Diferencia entre revisiones de «Resguardo Chenche Media Luna»

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La cooperación internacional hace presencia en territorio desarrollando proyectos en beneficio de las comunidades como lo es la ayuda solidaria para mujeres indígenas cabeza de familia, en cabeza de la FAO que busca crear una microempresa indígena de cría de pie porcícola para mujeres cabeza de hogar, para mejorar condiciones de nutrición y de ingreso de sus familias.
 
La cooperación internacional hace presencia en territorio desarrollando proyectos en beneficio de las comunidades como lo es la ayuda solidaria para mujeres indígenas cabeza de familia, en cabeza de la FAO que busca crear una microempresa indígena de cría de pie porcícola para mujeres cabeza de hogar, para mejorar condiciones de nutrición y de ingreso de sus familias.
 
La Unión Europea como contribución a la construcción de la paz y la reconciliación en Colombia realiza el apoyo directo a las víctimas del conflicto, fortaleciendo el estado de derecho y promoviendo respeto para los derechos humanos en el país<ref name="prosperidad">Departamento para la Prosperidad. Mapa Cooperación Internacional. Recuperado de </ref>
 
La Unión Europea como contribución a la construcción de la paz y la reconciliación en Colombia realiza el apoyo directo a las víctimas del conflicto, fortaleciendo el estado de derecho y promoviendo respeto para los derechos humanos en el país<ref name="prosperidad">Departamento para la Prosperidad. Mapa Cooperación Internacional. Recuperado de </ref>
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== Aspectos jurídicos y legales ==
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=== Trámites y necesidades en materia territorial ===
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El territorio en el que se encuentra el resguardo atravesó por una serie interminable de guerras durante el proceso de la Conquista, en el que el afán europeo por expandir sus dominios se vio reflejado en acciones sangrientas que terminaron escribiendo la historia de esta tierra.
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Los Pijaos se asentaron a lo largo y ancho de la región del Tolima, constituyéndose como una comunidad con un patrimonio y características culturales, sociales y lingüísticas propias, que desafortunadamente fueron silenciadas por la esclavitud. Todo esto se desarrolló durante años, hasta que se comenzó a atender la necesidad de consolidar una autonomía territorial propia, y con ella la posibilidad de un legado para las futuras generaciones, y la reconformación social del pueblo indígena<ref name="ramirez">Ramírez, N. (2012). Reconstrucción de una cultura indígena tolimense. En El Nuevo Día. Recuperado de http://www.elnuevodia.com.co/nuevodia/especiales/dia-del-tolima/140478-reconstruccion-de-una-cultura-indigena-tolimense</ref>
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Dicha autonomía está definida por la Corte Constitucional en la sentencia T-903 de 2009 cuando afirma que:
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“Los límites están dados, en primer lugar, por un “núcleo duro de Derechos Humanos”, junto con el principio de legalidad, como garantía del debido proceso y, en segundo lugar, por los Derechos Fundamentales, mínimos de convivencia, cuyo núcleo esencial debe mantenerse a salvo de actuaciones arbitrarias.
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Esta formulación lleva a preguntarse si, en últimas, no son todos los derechos fundamentales los límites a la autonomía, puesto que entre estos se encuentra también el núcleo duro mencionado. Para la Sala, es posible ilustrar adecuadamente el sentido de la jurisprudencia reiterada, al diferenciar entre la forma en que los límites se aplican a los distintos ámbitos autonómicos de las comunidades. En ese plano, el “núcleo duro” es un límite absoluto que trasciende cualquier ámbito autonómico de las comunidades indígenas.
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Cualquier decisión que desconozca el derecho a la vida, lesione la integridad de una persona o trasgreda las prohibiciones de tortura y servidumbre, está constitucionalmente prohibida, aunque la evaluación de una eventual vulneración, especialmente en cuanto a la integridad personal y el debido proceso debe realizarse a la luz de la cultura específica en que se presenten los hechos.
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Los (demás) derechos fundamentales constituyen un límite que debe establecerse a través de un ejercicio de ponderación en cada caso concreto, en la medida en que en un conflicto entre la autonomía, la integridad o la diversidad cultural y un derecho fundamental determinado es un conflicto entre normas constitucionales de igual jerarquía. En estos conflictos, sin embargo, los derechos de la comunidad gozan de un peso mayor, prima facie, en virtud al principio de “maximización de la autonomía<ref name="bogota">Corte Constitucional. (2009). Sentencia T-903. Bogotá. </ref>
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Dentro de las amenazas más importantes para territorio, está el hecho de que el mismo Estado es un agente de riesgo, pues sus prioridades económicas, enfocadas hacia las industrias de extracción y la tendencia a fortalecer empresas de energías alternativas como el biodiesel, han significado una diminución de las consideraciones ecológicas del ecosistema, que es el punto principal de la idiosincrasia de la población, no sólo como fuente de subsistencia, sino como lugar de encuentro con sus tradiciones<ref name="familiar" />
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El resguardo obtiene su titulación mediante la Resolución 019 del 03 de Octubre de 1997, del INCORA<ref name="incora">INCORA. (1997). Resolución No. 019. Bogotá. </ref> Además, en la actualidad existe un trámite de solicitud de ampliación en el INCODER<ref name="matriz">Caracterización Resguardos. (sf). Matriz Expedientes. Copias de Comunidades Indígenas. Expedientes en Trámite. Documento interno.</ref>
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Necesidades:
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Debido al desarrollo de distintos proyectos en el Departamento, es fundamental la revisión de los acuerdos logrados con el Estado y adelantar proceso de consulta que permitan al pueblo indígena tener voz y voto dentro de las acciones que se llevan a cabo en sus territorios, pues hasta el momento los pactos no se han cumplido, por lo que se puede afirmar que se toca el terreno de la ilegalidad.
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También es preciso establecer las medidas que mitiguen el impacto social de los proyectos que se adelantan en la región, para de esta forma proteger la autonomía territorial del pueblo indígena<ref name="familiar" />
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=== Instrumentos internacionales, jurisprudenciales, legales y generales ===
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Cuando se trata del respeto por la autonomía territorial, es necesario hacerlo a partir de términos de respeto por una jurisdicción indígena propia, para lo cual es posible retomar lo que la Corte Constitucional argumenta en la sentencia T-552 de 2003 cuando afirma que: “Hasta aquí se tendría que para que proceda la jurisdicción indígena sería necesario acreditar que 1) Nos encontramos frente a una comunidad indígena, que 2) Cuenta con autoridades tradicionales, que 3) Ejercen su autoridad en un ámbito territorial determinado. Lo anterior, sin embargo, no sería suficiente por cuanto se requiere, además, establecer la capacidad de esas autoridades de los pueblos indígenas para ejercer jurisdicción conforme a usos tradicionales. Esto es, puede existir un reconocimiento formal de resguardo y cabildo, pero no darse materialmente los supuestos de la jurisdicción, por carencia de normas y practicas específicas de control social, por ausencia de procedimientos de juzgamiento, o porque las autoridades tradicionales han dejado de ejercer ese tipo de funciones<ref name="corte">Corte Constitucional. (2003). Sentencia T-552. Bogotá.</ref>
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La Corte Constitucional, con el aval de la Constitución Política, ha afirmado en la Sentencia T-769 de 2009, que  es necesario reconocer la diversidad étnica y cultural de la nación. Lo anterior, dado como principio fundamental desde el punto de vista democrático, participativo y pluralista del país.
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Así, estas comunidades indígenas comparten costumbres ancestrales, hecho que implica un esquema de valores propios que identifican su cultura y su tradición; por esta razón gozan de un trato constitucional especial que define a los resguardos como propiedades colectivas, de naturaleza inajenable, inalienable, imprescriptible e inembargable.
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Tales características especifican el derecho de las comunidades sobre su propiedad colectiva como factor de suma importancia, ya que permite el respeto de su cultura, valores propios y sus características como comunidad indígena, que son reconocidas por convenios internacionales, igualmente ratificados por el Congreso<ref name="cons">Corte Constitucional. (2009). Sentencia T-769. Bogotá.</ref>
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Mediante Sentencia SU-039 de 1997, la Corte Constitucional afirma que la comunidad indígena ha pasado de la realidad fáctica y legal a su constitución objetiva como sujeto de derechos fundamentales. Así, deja en claro que la explotación de recursos en las zonas correspondientes al territorio indígena, debe hacerse de manera proporcional, de tal forma que el Estado propenda por la integridad social, cultural y económica de dichas comunidades. Lo anterior, en aras del respeto a los derechos fundamentales del colectivo, que es efectivamente una entidad cohesionada como grupo humano y como cultura<ref name="sentencia">Corte Constitucional. (1997). Sentencia SU-039. Bogotá. </ref>
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La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia, sugiere al Estado que, en coordinación con los representantes y voceros de las comunidades afectadas, adopte y aplique las medidas necesarias para que la población cuente con la presencia de las instituciones estatales, y de esta forma evitar la violación de los derechos humanos. Lo anterior compromete al Gobierno para brindar el apoyo político y económico que sea necesario, así como a contribuir en la gestión de una presencia permanente de la Defensoría del Pueblo en la región<ref name="oficina">Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2002). Informe de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, sobre su Misión de Observación en el Medio Atrato. Documento interno.</ref>
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== Conflicto armado interno, DDHH y DIH ==
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=== Violaciones DDHH ===
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Los Pijao se han visto afectados desde la conquista española por situaciones de violencia. A principios del Siglo XIX, los procesos de conformación de latifundios y de expansión ganadera acentuaron este entorno para que, en los años cincuenta, la comunidad se encontrara en medio de la violencia partidista. En la actualidad, el fenómeno de violencia no se ha detenido y los territorios son escenario de confrontación entre actores armados ilegales, debido en gran parte a las condiciones que el espacio ofrece como punto estratégico de movilización en la Cordillera Central, ya que permite el desplazamiento entre el Cauca, Huila, Valle y el Eje Cafetero; este hecho se suma a un entorno favorable para la siembra de cultivos ilícitos como la Amapola, y ha desencadenado una serie de violaciones al Derecho Internacional Humanitario<ref name="derechos">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH, República de Colombia, diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref> tales como:
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* Derecho a la vida.
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* Derecho a vivir en paz.
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* Derecho a la integridad física y mental.
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* Derecho a la seguridad.
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* Derecho a la libertad.
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* Derecho a la libre reunión y asociación.
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* Derecho a que no se desarrollen actividades militares en tierras o territorios indígenas.
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* Derecho a no ser desplazado por la fuerza de sus tierras o territorios.
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=== Infracciones al DIH ===
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Infracciones al Derecho Internacional Humanitario:
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* Amenazas y asesinatos de líderes y población indígena: el 13 de Mayo de 2002, integrantes de un grupo armado desconocido propinaron cinco impactos de bala a José Reinel Alape Alape, de 39 años de edad, causándole la muerte. El 29 de Enero de 2003, el Bloque Tolima de las Autodefensas amenazó a 12 personas, entre las que se encontraban líderes indígenas de la Asociación de Cabildos Indígenas del Tolima (ACIT): David Quintero,  Martin Loaiza Rodríguez,  María Nubia Loaiza Oviedo, Diubino Santa; Crispín Otavo, dirigente indígena y Secretario Político del PCC en Coyaima; Joselino Alape Ortiz, Asesor de la ACIT; Porfidio Esquivel, Presidente de la ACIT; Hernán Loaiza Tique, quien fue Gobernador del Cabildo Indígena de Dollares Porvenir; Henry Loaiza tique, Concejal de la UP en Coyaima; Arquímedes Onatra, dirigente indígena y Concejal de la UP en Coyaima; José Ángel Zapata Ducuara, dirigente indígena de la Comisión de Conciliación de la ACIT, y Rosalía Poloche, Tesorera de la ACIT.
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* Por otra parte, el 17 de Febrero de 2005, integrantes de un grupo paramilitar amenazaron y obligaron a Yesid Bríñez, Gobernador Indígena, a abandonar la región. También se presentó el caso del profesor indígena Sergio Augusto Parra, quien se vio obligado a abandonar el territorio junto con su familia el 3 de Enero de 2011, debido a las amenazas realizadas por dos hombres que irrumpieron violentamente en su hogar. Por último, el 18 de Diciembre de 2011, fue asesinado, víctima de 6 impactos de bala en la cara, Sergio Parra Mendoza, padre de Sergio Augusto Parra, y líder indígena que ocupó la presidencia de la Asociación Regional Indígena del Tolima (ARIT); fue defensor de las causas indígenas, dedicado a luchar por la recuperación las tierras, y promotor de programas de atención alimentaria y  proyectos ganaderos.
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* Torturas y ejecuciones extrajudiciales: en el año 2002 se denunció la desaparición de 3 líderes indígenas por parte de grupos paramilitares: Egidio Matoma Cupitra, José Roque Oyola Camacho y Aquilino Oyola Camacho, quienes fueron encontrados muertos en el año 2007; sus cadáveres fueron hallados en una fosa común y con signos de tortura en la Inspección de Policía Mesas San Juan<ref name="banco">CINEP. (2011). Banco de Datos. Derechos Humanos y violencia política. Recuperado de http://www.nocheyniebla.org/</ref>
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* Desaparición forzada: en el Municipio de Coyaima se presentó la desaparición forzada de 4 indígenas en el año de 2002<ref name="algunos">Presidencia de la República. (2004). Algunos indicadores sobre la situación de los Derechos Humanos en el sur del Tolima. Documento interno.</ref>
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* Homicidios: en la región habitada por los Pijaos se presentaron 281 asesinatos de población civil para el período 2003-2008, 10% del total del Departamento del Tolima (2.293). En Coyaima, Municipio en el que se encuentra este resguardo, hubo 77 homicidios, el 12% de los sucedidos durante este período, mientras que 26 miembros de la etnia fueron asesinados entre 1998 y 2008.
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* Secuestros: durante el periodo de 2003- 2008 se presentaron 20 casos de secuestro en los municipios del Tolima que cuentan con presencia de la etnia Pijao, un 5% del total del Departamento (419). En Coyaima, Municipio en el que se encuentra este resguardo, se presentaron 5 eventos de este tipo en el mismo período.
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* Presencia de Grupos armados: durante el período 2003-2008, se presentaron 106 contactos armados, por iniciativa de la fuerza pública, en la región habitada por la etnia Pijao en el Tolima, 19% del total de casos de este tipo en el Departamento (550). En el mismo período se desarrollaron 326 acciones armadas en el Departamento por iniciativa de grupos ilegales, de las cuales 43(13%) se presentaron en el territorio habitado por la etnia Pijao. Como se puede observar, los contactos armados por iniciativa de la fuerza pública superan a las acciones comenzadas por los grupos armados ilegales; 199 enfrentamientos iniciados por la fuerza pública se realizaron en contra de las FARC (95%), mientras que las acciones en contra de las autodefensas y los grupos guerrilleros no identificados, sólo alcanzan el 2% con 4 y 5 contactos, y uno en contra del ELN, que representa un 1%.
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* Desplazamiento: los municipios habitados por la etnia Pijao representaron el 26% (24.457) de víctimas de desplazamiento del total de desplazados a nivel departamental en el Tolima, (92.409). Los 5 municipios con presencia Pijao recibieron un 6% (1.434) de la población desplazada, y contaron con 688 casos de desplazamiento masivo, el 38% del total del Departamento, que tuvo 1.819 casos de este tipo en el período 2003-2008.
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* Presencia y accidentes MAP-MUSE: la etnia a la que pertenece el resguardo, se ha visto afectada por 59 eventos de este tipo, es decir un 13% del total de 446 de todo el Departamento<ref name="derechos" />
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=== Actores armados ===
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Grupos armados ilegales:
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* Las FARC: Comando Conjunto Central (CCC),  Adán Izquierdo, Frentes 21, 25, 50. Compañías Tulio Varón, Joselo Lozada, y las Columnas Móviles Héroes de Marquetalia, Jacobo Prías Alape y Daniel Aldana.
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* Autodefensas: luego del proceso de desmovilización, algunos integrantes de este grupo armado decidieron continuar con actos de delincuencia al servicio de las plantaciones ilegales ubicadas en los alrededores del Departamento.
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Fuerzas Armadas:
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* Policía Nacional y Grupo Gaula.
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* Ejército Nacional: Unidades de la V y VI División con distintos batallones, como el Batallón Patriotas, Batallón de Infantería de Montaña Caicedo, Batallón de Infantería Rooke, y el Batallón de Contraguerrillas Pijao<ref name="derechos" />
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=== Respuestas al conflicto ===
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En la actualidad existen en el Departamento del Tolima cinco organizaciones indígenas encargadas de velar por los derechos de sus habitantes: Consejo Regional Indígena del Tolima (CRIT),la Asociación de Cabildos Indígenas del Tolima (ACIT), la Federación Regional Indígena del Tolima (FICAT), la Asociación Regional Indígena del Tolima (ARIT) y las autoridades territoriales<ref name="cultura">El Nuevo Día. (2012).  Reconstrucción de una cultura indígena tolimense. Recuperado de  http://www.elnuevodia.com.co/nuevodia/especiales/dia-del-tolima/140478-reconstruccion-de-una-cultura-indigena-tolimense</ref>
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El pasado Abril de 2012, en la ciudad de Ibagué, representantes de las comunidades indígenas, junto con delegados de otros sectores vulnerables, participaron del Taller de Actualización del Plan Departamental de Prevención y Protección de Violaciones a los Derechos Humanos, que tuvo como fin conocer la realidad de vulneración de estos  por las situaciones del conflicto armado y establecer rutas para el restablecimiento de derechos de las víctimas<ref name="indigenas>El Nuevo Día. (2012). Comunidades indígenas hablaron de DD.HH. en Ibagué. Recuperado de  http://www.elnuevodia.com.co/nuevodia/tolima/regional/142663-comunidades-indigenas-hablaron-de-ddhh-en-ibague</ref>
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La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ACNUR, destaca la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento, a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes, para la comunidad, de las operaciones militares<ref name="politica">ACNUR. (2006). Colombia, desplazamiento indígena y política pública: paradoja del reconocimiento. San José de Costa Rica.</ref>
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Por su parte, la ONU en la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, ratifica el derecho de estos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo con sus necesidades e intereses. Además, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos<ref name="naciones">ONU. (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los pueblos indígenas. (61/295).</ref>
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El convenio 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas y Tribales, ratificado por el Estado colombiano y aprobado por el Congreso, mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales<ref name="oit">OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf</ref>
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Según el Auto 004 de 2009, el Estado colombiano tiene la obligación de prevenir las causas de desplazamiento forzado y atender con enfoque diferencial a la población indígena que lo padece; para ello, ordena que se diseñen e implementen planes de salvaguarda étnicos y  programas de garantías de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y el conflicto armado<ref name="auto">Corte Constitucional. (2009). Auto 004. Bogotá.</ref>
  
