Diferencia entre revisiones de «Resguardo Anacarco»

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La cooperación internacional hace presencia en territorio desarrollando proyectos en beneficio de las comunidades como lo es la ayuda solidaria para mujeres indígenas cabeza de familia, en cabeza de la FAO que busca crear una microempresa indígena de cría de pie porcícola para mujeres cabeza de hogar, para mejorar condiciones de nutrición y de ingreso de sus familias.
 
La cooperación internacional hace presencia en territorio desarrollando proyectos en beneficio de las comunidades como lo es la ayuda solidaria para mujeres indígenas cabeza de familia, en cabeza de la FAO que busca crear una microempresa indígena de cría de pie porcícola para mujeres cabeza de hogar, para mejorar condiciones de nutrición y de ingreso de sus familias.
 
La Unión Europea como contribución a la construcción de la paz y la reconciliación en Colombia realiza el apoyo directo a las víctimas del conflicto, fortaleciendo el estado de derecho y promoviendo respeto para los derechos humanos en el país<ref name="para">Departamento para la Prosperidad. Mapa Cooperación Internacional. Recuperado de</ref>
 
La Unión Europea como contribución a la construcción de la paz y la reconciliación en Colombia realiza el apoyo directo a las víctimas del conflicto, fortaleciendo el estado de derecho y promoviendo respeto para los derechos humanos en el país<ref name="para">Departamento para la Prosperidad. Mapa Cooperación Internacional. Recuperado de</ref>
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== Aspectos jurídicos y legales ==
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=== Trámites y necesidades en materia territorial ===
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El territorio en el que se encuentra el resguardo atravesó por una serie interminable de guerras durante el proceso de la Conquista, en el que el afán europeo por expandir sus dominios se vio reflejado en acciones sangrientas que terminaron escribiendo la historia de esta tierra.
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Los Pijaos se asentaron a lo largo y ancho de la región del Tolima, constituyéndose como una comunidad con un patrimonio y características culturales, sociales y lingüísticas propias, que desafortunadamente fueron silenciadas por la esclavitud. Todo esto se desarrolló durante años, hasta que se comenzó a atender la necesidad de consolidar una autonomía territorial propia, y con ella la posibilidad de un legado para las futuras generaciones, y la reconformación social del pueblo indígena<ref name="ramirez">Ramírez, N. (2012). Reconstrucción de una cultura indígena tolimense. En El Nuevo Día. Recuperado de http://www.elnuevodia.com.co/nuevodia/especiales/dia-del-tolima/140478-reconstruccion-de-una-cultura-indigena-tolimense</ref>
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Dicha autonomía está definida por la Corte Constitucional en la sentencia T-903 de 2009 cuando afirma que:
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“Los límites están dados, en primer lugar, por un “núcleo duro de Derechos Humanos”, junto con el principio de legalidad, como garantía del debido proceso y, en segundo lugar, por los Derechos Fundamentales, mínimos de convivencia, cuyo núcleo esencial debe mantenerse a salvo de actuaciones arbitrarias.
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Esta formulación lleva a preguntarse si, en últimas, no son todos los derechos fundamentales los límites a la autonomía, puesto que entre estos se encuentra también el núcleo duro mencionado. Para la Sala, es posible ilustrar adecuadamente el sentido de la jurisprudencia reiterada, al diferenciar entre la forma en que los límites se aplican a los distintos ámbitos autonómicos de las comunidades. En ese plano, el “núcleo duro” es un límite absoluto que trasciende cualquier ámbito autonómico de las comunidades indígenas.
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Cualquier decisión que desconozca el derecho a la vida, lesione la integridad de una persona o trasgreda las prohibiciones de tortura y servidumbre, está constitucionalmente prohibida, aunque la evaluación de una eventual vulneración, especialmente en cuanto a la integridad personal y el debido proceso debe realizarse a la luz de la cultura específica en que se presenten los hechos.
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Los (demás) derechos fundamentales constituyen un límite que debe establecerse a través de un ejercicio de ponderación en cada caso concreto, en la medida en que en un conflicto entre la autonomía, la integridad o la diversidad cultural y un derecho fundamental determinado es un conflicto entre normas constitucionales de igual jerarquía. En estos conflictos, sin embargo, los derechos de la comunidad gozan de un peso mayor, prima facie, en virtud al principio de “maximización de la autonomía<ref name="corte">Corte Constitucional. (2009). Sentencia T-903. Bogotá.</ref>
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Dentro de las amenazas más importantes para territorio, está el hecho de que el mismo Estado es un agente de riesgo, pues sus prioridades económicas, enfocadas hacia las industrias de extracción y la tendencia a fortalecer empresas de energías alternativas como el biodiesel, han significado una diminución de las consideraciones ecológicas del ecosistema, que es el punto principal de la idiosincrasia de la población, no sólo como fuente de subsistencia, sino como lugar de encuentro con sus tradiciones<ref name="familiar">Bienestar Familiar. (2010). Diagnóstico situacional de la etnia Pijao de Coyaima, Ortega y Natagaima. Ibagué. Documento interno.</ref>
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El resguardo obtiene su titulación mediante la Resolución 011 del 22 de Febrero de 1995, del INCORA<ref name="incora">INCORA. (1995). Resolución No. 011. Bogotá</ref>
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Necesidades:
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Debido al desarrollo de distintos proyectos en el Departamento, es fundamental la revisión de los acuerdos logrados con el Estado y adelantar proceso de consulta que permitan al pueblo indígena tener voz y voto dentro de las acciones que se llevan a cabo en sus territorios, pues hasta el momento los pactos no se han cumplido, por lo que se puede afirmar que se toca el terreno de la ilegalidad.
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También es preciso establecer las medidas que mitiguen el impacto social de los proyectos que se adelantan en la región, para de esta forma proteger la autonomía territorial del pueblo indígena<ref name="familiar" />
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=== Instrumentos internacionales, jurisprudenciales, legales y generales ===
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Cuando se trata del respeto por la autonomía territorial, es necesario hacerlo a partir de términos de respeto por una jurisdicción indígena propia, para lo cual es posible retomar lo que la Corte Constitucional argumenta en la sentencia T-552 de 2003 cuando afirma que: “Hasta aquí se tendría que para que proceda la jurisdicción indígena sería necesario acreditar que 1) Nos encontramos frente a una comunidad indígena, que 2) Cuenta con autoridades tradicionales, que 3) Ejercen su autoridad en un ámbito territorial determinado. Lo anterior, sin embargo, no sería suficiente por cuanto se requiere, además, establecer la capacidad de esas autoridades de los pueblos indígenas para ejercer jurisdicción conforme a usos tradicionales. Esto es, puede existir un reconocimiento formal de resguardo y cabildo, pero no darse materialmente los supuestos de la jurisdicción, por carencia de normas y practicas específicas de control social, por ausencia de procedimientos de juzgamiento, o porque las autoridades tradicionales han dejado de ejercer ese tipo de funciones<ref name="bogota">Corte Constitucional. (2003). Sentencia T-552. Bogotá.</ref>
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La Corte Constitucional, con el aval de la Constitución Política, ha afirmado en la Sentencia T-769 de 2009, que  es necesario reconocer la diversidad étnica y cultural de la nación. Lo anterior, dado como principio fundamental desde el punto de vista democrático, participativo y pluralista del país.
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Así, estas comunidades indígenas comparten costumbres ancestrales, hecho que implica un esquema de valores propios que identifican su cultura y su tradición; por esta razón gozan de un trato constitucional especial que define a los resguardos como propiedades colectivas, de naturaleza inajenable, inalienable, imprescriptible e inembargable.
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Tales características especifican el derecho de las comunidades sobre su propiedad colectiva como factor de suma importancia, ya que permite el respeto de su cultura, valores propios y sus características como comunidad indígena, que son reconocidas por convenios internacionales, igualmente ratificados por el Congreso<ref name="cons">Corte Constitucional. (2009). Sentencia T-769. Bogotá.</ref>
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Mediante Sentencia SU-039 de 1997, la Corte Constitucional afirma que la comunidad indígena ha pasado de la realidad fáctica y legal a su constitución objetiva como sujeto de derechos fundamentales. Así, deja en claro que la explotación de recursos en las zonas correspondientes al territorio indígena, debe hacerse de manera proporcional, de tal forma que el Estado propenda por la integridad social, cultural y económica de dichas comunidades. Lo anterior, en aras del respeto a los derechos fundamentales del colectivo, que es efectivamente una entidad cohesionada como grupo humano y como cultura<ref name="constitucional">Corte Constitucional. (1997). Sentencia SU-039. Bogotá. </ref>
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La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia, sugiere al Estado que, en coordinación con los representantes y voceros de las comunidades afectadas, adopte y aplique las medidas necesarias para que la población cuente con la presencia de las instituciones estatales, y de esta forma evitar la violación de los derechos humanos. Lo anterior compromete al Gobierno para brindar el apoyo político y económico que sea necesario, así como a contribuir en la gestión de una presencia permanente de la Defensoría del Pueblo en la región<ref name="oficina">Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2002). Informe de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, sobre su Misión de Observación en el Medio Atrato. Documento interno.</ref>
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== Conflicto armado interno, DDHH y DIH ==
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=== Violaciones DDHH ===
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Los Pijao se han visto afectados desde la conquista española por situaciones de violencia. A principios del Siglo XIX, los procesos de conformación de latifundios y de expansión ganadera acentuaron este entorno para que, en los años cincuenta, la comunidad se encontrara en medio de la violencia partidista. En la actualidad, el fenómeno de violencia no se ha detenido y los territorios son escenario de confrontación entre actores armados ilegales, debido en gran parte a las condiciones que el espacio ofrece como punto estratégico de movilización en la Cordillera Central, ya que permite el desplazamiento entre el Cauca, Huila, Valle y el Eje Cafetero; este hecho se suma a un entorno favorable para la siembra de cultivos ilícitos como la Amapola, y ha desencadenado una serie de violaciones al Derecho Internacional Humanitario1, tales como:
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* Derecho a la vida.
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* Derecho a vivir en paz.
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* Derecho a la integridad física y mental.
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* Derecho a la seguridad.
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* Derecho a la libertad.
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* Derecho a la libre reunión y asociación.
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* Derecho a que no se desarrollen actividades militares en tierras o territorios indígenas.
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* Derecho a no ser desplazado por la fuerza de sus tierras o territorios.
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=== Infracciones al DIH ===
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Infracciones al Derecho Internacional Humanitario:
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* Homicidios: en la región habitada por los Pijaos se presentaron 281 asesinatos de población civil para el período 2003-2008, 10% del total del Departamento del Tolima (2.293). En Natagaima, Municipio en el que se encuentra este resguardo, se presentaron 48 asesinatos. Entre 1998 y 2008, se registró la muerte de 26 integrantes de la etnia Pijao.
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* Secuestros: durante el periodo de 2003- 2008 se presentaron 20 casos de secuestro en los municipios del Tolima que cuentan con presencia de la etnia Pijao, un 5% del total del Departamento (419). En Natagaima, Municipio en el que se encuentra este resguardo, se presentaron 6 eventos de este tipo en el mismo período.
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* Presencia de Grupos armados: durante el período 2003-2008, se presentaron 106 contactos armados, por iniciativa de la fuerza pública, en la región habitada por la etnia Pijao en el Tolima, 19% del total de casos de este tipo en el Departamento (550). En el mismo período se desarrollaron 326 acciones armadas en el Departamento por iniciativa de grupos ilegales, de las cuales 43(13%) se presentaron en el territorio habitado por la etnia Pijao. Como se puede observar, los contactos armados por iniciativa de la fuerza pública superan a las acciones comenzadas por los grupos armados ilegales; 199 enfrentamientos iniciados por la fuerza pública se realizaron en contra de las FARC (95%), mientras que las acciones en contra de las autodefensas y los grupos guerrilleros no identificados, sólo alcanzan el 2% con 4 y 5 contactos, y uno en contra del ELN, que representa un 1%.
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* Desplazamiento: los municipios habitados por la etnia Pijao representaron el 26% (24.457) de víctimas de desplazamiento del total de desplazados a nivel departamental en el Tolima, (92.409). Los 5 municipios con presencia Pijao recibieron un 6% (1.434) de la población desplazada, y contaron con 688 casos de desplazamiento masivo, el 38% del total del Departamento, que tuvo 1.819 casos de este tipo en el período 2003-2008. El Municipio de Natagaima, donde se encuentra este resguardo, es uno de los principales receptores de población desplazada, con 563 registros.
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* Presencia y accidentes MAP-MUSE: la etnia a la que pertenece el resguardo, se ha visto afectada por 59 eventos de este tipo, es decir un 13% del total de 446 de todo el Departamento.
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=== Actores armados ===
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Grupos armados ilegales:
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* Las FARC: Comando Conjunto Central (CCC),  Adán Izquierdo, Frentes 21, 25, 50. Compañías Tulio Varón, Joselo Lozada, y las Columnas Móviles Héroes de Marquetalia, Jacobo Prías Alape y Daniel Aldana.
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* Autodefensas: luego del proceso de desmovilización, algunos integrantes de este grupo armado decidieron continuar con actos de delincuencia al servicio de las plantaciones ilegales ubicadas en los alrededores del Departamento.
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Fuerzas Armadas:
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* Policía Nacional y Grupo Gaula.
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* Ejército Nacional: Unidades de la V y VI División con distintos batallones, como el Batallón Patriotas, Batallón de Infantería de Montaña Caicedo, Batallón de Infantería Rooke, y el Batallón de Contraguerrillas Pijao<ref name="republica">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH, República de Colombia, diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref>
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=== Respuestas al conflicto ===
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En la actualidad existen en el Departamento del Tolima cinco organizaciones indígenas encargadas de velar por los derechos de sus habitantes: Consejo Regional Indígena del Tolima (CRIT),la Asociación de Cabildos Indígenas del Tolima (ACIT), la Federación Regional Indígena del Tolima (FICAT), la Asociación Regional Indígena del Tolima (ARIT) y las autoridades territoriales<ref name="nuevo">El Nuevo Día. (2012).  Reconstrucción de una cultura indígena tolimense. Recuperado de  http://www.elnuevodia.com.co/nuevodia/especiales/dia-del-tolima/140478-reconstruccion-de-una-cultura-indigena-tolimense </ref>
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El pasado Abril de 2012, en la ciudad de Ibagué, representantes de las comunidades indígenas, junto con delegados de otros sectores vulnerables, participaron del Taller de Actualización del Plan Departamental de Prevención y Protección de Violaciones a los Derechos Humanos, que tuvo como fin conocer la realidad de vulneración de estos  por las situaciones del conflicto armado y establecer rutas para el restablecimiento de derechos de las víctimas<ref name="nuevo" />
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La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ACNUR, destaca la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento, a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes, para la comunidad, de las operaciones militares<ref name="acnur">ACNUR. (2006). Colombia, desplazamiento indígena y política pública: paradoja del reconocimiento. San José de Costa Rica.</ref>
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Por su parte, la ONU en la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, ratifica el derecho de estos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo con sus necesidades e intereses. Además, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos<ref name="onu">ONU. (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los pueblos indígenas. (61/295).</ref>
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El convenio 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas y Tribales, ratificado por el Estado colombiano y aprobado por el Congreso, mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales<ref name="convenio">OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf</ref>
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Según el Auto 004 de 2009, el Estado colombiano tiene la obligación de prevenir las causas de desplazamiento forzado y atender con enfoque diferencial a la población indígena que lo padece; para ello, ordena que se diseñen e implementen planes de salvaguarda étnicos y  programas de garantías de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y el conflicto armado<ref name="auto">Corte Constitucional. (2009). Auto 004. Bogotá.</ref>
  
