueblos Jiw y Nükak de los Departamentos de Meta y Guaviare y el Programa de Garantía de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y persistan las actuales condiciones de inseguridad, necesidad y vulnerabilidad; 2) Las presentes medidas urgentes no sustituirán ni aplazarán el cumplimiento de lo ordenado en el Auto 004 de 2009, en relación con los pueblos Jiw y Nükak.
Las entidades concernidas en la presente orden, por intermedio de la Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, en el plazo de un (1) mes y medio, contado a partir de la comunicación de la presente providencia, deberán diseñar el Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, el cual deberá contener un cronograma de implementación y cumplimiento, las responsabilidades institucionales y personales asumidas por las distintas instancias nacionales y territoriales para el cumplimiento de la medida cautelar, las partidas presupuestales previstas para su efectiva ejecución y la ficha del proyecto registrado en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional con la asignación de recursos de destinación específica a las distintas entidades responsables del cumplimiento de la presente orden, el cual se presentará en el marco de una mesa de trabajo con la Sala Especial de Seguimiento, para lo cual oportunamente se dará a conocer la metodología correspondiente.
De la misma manera, sobre el avance en el cumplimiento de la presente orden, la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, deberá presentar en una mesa de trabajo con la Sala Especial de Seguimiento, en el término de cuatro (4) meses, un informe conjunto a nombre de las autoridades nacionales y territoriales concernidas, sobre los resultados obtenidos con el Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, y, acerca de los ajustes realizados para superar los obstáculos que se presenten...”<ref name="gui">Corte Constitucional. (2012). Auto 173. Corte Constitucional.</ref>. El Programa de Derechos Humanos del Plan de Desarrollo del Departamento del Guainía, describe el programa como la promoción de la participación de la comunidad para el fortalecimiento de la población en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, donde el objetivo busca: “...Promover y encaminar acciones por el respeto a la garantía de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario en el Departamento...”, la estrategia se encamina al: “...Desarrollo de programas de educación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario dirigido a autoridades departamentales e instituciones relacionadas directamente con las situaciones de conflicto...” y la meta es lograr: “...Un programa departamental de educación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario...”<ref name="cgye">Departamento del Guaviare. (2004). Asamblea Departamental. Plan Departamental de Desarrollo. Ordenanza No. 008 de 2004. Recuperado de http://www.guaviare.gov.co/apc-aa-files/64303238353934646337363334303836/Plan_de_Desarrollo_EL_GUAVIARE_NOS_UNE.pdf</ref>.
La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos –ACNUR-, sugiere la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes de las operaciones militares en la comunidad protegida por el Derecho Internacional Humanitario<ref name="ervc">ACNUR. (2006). Colombia, Desplazamiento Indígena y Política Pública: Paradoja del Reconocimiento. San José de Costa Rica. </ref>. Por su parte la ONU, en su Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas, ratifica el derecho de éstos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo a sus necesidades e intereses. Por otro lado, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos<ref name="vgh">ONU. (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. (61/295). </ref>. Igualmente el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos Indígenas y tribales, ratificado por el Estado Colombiano y aprobado por el Congreso mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales<ref name="gvnj">OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf</ref>