 
# == Referencias ==
 
# == Referencias ==
 
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Revisión actual - 16:56 25 may 2022

Descripción geofísica

Localización geográfica

Está ubicado en la parte central del municipio de Coyaima, al sur de los resguardos Chende Buenos Aires Tradicional y Chenche Socorro Los Guayabos<ref name="sigot">SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/</ref>

Geología estructural

En el área se presentan:

  1. Formaciones sedimentarias epicontinentales tabulares del terciario dentro de la depresión tectónica.
  2. Valles mayores de depresiones, algunos con control parcial por pliegues, fallas o fracturas menores<ref name="sigot" />

Geomorfología

Relieve

En la zona se encuentran sistemas morfogénicos asociados a:

  1. Modelados en sedimentos epicontinentales.
  2. Cerros y mesas muy degradaños.
  3. Llanuras aluviales.
  4. Valles coluvio-aluviales<ref name="sigot" />

Dentro de las formaciones superficiales que ocurren en la zona, se encuentran:

  1. Depósitos de material de desagregación y coluvio-aluvial discontinuo de sólo algunos centímetros de espesor.
  2. Depósitos de sedimentos aluviales en la plarte plana de los valles y coluviales en la parte cóncava<ref name="idem">idem</ref>

Modelado

En la zona se encuentran:

  1. Cerros y mesas residuales de forma convexa con pendiente media ligeramente plana en los topes y fuertemente quebrada en los flancos.
  2. Valles plano-cóncavos con pendiente media plana<ref name="sigot" />

Ocurren procesos de modelado por escurrimiento superficial difuso y subsuperficial con formación de surcos y túneles en los bordes cóncavos<ref name="idem" /> Los procesos secundarios son:

  1. Coluvionamiento en vallecitos de la red de drenaje elemental.
  2. Saltación pluvial en suelos desnudos<ref name="idem" />

Se encuentran dos tipos de paisaje:

  1. Piedemonte coluvio aluvial con inclinación menor al 12% y drenaje imperfecto a excesivo.
  2. Valle aluvial con inclinación menor al 7% y drenaje imperfecto a excesivo<ref name="idem" />

Hidrografía

Cuencas

El resguardo está ubicado en la cuenca del Alto Magdalena<ref name="sigot" /> La escorrentía es de 600 a 800 mm anuales<ref name="idem" /> Se presentan ambientes sedimentarios y vulcano clástico con buenas posibilidades hidrogeológicas<ref name="idem" />

Sistemas lóticos

En la zona se encuentran el río Cheche y las quebradas Hilarco, Jabonera y Media Luna<ref name="resolucion">Resolución 040 de 1999. (31 de mayo de 1999). Incora. Bogotá.</ref>

Sistemas lénticos

En la zona hay una represa de 1600 metros de largo y un pozo profundo<ref name="resolucion" />

Climatología

Clima

El resguardo está ubicado entre los 0 y 800 metros sobre el nivel del mar<ref name="sigot" /> y presenta las siguientes características: La temperatura es mayor a 24°C.<ref name="idem" /> La precipitación está entre 1000 a 2000 mm anuales<ref name="idem" /> Los meses de abril, mayo, octubre y abril son lluviosos y de junio a agosto son secos<ref name="resolucion" />

Zonificación climática

El clima en la zona es cálido seco<ref name="sigot" />

Amenazas naturales

En la zona hay baja amenaza por remoción en masa y amenaza sísmica intermedia<ref name="sigot" /> Se presenta desertificación en las terrazas bajas<ref name="idem" />

Descripción biótica y ambiental

Características biofísicas

Zonas de vida y biomas

Según el sistema de clasificación de zonas de vida de Holdridge, el área del resguardo corresponde a la zona de vida de bosque seco Tropical (bs-T)<ref name="sigot" /> Respecto a los biomas, de acuerdo con el Módulo de Información Geográfica del Observatorio de Territorios Étnicos<ref name="etnicos">Observatorio de Territorios Étnicos (s. f.). Sistema de Información Geográfico (SIG). Recuperado de http://etnoterritorios.org/mig/map.phtml</ref> y el mapa de Grandes Biomas y Biomas Continentales de Colombia<ref name="igac">IDEAM. IGAC. IAvH. Invemar. SINCHI. IIAP. (2007). Grandes Biomas y Biomas Continentales de Colombia. Recuperado de http://geoportal.igac.gov.co/mapas_de_colombia/Publicaciones/5%20de%20febrero/GrandesBiomas.pdf</ref> el área pertenece al Zonobioma alternohígrico y/o subxerofítico tropical del Alto Magdalena, el cual hace parte del Gran Bioma de Bosque Seco Tropical que en Colombia “ha sido foco de desarrollo agrícola y objeto de una intensa transformación<ref name="mendoza">Mendoza. C. H. (1999). Estructura y Riqueza Florística del Bosque Seco Tropical en la Región Caribe y el Valle del Río Magdalena, Colombia. Caldasia. 21 (1), 70-94.</ref> Es importante destacar que con base al Mapa General de Ecosistemas de Colombia, en la zona se encuentran ecosistemas que han sido transformados y corresponden a áreas rurales intervenidas no diferenciadas, con menos del 20% de ecosistemas originales presentes<ref name="mapa">IAvH. (1998). Mapa General de Ecosistemas de Colombia (Elaborado por Andrés Etter). Recuperado de http://hermes.humboldt.org.co//ecosistemas/colombia/ecosistemas.php#</ref>

Áreas para la conservación y traslape con áreas protegidas

El área del resguardo no se cruza con áreas protegidas. Para este resguardo no se encuentra registrada información específica sobre áreas para la conservación. Es importante tener en cuenta que los ecosistemas naturales del área del resguardo se encuentran transformados. Por esto, las iniciativas y las prácticas tradicionales de conservación de los recursos naturales, en la zona, contribuyen a preservar las condiciones de vida de las comunidades indígenas.