 
# == Referencias ==
 
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Revisión actual - 16:50 23 may 2022

Descripción geofísica

Localización geográfica

Está ubicado al sur del municipio de Natagaima, en el departamento del Tolima. Limita al oriente con el resguardo Rincón Bodega y al sur con el resguardo Pueblo Nuevo<ref name="sigot">SIGOT. IGAC. (2012). Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/</ref>

Geología estructural

En el área se presentan:

  1. Formaciones sedimentarias epicontinentales tabulares del Terciario dentro de la depresión tectónica.
  2. Valles mayores de depresiones, algunos con control parcial por pliegues y fallas o fracturas menores<ref name="sigot" />

Geomorfología

Relieve

En la zona se encuentran sistemas morfogénicos asociados a:

  1. Modelados en sedimentos epicontinentales.
  2. Cerros y mesas en vía de degradación.
  3. Llanuras aluviales.
  4. Valles aluviales<ref name="sigot" />

Dentro de las formaciones superficiales que ocurren en la zona, se encuentran:

  1. Alteritas heterométricas rojizas.
  2. Depositación de materiales detríticos heterométricos de poco espesor con dominancia de bloques y gravillas, depósitos aluviales y coluvioaluviales y rellenos lacustres<ref name="idem">idem</ref>

Modelado

En la zona se encuentran:

  1. Cerros y mesas con pendiente media ligeramente plana hasta muy quebrada en las serranías.
  2. Valles con pendiente media plana, con conos terraza, terrazas bajas y cubetas de inundación<ref name="sigot" />

Los procesos de modelado son:

  1. Escurrimiento superficial difuso y concentrado.
  2. Sedimentación en los lechos principales.
  3. Derrumbes y desprendimientos en las bermas de las terrazas<ref name="idem" />

Los procesos secundarios son:

  1. Degradación irreversible de suelos.
  2. Formación de túneles, surcos y cárcavas en las terrazas altas<ref name="idem" />
  3. Se presenta dos tipos de paisaje:
  4. Montaña estructural erosional con inclinación menor al 50% y drenaje imperfecto a excesivo.
  5. Piedemonte coluvio aluvial con inclinación mayor al 12% y drenaje imperfecto a excesivo<ref name="idem" />

Hidrografía

Cuencas

El resguardo está ubicado en la cuenca del Alto Magdalena<ref name="sigot" /> La escorrentía es de 400 a 600 mm anuales<ref name="idem" /> Se presentan ambientes sedimentarios y vulcano clástico con buenas posibilidades hidrogeológicas<ref name="idem" />

Sistemas lóticos

En la zona se encuentran las quebradas Yaco con caudal permanente, Zancudo con caudal en época de lluvias, y Zancudito<ref name="resolucion"> Resolución 11 de 1995. (22 de febrero de 1995). Incora. Bogotá.</ref>

Sistemas lénticos

En la zona se encuentran dos jagüeyes que se utilizan como abrevadero<ref name="resolucion" />

Climatología

Clima

El resguardo está ubicado entre 0 y 800 metros sobre el nivel del mar<ref name="sigot" /> y presenta las siguientes características: La temperatura es mayor a 24°C.<ref name="idem" /> La precipitación está entre 1000 a 1500 mm anuales<ref name="idem" /> El régimen de lluvias con lluvias en marzo, abril, octubre y noviembre y periodos secos en enero, febrero, junio y septiembre<ref name="coyaima">Municipio de Coyaima. (s. f.). Plan Básico de Ordenamiento Territorial, Municipio de Coyaima. Recuperado de http://www.coyaima-tolima.gov.co/apc-aa-files/32666631636666356631353165613764/DIAGN_STICO_P.B.O.T.pdf</ref>

Zonificación climática

El clima en la zona es Cálido Seco<ref name="sigot" />

Amenazas naturales

En la zona hay alta y baja amenaza por remoción en masa y amenaza sísmica intermedia<ref name="sigot" /> Se presentan inundaciones frecuentes en las terrazas bajas y desertificación<ref name="idem" />

Descripción biótica y ambiental

Características biofísicas

Zonas de vida y biomas

Según el sistema de clasificación de zonas de vida de Holdridge, el área del resguardo corresponde a la zona de vida de bosque seco Tropical (bs-T)<ref name="sigot" /> Respecto a los biomas, de acuerdo con el Módulo de Información Geográfica del Observatorio de Territorios Étnicos<ref name="etnicos">Observatorio de Territorios Étnicos (s. f.). Sistema de Información Geográfico (SIG). Recuperado de http://etnoterritorios.org/mig/map.phtml</ref> y el mapa de Grandes Biomas y Biomas Continentales de Colombia<ref name="igac">IDEAM. IGAC. IAvH. Invemar. SINCHI. IIAP. (2007). Grandes Biomas y Biomas Continentales de Colombia. Recuperado de http://geoportal.igac.gov.co/mapas_de_colombia/Publicaciones/5%20de%20febrero/GrandesBiomas.pdf</ref> el área del resguardo pertenece predominantemente al Zonobioma alternohígrico y/o subxerofítico tropical del Alto Magdalena; una zona al occidente pertenece a los Orobiomas Bajos de los Andes. Es importante destacar que con base al Mapa General de Ecosistemas de Colombia, en la zona se encuentran ecosistemas que han sido transformados y corresponden a áreas rurales intervenidas no diferenciadas con menos del 20% de ecosistemas originales presentes y en áreas cercanas existen agroecosistemas empresariales arroceros de riego<ref name="mapa">IAvH. (1998). Mapa General de Ecosistemas de Colombia (Elaborado por Andrés Etter). Recuperado de http://hermes.humboldt.org.co//ecosistemas/colombia/ecosistemas.php#</ref>

Áreas para la conservación y traslape con áreas protegidas

El área del resguardo no se cruza con áreas protegidas. Específicamente para este resguardo, no se encuentra registrada información sobre áreas para la conservación. Es importante tener en cuenta que los ecosistemas naturales del área del resguardo se encuentran transformados. Por esto, las iniciativas y las prácticas tradicionales de conservación de los recursos naturales, en la zona, contribuyen a preservar las condiciones de vida de las comunidades indígenas.