Biodiversidad

Introducción

Actualmente, el territorio del municipio de Coyaima se encuentra muy intervenido. El mal manejo de los recursos, principalmente el suelo, la eliminación de zonas boscosas para ampliación de la frontera agrícola y ganadera, y utilización de la madera con fines dendroenergéticos (utilización y comercio) son factores que han disminuido la diversidad florística y faunística de las especies en esta región<ref name="alcaldia">Alcaldía Municipal de Coyaima (2000). Plan Básico de Ordenamiento Territorial, Municipio de Coyaima. Tolima. Alcaldía Municipal de Coyaima, FONADE.</ref>

Fauna

Especies representativas del resguardo:

  • Aves: lonto cascabel/cascabelito (Forpus conspicillatus), canario silvestre (Sicalis flaveola), copetón (Elaenia flavogaster), cucarachero (Troglodytes aedon), ajicero (Saltador maximus), lora (Amazona ochrocephala), azulejo (Thraupis episcopus), carpintero (Melanerpes rubricapillus), cardenal (Rhampliocelus dimidiatus), gavilán (Buteo magnirostris), Martin pescador (Chloroceryle americana), perdiz (Colinus cristatus), tórtola (Columbina talpacoti), colibrí (Phaelhoernis anthophilus).
  • Reptiles: boa (Boa constrictor), cazadora negra (Clelia clelia), bejuca verde (Lepthophis saethulla), cazadora (Xenodon rabrocephalus), toche (Spilotes pullabatus), falsa coral (Erithrolamprus bizonus), ranera (Sibon nebulata), cascabél (Crotalus durissus), rabo de ají (Micrurus mipartitus), coral (Micrurus nigrusintus).
  • Mamíferos: armadillo (Dasypus novemcinctus), oso hormiguero, murciélago (Rhychonycteris naso), chimbila (Lonchornina aurita), zorro (Cerdocyon thous), mapache (Procyon cancrivorus), nutria (Lontra longicaudis), comadreja (Mustela frenata), tigrillo (Leopardus pardalis), venado (Mazama americana), ardilla (Sciurus granatensis), guagua-borugo (Agouti paca), conejo (Sylvilagus flundianus).
  • Peces: raya (Potamotrygon magdalenae), cucharo (Sorobim lima), capaz (Pimelodus grosscaopeft), incurro (Pimelodus clarias), caloche (Hypopomus brevirotris), mojarra (Petenia umbrifera), picuda (Salminus affinis), sardina (Roeboldes caucade), bocachico (Prochilodus magdalenae).
  • Anfibios: sapo común (Buffo marinus), sapo (Buffo granulosus), rana (Hyla microcephala), rana venenosa (Dendrobates thuruncatus), rana gigante (Rana baillanti).

Flora

Especies representativas del resguardo: Se destacan el guamo (Inga sp.), la igua (Pseudosamanea guachepele), caracolí (Anacardium excelsum), palma real (Schellea magdalénica), guayabo, chicalá (Tabebula crysantha), dinde (Clorophora tintórea) y cierta variedad de laureles (Nectandra sp.). La cobertura leñosa presente, está conformada por 80 especies, distribuidas en 33 familias, siendo la Myrtaceae, Lauraceae y Anacardiacea las familias dominantes en el área, destacándose, entre otras, el aceituno (Vitex cymosa), anón cimarrón, arrayán (Myrcia sp.), cascarillo (Lagerstroemia sp.), ciruelo (Spondias purpurea), cucharo (Rapanea guianensis), granadillo (Punica granalum), higuerón (Ficus glabrata), limón de monte (Siparuna sp.), mamoncillo (Meliccoca bijuga), yarumo (Cecropia peltata) y zembe (Xilopia aromática)<ref name="numero">Resolución Número 0828. (22 de mayo de 2008). Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.</ref> Vulnerabilidad: El caracolí (Anacardium excelsum) se encuentra catalogada como especie casi amenazada (NT)<ref name="cardenas">Cárdenas L. D. Salinas, N. R. (2007). Libro Rojo de Plantas de Colombia. Especies Maderables Amenazadas: Primera parte. Serie Libros Rojos de Especies Amenazadas de Colombia (Vol. 4). Bogotá. SINCHI, Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial</ref>

Uso de los recursos naturales renovables

Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.

Impacto ambiental

Proyectos

El resguardo está afectado por el Distrito Minero Ataco-Payandé, por exploración y explotación de minerales como caliza, materiales de construcción, oro, plata, platino, magnetita, barita, cobre, hierro, zinc<ref name="tierra">Houghton, J. (ed.). (2008). La Tierra contra la muerte. Recuperado de http://www.prensarural.org/spip/IMG/pdf/10383_1_La_Tierra_contra_la_muerte.pdf</ref> De acuerdo al Mapa de Área Petrolera en Resguardos de abril de 2011, el resguardo está declarado como área de hidrocarburos, susceptible a afectaciones dentro y en áreas adyacentes<ref name="areas">Geographiando 2.0. (s. f.). Áreas petroleras dentro de resguardo. Recuperado de http://geographiando.hrev.org/2011/05/15/area-petrolera-en-resguardos/</ref> NOTA: Este análisis se hizo al sobreponer el Mapa de Áreas Petroleras dentro de Resguardo con la ubicación del resguardo según mapa del Sistema de Información Geográfico del Observatorio de Territorios Étnicos recuperado de http://www.etnoterritorios.org/mig/map.phtml

Contaminación

En el Plan Básico de Ordenamiento Territorial (PBOT) municipal se establece que no hay Sistema de Tratamiento de Aguas ni en la Cabecera Municipal ni en ninguno de los asentamientos humanos, presentándose una continua contaminación por vertimiento de aguas servidas sobre las corrientes hídricas que pasan por el municipio<ref name="municipal">Alcaldía Municipal de Coyaima (2000). Diagnóstico. En: Plan Básico de Ordenamiento Territorial, Municipio de Coyaima. Tolima. Alcaldía Municipal de Coyaima, FONADE. Recuperado de http://www.coyaima-tolima.gov.co/apc-aa-files/32666631636666356631353165613764/DIAGN_STICO_P.B.O.T.pdf</ref>

Cultivos de uso ilícito De acuerdo al mapa de Resguardos y Cultivos de Coca 2011, el resguardo no presenta cultivos monitoreados<ref name="cultivos">Geographiando 2.0. (s. f.). Resguardo y cultivos de coca 2011. Recuperado de http://geographiando.hrev.org/2012/08/15/cultivos-de-uso-ilicito-en-resguardos-2011-las-cifras-siguen-bailando/</ref> NOTA: Este análisis se hizo al sobreponer el Mapa de Resguardos y Cultivos de Coca 2011 con la ubicación del resguardo según mapa del Sistema de Información Geográfico del Observatorio de Territorios Étnicos Recuperado de http://www.etnoterritorios.org/mig/map.phtml

Planes de manejo y ordenamiento ambiental territorial

En el Plan Básico de Ordenamiento Territorial del municipio de Coyaima y en el Plan de Desarrollo Municipal 2012-2015, no se establecen lineamientos de manejo y ordenamiento territorial para el resguardo.

Sistemas de organización y formas de gobierno

Gobierno propio y ley de origen

Ejercicio de soberanía sobre el territorio

El espacio habitado en la actualidad por los Pijao, corresponde con su territorio ancestral, el lugar en el que vivían antes de la invasión europea, en el que enfrentaron a los conquistadores y donde han padecido la colonización, expropiación y pérdida de sus tierras. La lucha por la recuperación del territorio despojado se ha convertido en el eje que articula a la comunidad; la relación entre los Pijao y su tierra está basada en el sentido de apropiación y pertenencia que nace del conocimiento profundo de la misma; conocerla es la forma principal de ordenarla y defenderla. El conocimiento del territorio Pijao requiere de una comprensión acerca de la división del mundo en diferentes capas habitadas por seres espirituales y sobrenaturales. La mediación de las energías que circulan en estos diferentes niveles del mundo es una de las funciones de las autoridades tradicionales o Mohanes, quienes, a través de diversas prácticas de medicina tradicional, se comunican con los seres de los diferentes niveles para regular el territorio<ref name="olivero">Oliveros, D.E. (1996). Coyaimas y Natagaimas. En Instituto Colombiano de cultura hispánica (Eds.). Geografía Humana de Colombia. Recuperado de http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/geografia/geohum2/coyaima1.htm</ref>

Autoridades tradicionales: transmisión de autoridad y conocimiento sobre el territorio

El mantenimiento del territorio del pueblo Pijao en el resguardo, requiere de la permanente intervención de sus autoridades tradicionales, pues son los reguladores de las energías que circulan entre los diversos niveles en los que está dividido el mundo. Los médicos tradicionales o Mohanes han sido, desde épocas remotas, los encargados de regular el equilibrio espiritual y social<ref name="olivero" /> A pesar de que la figura del Mohán se ha visto transformada debido a procesos de contacto cultural, permanece dentro de la cultura ocupando el cargo de médico tradicional encargado de la curación de enfermedades<ref name="cabrera">Cabrera. F., Lara. R., Caro. C., Guzmán. N., y Pérez. J. (2010). Diagnóstico situacional de la etnia Pijao de Coyaima, Ortega y Natagaima. Informe. Diagnóstico situacional de la etnia Pijao de Coyaima, Ortega y Natagaima. Ibagué: Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Regional Tolima. Recuperado de http://www.google.com.co/url</ref> Se trata de una persona que, a través de su vida y del diálogo con otros médicos, aprende el manejo de las plantas y la comunicación con los seres espirituales y de la naturaleza; mediante ofrendas de tabaco y aguardiente entabla relación con estos seres sobrenaturales<ref name="personal">Comunicación Personal con Ricardo Bucurun. (2012).</ref>

Instituciones políticas y sociales indígenas

Autoridades y representantes indígenas: elección o designación

La familia es el ente principal en la organización interna del resguardo; sin embargo, la figura de Cabildo es entendida como la autoridad máxima y la forma política de representación con funciones administrativas<ref name="instituto">Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA). (1999). Resolución N° 40 del 31 de Mayo de 1999. Recuperado de http://siare.igac.gov.co:8081/data/pdf/RI/R0040-31-05-99.pdf</ref> La junta del cabildo es elegida mediante voto popular en asamblea por un período de un año y está conformada por el Gobernador, Gobernador Suplente, Secretario, Tesorero, Alcalde Mayor, Alguacil, Fiscal y Comisario. El Gobernador del Cabildo es el representante legal de su comunidad y tiene como función mediar entre los intereses del resguardo y las propuestas de las instituciones gubernamentales y privadas.