Biodiversidad

Introducción

Actualmente, el Municipio de Natagaima se encuentra muy intervenido por actividades de producción. Debido a lo anterior, gran parte de su biodiversidad podría verse amenazada en el futuro si no se generan y desarrollan intervenciones estratégicas sobre las condiciones ambientales del Municipio, a través de planes integrales de gestión ambiental y gestión integral de riesgos que garanticen la sostenibilidad ambiental de los procesos de producción, circulación y realización de bienes y servicios, permitiendo mejorar la competitividad municipal y la calidad de vida de los natagaimunos<ref name="alcaldia">Alcaldía Municipal de Natagaima (2012). Plan Municipal de Desarrollo, 2012-2015, “Natagaima somos todos”. Municipio de Natagaima. Tolima.</ref>

Fauna

Especies representativas de la zona: Entre las especies reportadas en cercanías del resguardo<ref name="manejo">Corpoica-Cortolima. (s. f.) Identificación, caracterización, zonificación y Plan de Manejo del Humedal Saldañita, Municipio de Natagaima, departamento del Tolima. Recuperado de http://www.cortolima.gov.co/images/stories/centro_documentos/estudios/humedales/Natagaima/Humedal_Saldanita-Natagaima.pdf</ref> se encuentran:

  • Mamíferos: gato silvestre (Margay tiquina) y zorro común (Dusicyon thous).
  • Aves: gallito de ciénaga (Jacana jacana), garza grande (Casmerodius albus), garza del ganado (Bubulcus ibis), palomas (Columba fasciata).
  • Anfibios y Reptiles: iguana (Iguana iguana), babilla (Caiman crocodilus fuscus).
  • Peces: mojarra (Oreochromis sp.), nicuro (Pimelodus clarias), bocachico (Prochilodus magdalenae), madre de bocachico (Curimata magdalenae).

Vulnerabilidad: De las especies reportadas, el bocachico (Prochilodus magdalenae) se encuentra en peligro crítico (CR)<ref name="numero">Resolución Número 0828. (22 de mayo de 2008). Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.</ref>

Flora

Especies representativas de la zona: Entre las especies reportadas en cercanias del resguardo se encuentran: la igua (Pseudosamanea guachapele), el totumo (Crescentia cujete), caracolí (Anacardium excelsum), guácimo (Guazuma ulmifolia), payandé (Pithecellobium dulce), guadua (Guadua sp.), limón criollo (Citrus aurantifolia) y guayabos (Psidium guajava)<ref name="manejo" />

Uso de los recursos naturales renovables

Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.

Impacto ambiental

Proyectos

El resguardo está afectado por el bloque/contrato Vsm 19, operado por la Agencia Nacional de Hidrocarburos. También por el Distrito Minero Ataco-Payandé, por exploración y explotación de minerales como caliza, materiales de construcción, oro, plata, platino, magnetita, barita, cobre, hierro, zinc<ref name="tierra">Houghton, J. (ed.). (2008). La Tierra contra la muerte. Recuperado de http://www.prensarural.org/spip/IMG/pdf/10383_1_La_Tierra_contra_la_muerte.pdf</ref> De acuerdo al Mapa de Área Petrolera en Resguardos de abril de 2011, el resguardo está declarado como área de hidrocarburos, susceptibles a afectaciones dentro de resguardo y las áreas adyacentes<ref name="areas">Geographiando 2.0. (s.f). Áreas petroleras dentro de resguardo. Recuperado de http://geographiando.hrev.org/2011/05/15/area-petrolera-en-resguardos/</ref> NOTA: Este análisis se hizo al sobreponer el Mapa de Áreas Petroleras dentro de resguardo con la ubicación del resguardo según mapa del Sistema de Información Geográfico del Observatorio de Territorios Étnicos Recuperado de http://www.etnoterritorios.org/mig/map.phtml

Contaminación

Las fuentes disponibles no aportan información suficiente para establecer las características del resguardo.

Cultivos de uso ilícito

De acuerdo al mapa de Resguardos y Cultivos de Coca 2011, el resguardo no presenta cultivos monitoreados<ref name="cultivos">Geographiando 2.0. (s. f.). Resguardo y cultivos de coca 2011. Recuperado de http://geographiando.hrev.org/2012/08/15/cultivos-de-uso-ilicito-en-resguardos-2011-las-cifras-siguen-bailando/</ref> NOTA: Este análisis se hizo al sobreponer el Mapa de Resguardos y Cultivos de Coca 2011 con la ubicación del resguardo según mapa del Sistema de Información Geográfico del Observatorio de Territorios Étnicos Recuperado de http://www.etnoterritorios.org/mig/map.phtml

Planes de manejo y ordenamiento ambiental territorial

El Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) municipal ha determinado dentro de la zonificación ambiental el área de los resguardos indígenas. De igual forma, el resguardo, como ente territorial dentro del proceso de ordenamiento territorial, ha elaborado el plan de vida anexo en medio magnético al EOT<ref name="alcaldia" /> Alcaldía Municipal de Natagaima (2012). Plan Municipal de Desarrollo, 2012-2015, “Natagaima somos todos”. Municipio de Natagaima. Tolima.

Sistemas de organización y formas de gobierno

Gobierno propio y ley de origen

Ejercicio de soberanía sobre el territorio

El pueblo Pijao del resguardo desciende de los pueblos Coyaíma y Natagaima, reconocidos porque durante el período de Conquista libraron una cruenta guerra que duró más de un siglo, en la que defendieron con ahínco sus territorios de la llegada española gracias al liderazgo de personajes como La Gaitana y Calarcá<ref name="velez">Vélez, O. (2005). Los Pijaos. Cartago, Pereira, Manizales: cruce de caminos históricos. Bogotá: Banco de la República. </ref> A pesar de esta defensa, con el correr del tiempo, particularmente durante la época de la violencia partidista, el pueblo Pijao fue despojado de sus tierras y sometido a una profunda segregación social, por lo que gran parte de su legado cultural se ha perdido. Sin embargo, en el siglo XX, a través de personajes como Manuel Quintín Lame, se dio inicio a todo un proceso de lucha agraria<ref name="vasco">Vasco, L. G. (2008), Quintín Lame: resistencia y liberación. Revista Tabula Rasa. Bogotá.</ref> en el que se buscó la reconstrucción social del pueblo Pijao mediante la lucha por sus derechos y la recuperación de sus territorios<ref name="olivero">Olivero, D. (2007). Los Coyaimas y Natagaimas. En Geografía Humana de Colombia región Andina central. Bogotá: Instituto Colombiano de Cultura Hispánica.</ref> A lo largo de este proceso organizativo el pueblo Pijao ha renacido y se mantiene presente en un trasegar constante por la defensa de su derecho a la vida, a la supervivencia, al territorio y la cultura.

Autoridades tradicionales: transmisión de autoridad y conocimiento sobre el territorio

Durante el período prehispánico el Mohán fue la principal autoridad del pueblo Pijao, era un agente espiritual, mediador en los conflictos y quien, por medio de sus saberes y su diálogo con los espíritus, garantizaba el éxito en la guerra. Sin embargo, con la Conquista, los Mohanes fueron perseguidos y desaparecidos por la iglesia. Para los actuales Pijao el mundo es un sistema de intercambios entre el frío y el calor, por lo que el exceso de cualquiera de estos dos elementos es sinónimo de enfermedad1. Es en este momento cuando hacen su aparición los médicos tradicionales o Teguas, individuos que han atravesado un arduo proceso de aprendizaje en el que identificaron a su astro rector, gracias al que conocen las plantas y los espíritus, a los que invocan con ayuda del aguardiente. No todos los médicos tradicionales tienen el mismo prestigio, este depende en gran parte de la efectividad de sus tratamientos<ref name="olivero" /> Sin embargo, no sólo la medicina es un factor determinante para la cultura del resguardo; para el pueblo Pijao gran parte del prestigio de un individuo se debe a su activa participación en las luchas por la recuperación de tierras y a su compromiso con la movilización indígena en general.

Instituciones políticas y sociales indígenas

Autoridades y representantes indígenas: elección o designación

La autoridad en el resguardo tiene su origen en las decisiones comunitarias que se toman durante las reuniones y en los días de trabajo; eventos en los cuales se recogen las expectativas de los miembros, se discuten los problemas y se plantean alternativas de acción<ref name="olivero" /> A partir de allí, es el Cabildo el que, conforme con la Ley 89 de 18902, se convierte en la mayor autoridad en el resguardo, pues es el organismo encargado de recoger las decisiones comunitarias y de canalizarlas para llevar a cabo los distintos proyectos; además, administra los asuntos internos y representa a la comunidad frente a los actores externos<ref name="olivero" /> En 2011 el Cabildo tuvo graves problemas de legitimidad debido a los violentos ataques recibidos por parte de una fracción de la comunidad, que entró en conflicto con la autoridad por cuenta de la distribución de nuevos predios<ref name="alberto">M.P. Alberto, Jaime. (2012). Expediente 73001-22-13-000-2011-00523-01. Bogotá.</ref> Frente a esta situación las autoridades tradicionales denunciaron la intromisión de entidades públicas en la jurisdicción especial indígena, su papel, antes de ser mediador, contribuyó a una tergiversación de las circunstancias y a un recrudecimiento del conflicto interno<ref name="cabildo">Cabildo Indígena de Anacarco. (2011). Denuncia a la opinión pública. Natagaima. Tolima.</ref>