Espacios y acciones de reclamación y reconocimiento de derechos

El resguardo, representado por su Cabildo, es filial del Consejo Regional Indígena del Tolima CRIT; esta organización nació hace aproximadamente 35 años como respuesta a la difícil situación de despojo de tierras en la que se encontraban las comunidades indígenas del Departamento. Uno de los resultados de su lucha es la recuperación de 223.000 Hectáreas para 44 de las 100 comunidades que integran el CRIT. En la actualidad el trabajo de la organización está encaminado a responder eficazmente a las necesidades de las comunidades de base, por medio de la implementación de diferentes programas en alianza con diversas entidades estatales y de Amnistía Internacional. Por ejemplo, en el ámbito del conflicto armado se han desarrollado mesas de trabajo entre las comunidades indígenas afectadas por los hechos violentos y la Red de Solidaridad Social. Además, se han creado programas de formación en distintos campos como la Jurisdicción Especial Indígena, Derechos Humanos o Planificación del Desarrollo Comunitario. También, se ha adelantado un fuerte proceso de fortalecimiento identitario en las comunidades de base, así como procesos de movilización y visibilización que comprometen a diversos sectores sociales en el país<ref name="londoño">Londoño, E., y Romero, N. (2005). Justicia Comunitaria Indígena: El caso del CRIT. En Red de Justicia Comunitaria. Escuela Nacional De justicia Comunitaria, Cuadernos de la Escuela, Entidad Número Tres. Bogotá: Red de Justicia Comunitaria.</ref> Por otro lado, es necesario mencionar que con el tiempo han surgido otras organizaciones distintas del Consejo Regional Indígena del Tolima, como la Asociación de Cabildos Indígenas del Tolima ACIT, la Federación de Cabildos Autónomos del Tolima FICAT y la Asociación de Resguardos Indígenas del Tolima ARIT. Estas entidades agrupan a diferentes resguardos del Departamento y han alcanzado un fuerte nivel de legitimidad y visibilidad a nivel local y supra-local. Su historia también está marcada por la constante lucha y denuncia de las violaciones a los Derechos Humanos en contra de las comunidades que representan, así como de movilizaciones a nivel nacional<ref name="comunidades">Comunidades indígenas agrupadas en la ACIT siguen en la ruta de la definitiva independencia. (2012). Agencia Estudiantil de Prensa. Recuperado de http://agesdepren.blogspot.com/2012/04/comunidades-indigenas-agrupadas-en-la.html</ref> Todas estas organizaciones han tenido que enfrentar a lo largo de su historia atropellos y señalamientos<ref name="lombana">Lombana, S. (2012). Aberrantes atropellos contra indígenas del sur del Tolima. Recuperado de http://nelsonlombana.wordpress.com/2012/07/03/aberrantes-atropellos-contra-indigenas-del-sur-del-tolima/</ref> así como la persecución y asesinato de varios de sus líderes<ref name="rechazan">Rechazan asesinato de líder indígena. (2012). Periódico Q’hubo Ibagué. Recuperado de http://www.qhuboibague.com/blog/2011/12/22/rechazan-asesinato-de-lider-indigena.htmlParedes </ref> Así mismo, el resguardo cuenta con otros espacios de representatividad a nivel local y regional; en el plano regional, se desataca la consolidación de una empresa prestadora de salud indígena; la EPSI PIJAOSALUD, creada por indígenas, cuenta con un reconocimiento regional y nacional gracias a su gestión y efectiva articulación de los sistemas de salud tradicional y occidental; además de su importancia como logro de la población Pijao para defender sus derechos a la autonomía y participación en los servicios de salud<ref name="garzon">Garzón. O. L. (s.f.). Saludable combinación. El Espectador.com. Recuperado de http://m.elespectador.com/impreso/nacional/articuloimpreso-saludable-combinacion</ref>

Jurisdicción especial indígena

El resguardo forma parte de un fuerte proceso de consolidación y reconocimiento de los sistemas de gobierno y de justicia propia del pueblo Pijao; a través de las luchas por la inclusión y la participación indígena en este tema se ha logrado afianzar la aplicación del fuero indígena en los niveles local, zonal y regional. Para el caso local, el resguardo cuenta con sus propias instancias de aplicación de justicia: la Asamblea y la Junta de Cabildo, en las que se atienden problemas menores como violencia familiar y disputas por territorio<ref name="cabrera" /> en el nivel zonal, existe una Casa de Justicia Indígena en cada Municipio, que atiende y concilia los conflictos mayores. Finalmente, el Tribunal Superior Indígena del Tolima se reconoce como la instancia regional que, desde 2001, es responsable de la mediación en aquellos casos que han sido remitidos a la justicia ordinaria<ref name="nelson">Intervención de Nelson Martínez. Representante del Pueblo Pijao. Departamento del Tolima. (2009). Recuperado de http://www.google.com.co/url</ref> resolviendo además los conflictos que no han sido solucionados en los planos locales y/o zonales<ref name="fabio">Comunicación Personal con Fabio Eusse. (2012).</ref> El Tribunal Superior Indígena del Tolima está conformado por representantes indígenas de los diferentes municipios, esto para fortalecer y fomentar la participación de todas las comunidades y resguardos; con este objetivo se realiza un congreso cada año, una Junta Directiva cada año, una Asamblea de Gobernadores cada seis meses, además de reuniones de zona y concejos municipales que se reúnen permanentemente. El Tribunal surgió como iniciativa indígena para la administración de la justicia propia, debido a los diversos conflictos de jurisdicción e impunidad presentados con la justicia ordinaria<ref name="nelson" />

Relación con actores e instituciones no indígenas

Autoridades e instituciones estatales y privadas

En el marco de los procesos de reconocimiento de derechos, inclusión y articulación de los planteamientos propios con las políticas institucionales, el resguardo, representado por su Cabildo, entabla relaciones de concertación y mediación con una serie de instituciones que hacen presencia en su territorio:

  • Alcaldía Municipal: El resguardo está en la jurisdicción del Municipio de Coyaima, esta entidad territorial es la encargada de la entrega anual de los fondos del Sistema General de Participación, SGP. Además, el gobierno municipal plantea en el Plan de Desarrollo 2008-2011, diferentes líneas de acción y proyectos para el mejoramiento de las condiciones socio-económicas del resguardo, fomentando la participación comunitaria y promoviendo el trabajo concertado con las autoridades y líderes indígenas, contribuyendo así a la consolidación de los procesos organizativos y de gobierno del resguardo<ref name="municipal" />
  • Distrito de Riego Triángulo del Tolima-INCODER-Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural-CORPOICA-FONADE: Los indígenas Pijao del Sur del Tolima enfrentan desde hace años una difícil situación debido a la aridez del suelo en su territorio, por este motivo han presentado solicitudes y propuestas al Gobierno Nacional que permitan una solución pronta a esta situación que pone en riesgo la soberanía alimentaria y la gobernabilidad de su territorio tradicional<ref name="cabildos">Federación de Autoridades y Cabildos Indígenas de Colombia, Kolectivo de Komunicación Popular “El Andarín”. (2009). Distrito riego triángulo Tolima 1. Recuperado de http://www.youtube.com/watch?v=mimOfIosNEQ</ref> Es así como en el año 2005 se dio inicio a la ejecución del Proyecto Distrito de Riego Triángulo del Tolima, como una estrategia para detener la erosión y degradación de los suelos. El proyecto tiene como objetivo la construcción de una represa que garantice el abastecimiento de agua para el consumo humano y para los sistemas agrícolas de la región. A pesar de los beneficios anunciados por las entidades que lideraron el proyecto y sus ejecutores, el pueblo Pijao ha denunciado diversas inconsistencias en el proceso de consulta y desarrollo de esta iniciativa; durante el período de consulta previa se realizaron una serie de acuerdos que incluían la no intervención de lugares sagrados para el pueblo indígena, no obstante estos acuerdos han sido desconocidos y transgredidos<ref name="idem" />
  • Los habitantes del resguardo han denunciado los múltiples impactos ambientales y sociales que ha generado la construcción de las obras que conforman el Triángulo del Tolima; además de los problemas que esto ha generado en su territorio, como la inundación de cultivos y la contaminación de fuentes de agua, se ha presentado una grave descomposición del tejido social, como producto de la llegada de personas de otras regiones que trabajan en las obras y que han intervenido la dinámica propia de las comunidades, por ejemplo desequilibrando los lazos familiares, causando divorcios y abandono de niños<ref name="cabrera" /> Es preciso anotar entonces las negativas consecuencias de la ejecución de las obras del Distrito de Riego, que han afectado la organización social/familiar y han desarticulado las estructuras propias del resguardo.
  • CORTOLIMA: La Corporación Autónoma Regional del Tolima, como autoridad ambiental reguladora de la región, establece en su Plan de Acción 2007-2012, las estrategias para relacionarse con las autoridades indígenas del Pueblo Pijao. En el documento se propone la articulación de las dos instancias para el fortalecimiento organizativo indígena, mediante intercambios culturales de las diversas formas de manejo ambiental, incluyendo esta temática en las consideraciones de los proyectos etnoeducativos<ref name="autonoma">Corporación Autónoma Regional del Tolima. (2011). Ajuste Plan de Acción 2007-2012. Ibagué: Corporación Autónoma Regional del Tolima. Recuperado de http://www.cortolima.gov.co/planes-y-proyectos/plan-de-accion-trienal-pat</ref>
  • Ministerio de Hacienda y Crédito Público: En febrero de 2011, el Ministerio emitió una Resolución en la que dictaminó la suspensión de giros del Sistema General de Participaciones al resguardo, debido a irregularidades en los documentos bancarios aportados por las autoridades del resguardo. No obstante, en Junio del mismo año, el Ministerio se pronunció aceptando los documentos aclaratorios presentados por el resguardo y la Alcaldía Municipal y restableció las transferencias de recursos del SGP La suspensión de recursos implicó una serie de retrasos en los planes de inversión del resguardo e impidió el desarrollo de las actividades de carácter organizativo planeadas por la Junta de Cabildo.
  • Ministerio de Minas y Energía-FAER-ENERTOLIMA: El Ministerio de Minas y Energía informó sobre la construcción del sistema de electrificación para el resguardo Las Palmas que, para el año 2010, se encontraba terminado en su totalidad. La ejecución del proyecto se realizó mediante un Consorcio conformado por el Fondo de Apoyo Financiero para Energización de Zonas Rurales (FAER) y la Compañía Energética del Tolima (ENERTOLIMA)<ref name="minas">Ministerio de Minas y Energía. (2010). Consejo Comunal de Gobierno, Departamento del Tolima. Recuperado de</ref>

Relaciones interétnicas

En la actualidad el resguardo sostiene una relación problemática con la población no indígena asentada en el territorio. Impulsados por la construcción del Distrito de Riego Triángulo del Tolima, han llegado a la zona personas provenientes de diferentes regiones buscando su contratación para realizar los trabajos implícitos en la ejecución de este proyecto. La llegada de los trabajadores ha desencadenado procesos de descomposición familiar que han obligado a las autoridades del resguardo a enfrentar la situación, cuyo principal impacto negativo es que la presencia de estas personas, ajenas al reguardo, afecta la organización local y desequilibra las estructuras familiares que representan la base organizativa del resguardo<ref name="cabrera" /> Por otro lado, es necesario advertir los conflictos internos que se presentaron en la década del noventa, cuando el Instituto Colombiano para la Reforma Agraria INCODER hizo presencia en el territorio para desarrollar un proceso de adjudicación de predios. La problemática radicó en el carácter desigual de la repartición de las tierras, pues benefició a una parcialidad y dejó de lado a la mayoría de habitantes del resguardo. La intervención inapropiada de la entidad desencadenó inconvenientes entre los miembros de la comunidad, que tuvieron como resultado un asesinato y el desplazamiento de cuatro personas amenazadas durante el proceso de constitución del resguardo en 1997<ref name="familiar" violencia">El INCORA, un generador de Violencia. (1998). Eltiempo.com Recuperado de http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-841601</ref>

Actores armados

El resguardo está en medio de un importante corredor de movilidad que comunica la parte sur del Tolima con los Departamentos de Cauca, Valle, Meta, Caquetá y la región del Eje Cafetero. Su ubicación en medio de las cordilleras oriental y central, ha sido de gran interés estratégico para los grupos armados ilegales, que encuentran en la zona un lugar de abastecimiento y de tránsito entre las diferentes regiones del país. La guerrilla de las FARC ha hecho presencia a través del Comando Conjunto Central (CCC) Adán Izquierdo, mientras que los grupos de Autodefensas tuvieron gran impacto en el control territorial, debido a sus intereses asociados con la protección de cultivos de amapola. A pesar de que este grupo participó en los procesos de desmovilización acordados con el Gobierno Nacional, luego de las negociaciones surgieron nuevas bandas criminales, derivadas de esta organización, que operan en la región y continúan ligadas con negocios ilícitos y con la prestación de servicios de seguridad privada<ref name="programa">Observatorio del Programa Presidencial de Derechos Humanos y DIH. (s.f.). Diagnóstico de la situación del pueblo indígena Pijao. Recuperado de http://www.google.com.co/url</ref> El enfrentamiento entre los diferentes grupos armados ha desencadenado graves consecuencias para la población Pijao, que se encuentra en medio del conflicto; algunos líderes y autoridades indígenas han sido asesinados, desaparecidos y amenazados<ref name="amenaza">Nueva amenaza paramilitar en Coyaima Tolima. (2009). Recuperado de http://etniasdecolombia.org/actualidad/index.php?option=com_content&view=article&id=7750:-nueva-amenaza-paramilitar-en-coyaima-tolima&catid=35:indigenas&Itemid=74</ref>

Resguardos fronterizos

No aplica.