Espacios y acciones de reclamación y reconocimiento de derechos

El resguardo, representado por su Cabildo, es filial del Consejo Regional Indígena del Tolima CRIT; esta organización nació hace aproximadamente 35 años como respuesta a la difícil situación de despojo de tierras en la que se encontraban las comunidades indígenas del Departamento. Uno de los resultados de su lucha es la recuperación de 223.000 Hectáreas para 44 de las 100 comunidades que integran el CRIT. En la actualidad el trabajo de la organización está encaminado a responder eficazmente a las necesidades de las comunidades de base, por medio de la implementación de diferentes programas en alianza con diversas entidades estatales y de Amnistía Internacional. Por ejemplo, en el ámbito del conflicto armado se han desarrollado mesas de trabajo entre las comunidades indígenas afectadas por los hechos violentos y la Red de Solidaridad Social. Además, se han creado programas de formación en distintos campos como la Jurisdicción Especial Indígena, Derechos Humanos o Planificación del Desarrollo Comunitario. También, se ha adelantado un fuerte proceso de fortalecimiento identitario en las comunidades de base, así como procesos de movilización y visibilización que comprometen a diversos sectores sociales en el país<ref name="londoño">Londoño, E., y Romero, N. (2005). Justicia Comunitaria Indígena: El caso del CRIT. En Red de Justicia Comunitaria. Escuela Nacional De justicia Comunitaria, Cuadernos de la Escuela, Entidad Número Tres. Bogotá: Red de Justicia Comunitaria.</ref> Por otro lado, es necesario mencionar que con el tiempo han surgido otras organizaciones distintas del Consejo Regional Indígena del Tolima, como la Asociación de Cabildos Indígenas del Tolima ACIT, la Federación de Cabildos Autónomos del Tolima FICAT y la Asociación de Resguardos Indígenas del Tolima ARIT. Estas entidades agrupan a diferentes resguardos del Departamento y han alcanzado un fuerte nivel de legitimidad y visibilidad a nivel local y supra-local. Su historia también está marcada por la constante lucha y denuncia de las violaciones a los Derechos Humanos en contra de las comunidades que representan, así como de movilizaciones a nivel nacional<ref name="comunidades">Comunidades indígenas agrupadas en la ACIT siguen en la ruta de la definitiva independencia. (2012). Agencia Estudiantil de Prensa. Recuperado de http://agesdepren.blogspot.com/2012/04/comunidades-indigenas-agrupadas-en-la.html</ref> Todas estas organizaciones han tenido que enfrentar a lo largo de su historia atropellos y señalamientos<ref name="lombana">Lombana, S. (2012). Aberrantes atropellos contra indígenas del sur del Tolima. Recuperado de http://nelsonlombana.wordpress.com/2012/07/03/aberrantes-atropellos-contra-indigenas-del-sur-del-tolima/</ref> así como la persecución y asesinato de varios de sus líderes<ref name="rechazan">Rechazan asesinato de líder indígena. (2012). Periódico Q’hubo Ibagué. Recuperado de http://www.qhuboibague.com/blog/2011/12/22/rechazan-asesinato-de-lider-indigena.htmlParedes</ref>

Jurisdicción especial indígena

En 2001, durante el IV Congreso Regional Indígena del Tolima, la Asamblea General, máxima autoridad del Pueblo Pijao, creó el Tribunal Superior Indígena del Tolima, como una instancia superior y autónoma que garantiza el debido proceso de la justicia interna. El Tribunal Superior Indígena está conformado por seis miembros elegidos por la Asamblea General cada cuatro años, y asume el ejercicio de la justicia en cuatro casos: Remisión de procesos municipales, solicitud directa de la comunidad, cuando las autoridades judiciales entregan casos al Tribunal y cuando el Tribunal solicita casos a las autoridades judiciales. Del mismo modo, en el Proyecto de Consolidación del Componente Étnico de la Casa de Justicia Regional, a través del Tribunal Indígena Superior del Tolima, se diseñó todo un protocolo de coordinación entre este organismo y las autoridades judiciales estatales. En el documento se crearon procedimientos para facilitar la remisión de los casos que así lo requieran y se propuso generar partidas desde el Consejo Superior de la Judicatura para el funcionamiento y capacitación de los miembros del Tribunal Indígena<ref name="pueblo">Pueblo Indígena Pijao. (2010). Pueblo Pijao del Tolima. En Trama y urdimbre: consonancias y disonancias entre la Justicia Propia de los pueblos indígenas y el Sistema Judicial colombiano. Bogotá. USAID.</ref>

Relación con actores e instituciones no indígenas

Autoridades e instituciones estatales y privadas

El resguardo mantiene relación o se ve afectado por las siguientes entidades y proyectos:

  • Alcaldía Municipal: El resguardo está en la jurisdicción del Municipio de Natagaima, en el que los indígenas constituyen el 50% de la población, esta entidad territorial es la encargada de la entrega anual de los fondos del Sistema General de Participación, SGP, para lo que es necesario que el Cabildo rinda cuentas a la Alcaldía sobre las inversiones a realizar; en el Plan de Desarrollo Municipal, la Alcaldía plantea, como prioridades para establecer una relación armónica con las comunidades indígenas, la creación de una Oficina de Asuntos Indígenas en el casco urbano del Municipio, así como la necesidad de realizar inversiones en educación y salud<ref name="municipal">Alcaldía Municipal de Natagaima. (2008). Plan de desarrollo 2008-2011 ahora sí, para volver a creer. Natagaima. </ref>
  • El resguardo ha contado con el acompañamiento de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo, USAID, que por medio del Proyecto para la Promoción de Derechos, Asistencia y Representación Legal y Judicial a Comunidades y Miembros de Comunidades Indígenas, busca conocer la jurisdicción especial indígena con el fin de fortalecer estrategias de protección de los derechos de los miembros de las comunidades indígenas a través del Sistema Nacional de Defensoría Pública. En este sentido, en Mayo del 2011 se realizaron jornadas para la resolución de conflictos, en las que, presididos por el Tribunal Indígena del Tolima, los representantes del resguardo fueron a una Audiencia Pública para resolver sus conflictos internos<ref name="usaid">USAID. (2011). Resolución de Conflictos en el Derecho Indígena. Justicia al Día. Boletín de actividades N° 13. Recuperado de http://www.programadeaccesoalajusticia.com/ES/media/cms/mediafiles/julio_2011_espaol_.pdf?TB_iframe=true&height=460&width=600</ref>
  • El resguardo se encuentra ubicado en el Distrito Minero Ataco-Payandé, por lo que su territorio es vulnerable frente a la realización de explotaciones de Caliza, materiales de construcción, oro, plata, platino, magnetita, barita, cobre, hierro y zinc<ref name="indigena">Observatorio Indígena de Seguimiento a Políticas Públicas y Derechos Étnicos. (2008). La nueva conquista: Minería en territorios indígenas. En Houghton, J. (Ed.). La tierra contra la muerte: Conflictos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Bogotá. CECOIN.</ref>
  • El territorio del resguardo se encuentra bajo la incidencia directa del Proyecto de Evaluación Técnica para la Explotación de Hidrocarburos, adelantado por la Agencia de Hidrocarburos ANH<ref name="petrolera">Houghton. J. (2008). Estrategia Petrolera en los territorios indígenas. La tierra contra la muerte: Conflictos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Bogotá: CECOIN.</ref>
  • Proyecto Distrito de Riego Triángulo del Tolima: Por medio de un convenio interadministrativo entre el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, INCODER, y el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo FONADE, se desarrollarán diferentes obras de riego y drenaje en 20.402 hectáreas del Departamento del Tolima, las cuales influencian directamente el territorio del resguardo.
  • Según el discurso institucional, este proyecto beneficiará a 17.502 indígenas, ya que contribuirá a mejorar la fertilidad de la tierra, beneficiando la agricultura, la productividad y la generación de nuevos empleos<ref name="fonade">FONADE. (2010). Desarrollo que no se detiene. Boletín de Prensa. Recuperado de http://www.fonade.gov.co/eContent/library/Attach/TRIANGULO%20DEL%20TOLIMA%20WEB.pdf</ref> Sin embargo, las comunidades y organizaciones indígenas expresan su preocupación, pues se trata de un proyecto que supera el ámbito de control y autonomía indígena, y ha generado constantes inundaciones que han obligado a los habitantes a reubicarse, esto sin contar con que se presenta la llegada de agentes foráneos. De hecho, el proyecto implica un nuevo ordenamiento del territorio según los criterios del Estado y no de las comunidades, beneficiando a los grandes monocultivos de empresas privadas e imprimiendo nuevas lógicas productivas que van en detrimento de la agricultura tradicional indígena<ref name="icbf">ICBF. Regional Tolima. (2010). Diagnóstico situacional de la etnia Pijao de Coyaima, Ortega y Natagaima. Ibagué: ICBF</ref>

Relaciones interétnicas

Debido a la presencia de cultivos ilícitos de amapola, la guerrilla de las FARC y los grupos de Autodefensas, buscando mano de obra para el desarrollo de este tipo de actividad, han impulsado todo un proceso de colonización que ha movilizado comunidades desde las zonas cocaleras, lo cual ha generado presiones sobre los territorios indígenas de toda la zona sur del Tolima<ref name="programa">Observatorio del Programa Presidencial de DH y DIH. (2002). Situación actual del departamento del Tolima. Serie geográfica N°9. Bogotá: Vicepresidencia de la República.</ref>

Actores armados

El resguardo se ubica en la zona sur del Departamento del Tolima, región que ha sido marcada a lo largo de la historia por un intenso conflicto agrario que sigue vigente en la actualidad. Debido a que el sector es un corredor de conexión entre Cundinamarca, Huila, Meta y Caquetá, y uno de los epicentros de la producción de amapola en el país, coinciden en él distintos grupos armados, como el Frente 21 del Comando Conjunto Central Adán Izquierdo de las FARC, que tiene un especial interés en la zona gracias a que fue allí donde, hace más de 60 años, fue fundado. El arraigo de la guerrilla al sector ha significado la pérdida de autonomía para las comunidades, pues los guerrilleros aplican justicia, extorsionan a quienes consideran personajes ostentosos y cobran impuestos. Por otro lado, y en directa confrontación con las FARC, están presentes narcotraficantes y columnas sobrevivientes de las Autodefensas, que se han apoderado sistemáticamente de las tierras en todo el Departamento, utilizándolas para la siembra de cultivos ilícitos<ref name="programa" /> Toda esta situación ha generado, no sólo la pérdida de legitimidad de las autoridades tradicionales, sino una constante presión y disputa por los territorios entre las FARC, las autodefensas y los indígenas, lo cual ha desencadenado el asesinato de varios líderes sociales, médicos tradicionales y gobernadores, que son el alma del proyecto político de este pueblo<ref name="dih">Observatorio del Programa Presidencial de DH y DIH. (s.f.). Diagnóstico de la situación del pueblo indígena Pijao. Bogotá: Vicepresidencia de la República.</ref>

Resguardos fronterizos

No aplica.

Uso, vocación y potencialidades de los suelos

Suelos

Características de los suelos

En la zona se encuentran suelos con las siguientes características:

  1. Profundos y muy superficiales, bien drenados, de reacción neutra, muy pobres en materia orgánica, de capacidad catiónica de cambio alta, saturación total de bases muy alta, saturaciones de calcio y magnesio muy altas y disponibilidad de fósforo para las plantas baja, fertilidad moderada<ref name="general" />
  2. Superficiales a moderadamente profundos, bien a moderadamente bien drenados, el material parental está constituido por aluviones finos y medianos, bajos en contenido de materia orgánica, ligeramente ácidos, capacidad catiónica de cambio y saturación de bases altas, contenidos de carbón orgánico medio, niveles de fósforo disponible para las plantas alto y fertilidad moderada<ref name="idem" />

Condiciones actuales

Intervención: La vegetación natural ha sido sustituida por pastos para explotación de ganadería extensiva y a cultivos comerciales tecnificados de arroz, sorgo y algodón<ref name="igac" /> Fenómenos de degradación en los suelos del resguardo: Procesos erosivos moderados (de origen hídrico y/o eólico)<ref name="idem" /> Procesos erosivos y de salinidad (presencia de horizontes sódicos en el perfil del suelo)<ref name="idem" />

Vocación y recursos alternos

Utilidad

Los principales limitantes del uso de las tierras son la erosión en grado moderado (hídrica y/o eólica), la poca profundidad efectiva de los suelos y la deficiencia de agua para los cultivos. Son tierras fácilmente mecanizables aunque existen pequeñas áreas con piedra superficial. Se encuentran en clima cálido seco y son aptas para la ganadería semi-intensiva con pastos mejorados y para cultivos de sorgo, ajonjolí, algodón, maní, arroz, maíz y frutales, entre otros (con aplicación de riego tecnificado); también son aptas para la ganadería con pastos mejorados<ref name="general">IGAC. (2004). Estudio General de Suelos y Levantamiento de Tierras. Departamento del Tolima. Recuperado de la base de datos SIGOT.</ref>

Recursos minerales

En el municipio de Natagaima no hay registros de yacimientos o explotaciones mineras (oro, plata y platino)<ref name="upme">IGAC. UPME. (2009). Producción Minera de Plata [Mapa de Producción]. Recuperado de http://sigotn.igac.gov.co/sigotn/PDF/SIGOT_EcoProduccionPlataMpio_Nal.pdf?</ref>

Importancia, uso y aprovechamiento actual

Prácticas productivas-UAF

Autóctonas: Las formas tradicionales de trabajo están divididas en familiar y colectiva. La primera de ellas es la de mayor relevancia, ya que gran parte de las labores productivas son esencialmente ejecutadas por la familia. Al interior de ésta, las mujeres y los niños realizan labores de tipo “casero”, encargándose del cuidado de la huerta familiar, el mantenimiento de los animales domésticos y del aprovisionamiento de agua y leña. El hombre, por su parte, desarrolla actividades comunitarias y colectivas, además de intervenir en los trabajos de cultivos de pancoger<ref name="cultura">Instituto Colombiano de Cultura Hispánica (2000). Geografía Humana de Colombia. Región Andina Central. Recuperado de http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/geografia/geohum2/coyaima4.htm</ref> Entre las labores colectivas tradicionales subsisten el convite y la mano devuelta. En la primera, el indígena invita con abundante comida y chicha a sus vecinos o parientes para faenas de construcción como el entechado y la embarrada de la casa; la mano devuelta, por su parte, la preparan entre parientes y/o vecinos que a manera de rotación trabajarán en grupo en cada una de las parcelas. Allí desarrollan actividades de limpia y siembra de sus cultivos básicos (maíz, cachaco y yuca) porque para los cultivos comerciales no se organizan trabajos tradicionales<ref name="idem" /> Agrícolas y pecuarias: La agricultura es la principal actividad entre los indígenas, con carácter rotatorio definido por las épocas de lluvias. La primera siembra es en febrero y marzo, y la recolección se hace entre los meses de junio y julio; la segunda siembra es entre agosto y septiembre, y su recolección entre diciembre y enero. A principios del verano se tumban los rastrojos y los bosques alrededor de las vegas de los ríos y poco antes del invierno se quema la vegetación tumbada para sembrar con la primera lluvia. Después de tres cosechas, se deja crecer el monte y se abre una nueva roza. En la actualidad los sistemas de agricultura tienden a ser estacionarios, debido a que antes de cuatro años se debe volver a la misma roza, así no se haya recuperado completamente el suelo y la vegetación. El 95% de la superficie está cultivada con maíz, yuca y plátano. Son la base de la alimentación indígena y en pocas ocasiones se siembran utilizando abono, que sólo se utiliza en cultivos industriales como sorgo, arroz y algodón, poco sembrados debido a los gastos que representan en la preparación del terreno, abonos y plaguicidas. En escala menor, se cosechan fríjol maicero, ajonjolí y frutas como melón, mango, patilla y cítricos. La segunda actividad económica es la ganadería tanto bovina como de especies menores, combinada con la cría de aves de corral, éstas dos últimas son trabajo primordialmente femenino y significan ganancias familiares ocasionales. La ganadería es una labor exclusiva masculina desarrollada familiar y comunitariamente. Algunas familias tienen entre una y dos reses, ovejas y cerdos que casi nunca consumen porque son destinados a la venta con la que obtienen dinero y suplen algunas necesidades básicas. En este sentido el aporte proteínico a la dieta alimenticia es mínimo y es suplida por el consumo de huevos y pescado. La pesca se practica en períodos de verano en las lagunas o jagüeyes, ríos y quebradas; es una actividad totalmente artesanal practicada con atarraya, frecuentemente hecha por el pescador en hilo de algodón o pita. También emplean hilo y anzuelo<ref name="idem" /> Unidad Agraria Familar (UAF): Comúnmente cada familia tiene, en promedio, de una a dos hectáreas de terreno individual, de las cuales, aproximadamente, media hectárea es cultivable, ya que una vasta parte de los terrenos indígenas son tierras quebradas o de peñas. Las fértiles vegas como las de los ríos Saldaña y Magdalena no están en poder de los indígenas sino de propietarios que las tienen destinadas para cultivos industriales o para ganadería extensiva<ref name="idem" />

Plan de desarrollo

Impactos en los territorios indígenas

En el Plan de Desarrollo Municipal se contempla: Apoyo al fomento y promoción de proyectos agropecuarios, piscícolas, forestales y artesanales. Asistencia técnica incluyendo acceso, apoyo al financiamiento y al crédito productivo para las comunidades indígenas presentes en el municipio<ref name="plan">Alcaldía de Natagaima. (2012). Plan de Desarrollo Municipal 2012-2015. Tolima.</ref> El Megaproyecto del sistema de riego “Triangulo del Tolima” afecta directamente a las comunidades indígenas de la zona sur del Tolima, por lo que es preciso que éstas analicen su situación de uso y tenencia de la tierra para formular ideas que se incorporen al megaproyecto, buscando el beneficio colectivo de todos los pobladores de esta zona<ref name="grupo">Grupo semillas, CRIT, FICAT, Resguardo Palma Alta, Manos de Mujer, et al. (2010). Distrito de riego Triángulo del Tolima ¿Una oportunidad o un reto para las comunidades indígenas y campesinas del Sur del Tolima? Grupo Semillas. Recuperado de http://www.semillas.org.co/sitio.shtml?apc=w--1--&x=20156998</ref>

Estrategias de conservación

Como estrategia de conservación de los suelos se recomienda: Proteger algunas zonas que aún conservan vegetación natural y fomentar la siembra de árboles en las áreas con pendientes fuertes y a la orilla de caños y quebradas<ref name="igac" /> Aplicaciones de fertilizantes, incorporación de residuos vegetales, rotación de cultivos e implementación del riego, el cual debe hacerse en forma técnica para evitar la erosión<ref name="idem" />

Planes de vida

En el Plan de Vida del Pueblo Pijao se propone:

  • Controlar los recursos naturales en su territorio.
  • Luchar por el reconocimiento y cumplimiento pleno de sus derechos por parte de la legislación nacional.
  • Implementar un sistema de producción sostenible en las áreas.
  • Fortalecer las Unidades Agroecológicas Familiares Indígenas (UAFI) ya existentes y ampliar la cobertura a nuevas familias.
  • Implementar un sistema pecuario sostenible para la ganadería y las especies menores<ref name="crit">CRIT. (2002). El convite Pijao: un camino, una esperanza. Ediciones Turdakke. Bogotá.</ref>

Demografía

Estructura, densidad y distribución poblacional

Censos y proyecciones

La población del resguardo Anacarco pertenece en su totalidad al pueblo Coyaima-Natagaima (también conocidos como Pijao). El censo DANE del 2005 reportó 58.810 personas autoreconocidas como pertenecientes al pueblo Coyaima-Natagaima, que representan el 4,2% de la población indígena de Colombia. Este pueblo se concentra en el departamento de Tolima en donde habita el 90,1% de la población, en los municipios de Coyaima, Ortega y Natagaima.

Pueblo Indígenas autoreconocidos en el censo del 2005 Porcentaje población indígena nacional
Coyaima-Natagaima (Pijao) 58.810 4,2 %

En 1995 se realizó la constitución del resguardo por parte del Instituto Colombiano de Reforma Agraria por medio de la cual le adjudicaron 1059 hectáreas a la comunidad. La población del resguardo según:

  • Resolución de constitución número 011 de 1995 –INCORA-: la comunidad estaba conformada por 96 personas agrupadas en 20 familias.
  • El Censo Nacional de 2005 del DANE: reportó 137 indígenas en el resguardo.
  • Proyección estadística a 2012 –DANE-: se estima que para este año la población indígena del resguardo asciende a 155 personas.

La densidad población con respecto al año en el que se constituyó el resguardo correspondía a 11,03 hectáreas por habitante, y con base en la proyección poblacional del DANE para el año 2012, esta densidad es de 6,83 hectáreas por habitante. Relación poblacional del resguardo respecto al pueblo indígena:

Población según Censo 2005 % Población
Pueblo Coyaima Natagaima (Pijao) 58.810 100%
Resguardo Anacarco 137 0,23 %

Poblamiento y distribución espacial de la población

El pueblo Coyaima-Natagaima (también denominados Pijao) se encuentra asentado en los departamentos de Tolima, Huila y una parte en la capital del país. “Las tierras del Pueblo Pijao fueron reducidas y arrebatadas, primero por los hispanos, y luego por colonos, por lo que los Pijao fueron empobrecidos sin sus tierras y se vieron presionados a trabajar como jornaleros. Con los recientes procesos de lucha y recuperación de algunos de sus territorios ancestrales, se han propuesto también recuperar su cosmovisión y relación con sus tierras y territorios<ref name="ministerio">Ministerio de Cultura (2010). Coyaima Natagaima (Pijao), espíritus que brotaron de piedras con alma de indio. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/index.php?idcategoria=41784</ref> La comunidad se encuentra asentada en el predio denominado Altamira, jurisdicción del municipio de Natagaima, departamento del Tolima.