Uso, vocación y potencialidades de los suelos

Suelos

Características de los suelos

En la zona se encuentran suelos con las siguientes características: Profundos y muy superficiales, bien drenados, de reacción neutra, muy pobres en materia orgánica, de capacidad catiónica de cambio alta, saturación total de bases muy alta, saturaciones de calcio y magnesio muy altas y disponibilidad de fósforo para las plantas baja, fertilidad moderada<ref name="estudio">IGAC. (2004). Estudio General de Suelos y Levantamiento de Tierras. Departamento del Tolima. Recuperado de la base de datos SIGOT.</ref> Superficiales, bien drenados, ligeramente ácidos, bajos en contenidos de materia orgánica, capacidad catiónica de cambio baja, bases totales y saturación de bases medias, niveles de fósforo disponible para las plantas muy bajo y en fertilidad también<ref name="idem" />

Condiciones actuales

Intervención: La vegetación natural ha sido sustituida por pastos para la explotación en ganadería extensiva<ref name="estudio">IGAC. (2004). Estudio General de Suelos y Levantamiento de Tierras. Departamento del Tolima. Recuperado de la base de datos SIGOT.</ref> Fenómenos de degradación en los suelos del resguardo: Procesos erosivos moderados (de origen hídrico y/o eólico)<ref name="idem" />

Vocación y recursos alternos

Utilidad

Los principales limitantes del uso de las tierras son la erosión en grado moderado (hídrica y/o eólica) y la poca profundidad efectiva de los suelos. Se encuentran en clima cálido seco y son aptas para la ganadería semi-intensiva con pastos mejorados y para cultivos de sorgo, ajonjolí, algodón y maní<ref name="estudio" /> Su uso debe estar orientado a la explotación forestal y ganadera controlada, mediante el establecimiento de pastos de corte en las tierras con menores pendientes<ref name="idem" />

Recursos minerales

En el municipio de Coyaima, en donde se encuentra el resguardo, hay actividad minera de extracción de oro (proyecciones estimadas de 770g) y plata (entre 20g y 6kg). No se reportan yacimientos ni explotaciones mineras de platino<ref name="upme">IGAC. UPME. (2009). Producción Minera de Plata [Mapa de Producción]. Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/PDF/SIGOT_EcoProduccionPlataMpio_Nal.pdf?</ref>

Importancia, uso y aprovechamiento actual

Prácticas productivas-UAF

Autóctonas: Las formas tradicionales de trabajo están divididas en familiar y colectiva. La primera de ellas es la de mayor relevancia, ya que gran parte de las labores productivas son esencialmente ejecutadas por la familia. Al interior de ésta, las mujeres y los niños realizan labores de tipo “casero”, encargándose del cuidado de la huerta familiar, el mantenimiento de los animales domésticos y del aprovisionamiento de agua y leña. El hombre, por su parte, desarrolla actividades comunitarias y colectivas, además de intervenir en los trabajos de cultivos de pancoger<ref name="instituto" /> Entre las labores colectivas tradicionales subsisten el convite y la mano devuelta. En la primera, el indígena invita con abundante comida y chicha a sus vecinos o parientes para faenas de construcción como el entechado y la embarrada de la casa; la mano devuelta, por su parte, la preparan entre parientes y/o vecinos que a manera de rotación trabajarán en grupo en cada una de las parcelas. Allí desarrollan actividades de limpia y siembra de sus cultivos básicos (maíz, cachaco y yuca) porque para los cultivos comerciales no se organizan trabajos tradicionales<ref name="idem" /> Agrícolas y pecuarias: La agricultura es la principal actividad entre los indígenas, con carácter rotatorio definido por las épocas de lluvias. La primera siembra es en febrero y marzo, y la recolección se hace entre los meses de junio y julio; la segunda siembra es entre agosto y septiembre, y su recolección entre diciembre y enero. A principios del verano se tumban los rastrojos y los bosques alrededor de las vegas de los ríos y poco antes del invierno se quema la vegetación tumbada para sembrar con la primera lluvia. Después de tres cosechas, se deja crecer el monte y se abre una nueva roza. En la actualidad los sistemas de agricultura tienden a ser estacionarios, debido a que antes de cuatro años se debe volver a la misma roza, así no se haya recuperado completamente el suelo y la vegetación. El 95% de la superficie está cultivada con maíz, yuca y plátano. Son la base de la alimentación indígena y en pocas ocasiones se siembran utilizando abono, que sólo se utiliza en cultivos industriales como sorgo, arroz y algodón, poco sembrados debido a los gastos que representan en la preparación del terreno, abonos y plaguicidas. En escala menor, se cosechan fríjol maicero, ajonjolí y frutas como melón, mango, patilla y cítricos. La segunda actividad económica es la ganadería tanto bovina como de especies menores, combinada con la cría de aves de corral, éstas dos últimas son trabajo primordialmente femenino y significan ganancias familiares ocasionales. La ganadería es una labor exclusiva masculina desarrollada familiar y comunitariamente. Algunas familias tienen entre una y dos reses, ovejas y cerdos que casi nunca consumen porque son destinados a la venta con la que obtienen dinero y suplen algunas necesidades básicas. En este sentido el aporte proteínico a la dieta alimenticia es mínimo y es suplida por el consumo de huevos y pescado. La pesca se practica en períodos de verano en las lagunas o jagüeyes, ríos y quebradas; es una actividad totalmente artesanal practicada con atarraya, frecuentemente hecha por el pescador en hilo de algodón o pita. También emplean hilo y anzuelo<ref name="idem" /> Unidad Agraria Familar (UAF): Comúnmente cada familia tiene, en promedio, de una a dos hectáreas de terreno individual, de las cuales, aproximadamente, media hectárea es cultivable, ya que una vasta parte de los terrenos indígenas son tierras quebradas o de peñas. Las fértiles vegas como las de los ríos Saldaña y Magdalena no están en poder de los indígenas sino de propietarios que las tienen destinadas para cultivos industriales o para ganadería extensiva<ref name="idem" />

Plan de desarrollo

Impactos en los territorios indígenas

En el documento del Plan de Desarrollo Municipal se contempla mejorar las condiciones socioeconómicas de la población indígena mediante su inclusión a los programas sociales, culturales y de infraestructura<ref name="plan">Alcaldía de Coyaima. (2008). Plan de Desarrollo Municipal. 2008-2011. Tolima.</ref> El Megaproyecto del sistema de riego “Triangulo del Tolima” afecta directamente a las comunidades indígenas de la zona sur del Tolima, por lo que es preciso que éstas analicen su situación de uso y tenencia de la tierra para formular ideas que se incorporen al megaproyecto, buscando el beneficio colectivo de todos los pobladores de esta zona<ref name="grupo">Grupo semillas, CRIT, FICAT, Resguardo Palma Alta, Manos de Mujer, et al. (2010). Distrito de riego Triángulo del Tolima ¿Una oportunidad o un reto para las comunidades indígenas y campesinas del Sur del Tolima? Grupo Semillas. Recuperado de http://www.semillas.org.co/sitio.shtml?apc=w--1--&x=20156998</ref>

Estrategias de conservación

Para la conservación de los suelos, se recomienda:

  • Proteger algunas zonas que aún conservan vegetación natural y fomentar la siembra de árboles en las áreas con pendientes fuertes y a orillas de caños y quebradas<ref name="estudio" />
  • Proteger las zonas próximas a los nacimientos de los ríos y quebradas para favorecer la regeneración espontánea de la vegetación.
  • Reforestar con especies resistentes a la sequía y realizar obras para prevenir la erosión por exceso de lluvias como gaviones, trinchos y zanjas de infiltración o banquetas<ref name="idem" />

Planes de vida

En el Plan de Vida del Pueblo Pijao se propone:

  • Controlar los recursos naturales en su territorio.
  • Luchar por el reconocimiento y cumplimiento pleno de sus derechos por parte de la legislación nacional.
  • Implementar un sistema de producción sostenible en las áreas.
  • Fortalecer las Unidades Agroecológicas Familiares Indígenas (UAFI) ya existentes y ampliar la cobertura a nuevas familias.
  • Implementar un sistema pecuario sostenible para la ganadería y las especies menores<ref name="crit">CRIT. (2002). El convite Pijao: un camino, una esperanza. Ediciones Turdakke. Bogotá.</ref>


Demografía

Estructura, densidad y distribución poblacional

Censos y proyecciones

La población del resguardo Chenche Media Luna pertenece en su totalidad al pueblo Coyaima-Natagaima (también llamados Pijao). El censo DANE del 2005 reportó 58.810 personas autoreconocidas como pertenecientes al pueblo Coyaima-Natagaima, que representan el 4,2% de la población indígena de Colombia. Este pueblo se concentra en el departamento de Tolima en donde habita el 90,1% de la población, en los municipios de Coyaima, Ortega y Natagaima.

Pueblo Indígenas autoreconocidos en el censo del 2005 Porcentaje población indígena nacional
Coyaima-Natagaima (Pijao) 58.810 4,2 %

El municipio de Coyaima –Tolima-, según el Censo Nacional del 2005 del Departamento Nacional de Estadística –DANE- registró una población indígena de 21.575 que corresponde al 76.90% de la población del municipio. En el año 1999 se realizó la constitución del resguardo por parte del Instituto Colombiano de Reforma Agraria por medio de la cual le adjudicaron 200 hectáreas a la comunidad. La población del resguardo según: Resolución de constitución número 040 de 1999 –INCORA-: la comunidad estaba conformada por 214 personas agrupadas en 38 familias; de las cuales 119 eran hombres (56%) y 95 mujeres (44%) El Censo Nacional de 2005 del DANE: reportó 224 indígenas en el resguardo. Proyección estadística a 2012 –DANE-: se estima que para este año la población indígena del resguardo asciende a 265 personas. La densidad población con respecto al año en el que se constituyó el resguardo correspondía a 0,93 hectáreas por habitante, y con base en la proyección poblacional del DANE para el año 2012, esta densidad es de 0,75 hectáreas por habitante. Relación poblacional del resguardo respecto al pueblo indígena:

Población según Censo 2005 % Población
Pueblo Coyaima Natagaima (Pijao) 58.810 100%
Resguardo Chenche Media Luna 224 0,38%

Poblamiento y distribución espacial de la población

Los pijao del Sur del departamento del Tolima, como se autodenominan los indígenas pertenecientes a este pueblo, se ubican en pequeñas parcialidades en los municipios de Coyaima, Natagaima, Ortega, Chaparral y San Antonio. La comunidad indígena Chenche Media Luna se encuentra asentada en jurisdicción del municipio de Coyaima. Los pijaos conservan un patrón de asentamiento disperso en pequeños poblados o parcialidades. La vivienda indígena pijao es similar a la del campesino tolimense, consta normalmente de dos habitaciones que se usan como dormitorios y la cocina que por lo general es una construcción aparte, entre la cocina y los dormitorios hay un lugar llamado sanjuanera en donde hay un techo y troncos para colgar hamacas, es un lugar común de reunión social<ref name="etnia">Diagnóstico situacional de la etnia pijao de Coyaima, Ortega y Natagaima (2010) Recuperado de http://www.observatorioetnicocecoin.org.co/descarga/INFORME%20FINAL_PIJAOS.pdf</ref>

Sistemas de parentesco

Parentesco

La comunidad indígena Coyaima- natagaima (también denominados Pijao) del resguardo Chenche Media Luna basan la organización social en la familia nuclear –padre, madre e hijos-, y prevalecen los vínculos de las relaciones de parentesco por consanguinidad y por afinidad. La unidad familiar es de tipo exogámico patrilineal, es decir, que dentro de la comunidad rige una regla de elección de la pareja (conyuge) que prohíbe la relación matrimonial entre miembros de un mismo grupo o descendencia y que se rige por la descendencia del padre. Las familias están conformadas por abuelos, padres, hijos nueras o yernos, que comparten una misma vivienda hasta cuando el hijo o la hija se independizan, construyendo así un nuevo sitio de habitación. Sin embargo, los sistemas de patrilinealidad y endogamia grupal hace que cada familia extensa se constituya como grupo de trabajo para las actividades de subsistencia, siendo la base de la organización social y económica de los Pijao, y se constituye en un medio para conservar la cohesión cultural y social como grupo étnico. Se debe resaltar que debido a la escasez de tierra, la mayoría de hijos no son herederos y deben conseguir su tierra por otros medios<ref name="olivero" />

Movimientos migratorios y desplazamientos

Migración y desplazamiento

La violencia contra los indígenas se agudiza a partir de 1945, culminando con el despojo de casi la totalidad de sus tierras, la desintegración social y cultural, la migración y los desplazamientos masivos de la población indígena. Muchos indígenas a su regreso enfrentan el desconocimiento como grupo étnico y la invasión de su antiguo territorio por nuevos moradores que van desde campesinos pobres hasta grandes hacendados. Todos estos elementos matizan un nuevo período histórico cuya característica principal es la reconformación social y territorial, al igual que el surgimiento de luchas agrarias indígenas. Las ideas de Quintín Lame renacen a la sombra de la Asociación de Usuarios Campesinos, ANUC, pero sólo florecen con la consolidación del Consejo Regional Indígena del Tolima, CRIT, durante el Primer Congreso Indígena del Tolima, en 1982. Si bien es cierto que anterior a esta fecha se llevaron a cabo importantes acciones de reivindicación cultural y unificación política, fue sólo con la conformación del CMI se consiguió canalizar los esfuerzos organizativos de las comunidades, que gradualmente lograrían mayor conciencia de su situación social, económica y cultural. La recuperación y el saneamiento de las tierras de los resguardos, la consolidación de cabildos, la implementación de programas en pro de la educación, la salud y el desarrollo económico comunitario, han sido algunos de los derroteros seguidos por la organización indígena. Sin embargo las persecuciones, la violencia selectiva contra los líderes indígenas, la división entre organizaciones indígenas del sur del Tolima como la misma desarticulación sociocultural de las comunidades, son elementos que limitan los caminos hacia el bienestar y equilibrio social de las comunidades indígenas Coyaima y Natagaima<ref name="humana">Coyaimas y Natagaimas. En: Geografía Humana de Colombia. Tomo IV. Vol. III. Recuperado de http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/geografia/geohum2/coyaima4.htm</ref>

Vulnerabilidad poblacional

El pueblo Pijao se vio afectado mayormente por los procesos de conformación de latifundio ganadero en los territorios de ocupación tradicional, y, en la década del 50, por la violencia partidista que tuvo su epicentro en el departamento del Tolima. “La violencia contra los indígenas se agudiza a partir de 1945, culminando con el despojo de casi la totalidad de sus tierras, la desintegración social y cultural, la migración y los desplazamientos masivos de la población indígena. Muchos indígenas a su regreso enfrentaron el desconocimiento como grupo étnico y la invasión de su antiguo territorio por nuevos moradores que iban desde campesinos pobres hasta grandes hacendados. Todos estos elementos matizaron un nuevo período histórico, cuya característica principal fue la reconformación social y territorial, al igual que el surgimiento de nuevas luchas agrarias indígenas<ref name="olivero" /> Según el diagnóstico de la situación del pueblo Pijao del Observatorio del Programa Presidencial de Derechos Humanos y DIH (2010), en la actualidad, los territorios que habitan –los pijao- son escenario de disputa entre actores armados ilegales, lo cual ha generado una serie de violaciones de sus derechos fundamentales que se expresan en homicidio, desplazamiento forzado, hostigamiento y pérdida constante de identidad y autonomía. Asimismo, y dentro del marco del plan de vida del pueblo se establecieron como grandes problemáticas para la supervivencia cultural, la pérdida de los saberes y las prácticas tradicionales y la necesidad de mayor atención por parte del Estado. Las comunidades indígenas que se encuentran asentadas en el municipio de Coyaima, comparten un cuadro de vulnerabilidad que se caracteriza por: Deficiencia en la prestación de servicios de saneamiento básico Problemas de sanidad debido a la exposición de aguas residuales Deficiencia en la calidad del agua –no potabilizada- “El acueducto normalmente es una manguera conectada a un nacimiento de agua que requiere de la constante revisión de la comunidad. El agua no es tratada de ninguna forma y para ser utilizada por la comunidad debe ser hervida, aunque la mayoría de personas optan por usar para el consumo el agua que compran en bolsas o en botellones2” Contaminación de los recursos hídricos cercanos a las comunidades indígenas Vías de comunicación en pésimo estado Viviendas en pésimas condiciones Hacinamiento en las viviendas Precaria prestación del servicio de salud para la población pijao del sur del Tolima Presencia de enfermedades en la población relacionadas a la condición de las viviendas y salubridad (persistencia de la enfermedad de Chagas, cuyo insecto transmisor (pito) vive en los techos de palma de las viviendas indígenas a pesar de las campañas por parte de las secretaria de saneamiento ambiental, debido a la carencia de vivienda) Déficit de infraestructura educativa –escuelas y colegios- Pérdida de conocimiento ancestral Vulnerabilidad alimentaria debido a acciones en los territorios indígenas, como el distrito de riego del “Triangulo del Tolima” y extracción petrolera Aunado a este cuadro de vulnerabilidad, entidades gubernamentales como el Instituto Colombiano de Bienestar familiar –ICBF- , afirman que en el Tolima la población indígena de Coyaima y Natagaima son las que registran (a nivel departamental) la mayor vulnerabilidad y riesgo en condiciones de salubridad y nutrición que atenta contra la vida de los menores, expresada en altas tasas de desnutrición y mortalidad infantil.

Seguridad y soberanía alimentaria

Seguridad alimentaria

Producción y consumo Los habitantes de la comunidad Chenche media Luna tienen vocación agrícola por tradición, por ser la base de la economía doméstica. En los cultivos comerciales utilizan el arado, cultivan granos como el algodón, sorgo, ajonjolí, además cultivan para su subsistencia; plátano, cachaco (popocho), yuca y maíz. Los excedentes, los productos comerciales y las frutas como el limón, mandarina, mango, guayaba, son vendidos en Coyaima; principalmente tienen cultivo de arroz que comercializan en los molinos de Saldaña. En cuanto a la ganadería no es la inclinación de la comunidad, posee algunas cabezas de ganado cebú y pardo suizo en forma comunitaria. La actividad forestal es inadecuadamente explotada, presentándose casos de deforestación. La comunidad realiza la caza ocasionalmente siendo una actividad que no se desarrolla como una alternativa de sustento. La pesca la desarrollan en pequeños estanques a pesar de estar un poco alejados del rio magdalena en diferentes épocas se trasladan a pescar para mejorar su dieta alimentaria<ref name="reforma">Instituto Colombiano de Reforma Agraria –INCORA- (1999). Resolución número 040 de 1999. </ref> “La mayoría de los habitantes de Coyaima, Natagaima y Ortega son indígenas. Hoy, estas comunidades nuevamente enfrentan otra fuerte sequía; proceso local, que en el marco del cambio climático global amenaza la supervivencia y permanencia de los Pijao en el territorio. Desde el mes de abril, del presente año (2012), se vienen secando los cultivos, se disminuyeron las fuentes de agua hasta el agotamiento de varias de ellas. Decenas de animales ya han muerto por falta de agua y alimento. Una de las primeras consecuencias de esta sequía es la pérdida de las cosechas del primer semestre de 2012, lo que genera desde ya una hambruna generalizada que amenaza la supervivencia de miles de habitantes de este territorio, sino se realizan acciones pertinentes. Esta problemática ambiental puede significar la salida de miles de personas del territorio, incluso de manera definitiva. La falta de agua representa la pérdida de los pocos bienes de las familias indígenas y campesinas. Las semillas tradicionales, constituyen una de las pérdidas más sensibles, al igual que los animales criollos, la cosecha de productos para la alimentación y las casas que se deterioran por la intensidad del viento y sol tan fuertes<ref name="manejo">Manejo local de la biodiversidad y agroecología. Emergencia alimentaria, social y ambiental en el territorio Pijao del sur del Tolima (2012). Recuperado de http://www.semillas.org.co/sitio.shtml?apc=a1a1--&x=20158041</ref>

Soberanía alimentaria

Autonomía Alimentaria: La zona sur del departamento del Tolima, en especial las tierras bajas de los valles del Saldaña y Magdalena donde se encuentran los grupos Coyaima y Natagaima, presentan condiciones agroecológicas críticas: fuerte inclinación a la erosión, terrenos con afloramiento rocoso, salinos y ácidos; estaciones climáticas con tendencia seca donde en las épocas de lluvia los intensos aguaceros barren y arrastran las capas de suelo. Además, el inadecuado manejo de las prácticas extensivas de ganadería, el desplazamiento de prácticas agrícolas de rotación, la utilización de herbicidas y abonos químicos en los cultivos de tipo industrial como arroz, algodón y sorgo; las técnicas de tala y quema pero ante todo el despojo de las tierras productivas de los resguardos, son factores que limitan fundamentalmente la economía indígena a la subsistencia y a la relativa dependencia de productos comerciales de consumo básico. La relación que sostienen los indígenas con su economía está singularmente vinculada a las formas de propiedad; para este caso las relaciones de tenencia se caracterizan en dos sentidos; uno al interior de las comunidades que poseen tierras recuperadas y otro en las comunidades sin terrenos adjudicados o con terrenos colectivos, en ambos casos la posesión de tierra es escasa y no alcanza a suplir las necesidades productivas de la familia y el grupo. En las parcialidades con territorio recuperado, la distribución de parcelas se hace entre los comuneros que “permanecieron en la lucha”, es decir, se adjudica a los indígenas que realizaron la recuperación o “invasión” de la finca del terrateniente o a los que estuvieron atentos y cohesionados en espera de la entrega de la tierra solicitada al Incora. Los comuneros pueden conservar sus antiguas parcelas, si las tuviesen. Generalmente, dentro de estas parcialidades se mantiene un terreno comunitario donde se llevan a cabo prácticas agrícolas colectivas o se desarrollan proyectos productivos de interés comunitario<ref name="humana"/>

Salud y educación

Salud Las comunidades indígenas del Tolima se caracterizan por tener conocimientos en medicina tradicional indígena, especialmente los Nasas y las Pijaos. En los talleres adelantados por la Defensoría del Pueblo, recordaron que en la década de 1990 realizaron investigaciones con los ancianos y practicantes de esta medicina tradicional para rescatar y fortalecer la medicina ancestral a través de su difusión entre las comunidades como forma de no dejar desaparecer los sistemas médicos propios de estos pueblos. La medicina tradicional de estos dos pueblos está estrechamente relacionada con la cosmogonía y la cosmovisión de la creación del mundo y ha jugado un papel fundamental en sus formas de organización. Relacionaron como practicantes de medicina tradicional a parteros y parteras, sobanderos y sobanderas, y yerbateros y yerbateras. Según lo comentaron en las reuniones adelantadas, los médicos tradicionales plantean la enfermedad como un desequilibrio de las relaciones del hombre con la naturaleza y entre los mismos hombres. Como principio general para las curaciones los médicos indígenas tradicionales utilizan plantas Educación Hay particular preocupación respecto a este derecho fundamental establecido en la Constitución Política, leyes reglamentarias y diferentes convenios internacionales suscritos por Colombia (169 de la OIT, Ley 21 de 1991, Ley 115 de 1994 y Decreto 804 de 1995). Entre las principales causas de vulneración del derecho a la etnoeducación que señalaron los líderes indígenas del departamento del Tolima están: •La no aplicación a la normatividad vigente para garantizar el derecho a la etnoeducación. Especialmente Defensoría del Pueblo en los municipios con población indígena. •En la mayoría de las escuelas de estas localidades el año lectivo se inicia en junio, es decir que solo reciben clases el último semestre del año lectivo. Reportan que esta circunstancia se debe a la falta de presupuesto para vincular docentes en la modalidad de órdenes de prestación de servicios, OPS. Los contratos para la prestación de servicios educativos en las comunidades se celebran sin dar prelación a los miembros u organizaciones de los mismos. •Los centros de educación de algunos resguardos indígenas son inadecuados para que los niños indígenas reciban capacitación. •No se consulta ni concerta con las autoridades de las entidades territoriales indígenas y de los grupos étnicos la celebración de contratos para la prestación del servicio educativo en sus comunidades, creando inconformidad con la contratación celebrada, al parecer de manera irregular, por la Gobernación del departamento del Tolima.