Sistemas de parentesco

Parentesco

La comunidad indígena Coyaima- natagaima (también denominados Pijao) del resguardo Anacarco basan su organización social en la familia, que constituye el núcleo de la comunidad, en donde prevalecen los vínculos de parentesco por consanguinidad y afinidad. El sistema tradicional de organización social del pueblo ha sufrido transformaciones. Aunque aún se practica la patrilinealidad y la patrilocalidad como normas de parentesco y residencia, existe hoy una tendencia hacia la dispersión que los ha debilitado. Aunque viven en familias nucleares aún son eficientes las categorías de familia extensa y patrilinaje.

Movimientos migratorios y desplazamientos

Migración y desplazamiento

Es evidente que el desplazamiento ha estado asociado especialmente a las condiciones de violencia y violación de los derechos humanos, con un momento muy crítico correspondiente al año de 2001, donde la presencia de grupos ilegales en Natagaima, se hizo evidente, manteniendo en zozobra a la población en general, incluso a los habitantes ubicados en la zona urbana y que tuvo los picos más altos de expulsión de sus pobladores en los años 2001 con 1855 personas y en el año 2007 con 1161 personas. Secuelas adicionales de tal situación, ha sido el crecimiento de la delincuencia común que aún subsiste en el municipio. Conforme a lo señalado en (DNP, MININTERIOR, MINJUSTICA, 2012), Natagaima no puede caracterizarse como un Municipio de alta intensidad de conflicto armado, pues el conflicto y los datos reales, no alcanzan al 50% de la población y por lo tanto, no dispone como tal de una unidad administrativa que se encargue de manejar el tema de manera especial y particular. Ahora bien. De acuerdo con los datos existentes en el Municipio, desde el período anterior de gobierno, se inició el proceso de organización y coordinación del Plan Integral Único de atención a víctimas del desplazamiento – PIU - , con tareas específicas para las Secretarías de Gobierno, Planeación, Hacienda, Agricultura y Medio Ambiente y la constitución del Comité Técnico del PIU para coordinar las diferentes actividades y hacer seguimiento al Plan a nivel Municipal. De acuerdo con el PIU (ALCALDÍA MUNICIPAL DE NATAGAIMA, 2011), subyacen unas profundas causas que determinan la condición de desplazamiento, asociadas a factores de riesgo que en resumen y de acuerdo con el PIU se pueden expresar de la siguiente manera: “Desde décadas atrás el Municipio de Natagaima por su situación geográfica y por ser corredor de movilidad de algunos grupos armados al margen de la ley se ha considerado zona roja por el conflicto armado que se ha venido desarrollando desde la época de la violencia, lo que generó un deterioro creciente del progreso y avance en los diferentes aspectos económicos, políticos, culturales, sociales, familiares y personales, situación que ha repercutido en la población. Además de ser considerado zona roja el Municipio enfrenta el problema de inseguridad, que está determinada por la delincuencia organizada (FARC, con presencia esporádica; PARAMILITARES y delincuencia común), presentando actos delincuenciales como el secuestro, asesinatos hurto y abigeato, requiriendo de redes de apoyo organizacional, donde participe las fuerzas armadas de Colombia, las instituciones públicas y privadas y la comunidad como tal. En los últimos años la Policía y el Ejército Nacional, se ha visto comprometidos con el problema en mención, realizando acciones con el fin de contrarrestar la inseguridad del Municipio. Sin embargo es de resaltar que las acciones no son suficientes para el cambio o impacto que se necesitan para solucionar la sumisión, la resignación, la adaptación y el sometimiento de nuestro pueblo de tantos años atrás<ref name="plan" />

Vulnerabilidad poblacional

Según el diagnóstico de la situación del pueblo Pijao del Observatorio del Programa Presidencial de Derechos Humanos y DIH (2010), en la actualidad, los territorios que habitan –los pijao- son escenario de disputa entre actores armados ilegales, lo cual ha generado una serie de violaciones de sus derechos fundamentales que se expresan en homicidio, desplazamiento forzado, hostigamiento y pérdida constante de identidad y autonomía. Asimismo, y dentro del marco del plan de vida del pueblo se establecieron como grandes problemáticas para la supervivencia cultural, la pérdida de los saberes y las prácticas tradicionales y la necesidad de mayor atención por parte del Estado. Dentro del marco del plan de desarrollo municipal de Natagaima1, se realizó un diagnóstico de las comunidades indígenas asentadas en el municipio que puso de manifiesto la vulnerabilidad de esta población debido a la baja condición socioeconómica, la pérdida constante de sus valores culturales y étnicos ocasionada por el modelo de desarrollo capitalista que ha influenciado a la comunidad y las condiciones alimentarias y de salubridad que afecta a las poblaciones indígenas del departamento del Tolima. Aunado a este cuadro de vulnerabilidad, entidades gubernamentales como el Instituto Colombiano de Bienestar familiar –ICBF- , afirman que en el Tolima la población indígena de Coyaima y Natagaima son las que registran (a nivel departamental) la mayor vulnerabilidad y riesgo en condiciones de salubridad y nutrición que atenta contra la vida de los menores, expresada en altas tasas de desnutrición y mortalidad infantil.

Seguridad y soberanía alimentaria

Seguridad alimentaria

Producción y consumo Los ingresos de la comunidad indígena de Anacarco, se derivan principalmente de la explotación agropecuaria, traducidas en cultivos de plátano, yuca, algunos frutales, pastos naturales y forrajes para la crianza de ganado, productos que utilizan para el autoconsumo y los excedentes para la comercialización directa. Cultivan aproximadamente 210 hectáreas entre las familias componentes de la comunidad y otras 300 en forma comunitaria, especialmente en labor ganadera<ref name="reforma">Instituto Colombiano de Reforma Agraria –INCORA- (1995). Resolución número 011 de 1995. </ref> “La mayoría de los habitantes de Coyaima, Natagaima y Ortega son indígenas. Hoy, estas comunidades nuevamente enfrentan otra fuerte sequía; proceso local, que en el marco del cambio climático global amenaza la supervivencia y permanencia de los Pijao en el territorio. Desde el mes de abril, del presente año (2012), se vienen secando los cultivos, se disminuyeron las fuentes de agua hasta el agotamiento de varias de ellas. Decenas de animales ya han muerto por falta de agua y alimento. Una de las primeras consecuencias de esta sequía es la pérdida de las cosechas del primer semestre de 2012, lo que genera desde ya una hambruna generalizada que amenaza la supervivencia de miles de habitantes de este territorio, sino se realizan acciones pertinentes. Esta problemática ambiental puede significar la salida de miles de personas del territorio, incluso de manera definitiva. La falta de agua representa la pérdida de los pocos bienes de las familias indígenas y campesinas. Las semillas tradicionales, constituyen una de las pérdidas más sensibles, al igual que los animales criollos, la cosecha de productos para la alimentación y las casas que se deterioran por la intensidad del viento y sol tan fuertes<ref name="manejo" />

Soberanía alimentaria

Los Pijao habitaban un territorio bañado por los ríos Magdalena y Saldaña, con una gran variedad de pisos térmicos, fauna y flora y un ecosistema de tipo selvático, compuesto de suelos vulnerables de bajo contenido orgánico y alta acidez que requieren cobertura boscosa para conservar su equilibrio; de ahí que esta etnia para mantener el equilibrio haya desarrollado como estrategia la dispersión en sus viviendas y la rotación de tierras de cultivo. Sin embargo, con la posterior limitación de los terrenos dados a los indígenas en esta región y la utilización de prácticas como la ganadería extensiva, la utilización de herbicidas y abonos químicos en los cultivos industriales, la tala y la quema, dicho ecosistema sufrió grandes afectaciones; estos hechos hicieron que esta etnia redujera su economía a una de subsistencia, donde la agricultura se da en menor escala, puesto que los terrenos que habitan son demasiado áridos y secos; complementan su dieta con productos comerciales de consumo básico, lo que determina la necesidad de dinero al interior de sus comunidades y hace que el joven indígena opte por la migración hacia grandes ciudades o como jornaleros en las fincas vecinas. A lo anterior, se debe añadir que el territorio Pijao es centro de grandes presiones, tanto por parte de los terratenientes de la región como de actores armados irregulares, lo que hace que esta comunidad se encuentra en clara desventaja con la sociedad mayoritaria. Ahora bien, al interior de sus comunidades la economía de los Pijao está vinculada a las formas de propiedad, las cuales se dan en dos formas, ya sea al interior de las comunidades que poseen tierras recuperadas o en las comunidades sin terrenos adjudicados o con terrenos colectivos. En la primera, la distribución de parcelas se hace entre comuneros que realizaron la recuperación o “invasión” de fincas o tierras, mientras esperaron la decisión del Incora, mientras que en estas parcialidades se mantiene un terreno comunitario para prácticas agrícolas o proyectos productivos de interés común; los derechos a los terrenos, además cada familia posee un promedio de 1 a 2 hectáreas de terreno individual, del cual aproximadamente media hectárea es cultivable, puesto que una vasta parte de los terrenos indígenas son tierras quebradas o de peñas que no están en poder de indígenas, sino de propietarios que las tienen destinadas para cultivos industriales o las utilizan en ganadería extensiva<ref name="derechos">Observatorio del Programa Presidencial de Derechos humano. (s. f.). Diagnóstico de la situación del pueblo Pijao. Recuperado de: http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/documents/2010/DiagnosticoIndigenas/Diagnostico_PIJAO.pdf</ref>

Salud y educación

Salud Las comunidades indígenas del Tolima se caracterizan por tener conocimientos en medicina tradicional indígena, especialmente los Nasas y las Pijaos. En los talleres adelantados por la Defensoría del Pueblo, recordaron que en la década de 1990 realizaron investigaciones con los ancianos y practicantes de esta medicina tradicional para rescatar y fortalecer la medicina ancestral a través de su difusión entre las comunidades como forma de no dejar desaparecer los sistemas médicos propios de estos pueblos. La medicina tradicional de estos dos pueblos está estrechamente relacionada con la cosmogonía y la cosmovisión de la creación del mundo y ha jugado un papel fundamental en sus formas de organización. Relacionaron como practicantes de medicina tradicional a parteros y parteras, sobanderos y sobanderas, y yerbateros y yerbateras. Según lo comentaron en las reuniones adelantadas, los médicos tradicionales plantean la enfermedad como un desequilibrio de las relaciones del hombre con la naturaleza y entre los mismos hombres. Como principio general para las curaciones los médicos indígenas tradicionales utilizan plantas1. Educación Hay particular preocupación respecto a este derecho fundamental establecido en la Constitución Política, leyes reglamentarias y diferentes convenios internacionales suscritos por Colombia (169 de la OIT, Ley 21 de 1991, Ley 115 de 1994 y Decreto 804 de 1995). Entre las principales causas de vulneración del derecho a la etnoeducación que señalaron los líderes indígenas del departamento del Tolima están: •La no aplicación a la normatividad vigente para garantizar el derecho a la etnoeducación. Especialmente Defensoría del Pueblo en los municipios con población indígena. •En la mayoría de las escuelas de estas localidades el año lectivo se inicia en junio, es decir que solo reciben clases el último semestre del año lectivo. Reportan que esta circunstancia se debe a la falta de presupuesto para vincular docentes en la modalidad de órdenes de prestación de servicios, OPS. Los contratos para la prestación de servicios educativos en las comunidades se celebran sin dar prelación a los miembros u organizaciones de los mismos. •Los centros de educación de algunos resguardos indígenas son inadecuados para que los niños indígenas reciban capacitación. •No se consulta ni concerta con las autoridades de las entidades territoriales indígenas y de los grupos étnicos la celebración de contratos para la prestación del servicio educativo en sus comunidades, creando inconformidad con la contratación celebrada, al parecer de manera irregular, por la Gobernación del departamento del Tolima.