Oferta institucional

Oferta institucional

Estatal

La gobernación del Tolima a través de su Plan de Desarrollo Unidos por la Grandeza del Tolima” 2012 – 2015 contempla un enfoque poblacional y de garantía de derechos el cual es el centro de atención prioritaria del plan hacia los cuales están dirigidas las acciones del Gobierno Departamental. Se contemplan los niños, niñas y adolescentes, los jóvenes, los hombres y mujeres, los adultos mayores, las etnias y la población en condiciones especiales en la cual incluye a las personas en situación de discapacidad, de desplazamiento forzado, en proceso de reintegración y LGBTI. Este Desarrollo social incluyente y equitativo pretende disminuir los índices de pobreza en especial aquellos grupos poblacionales y diferenciales que se encuentran en situación de extrema pobreza y marginalidad, tengan oportunidades de acceso a todos los servicios sociales. La firma del denominado Contrato Plan del Sur del Tolima, el permitirá invertir en los próximos años una suma cercana a los 900 mil millones de pesos. Los recursos, provenientes en su mayoría del Gobierno Nacional (76.4%), serán destinados a satisfacer necesidades de la población y el territorio de los municipios de Ataco, Chaparral, Coyaima, Natagaima, Ortega, Planadas, Rioblanco y Roncesvalles, los cuales tienen un alto índice de necesidades básicas insatisfechas y presencia mayoritaria población indígena. El presidente del Consejo Regional Indígena del Tolima, ve como positiva la presencia y firma del contrato Plan del Sur del Tolima, que permitirá la llegada de altas inversiones en seguridad alimentaria, electrificación, salud y educación para la población indígena de esta conflictiva zona del departamento del Tolima.

Organizaciones indígenas

ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE INDÍGENAS DEL TOLIMA – ACIT: Organización Indígena que busca el fortalecimiento y consolidación y apropiación de cabildos y comunidades en lo organizativo, administrativo, social, cultural, económico, ambiental y político en la construcción de sus espacios de poder y liderazgo y logros en la reivindicación, autonomía y jurisdiccionalidad indígena en los territorios Pijao y Páez del Tolima, mediante acciones que permitan la pervivencia como pueblo indígena y el cumplimiento de los objetivos<refname="autoridades">1.Recuperado de: http://www.lenguasdecolombia.gov.co/content/asociación-de-cabildos-y-autoridades-tradicionales-del-consejo-regional-indígena-del-tolima</ref>

ONG y organizaciones privadas

La corporación “Hecho en el Tolima”, pretende conservar las tradiciones indígenas mediante el establecimiento de una unidad productiva agropecuaria y turística denominada LA GRAN MALOKA INDIGENA PIAJO donde 750 familias indígenas puedan trabajar y producir su propio alimento y sea una fuente permanente de generación de ingresos. Que de igual forma contribuya al desarrollo agroturístico del departamento del Tolima aprovechando que la cultura indígena posee tradiciones ancestrales que despiertan el interés a visitantes nacionales e internacionales<ref name="ong">Cortolima. ONG. Recuperado de www.cortolima.gov.co/</ref> La Asociación de Mujeres Indígenas del Tolima “ASMIT”, es una organización sin ánimo de lucro de mujeres indígenas incluyendo a la familia principalmente niños Y niñas, que trabaja en el rescate de la cultura autóctona Pijao, Medicina Tradicional, en la defensa de los Derechos Humanos, en la soberanía Alimentaria, en la incidencia política y participación, en la elaboración de las políticas públicas para mujeres y comunidades indígenas, Valores trabajando en pro de las mujeres y para las mujeres<ref name="mujeres">Asociación de Mujeres Indígenas del Tolima “ASMIT”. Misión – Visión. Recuperado de</ref> La FUNDACIÓN AID TO ARTISANS COLOMBIA (ATA) – PROTECCIÓN DE DERECHO A LA CULTURA E IDENTIDAD: Aid to Artisans es una organización americana multinacional que apoya el sector artesanal en países en vía de desarrollo, trabajando en diseño y desarrollo de producto, fortalecimiento empresarial y generación de ingresos mediante la participación en ferias y enlaces con el mercado nacional e internacional<ref name="recuperado">Recuperado de http://www.aidtoartisans.org/</ref>

Agencias de cooperación internacional

La cooperación internacional hace presencia en territorio desarrollando proyectos en beneficio de las comunidades como lo es la ayuda solidaria para mujeres indígenas cabeza de familia, en cabeza de la FAO que busca crear una microempresa indígena de cría de pie porcícola para mujeres cabeza de hogar, para mejorar condiciones de nutrición y de ingreso de sus familias. La Unión Europea como contribución a la construcción de la paz y la reconciliación en Colombia realiza el apoyo directo a las víctimas del conflicto, fortaleciendo el estado de derecho y promoviendo respeto para los derechos humanos en el país<ref name="prosperidad">Departamento para la Prosperidad. Mapa Cooperación Internacional. Recuperado de </ref>

Aspectos jurídicos y legales

Trámites y necesidades en materia territorial

El territorio en el que se encuentra el resguardo atravesó por una serie interminable de guerras durante el proceso de la Conquista, en el que el afán europeo por expandir sus dominios se vio reflejado en acciones sangrientas que terminaron escribiendo la historia de esta tierra. Los Pijaos se asentaron a lo largo y ancho de la región del Tolima, constituyéndose como una comunidad con un patrimonio y características culturales, sociales y lingüísticas propias, que desafortunadamente fueron silenciadas por la esclavitud. Todo esto se desarrolló durante años, hasta que se comenzó a atender la necesidad de consolidar una autonomía territorial propia, y con ella la posibilidad de un legado para las futuras generaciones, y la reconformación social del pueblo indígena<ref name="ramirez">Ramírez, N. (2012). Reconstrucción de una cultura indígena tolimense. En El Nuevo Día. Recuperado de http://www.elnuevodia.com.co/nuevodia/especiales/dia-del-tolima/140478-reconstruccion-de-una-cultura-indigena-tolimense</ref> Dicha autonomía está definida por la Corte Constitucional en la sentencia T-903 de 2009 cuando afirma que: “Los límites están dados, en primer lugar, por un “núcleo duro de Derechos Humanos”, junto con el principio de legalidad, como garantía del debido proceso y, en segundo lugar, por los Derechos Fundamentales, mínimos de convivencia, cuyo núcleo esencial debe mantenerse a salvo de actuaciones arbitrarias. Esta formulación lleva a preguntarse si, en últimas, no son todos los derechos fundamentales los límites a la autonomía, puesto que entre estos se encuentra también el núcleo duro mencionado. Para la Sala, es posible ilustrar adecuadamente el sentido de la jurisprudencia reiterada, al diferenciar entre la forma en que los límites se aplican a los distintos ámbitos autonómicos de las comunidades. En ese plano, el “núcleo duro” es un límite absoluto que trasciende cualquier ámbito autonómico de las comunidades indígenas. Cualquier decisión que desconozca el derecho a la vida, lesione la integridad de una persona o trasgreda las prohibiciones de tortura y servidumbre, está constitucionalmente prohibida, aunque la evaluación de una eventual vulneración, especialmente en cuanto a la integridad personal y el debido proceso debe realizarse a la luz de la cultura específica en que se presenten los hechos. Los (demás) derechos fundamentales constituyen un límite que debe establecerse a través de un ejercicio de ponderación en cada caso concreto, en la medida en que en un conflicto entre la autonomía, la integridad o la diversidad cultural y un derecho fundamental determinado es un conflicto entre normas constitucionales de igual jerarquía. En estos conflictos, sin embargo, los derechos de la comunidad gozan de un peso mayor, prima facie, en virtud al principio de “maximización de la autonomía<ref name="bogota">Corte Constitucional. (2009). Sentencia T-903. Bogotá. </ref> Dentro de las amenazas más importantes para territorio, está el hecho de que el mismo Estado es un agente de riesgo, pues sus prioridades económicas, enfocadas hacia las industrias de extracción y la tendencia a fortalecer empresas de energías alternativas como el biodiesel, han significado una diminución de las consideraciones ecológicas del ecosistema, que es el punto principal de la idiosincrasia de la población, no sólo como fuente de subsistencia, sino como lugar de encuentro con sus tradiciones<ref name="familiar" /> El resguardo obtiene su titulación mediante la Resolución 019 del 03 de Octubre de 1997, del INCORA<ref name="incora">INCORA. (1997). Resolución No. 019. Bogotá. </ref> Además, en la actualidad existe un trámite de solicitud de ampliación en el INCODER<ref name="matriz">Caracterización Resguardos. (sf). Matriz Expedientes. Copias de Comunidades Indígenas. Expedientes en Trámite. Documento interno.</ref> Necesidades: Debido al desarrollo de distintos proyectos en el Departamento, es fundamental la revisión de los acuerdos logrados con el Estado y adelantar proceso de consulta que permitan al pueblo indígena tener voz y voto dentro de las acciones que se llevan a cabo en sus territorios, pues hasta el momento los pactos no se han cumplido, por lo que se puede afirmar que se toca el terreno de la ilegalidad. También es preciso establecer las medidas que mitiguen el impacto social de los proyectos que se adelantan en la región, para de esta forma proteger la autonomía territorial del pueblo indígena<ref name="familiar" />

Instrumentos internacionales, jurisprudenciales, legales y generales

Cuando se trata del respeto por la autonomía territorial, es necesario hacerlo a partir de términos de respeto por una jurisdicción indígena propia, para lo cual es posible retomar lo que la Corte Constitucional argumenta en la sentencia T-552 de 2003 cuando afirma que: “Hasta aquí se tendría que para que proceda la jurisdicción indígena sería necesario acreditar que 1) Nos encontramos frente a una comunidad indígena, que 2) Cuenta con autoridades tradicionales, que 3) Ejercen su autoridad en un ámbito territorial determinado. Lo anterior, sin embargo, no sería suficiente por cuanto se requiere, además, establecer la capacidad de esas autoridades de los pueblos indígenas para ejercer jurisdicción conforme a usos tradicionales. Esto es, puede existir un reconocimiento formal de resguardo y cabildo, pero no darse materialmente los supuestos de la jurisdicción, por carencia de normas y practicas específicas de control social, por ausencia de procedimientos de juzgamiento, o porque las autoridades tradicionales han dejado de ejercer ese tipo de funciones<ref name="corte">Corte Constitucional. (2003). Sentencia T-552. Bogotá.</ref> La Corte Constitucional, con el aval de la Constitución Política, ha afirmado en la Sentencia T-769 de 2009, que es necesario reconocer la diversidad étnica y cultural de la nación. Lo anterior, dado como principio fundamental desde el punto de vista democrático, participativo y pluralista del país. Así, estas comunidades indígenas comparten costumbres ancestrales, hecho que implica un esquema de valores propios que identifican su cultura y su tradición; por esta razón gozan de un trato constitucional especial que define a los resguardos como propiedades colectivas, de naturaleza inajenable, inalienable, imprescriptible e inembargable. Tales características especifican el derecho de las comunidades sobre su propiedad colectiva como factor de suma importancia, ya que permite el respeto de su cultura, valores propios y sus características como comunidad indígena, que son reconocidas por convenios internacionales, igualmente ratificados por el Congreso<ref name="cons">Corte Constitucional. (2009). Sentencia T-769. Bogotá.</ref> Mediante Sentencia SU-039 de 1997, la Corte Constitucional afirma que la comunidad indígena ha pasado de la realidad fáctica y legal a su constitución objetiva como sujeto de derechos fundamentales. Así, deja en claro que la explotación de recursos en las zonas correspondientes al territorio indígena, debe hacerse de manera proporcional, de tal forma que el Estado propenda por la integridad social, cultural y económica de dichas comunidades. Lo anterior, en aras del respeto a los derechos fundamentales del colectivo, que es efectivamente una entidad cohesionada como grupo humano y como cultura<ref name="sentencia">Corte Constitucional. (1997). Sentencia SU-039. Bogotá. </ref> La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia, sugiere al Estado que, en coordinación con los representantes y voceros de las comunidades afectadas, adopte y aplique las medidas necesarias para que la población cuente con la presencia de las instituciones estatales, y de esta forma evitar la violación de los derechos humanos. Lo anterior compromete al Gobierno para brindar el apoyo político y económico que sea necesario, así como a contribuir en la gestión de una presencia permanente de la Defensoría del Pueblo en la región<ref name="oficina">Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2002). Informe de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, sobre su Misión de Observación en el Medio Atrato. Documento interno.</ref>

Conflicto armado interno, DDHH y DIH

Violaciones DDHH

Los Pijao se han visto afectados desde la conquista española por situaciones de violencia. A principios del Siglo XIX, los procesos de conformación de latifundios y de expansión ganadera acentuaron este entorno para que, en los años cincuenta, la comunidad se encontrara en medio de la violencia partidista. En la actualidad, el fenómeno de violencia no se ha detenido y los territorios son escenario de confrontación entre actores armados ilegales, debido en gran parte a las condiciones que el espacio ofrece como punto estratégico de movilización en la Cordillera Central, ya que permite el desplazamiento entre el Cauca, Huila, Valle y el Eje Cafetero; este hecho se suma a un entorno favorable para la siembra de cultivos ilícitos como la Amapola, y ha desencadenado una serie de violaciones al Derecho Internacional Humanitario<ref name="derechos">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH, República de Colombia, diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref> tales como:

  • Derecho a la vida.
  • Derecho a vivir en paz.
  • Derecho a la integridad física y mental.
  • Derecho a la seguridad.
  • Derecho a la libertad.
  • Derecho a la libre reunión y asociación.
  • Derecho a que no se desarrollen actividades militares en tierras o territorios indígenas.
  • Derecho a no ser desplazado por la fuerza de sus tierras o territorios.

Infracciones al DIH

Infracciones al Derecho Internacional Humanitario:

  • Amenazas y asesinatos de líderes y población indígena: el 13 de Mayo de 2002, integrantes de un grupo armado desconocido propinaron cinco impactos de bala a José Reinel Alape Alape, de 39 años de edad, causándole la muerte. El 29 de Enero de 2003, el Bloque Tolima de las Autodefensas amenazó a 12 personas, entre las que se encontraban líderes indígenas de la Asociación de Cabildos Indígenas del Tolima (ACIT): David Quintero, Martin Loaiza Rodríguez, María Nubia Loaiza Oviedo, Diubino Santa; Crispín Otavo, dirigente indígena y Secretario Político del PCC en Coyaima; Joselino Alape Ortiz, Asesor de la ACIT; Porfidio Esquivel, Presidente de la ACIT; Hernán Loaiza Tique, quien fue Gobernador del Cabildo Indígena de Dollares Porvenir; Henry Loaiza tique, Concejal de la UP en Coyaima; Arquímedes Onatra, dirigente indígena y Concejal de la UP en Coyaima; José Ángel Zapata Ducuara, dirigente indígena de la Comisión de Conciliación de la ACIT, y Rosalía Poloche, Tesorera de la ACIT.
  • Por otra parte, el 17 de Febrero de 2005, integrantes de un grupo paramilitar amenazaron y obligaron a Yesid Bríñez, Gobernador Indígena, a abandonar la región. También se presentó el caso del profesor indígena Sergio Augusto Parra, quien se vio obligado a abandonar el territorio junto con su familia el 3 de Enero de 2011, debido a las amenazas realizadas por dos hombres que irrumpieron violentamente en su hogar. Por último, el 18 de Diciembre de 2011, fue asesinado, víctima de 6 impactos de bala en la cara, Sergio Parra Mendoza, padre de Sergio Augusto Parra, y líder indígena que ocupó la presidencia de la Asociación Regional Indígena del Tolima (ARIT); fue defensor de las causas indígenas, dedicado a luchar por la recuperación las tierras, y promotor de programas de atención alimentaria y proyectos ganaderos.
  • Torturas y ejecuciones extrajudiciales: en el año 2002 se denunció la desaparición de 3 líderes indígenas por parte de grupos paramilitares: Egidio Matoma Cupitra, José Roque Oyola Camacho y Aquilino Oyola Camacho, quienes fueron encontrados muertos en el año 2007; sus cadáveres fueron hallados en una fosa común y con signos de tortura en la Inspección de Policía Mesas San Juan<ref name="banco">CINEP. (2011). Banco de Datos. Derechos Humanos y violencia política. Recuperado de http://www.nocheyniebla.org/</ref>
  • Desaparición forzada: en el Municipio de Coyaima se presentó la desaparición forzada de 4 indígenas en el año de 2002<ref name="algunos">Presidencia de la República. (2004). Algunos indicadores sobre la situación de los Derechos Humanos en el sur del Tolima. Documento interno.</ref>
  • Homicidios: en la región habitada por los Pijaos se presentaron 281 asesinatos de población civil para el período 2003-2008, 10% del total del Departamento del Tolima (2.293). En Coyaima, Municipio en el que se encuentra este resguardo, hubo 77 homicidios, el 12% de los sucedidos durante este período, mientras que 26 miembros de la etnia fueron asesinados entre 1998 y 2008.
  • Secuestros: durante el periodo de 2003- 2008 se presentaron 20 casos de secuestro en los municipios del Tolima que cuentan con presencia de la etnia Pijao, un 5% del total del Departamento (419). En Coyaima, Municipio en el que se encuentra este resguardo, se presentaron 5 eventos de este tipo en el mismo período.
  • Presencia de Grupos armados: durante el período 2003-2008, se presentaron 106 contactos armados, por iniciativa de la fuerza pública, en la región habitada por la etnia Pijao en el Tolima, 19% del total de casos de este tipo en el Departamento (550). En el mismo período se desarrollaron 326 acciones armadas en el Departamento por iniciativa de grupos ilegales, de las cuales 43(13%) se presentaron en el territorio habitado por la etnia Pijao. Como se puede observar, los contactos armados por iniciativa de la fuerza pública superan a las acciones comenzadas por los grupos armados ilegales; 199 enfrentamientos iniciados por la fuerza pública se realizaron en contra de las FARC (95%), mientras que las acciones en contra de las autodefensas y los grupos guerrilleros no identificados, sólo alcanzan el 2% con 4 y 5 contactos, y uno en contra del ELN, que representa un 1%.
  • Desplazamiento: los municipios habitados por la etnia Pijao representaron el 26% (24.457) de víctimas de desplazamiento del total de desplazados a nivel departamental en el Tolima, (92.409). Los 5 municipios con presencia Pijao recibieron un 6% (1.434) de la población desplazada, y contaron con 688 casos de desplazamiento masivo, el 38% del total del Departamento, que tuvo 1.819 casos de este tipo en el período 2003-2008.
  • Presencia y accidentes MAP-MUSE: la etnia a la que pertenece el resguardo, se ha visto afectada por 59 eventos de este tipo, es decir un 13% del total de 446 de todo el Departamento<ref name="derechos" />

Actores armados

Grupos armados ilegales:

  • Las FARC: Comando Conjunto Central (CCC), Adán Izquierdo, Frentes 21, 25, 50. Compañías Tulio Varón, Joselo Lozada, y las Columnas Móviles Héroes de Marquetalia, Jacobo Prías Alape y Daniel Aldana.
  • Autodefensas: luego del proceso de desmovilización, algunos integrantes de este grupo armado decidieron continuar con actos de delincuencia al servicio de las plantaciones ilegales ubicadas en los alrededores del Departamento.

Fuerzas Armadas:

  • Policía Nacional y Grupo Gaula.
  • Ejército Nacional: Unidades de la V y VI División con distintos batallones, como el Batallón Patriotas, Batallón de Infantería de Montaña Caicedo, Batallón de Infantería Rooke, y el Batallón de Contraguerrillas Pijao<ref name="derechos" />

Respuestas al conflicto

En la actualidad existen en el Departamento del Tolima cinco organizaciones indígenas encargadas de velar por los derechos de sus habitantes: Consejo Regional Indígena del Tolima (CRIT),la Asociación de Cabildos Indígenas del Tolima (ACIT), la Federación Regional Indígena del Tolima (FICAT), la Asociación Regional Indígena del Tolima (ARIT) y las autoridades territoriales<ref name="cultura">El Nuevo Día. (2012). Reconstrucción de una cultura indígena tolimense. Recuperado de http://www.elnuevodia.com.co/nuevodia/especiales/dia-del-tolima/140478-reconstruccion-de-una-cultura-indigena-tolimense</ref> El pasado Abril de 2012, en la ciudad de Ibagué, representantes de las comunidades indígenas, junto con delegados de otros sectores vulnerables, participaron del Taller de Actualización del Plan Departamental de Prevención y Protección de Violaciones a los Derechos Humanos, que tuvo como fin conocer la realidad de vulneración de estos por las situaciones del conflicto armado y establecer rutas para el restablecimiento de derechos de las víctimas<ref name="indigenas>El Nuevo Día. (2012). Comunidades indígenas hablaron de DD.HH. en Ibagué. Recuperado de http://www.elnuevodia.com.co/nuevodia/tolima/regional/142663-comunidades-indigenas-hablaron-de-ddhh-en-ibague</ref> La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ACNUR, destaca la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento, a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes, para la comunidad, de las operaciones militares<ref name="politica">ACNUR. (2006). Colombia, desplazamiento indígena y política pública: paradoja del reconocimiento. San José de Costa Rica.</ref> Por su parte, la ONU en la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, ratifica el derecho de estos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo con sus necesidades e intereses. Además, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos<ref name="naciones">ONU. (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los pueblos indígenas. (61/295).</ref> El convenio 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas y Tribales, ratificado por el Estado colombiano y aprobado por el Congreso, mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales<ref name="oit">OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf</ref> Según el Auto 004 de 2009, el Estado colombiano tiene la obligación de prevenir las causas de desplazamiento forzado y atender con enfoque diferencial a la población indígena que lo padece; para ello, ordena que se diseñen e implementen planes de salvaguarda étnicos y programas de garantías de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y el conflicto armado<ref name="auto">Corte Constitucional. (2009). Auto 004. Bogotá.</ref>

  1. == Referencias ==
  2. Plantilla:Listaref