Oferta institucional

Oferta institucional

Estatal

La gobernación del Tolima a través de su Plan de Desarrollo Unidos por la Grandeza del Tolima” 2012 – 2015 contempla un enfoque poblacional y de garantía de derechos el cual es el centro de atención prioritaria del plan hacia los cuales están dirigidas las acciones del Gobierno Departamental. Se contemplan los niños, niñas y adolescentes, los jóvenes, los hombres y mujeres, los adultos mayores, las etnias y la población en condiciones especiales en la cual incluye a las personas en situación de discapacidad, de desplazamiento forzado, en proceso de reintegración y LGBTI. Este Desarrollo social incluyente y equitativo pretende disminuir los índices de pobreza en especial aquellos grupos poblacionales y diferenciales que se encuentran en situación de extrema pobreza y marginalidad, tengan oportunidades de acceso a todos los servicios sociales. La firma del denominado Contrato Plan del Sur del Tolima, el permitirá invertir en los próximos años una suma cercana a los 900 mil millones de pesos. Los recursos, provenientes en su mayoría del Gobierno Nacional (76.4%), serán destinados a satisfacer necesidades de la población y el territorio de los municipios de Ataco, Chaparral, Coyaima, Natagaima, Ortega, Planadas, Rioblanco y Roncesvalles, los cuales tienen un alto índice de necesidades básicas insatisfechas y presencia mayoritaria población indígena. El presidente del Consejo Regional Indígena del Tolima, ve como positiva la presencia y firma del contrato Plan del Sur del Tolima, que permitirá la llegada de altas inversiones en seguridad alimentaria, electrificación, salud y educación para la población indígena de esta conflictiva zona del departamento del Tolima.

Organizaciones indígenas

ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE INDÍGENAS DEL TOLIMA – ACIT: Organización Indígena que busca el fortalecimiento y consolidación y apropiación de cabildos y comunidades en lo organizativo, administrativo, social, cultural, económico, ambiental y político en la construcción de sus espacios de poder y liderazgo y logros en la reivindicación, autonomía y jurisdiccionalidad indígena en los territorios Pijao y Páez del Tolima, mediante acciones que permitan la pervivencia como pueblo indígena y el cumplimiento de los objetivos<refname="recuperado">Recuperado de: http://www.lenguasdecolombia.gov.co/content/asociación-de-cabildos-y-autoridades-tradicionales-del-consejo-regional-indígena-del-tolima-</ref>

ONG y organizaciones privadas

La corporación “Hecho en el Tolima”, pretende conservar las tradiciones indígenas mediante el establecimiento de una unidad productiva agropecuaria y turística denominada LA GRAN MALOKA INDIGENA PIAJO donde 750 familias indígenas puedan trabajar y producir su propio alimento y sea una fuente permanente de generación de ingresos. Que de igual forma contribuya al desarrollo agroturístico del departamento del Tolima aprovechando que la cultura indígena posee tradiciones ancestrales que despiertan el interés a visitantes nacionales e internacionales<ref name="ong">Cortolima. ONG. Recuperado de www.cortolima.gov.co/</ref> La Asociación de Mujeres Indígenas del Tolima “ASMIT”, es una organización sin ánimo de lucro de mujeres indígenas incluyendo a la familia principalmente niños Y niñas, que trabaja en el rescate de la cultura autóctona Pijao, Medicina Tradicional, en la defensa de los Derechos Humanos, en la soberanía Alimentaria, en la incidencia política y participación, en la elaboración de las políticas públicas para mujeres y comunidades indígenas, Valores trabajando en pro de las mujeres y para las mujeres<ref name="mujeres">Asociación de Mujeres Indígenas del Tolima “ASMIT”. Misión – Visión. Recuperado de</ref> La FUNDACIÓN AID TO ARTISANS COLOMBIA (ATA) – PROTECCIÓN DE DERECHO A LA CULTURA E IDENTIDAD: Aid to Artisans es una organización americana multinacional que apoya el sector artesanal en países en vía de desarrollo, trabajando en diseño y desarrollo de producto, fortalecimiento empresarial y generación de ingresos mediante la participación en ferias y enlaces con el mercado nacional e internacional<ref name="recuperado">3. Recuperado de http://www.aidtoartisans.org/</ref>

Agencias de cooperación internacional

La cooperación internacional hace presencia en territorio desarrollando proyectos en beneficio de las comunidades como lo es la ayuda solidaria para mujeres indígenas cabeza de familia, en cabeza de la FAO que busca crear una microempresa indígena de cría de pie porcícola para mujeres cabeza de hogar, para mejorar condiciones de nutrición y de ingreso de sus familias. La Unión Europea como contribución a la construcción de la paz y la reconciliación en Colombia realiza el apoyo directo a las víctimas del conflicto, fortaleciendo el estado de derecho y promoviendo respeto para los derechos humanos en el país<ref name="para">Departamento para la Prosperidad. Mapa Cooperación Internacional. Recuperado de</ref>

Aspectos jurídicos y legales

Trámites y necesidades en materia territorial

El territorio en el que se encuentra el resguardo atravesó por una serie interminable de guerras durante el proceso de la Conquista, en el que el afán europeo por expandir sus dominios se vio reflejado en acciones sangrientas que terminaron escribiendo la historia de esta tierra. Los Pijaos se asentaron a lo largo y ancho de la región del Tolima, constituyéndose como una comunidad con un patrimonio y características culturales, sociales y lingüísticas propias, que desafortunadamente fueron silenciadas por la esclavitud. Todo esto se desarrolló durante años, hasta que se comenzó a atender la necesidad de consolidar una autonomía territorial propia, y con ella la posibilidad de un legado para las futuras generaciones, y la reconformación social del pueblo indígena<ref name="ramirez">Ramírez, N. (2012). Reconstrucción de una cultura indígena tolimense. En El Nuevo Día. Recuperado de http://www.elnuevodia.com.co/nuevodia/especiales/dia-del-tolima/140478-reconstruccion-de-una-cultura-indigena-tolimense</ref> Dicha autonomía está definida por la Corte Constitucional en la sentencia T-903 de 2009 cuando afirma que: “Los límites están dados, en primer lugar, por un “núcleo duro de Derechos Humanos”, junto con el principio de legalidad, como garantía del debido proceso y, en segundo lugar, por los Derechos Fundamentales, mínimos de convivencia, cuyo núcleo esencial debe mantenerse a salvo de actuaciones arbitrarias. Esta formulación lleva a preguntarse si, en últimas, no son todos los derechos fundamentales los límites a la autonomía, puesto que entre estos se encuentra también el núcleo duro mencionado. Para la Sala, es posible ilustrar adecuadamente el sentido de la jurisprudencia reiterada, al diferenciar entre la forma en que los límites se aplican a los distintos ámbitos autonómicos de las comunidades. En ese plano, el “núcleo duro” es un límite absoluto que trasciende cualquier ámbito autonómico de las comunidades indígenas. Cualquier decisión que desconozca el derecho a la vida, lesione la integridad de una persona o trasgreda las prohibiciones de tortura y servidumbre, está constitucionalmente prohibida, aunque la evaluación de una eventual vulneración, especialmente en cuanto a la integridad personal y el debido proceso debe realizarse a la luz de la cultura específica en que se presenten los hechos. Los (demás) derechos fundamentales constituyen un límite que debe establecerse a través de un ejercicio de ponderación en cada caso concreto, en la medida en que en un conflicto entre la autonomía, la integridad o la diversidad cultural y un derecho fundamental determinado es un conflicto entre normas constitucionales de igual jerarquía. En estos conflictos, sin embargo, los derechos de la comunidad gozan de un peso mayor, prima facie, en virtud al principio de “maximización de la autonomía<ref name="corte">Corte Constitucional. (2009). Sentencia T-903. Bogotá.</ref> Dentro de las amenazas más importantes para territorio, está el hecho de que el mismo Estado es un agente de riesgo, pues sus prioridades económicas, enfocadas hacia las industrias de extracción y la tendencia a fortalecer empresas de energías alternativas como el biodiesel, han significado una diminución de las consideraciones ecológicas del ecosistema, que es el punto principal de la idiosincrasia de la población, no sólo como fuente de subsistencia, sino como lugar de encuentro con sus tradiciones<ref name="familiar">Bienestar Familiar. (2010). Diagnóstico situacional de la etnia Pijao de Coyaima, Ortega y Natagaima. Ibagué. Documento interno.</ref> El resguardo obtiene su titulación mediante la Resolución 011 del 22 de Febrero de 1995, del INCORA<ref name="incora">INCORA. (1995). Resolución No. 011. Bogotá</ref> Necesidades: Debido al desarrollo de distintos proyectos en el Departamento, es fundamental la revisión de los acuerdos logrados con el Estado y adelantar proceso de consulta que permitan al pueblo indígena tener voz y voto dentro de las acciones que se llevan a cabo en sus territorios, pues hasta el momento los pactos no se han cumplido, por lo que se puede afirmar que se toca el terreno de la ilegalidad. También es preciso establecer las medidas que mitiguen el impacto social de los proyectos que se adelantan en la región, para de esta forma proteger la autonomía territorial del pueblo indígena<ref name="familiar" />

Instrumentos internacionales, jurisprudenciales, legales y generales

Cuando se trata del respeto por la autonomía territorial, es necesario hacerlo a partir de términos de respeto por una jurisdicción indígena propia, para lo cual es posible retomar lo que la Corte Constitucional argumenta en la sentencia T-552 de 2003 cuando afirma que: “Hasta aquí se tendría que para que proceda la jurisdicción indígena sería necesario acreditar que 1) Nos encontramos frente a una comunidad indígena, que 2) Cuenta con autoridades tradicionales, que 3) Ejercen su autoridad en un ámbito territorial determinado. Lo anterior, sin embargo, no sería suficiente por cuanto se requiere, además, establecer la capacidad de esas autoridades de los pueblos indígenas para ejercer jurisdicción conforme a usos tradicionales. Esto es, puede existir un reconocimiento formal de resguardo y cabildo, pero no darse materialmente los supuestos de la jurisdicción, por carencia de normas y practicas específicas de control social, por ausencia de procedimientos de juzgamiento, o porque las autoridades tradicionales han dejado de ejercer ese tipo de funciones<ref name="bogota">Corte Constitucional. (2003). Sentencia T-552. Bogotá.</ref> La Corte Constitucional, con el aval de la Constitución Política, ha afirmado en la Sentencia T-769 de 2009, que es necesario reconocer la diversidad étnica y cultural de la nación. Lo anterior, dado como principio fundamental desde el punto de vista democrático, participativo y pluralista del país. Así, estas comunidades indígenas comparten costumbres ancestrales, hecho que implica un esquema de valores propios que identifican su cultura y su tradición; por esta razón gozan de un trato constitucional especial que define a los resguardos como propiedades colectivas, de naturaleza inajenable, inalienable, imprescriptible e inembargable. Tales características especifican el derecho de las comunidades sobre su propiedad colectiva como factor de suma importancia, ya que permite el respeto de su cultura, valores propios y sus características como comunidad indígena, que son reconocidas por convenios internacionales, igualmente ratificados por el Congreso<ref name="cons">Corte Constitucional. (2009). Sentencia T-769. Bogotá.</ref> Mediante Sentencia SU-039 de 1997, la Corte Constitucional afirma que la comunidad indígena ha pasado de la realidad fáctica y legal a su constitución objetiva como sujeto de derechos fundamentales. Así, deja en claro que la explotación de recursos en las zonas correspondientes al territorio indígena, debe hacerse de manera proporcional, de tal forma que el Estado propenda por la integridad social, cultural y económica de dichas comunidades. Lo anterior, en aras del respeto a los derechos fundamentales del colectivo, que es efectivamente una entidad cohesionada como grupo humano y como cultura<ref name="constitucional">Corte Constitucional. (1997). Sentencia SU-039. Bogotá. </ref> La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia, sugiere al Estado que, en coordinación con los representantes y voceros de las comunidades afectadas, adopte y aplique las medidas necesarias para que la población cuente con la presencia de las instituciones estatales, y de esta forma evitar la violación de los derechos humanos. Lo anterior compromete al Gobierno para brindar el apoyo político y económico que sea necesario, así como a contribuir en la gestión de una presencia permanente de la Defensoría del Pueblo en la región<ref name="oficina">Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2002). Informe de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, sobre su Misión de Observación en el Medio Atrato. Documento interno.</ref>

Conflicto armado interno, DDHH y DIH

Violaciones DDHH

Los Pijao se han visto afectados desde la conquista española por situaciones de violencia. A principios del Siglo XIX, los procesos de conformación de latifundios y de expansión ganadera acentuaron este entorno para que, en los años cincuenta, la comunidad se encontrara en medio de la violencia partidista. En la actualidad, el fenómeno de violencia no se ha detenido y los territorios son escenario de confrontación entre actores armados ilegales, debido en gran parte a las condiciones que el espacio ofrece como punto estratégico de movilización en la Cordillera Central, ya que permite el desplazamiento entre el Cauca, Huila, Valle y el Eje Cafetero; este hecho se suma a un entorno favorable para la siembra de cultivos ilícitos como la Amapola, y ha desencadenado una serie de violaciones al Derecho Internacional Humanitario1, tales como:

  • Derecho a la vida.
  • Derecho a vivir en paz.
  • Derecho a la integridad física y mental.
  • Derecho a la seguridad.
  • Derecho a la libertad.
  • Derecho a la libre reunión y asociación.
  • Derecho a que no se desarrollen actividades militares en tierras o territorios indígenas.
  • Derecho a no ser desplazado por la fuerza de sus tierras o territorios.

Infracciones al DIH

Infracciones al Derecho Internacional Humanitario:

  • Homicidios: en la región habitada por los Pijaos se presentaron 281 asesinatos de población civil para el período 2003-2008, 10% del total del Departamento del Tolima (2.293). En Natagaima, Municipio en el que se encuentra este resguardo, se presentaron 48 asesinatos. Entre 1998 y 2008, se registró la muerte de 26 integrantes de la etnia Pijao.
  • Secuestros: durante el periodo de 2003- 2008 se presentaron 20 casos de secuestro en los municipios del Tolima que cuentan con presencia de la etnia Pijao, un 5% del total del Departamento (419). En Natagaima, Municipio en el que se encuentra este resguardo, se presentaron 6 eventos de este tipo en el mismo período.
  • Presencia de Grupos armados: durante el período 2003-2008, se presentaron 106 contactos armados, por iniciativa de la fuerza pública, en la región habitada por la etnia Pijao en el Tolima, 19% del total de casos de este tipo en el Departamento (550). En el mismo período se desarrollaron 326 acciones armadas en el Departamento por iniciativa de grupos ilegales, de las cuales 43(13%) se presentaron en el territorio habitado por la etnia Pijao. Como se puede observar, los contactos armados por iniciativa de la fuerza pública superan a las acciones comenzadas por los grupos armados ilegales; 199 enfrentamientos iniciados por la fuerza pública se realizaron en contra de las FARC (95%), mientras que las acciones en contra de las autodefensas y los grupos guerrilleros no identificados, sólo alcanzan el 2% con 4 y 5 contactos, y uno en contra del ELN, que representa un 1%.
  • Desplazamiento: los municipios habitados por la etnia Pijao representaron el 26% (24.457) de víctimas de desplazamiento del total de desplazados a nivel departamental en el Tolima, (92.409). Los 5 municipios con presencia Pijao recibieron un 6% (1.434) de la población desplazada, y contaron con 688 casos de desplazamiento masivo, el 38% del total del Departamento, que tuvo 1.819 casos de este tipo en el período 2003-2008. El Municipio de Natagaima, donde se encuentra este resguardo, es uno de los principales receptores de población desplazada, con 563 registros.
  • Presencia y accidentes MAP-MUSE: la etnia a la que pertenece el resguardo, se ha visto afectada por 59 eventos de este tipo, es decir un 13% del total de 446 de todo el Departamento.

Actores armados

Grupos armados ilegales:

  • Las FARC: Comando Conjunto Central (CCC), Adán Izquierdo, Frentes 21, 25, 50. Compañías Tulio Varón, Joselo Lozada, y las Columnas Móviles Héroes de Marquetalia, Jacobo Prías Alape y Daniel Aldana.
  • Autodefensas: luego del proceso de desmovilización, algunos integrantes de este grupo armado decidieron continuar con actos de delincuencia al servicio de las plantaciones ilegales ubicadas en los alrededores del Departamento.

Fuerzas Armadas:

  • Policía Nacional y Grupo Gaula.
  • Ejército Nacional: Unidades de la V y VI División con distintos batallones, como el Batallón Patriotas, Batallón de Infantería de Montaña Caicedo, Batallón de Infantería Rooke, y el Batallón de Contraguerrillas Pijao<ref name="republica">Presidencia de la República. (s.f.). Derechos Humanos y DIH, República de Colombia, diagnóstico sobre las Comunidades Indígenas. Recuperado de http://www.derechoshumanos.gov.co/Observatorio/Paginas/DiagnosticoIndigenas.aspx</ref>

Respuestas al conflicto

En la actualidad existen en el Departamento del Tolima cinco organizaciones indígenas encargadas de velar por los derechos de sus habitantes: Consejo Regional Indígena del Tolima (CRIT),la Asociación de Cabildos Indígenas del Tolima (ACIT), la Federación Regional Indígena del Tolima (FICAT), la Asociación Regional Indígena del Tolima (ARIT) y las autoridades territoriales<ref name="nuevo">El Nuevo Día. (2012). Reconstrucción de una cultura indígena tolimense. Recuperado de http://www.elnuevodia.com.co/nuevodia/especiales/dia-del-tolima/140478-reconstruccion-de-una-cultura-indigena-tolimense </ref> El pasado Abril de 2012, en la ciudad de Ibagué, representantes de las comunidades indígenas, junto con delegados de otros sectores vulnerables, participaron del Taller de Actualización del Plan Departamental de Prevención y Protección de Violaciones a los Derechos Humanos, que tuvo como fin conocer la realidad de vulneración de estos por las situaciones del conflicto armado y establecer rutas para el restablecimiento de derechos de las víctimas<ref name="nuevo" /> La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ACNUR, destaca la necesidad de que la fuerza pública y los grupos armados ilegales acaten de manera inmediata y obligatoria, y den cumplimiento, a las normas de Derecho Internacional Humanitario. Así, será necesario abstenerse de realizar ataques contra la población civil y limitar los efectos contraproducentes, para la comunidad, de las operaciones militares<ref name="acnur">ACNUR. (2006). Colombia, desplazamiento indígena y política pública: paradoja del reconocimiento. San José de Costa Rica.</ref> Por su parte, la ONU en la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, ratifica el derecho de estos a ser diferentes y respetados como tales, libres de toda forma de discriminación y capaces de ejercer su derecho al desarrollo de acuerdo con sus necesidades e intereses. Además, reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos propios de dichos pueblos, tales como la libre determinación, la autonomía y el autogobierno en cuestiones políticas, sociales y culturales, y afirma que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas pertinentes para asegurar la protección de los mismos<ref name="onu">ONU. (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los pueblos indígenas. (61/295).</ref> El convenio 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas y Tribales, ratificado por el Estado colombiano y aprobado por el Congreso, mediante Ley 21 de 1991, busca reivindicar los derechos a la autodeterminación, el autogobierno y la propiedad de sus territorios ancestrales<ref name="convenio">OIT. (2003). Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. México. Recuperado de http://www.cdi.gob.mx/transparencia/convenio169_oit.pdf</ref> Según el Auto 004 de 2009, el Estado colombiano tiene la obligación de prevenir las causas de desplazamiento forzado y atender con enfoque diferencial a la población indígena que lo padece; para ello, ordena que se diseñen e implementen planes de salvaguarda étnicos y programas de garantías de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y el conflicto armado<ref name="auto">Corte Constitucional. (2009). Auto 004. Bogotá.</ref>

  1. == Referencias ==
  2. Plantilla:Listaref